Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 12/05/2014

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 12 de Mayo de 2014

Nº 5249

SECRETARIA GENERAL

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305.136
Precio Ejemplar del día: $ 8,00 PUBLICACION BISEMANAL
AÑO LV
EDICION DE 14 PAGINAS

Tel. 02920 422862 - 423512 Fax 02920-430404
Laprida 212 - 8500 Viedma
Sumario en Pág. 14

DECRETOS SINTETIZADOS

DECRETO Nº 420.- 23-04-2014.- Designar, a partir del 1 de abril de 2014 a la Sra. Natalia Mabel Scavo, DNI. Nº 27.015.074, en el cargo de Directora de Recursos Humanos del Ministerio de Economía, ad honórem.
DECRETO Nº 421.- 23-04-2014.- Otorgar un aporte no reintegrable por la suma total de pesos ciento cincuenta mil $ 150.000,00, a favor de la Municipalidad de Río Colorado, destinados a reparaciones edilicias en el galpón de la playa de carga y descarga del Parque Industrial de dicha localidad.- Expte. Nº 12181-SDE13.
DECRETO Nº 422.- 23-04-2014.- Otorgar un aporte no reintegrable a favor de la Municipalidad de Luis Beltrán Cuit Nº 30-67273650-8
por la suma de pesos noventa mil $ 90.000,00, destinado a colaborar con la Cooperativa Agrícola Colonia Choele Choel, Luis Beltrán Limitada, en el pago de la deuda de energía eléctrica que esa Cooperativa mantiene con la Empresa de Energía Río Negro Sociedad Anónima EDERSA.- Expte. Nº 142.135-SA14.
DECRETO Nº 423.- 23-04-2014.- Otorgar un aporte no reintegrable por la suma de pesos quinientos mil $ 500.000,00, a favor de la Fundación Barrera Zoofitosanitaria Patagónica FUNBAPA, Cuit Nº 3065717134-0, con sede en la ciudad de Viedma, en el marco de los aportes que efectuarán las provincias que integran la Región Protegida Patagónica destinados al Sistema Cuarentenario Patagónico.- Expte. Nº 117.107SA-13.
DECRETO Nº 425.- 29-04-2014.- Modificar el Punto 7 del Art. 64, Anexo I del Decreto H Nº 1737/1998, en su Apartado 1, Incisos e y f, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
e Hospitales con Cobertura de Población de Mediano Riesgo incluye Complejidades III y IV
f Hospitales con cobertura de Población de Alto Riesgo incluye Complejidades V
y VI.
Modificar el Punto 7 del Art. 64, Anexo I del Decreto H Nº 1737/1998, en su Apartado 2, Incisos e y f, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
e Hasta el importe de pesos setecientos veinte mil $ 720.000,00.

f Hasta el importe de pesos un millón cuatrocientos cincuenta mil $ 1.450.000,00.
Expte. Nº 73.298-S-2007.
DECRETO Nº 427.- 30-04-2014.- Designar, a partir de la firma del presente Decreto, al Sr.
Hugo Mario Aristimuño, DNI. Nº 10.207.894, en el cargo de Secretario de Cultura, dependiente del Ministerio de Turismo, Cultura y Deporte.
oOo
RESOLUCIONES

Provincia de Río Negro SECRETARÍA DE TRABAJO
Resolución Nº 664
Viedma, 01 de Abril de 2014
Visto: El Decreto Provincial N 1811/92
publicado en Boletín Oficial el día 26 de octubre de 1992; y CONSIDERANDO:
Que, mediante el decreto citado la provincia de Río Negro procedió a ratificar el Protocolo Adicional sobre rubrica de documentación y reciprocidad, celebrado en la ciudad de Villa Carlos Paz, provincia de Córdoba, el día 11 de octubre de 1991;
Que, el referido establece las pautas que se deben observar respecto de la rubrica de los elementos de contralor exigidos por la Legislación Laboral en los casos de empresas que ocupen personal en mas de una jurisdicción;
Que, los libros de contralor en materia laboral resultan de fundamental importancia para determinar no solo los derechos y obligaciones de las partes que conforman la relación laboral, sino que también hacen al efectivo contralor del cumplimiento hacia los Organismos Provinciales y de Seguridad Social;
Que, el acuerdo determina las formas que se deberán cumplir para proceder a su rubricación y las modalidades para centralización de dicha documentación en un domicilio del empleador;
Que, los elementos de contralor exigidos por las leyes laborales serán rubricados por la Autoridad de Aplicación en cuya jurisdicción se encuentre el establecimiento en el cual se desempeñen los trabajadores;
Que, la autoridad de aplicación del mencionado protocolo para la rúbrica de documentación laboral, en la provincia de Río Negro, es la Secretaria de Trabajo;

Que, la Secretaría de Trabajo percibirá en concepto de rubrica de documentación laboral, los aranceles establecidos en la Ley 1 N 1622 y sus modificatorias;
Que, conforme lo establecido en el Artículo 42 de la Ley K N 3803 y su Decreto Reglamentario N 433/04, los montos que se recauden por aplicación de la citada ley, ingresaran en la Cuenta Especial de la Secretaría de Trabajo;
Que, se hace necesario efectuar algunas precisiones y reformulaciones sobre lo ya dispuesto en materia de rúbrica de documentación laboral obligatoria en materia provincial, atento las diversas consultas y cuestionamientos de las Delegaciones de Trabajo dependientes de este Area Central;
Que, como ya ha quedado establecido, la rúbrica de documentación laboral, exige uniformidad procedimental en toda la provincia de Río Negro, en cumplimiento del principio de unidad en la formulación de políticas y descentralización en su ejecución;
Por ello;
El Secretario de Trabajo RESUELVE
Artículo 1.- Entiéndase por Documentación Laboral a los efectos de su rúbrica, todos aquellos documentos creados o a crearse que, en virtud de una Ley, Decreto, Resolución, tanto nacional como provincial; Convenio Colectivo de Trabajo o Laudo Arbitral, deba ser rubricado. visado o intervenida por el organismo laboral de jurisdicción competente, por razón de territorio, en el caso, la Secretaría de Trabajo de la provincia de Río Negro.En consecuencia, el Decreto Provincial N 1811/92 es aplicable para: el Libro Especial de Sueldos y Jornales u Hojas Móviles, establecido en la Ley 20.744, la planilla horaria de conformidad con le Ley 11.544 Jornada de Trabajo, los Exámenes Médicos Preocupacionales y su correspondiente visado, autorizaciones previstas en la ley de prohibición del trabajo infantil y protección del trabajo adolescente , el Registro Unico Provincial para los Profesionales, Técnicos y Auxiliares en Seguridad e Higiene y Medio Ambiente Laboral, el Libro Especial de Seguridad e Higiene, Registro de Empleadores de vehículos de transporte de cargas, la lnscripción de los empleadores a cargo de vehículos de transporte de carga, la centralización de documentación, la Libreta de Trabajo para el Transporte Automotor de Pasajeros, entre otras. Esta enunciación es meramente

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 12/05/2014

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaísArgentina

Fecha12/05/2014

Nro. de páginas14

Nro. de ediciones1915

Primera edición03/01/2002

Ultima edición26/06/2024

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