Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 04/11/2013

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

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Por ello, El Subsecretario de Control de Fiscalización y Calidad Turística del Ministerio de Turismo, Cultura y Deporte RESUELVE:
Artículo 1º - Habilitar por el término de tres 3
años a partir de la fecha, al establecimiento de Alojamiento Turístico denominado Las Tunas, propiedad del Sr. Martín Malts, en el Tipo: 5 Casas de Alquiler Turístico, Categoría: Única, en virtud de lo normado por la Reglamentación del Sistema de Clasificación de Alojamientos Turísticos aprobado por Decreto 657/03 y Resolución 228/
05, con un total de una 1 Unidades Alojativas y tres 3 Plazas Hoteleras.
Art. 2º - Inscribir al establecimiento Las Tunas en el Registro Único Provincial de Alojamientos Turísticos.
Art. 3º - Extender el correspondiente Certificado de Habilitación Turística, el que deberá exhibirse permanentemente en la recepción o ingreso al establecimiento.
Art. 4º - Hacer saber que, el establecimiento asume la carga de mantener actualizada y vigente la documentación presentada, bajo apercibimiento de ordenar la caducidad de la presente habilitación de oficio.
Art. 5º - Registrar, comunicar, notificar al interesado, publicar, remitir copia a la Municipalidad de Viedma, Dirección General de Rentas y Policía de Río Negro, dar al Boletín Oficial y archivar.
Lic. Daniel Torres, Subsecretario de Control de Fiscalización y Calidad Turística - Ministerio de Turismo, Cultura y Deporte.
oOo Resolución Nº 074/13 SCFyCT
S. C. de Bariloche, 11 de octubre de 2013.
Visto, el Expte n 2.628-A T-13 del registro de la Subsecretaría de Control de Fiscalización y Calidad Turística, mediante el cual se tramita la Habilitación Turística del alojamiento denominado La Caracola, propiedad del Sr. Roberto Oscar Gastaldi, con domicilio en la calle Médanos 1159, de la localidad de balneario El Cóndor, y CONSIDERANDO:
Que por Decreto 657/03 y Resolución 228/05
se aprobó la Reglamentación del Sistema de Clasificación de Alojamientos Turísticos de la Provincia de Rio Negro;
Que el presente expediente fue iniciado con fecha 8/02/2013, por lo que no se considera al establecimiento como existente al momento del dictado de la nueva reglamentación, conforme a la previsión del Art. 16 de la citada Resolución, y por ello no es procedente mantener los requerimientos dimensionales de la normativa anterior;
Que ha presentado documentación suficiente al efecto de iniciar el trámite de Habilitación Turística indicada en el Art. 12 de la Resolución 228/05 y a Fs. 17 obra Acta de Inspección n 277, y a Fs. 18/
26 el relevamiento confeccionado con fecha 28/
06/13;
Que a Fs. 27/29, surge del Informe de Categorización que el establecimiento reúne los requisitos para su habilitación turística como Tipo 5 - Departamentos de Alquiler Turístico, Categoría en Única.
Por ello, El Subsecretario de Control de Fiscalización y Calidad Turística del Ministerio de Turismo, Cultura y Deporte RESUELVE:
Artículo 1º - Habilitar por el término de tres 3
años a partir de la fecha, al establecimiento de Alojamiento Turístico denominado La Caracola, propiedad del Sr. Roberto Oscar Gastaldi, en el Tipo:
5 - Departamentos de Alquiler Turístico, Categoría:
Única, en virtud de lo normado por la
BOLETIN OFICIAL N 5195
Reglamentación del Sistema de Clasificación de Alojamientos Turísticos aprobado por Decreto 657/03 y Resolución 228/05, con un total de cuatro 4 Unidades Alojativas y dieciséis 16 Plazas Hoteleras.
Art. 2º - Inscribir al establecimiento La Caracola en el Registro Único Provincial de Alojamientos Turísticos.
Art. 3º - Extender el correspondiente Certificado de Habilitación Turística, el que deberá exhibirse permanentemente en la recepción o ingreso al establecimiento.
Art. 4º - Hacer saber que, el establecimiento asume la carga de mantener actualizada y vigente la documentación presentada, bajo apercibimiento de ordenar la caducidad de la presente habilitación de oficio.
Art. 5º - Registrar, comunicar, notificar al interesado, publicar, remitir copia a la Municipalidad de Viedma, Dirección General de Rentas y Policía de Río Negro, dar al Boletín Oficial y archivar.
Lic. Daniel Torres, Subsecretario de Control de Fiscalización y Calidad Turística - Ministerio de Turismo, Cultura y Deporte.
oOo Resolución Nº 075/13 SCFyCT
S. C. de Bariloche, 15 de octubre de 2013.
Visto, el Expte n 2.629-AT-13 del registro de la Subsecretaría de Control de Fiscalización y Calidad Turística, mediante el cual se tramita la Habilitación Turística del alojamiento denominado Unelén, propiedad de la Sra. Silvia Edith Tomchinsky, con domicilio en la calle Azcuénaga 134, de la localidad de El Bolsón, y CONSIDERANDO:
Que por Decreto 657/03 y Resolución 228/05
se aprobó la Reglamentación del Sistema de Clasificación de Alojamientos Turísticos de la Provincia de Río Negro;
Que el presente expediente fue iniciado con fecha 8/30/2013, por lo que no se considera al establecimiento como existente al momento del dictado de la nueva reglamentación, conforme a la previsión del Art. 16 de la citada Resolución, y por ello no es procedente mantener los requerimientos dimensionales de la normativa anterior;
Que ha presentado documentación suficiente al efecto de iniciar el trámite de Habilitación Turística indicada en el Art. 12 de la Resolución 228/05, y a Fs. 21 obra Acta de Inspección n 1011 P, y a Fs.
22/28 el relevamiento confeccionado con fecha 23/09/13;
Que a Fs. 29/31, surge del Informe de Categorización que el establecimiento reúne los requisitos para su habilitación turística como Tipo 3 - Hospedaje o Residencial, Categoría Única.
Por ello, El Subsecretario de Control de Fiscalización y Calidad Turística del Ministerio de Turismo, Cultura y Deporte RESUELVE:
Artículo 1º - Habilitar por el término de tres 3
años a partir de la fecha, al establecimiento de Alojamiento Turístico denominado Unelén, propiedad de la Sra. Silvia Edith Tomchinsky, en el Tipo: 3- Hospedaje o Residencial, Categoría: Única, en virtud de lo normado por la Reglamentación del Sistema de Clasificación de Alojamientos Turísticos aprobado por Decreto 657/03 y Resolución 228/
05, con un total de cinco 5 Unidades Alojativas y veinte 20 Plazas Hoteleras.
Art. 2º - Inscribir al establecimiento Unelén en el Registro Único Provincial de Alojamientos Turísticos.
Art. 3º - Extender el correspondiente Certificado de Habilitación Turística, el que deberá exhibirse permanentemente en la recepción o ingreso al establecimiento.

Viedma, 04 de Noviembre de 2013
Art. 4º - Hacer saber que, el establecimiento asume la carga de mantener actualizada y vigente la documentación presentada, bajo apercibimiento de ordenar la caducidad de la presente habilitación de oficio.
Art. 5º - Registrar, comunicar, notificar al interesado, publicar, remitir copia a la Municipalidad de El Bolsón, Dirección General de Rentas y Policía de Río Negro, dar al Boletín Oficial y archivar.
Lic. Daniel Torres, Subsecretario de Control de Fiscalización y Calidad Turística - Ministerio de Turismo, Cultura y Deporte.
oOo Resolución Nº 076/13 SCFyCT
S. C. de Bariloche, 15 de octubre de 2013.
Visto, el Expte n 2.636-AT-13 del registro de la Subsecretaría de Control de Fiscalización y Calidad Turística, mediante el cual se tramita la Habilitación Turística del alojamiento denominado Las Grullas, propiedad del Sr. Aníbal Ishikawa, con domicilio en la calle Pasaje Los Pioneros 2045, de la localidad de El Bolsón, y CONSIDERANDO:
Que por Decreto 657/03 y Resolución 228/05
se aprobó la Reglamentación del Sistema de Clasificación de Alojamientos Turísticos de la Provincia de Río Negro;
Que el presente expediente fue iniciado con fecha 10/3/2013, por lo que no se considera al establecimiento como existente al momento del dictado de la nueva reglamentación, conforme a la previsión del Art. 16 de la citada Resolución, y por ello no es procedente mantener los requerimientos dimensionales de la normativa anterior;
Que ha presentado documentación suficiente al efecto de iniciar el trámite de Habilitación Turística indicada en el Art. 12 de la Resolución 228/05 y a Fs. 01 obra Acta de Inspección n 1057 y a Fs. 22/
28 el relevamiento confeccionado con fecha 25/
09/13;
Que a Fs. 29/31, surge del Informe de Categorización que el establecimiento reúne los requisitos para su habilitación turística como Tipo 5 - Casas de Alquiler Turístico, Categoría Única.
Por ello, El Subsecretario de Control de Fiscalización y Calidad Turística del Ministerio de Turismo, Cultura y Deporte RESUELVE:
Artículo 1º - Habilitar por el término de tres 3
años a partir de la fecha, al establecimiento de Alojamiento Turístico denominado Las Grullas;
propiedad del Sr. Aníbal Ishikawa, en el Tipo: 5 Casas de Alquiler Turístico, Categoría: Única, en virtud de lo normado por la Reglamentación del Sistema de Clasificación de Alojamientos Turísticos aprobado por Decreto 657/03 y Resolución 228/
05, con un total de una 1 Unidades Alojativas y cuatro 4 Plazas Hoteleras.
Art. 2º - Inscribir al establecimiento Las Grullas en el Registro Único Provincial de Alojamientos Turísticos.
Art. 3º - Extender el correspondiente Certificado de Habilitación Turística, el que deberá exhibirse permanentemente en la recepción o ingreso al establecimiento.
Art. 4º - Hacer saber que, el establecimiento asume la carga de mantener actualizada y vigente la documentación presentada, bajo apercibimiento de ordenar la caducidad de la presente habilitación de oficio.
Art. 5º - Registrar, comunicar, notificar al interesado, publicar, remitir copia a la Municipalidad de El Bolsón, Dirección General de Rentas y Policía de Río Negro, dar al Boletín Oficial y archivar.
Lic. Daniel Torres, Subsecretario de Control de Fiscalización y Calidad Turística - Ministerio de Turismo, Cultura y Deporte.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 04/11/2013

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaísArgentina

Fecha04/11/2013

Nro. de páginas48

Nro. de ediciones1916

Primera edición03/01/2002

Ultima edición01/07/2024

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