Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 02/09/2013

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 2 de Septiembre de 2013

Nº 5177

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305.136
Precio Ejemplar del día: $ 6,00 PUBLICACION BISEMANAL
AÑO LIV
EDICION DE 16 PAGINAS

SECRETARIA LEGAL Y TECNICA
Dirección de Iniciativa Legislativa, Decretos y Boletín Oficial Tel. 02920 422862 - 423512 Fax 02920-430404
Laprida 212 - 8500 Viedma
Sumario en Pág. 16

DECRETOS

DECRETO Nº 1244
Viedma, 16 de agosto de 2013.
Visto, el Expte. Nº 075938-G-2013, del registro del Ministerio de Gobierno, y;
CONSIDERANDO:
Que los Partidos Políticos son el andamiaje imprescindible del Estado de Derecho en que vive la Provincia en el marco de la Constitución Provincial;
Que el Art. 108 de la Ley O Nº 2431, establece la creación de un Fondo para ser otorgado a los Partidos Políticos reconocidos en la Provincia de Río Negro;
Que el Partido Coalición Cívica - Afirmación por una República Igualitaria CC-ARI solicita el pago del aporte correspondiente al año 2012, según nota de fojas 02;
Que los aportes correspondientes a dicho ejercicio se determinan de acuerdo a las Elecciones a Gobernador y Vice Gobernador, llevada a cabo el 25 de septiembre de 2011, tomando como referencia la categoría que más votos obtuvo;
Que a fojas 64 obra Certificado del Acta de escrutinio Definitivo y planilla de cómputos, emitido por la Secretaría Electoral Provincial;
Que el importe a liquidar es de pesos uno con noventa y siete centavos $
1,97, por voto obtenido;
Que en consecuencia corresponde asignar la suma de pesos treinta y seis mil trescientos sesenta y cuatro con veintitrés centavos $ 36.364,23, en concepto de aporte correspondiente al Ejercicio 2012;
Que según constancias del Banco de la Nación Argentina, Sucursal Viedma, obrante a fojas 50 y 51, la suma total de pesos treinta y seis mil trescientos sesenta y cuatro con veintitrés centavos $ 36.364,23, deberá ser depositada en la Cuenta Corriente Nº 5460017366, CBU Nº 01105469/
200546001173662, que el Partido Coalición Cívica - Afirmación por una República Igualitaria CC-ARI posee en dicha Sucursal;
Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, Dirección de Asuntos Legales del Ministerio de Gobierno, Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado, mediante Vista Nº 05139-13;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Art. 181 Inc. 1 de la Constitución Provincial.
Por ello, El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA:
Artículo 1º - Otorgar al Partido Coalición Cívica - Afirmación por una República Igualitaria CC-ARI, Cuit Nº 30-70824955-2, los fondos asignados por aplicación de lo dispuesto en el Art. 108 de la Ley O Nº 2431, correspondiente al año 2012, que asciende a la suma total de pesos treinta y seis mil trescientos sesenta y cuatro con veintitrés centavos $ 36.364,23, de acuerdo a los votos obtenidos el 25 de septiembre de 2011, y a lo expuesto en los considerandos del presente Decreto.
Art. 2º - El importe consignado en el artículo anterior, será liquidado y depositado por la Tesorería General de la Provincia en la Cuenta Corriente que el Partido posee en el Banco de la Nación Argentina, Sucursal Viedma Nº 5460017366, CBU Nº 01105469/20054600173662, siendo responsables de su administración y posterior rendición la Sra. María Magdalena Odarda, DNI. Nº 17.677.763 y/o la Sra. Graciela Liliana Ruiz, DNI. Nº 21.847.852.

Art. 3º - Para el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente, proceder al Compromiso Presupuestario en la Jurisdicción 17 - Programa 01 - Actividad 01 - Partida 517, Código de Financiamiento 10 - Rentas Generales en la suma de pesos treinta y seis mil trescientos sesenta y cuatro con veintitrés centavos $ 36.364,23, del Presupuesto General de Gastos vigente.
Art. 4º - El presente Decreto será refrendado por el Sr. Ministro de Gobierno.
Art. 5º - Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al Boletín Oficial y archivar.
WERETILNECK.- L. Di Giácomo.
oOo DECRETO Nº 1248
Viedma, 16 de agosto de 2013.
Visto, el Expte. Nº 087363-DRH-2013, del registro del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, y;
CONSIDERANDO:
Que por el mismo se tramita la Promoción Automática del Agente José Carlos Maurizio, Cuil Nº 20-20807600-1, personal comprendido en la Ley L nº 3487, Categoría 12 - Agrupamiento Administrativo, planta permanente, transferido mediante Decreto Nº 423/13 al Ministerio de Obras y Servicios Públicos;
Que su última promoción se produjo a la Categoría 12 - Agrupamiento Administrativo, el 10 de marzo de 2010, mediante Decreto Nº 505/
10;
Que copnforme a la Certificación expedida por la Dirección de Recursos Humanos, obrante a fojas 06, el peticionante reúne al 10 de marzo de 2013, los requisitos exigidos en el Art. 13, Anexo II de la Ley L Nº 1844, modificada por la Ley L Nº 4541, para ascender a la categoría inmediata superior;
Que mediante Acta Nº 01/2013, cuya copia obra a fojas 04, el Consejo Provincial de la Función Pública y Reconversión del Estado, en su punto 03, establece gestionar las promociones automáticas de acuerdo a la reglamentación vigente y según el caso que corresponda al mes de marzo de 2013;
Que han tomado intervención la Asesoría Legal del Ministerio de Obras y Servicios Públicos a fojas 18, la Secretaría de la Función Pública a fojas 26, la Subsecretaría de Presupuesto dependiente del Ministerio de Economía a fojoas 21, y la Fiscalía de Estado a fojas 29/30, mediante Vista Nº 05454-13;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Art. 181 Inc. 1 de la Constitución Provincial.
Por ello, El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA:
Artículo 1º - Promover en forma automática, a partir del 1 de abril de 2013, al Sr. José Carlos Maurizio, Cuil Nº 20-20807600-1, a la Categoría 13
- Agrupamiento Administrativo, de conformidad a los requisitos exigidos por la Ley L Nº 4541, modificatoria de la Ley L Nº 1844, Art. 13.
Art. 2º - Lo dispuesto en el artículo anterior, será imputado con cargo al programa Presupuestario 31.01.00.00.02, del Ejercicio Financiero 2013.
Art. 3º - El presente Decreto será refrendado por el Sr. Ministro de Obras y Servicios Públicos.
Art. 4º - Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al Boletín Oficial y archivar.
WERETILNECK.- F. Vaca Narvaja.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 02/09/2013

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaísArgentina

Fecha02/09/2013

Nro. de páginas16

Nro. de ediciones1915

Primera edición03/01/2002

Ultima edición26/06/2024

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