Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 29/08/2013

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 29 de Agosto de 2013
Provincia de Río Negro Ministerio de Gobierno INSPECCIÓN GENERAL DE PERSONAS
JURÍDICAS
Resolución Nº 533
Viedma, 20 de agosto de 2013.
Visto, el Expte. Nº 10.276-IGPJ-2012, caratulado: Asociación Civil de Productores Porcinos de Río Negro Choele Choel s/
Personería Jurídica, adjunta documentación, y;
CONSIDERANDO:
Que a fojas 2 consta nota suscripta por los Sres.
Presidente y Secretario de la Institución mencionada, y se presentan ante este Organismo a efectos de tramitar la personería jurídica en los términos del Art. 33 y 45 del Código Civil, asimismo, surge la sede social de la Asociación en los términos del Art. 11 del Decreto Nº 725/07, reglamentario de la Ley K Nº 3827, el cual será tenido como válido para esta Inspección General de Personas Jurídicas a todos los efectos legales de notificación, inspecciones y demás, debiendo informar todo cambio en el plazo estipulado en el Art. 12 del mencionado Decreto.- La inobservancia de este artículo, dará lugar a aplicaciones de sanciones por parte de la mencionada Inspección General, de acuerdo a lo normado en los Arts. 11 y 13;
Que a fojas 3 obra Acta Constitutiva, Estatuto Social suscripto por las autoridades fs. 4/15, aceptación de los distintos cargos institucionales fs. 18, inventario patrimonial fs. 41, nómina de socios fs. 19 y 20, y constancia de tasa retributiva de servicios conforme Ley K Nº 4486, inc. D, apartado 2.1 fs. 2;
Que a fojas 26 y 46 obra nota del Inspector General de Personas Jurídicas, solicitando documentación a completar para culminar el trámite;
Que a fojas 47 consta Informe por el cual se decide enviar al archivo al expediente por no cumplimentar con lo solicitado por esta Inspección;
Que a fojas 48, mediante nota de fecha 5 de marzo de 2013 se realiza la presentación por parte de la Asociación Civil de la documentación solicitada;
Que de fojas 74/86 consta copia certificada del Acta Constitutiva y Estatuto Social volcado a Libro de Actas de Asambleas Generales, previamente autorizado con las firmas pertinentes;
Que habiéndose cumplido con los requisitos exigidos por Ley Provincial Nº 3827, demás reglamentaciones vigentes y que su Estatuto Social se ajusta a los preceptos legales en vigor, conforme a informes de los Departamentos de Asesoría legal y Personería de este Organismo, fojas 64 y 87 en los cuales consta que no hay objeciones para obtener la personería;
Que la presente se dicta conforme las facultades conferidas a esta Inspección General de Personas Jurídicas, por Ley K Nº 3827, Art. 9º, Inc. a, Arts.
33 y 45 del Código Civil.
Por ello, El Inspector General de Personas Jurídicas RESUELVE:
Artículo 1º - Autorízase para funcionar como persona jurídica, a la Asociación Civil denominada: Asociación Civil de Productores Porcinos de Río Negro, constituida y con domicilio en la Avda. San Martín Nº 1045, de la localidad de Choele Choel, Dpto. Avellaneda, de la Provincia de Río Negro, el 13 de julio de 2012 y apruébase su Estatuto Social obrante de fojas setenta y siete 77 a ochenta y seis 86 del expediente aludido.
Art. 2º - Inscríbase la misma bajo el número Tres Mil Catorce 3.014.

BOLETIN OFICIAL N 5176
Art. 3º - Regístrese, comuníquese, tómese razón, por intermedio del Departamento de Mesa de Entrada de este Organismo, remítase la presente al Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro para su efectiva publicación, y archívese.
Dr. Félix San Martín, Inspector General de Personas Jurídicas.
oOo Resolución Nº 534
Viedma, 20 de agosto de 2013.
Visto, el Registro Nº 1334 de la Asociación Civil Centro Bariloche de Jubilados, Retirados y Pensionados de la Policía de la Provincia de Río Negro, con domicilio en la localidad de San Carlos de Bariloche, el Expte. Nº 11425/13 IGPJ, la Ley K Nº 3827, el Decreto Reglamentario Nº 725/07, y;
CONSIDERANDO:
Que la Entidad realizó una Asamblea General Ordinaria, fuera de término, el día 29/07/00, en la que consideraron el Ejercicio Contable cerrado al 30/04/00, siendo ésta la última aprobada por este Organismo de Control;
Que con fecha 23/07/13, socios de la entidad presentaron una nota solicitando el reconocimiento de una Comisión Normalizadora a los fines de regularizar la situación de la entidad;
Que esta Inspección General, mediante telegrama de fecha 26/07/13, intimó a la Asociación plazo de diez 10 días, bajo apercibimiento de reconocer una Comisión Normalizadora, convocar a una Asamblea General Ordinaria, fuera de término, para la consideración de los Ejercicios Contables cerrados al 3/04/01 al 2013, y renovación de autoridades, sin haber obtenido respuesta alguna por parte de las autoridades;
Que atento a que la entidad no ha cumplimentado con lo establecido por su Estatuto Social y el ánimus manifestado por un grupo de socios, siendo los Sres. Rubén Gadea, DNI. Nº 10.185.311; Sabino Cerda, DNI. Nº 7.821.732; Juan Antenao, DNI. Nº 11.345.783, y Ricardo Chávez, DNI. Nº 8.119.265, para normalizar la Institución de referencia, se estima pertinente el reconocimiento de una Comisión Normalizadora al frente de los socios mencionados, a solo efecto de normalizar la vida institucional de la entidad que hoy nos convoca;
Que la Ley K Nº 3827, cita en el Visto de la presente, en su Art. 9º, Inc. B, faculta a la Inspección General de Personas Jurídicas a fiscalizar permanentemente el funcionamiento, disolución y liquidación de las asociaciones civiles y fundaciones;
Que a fin de dar cumplimiento al mandato legal que ordena la fiscalización permanente por parte del Estado Provincial sobre las personas jurídicas, la Inspección General de Personas Jurídicas cuenta con un Cuerpo de Inspectores.
Por ello, El Inspector General de Personas Jurídicas RESUELVE:
Artículo 1º - Reconocer la Comisión Normalizadora de la Asociación Civil denominada Centro Bariloche de Jubilados, Retirados y Pensionados de la Policía de la Provincia de Río Negro, con domicilio en la localidad de San Carlos de Bariloche, la que estará integrada porl os socios Rubén Gadea, DNI. Nº 10.185.311; Sabino Cerda, DNI. Nº 7.821.732; Juan Antenao, DNI. Nº 11.345.783 y Ricardo Chávez, DNI. Nº 8.119.265, quienes en el plazo de ciento veinte 120 días deberán regularizar la institución con este organismo de control, debiendo regir a todo evento la normativa del Estatuto Social de la Entidad.
Art. 2º - Registrar, publicar, comunicar y archivar.
Dr. Félix San Martín, Inspector General de Personas Jurídicas.

31
Resolución Nº 535
Viedma, 21 de agosto de 2013.
Visto, el Expte. Nº 8183-IGPJ-2009, caratulado: Asociación Civil Sabores de la Patagonia Cálida Viedma s/se declare eficaz asamblea y reforma del Estatuto Social, adjunta documentación, y;
CONSIDERANDO:
Que a fojas 1 obra nota suscripta por Presidente en la cual solicita autorización para realizar Asamblea General Ordinaria, a celebrarse por la asociación que preside, y adjuntando la documentación correspondiente;
Que a fojas 2 consta Acta de Comisión Directiva, mediante la cual se resuelve convocar a Asamblea con fecha 16 de noviembre de 2009 a las 20:00
hs., fijando el orden del día a tratar, siendo el siguiente: 1 Elección de dos socios para refrendar el Acta de Asamblea. 2 Razones de la convocatoria fuera de término. 3 Consideración y aprobación del Balance General, cerrado al 30/06/2007, 2008
y 2009. 4 Renovación total de autoridades. 5
Modificación del Estatuto Social;
Que a fojas 54 consta padrón de socios en condiciones de participar del acto asambleario;
Que de fojas 59/62, se encuentran Acta de Asamblea y firma de socios presentes en la misma;
Que a fojas 79 y 81 obran informes de los Departamentos de Asesoría Legal y Personería respectivamente, donde consta que estaría en condiciones de dictarse resolución declarando eficaz la misma, habiéndose cumplido con los requisitos exigidos por Ley Nº 3827 y demás reglamentaciones vigentes;
Que la presente se dicta conforme las facultades conferidas a esta Inspección General de Personas Jurídicas por Ley k Nº 3827, Art. 9º, Inc. A, Arts.
33 y 45 del Código Civil.
Por ello, El Inspector General de Personas Jurídicas RESUELVE:
Artículo 1º - Declárase Eficaz, a los efectos administrativos, la Asamblea General Ordinaria de fecha 16 de noviembre de 2009 y la reforma del Estatuto Social de la asociación civil denominada Asociación Civil Sabores de la Patagonia Cálida, con domicilio en la localidad de Viedma, y el nuevo texto del Estatuto Social obrante de fojas sesenta y cinco 65 a setenta y cinco 75 del expediente aludido.
Art. 2º - Regístrese, comuníquese, tómese razón, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
Dr. Félix San Martín, Inspector General de Personas Jurídicas.
oOo Resolución Nº 544
Viedma, 23 de agosto de 2013.
Visto: el expediente N 10.647-IGPJ-2012, caratulado Asociación Civil Bomberos Voluntarios de Coronel Belisle Coronel Belisle S/Personería Jurídica, adjunta documentación; y CONSIDERANDO:
Que a fojas 2 consta nota suscripta por el señor Presidente y la señora Secretaria de la institución mencionada y se presentan ante este Organismo a efectos de tramitar la personería jurídica en los términos del Art. 33 y 45 del Código Civil, así mismo, a fojas 14 surge la sede social de la Asociación en los términos del Art. 11 del Decreto N 725/07, reglamentario de la Ley K N 3827, el cual será tenido como válido para esta Inspección General de Personas Jurídicas a todos los efectos legales de notificación, inspecciones y demás, debiendo informar todo cambio en el plazo estipulado en el Art. 12 del mencionado Decreto.
La inobservancia de este artículo, dará lugar a

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 29/08/2013

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaísArgentina

Fecha29/08/2013

Nro. de páginas46

Nro. de ediciones1924

Primera edición03/01/2002

Ultima edición29/07/2024

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