Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 02/07/2012

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 02 de Julio de 2012

Nº 5053

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305.136
Precio Ejemplar del día: $ 6,00 PUBLICACION BISEMANAL
AÑO LIII
EDICION DE 42 PAGINAS

SECRETARIA LEGAL Y TECNICA
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Laprida 212 - 8500 Viedma
Sumario en Pág. 42

DECRETOS

DECRETO Nº 710
Viedma, 07 de Junio de 2012.Visto: El Convenio suscripto entre el Poder Ejecutivo Provincial y la Legislatura de la Provincia de Río Negro, y;
CONSIDERANDO:
Que se ha celebrado el Convenio entre el Titular del Poder Ejecutivo y el Titular de la Legislatura de la Provincia de Río Negro, para la transferencia temporaria de la Sra. María Marcela Rossio, agente del Poder Ejecutivo Agencia de Recaudación Tributaria de la Provincia de Río Negro al Poder Legislativo, en un todo de acuerdo a lo establecido en el Marco de Asignación Recíproca de Personal entre los Poderes Ejecutivo y Legislativo - Decreto N 105/98;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 181 Inciso 1 de la Constitución Provincial;
Por ello:
El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA:
Artículo 1.- Ratificar el Convenio celebrado entre el Titular del Poder Ejecutivo y el Titular de la Legislatura de la Provincia de Río Negro, por el cual se establece la transferencia temporaria de la Sra. María Marcela Rossio D.N.I. N 20.048.619, agente del Poder Ejecutivo - Agencia de Recaudación Tributaria de la Provincia de Río Negro al Poder Legislativo, en un todo de acuerdo a lo establecido en el Marco de Asignación Recíproca de Personal entre los Poderes Ejecutivo y Legislativo, Decreto N 105/98, a partir del 10 de Mayo de 2.012 y hasta el 09 de Mayo de 2.013.Art. 2.- Notificar a la Aseguradora de Riesgo de Trabajo, la fecha en que dicho agente pasará a prestar servicios en el lugar de destino, no pudiéndose modificar su situación, sin previa comunicación a dicho organismo.Art. 3.- El presente Decreto será refrendado por el Sr. Ministro de Economía.Art. 4.- Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al Boletín Oficial y archivar.WERETILNECK. A. Palmieri.
CONVENIO
En la ciudad de Viedma, provincia de Río Negro, a los 07 días del mes de mayo de 2012, entre el Poder Ejecutivo Provincial de Río Negro, representado en este acto por su Titular, Sr. Gobernador Dn. Alberto Edgardo Weretilneck, con domicilio en calle Laprida N 212 de la ciudad de Viedma R.N., en adelante El Ejecutivo por una parte; y por la otra la Legislatura de la Provincia de Río Negro, representada en este acto por su Titular, Sr.
Vicegobernador Dn. Carlos Gustavo Peralta, con domicilio en calle San Martín N 118 de Viedma R.N., en adelante La Legislatura, se conviene en celebrar el presente Convenio Individual, que estará sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones:
Primera: Ambas partes acuerdan en el marco del Convenio suscripto en fecha 25 de Septiembre de 1997, ratificado mediante Decreto N 105/98 y Resolución N 1098/97 LRN, suscribir el presente convenio individual respecto de la agente María Marcela Rossio DNI. N 20.048.619, quien revista en la - Categoría 11, Agrupamiento Administrativo del Escalafón Ley L N 1844 - Planta Permanente, Agencia de Recaudación Tributaria de la provincia de Río Negro, a fin de ser transferida transitoriamente al Poder Legislativo, ámbito en el que prestará funciones en las condiciones que se especifican en el presente.-

Segunda: La presente transferencia cobra vigencia a partir del día 10 de mayo de 2012, por el término de un 1 año, por lo que su vencimiento operará automáticamente el 09 de mayo de 2013, sin necesidad de notificación previa, pudiendo dicho plazo prorrogarse por acuerdo expreso de las partes.Tercera: La agente María Marcela Rossio, durante el período indicado precedentemente, prestará servicios en el ámbito Administrativo - Bloque Parlamentario Alianza Concertación para el Desarrollo de la provincia de Río Negro, siendo sus derechos y obligaciones los contemplados en el marco de la Ley L N 1844 y en la Ley L N 838.Cuarta: Suscribe el presente Convenio Individual, en los términos de la cláusula quinta del Convenio General referido al inicio, el Cr. Agustín Domingo, en su carácter de Director Ejecutivo - Agencia de Recaudación Tributaria de la provincia de Río Negro.Quinta: Suscribe el presente Convenio de conformidad, la agente María Marcela Rossio.En prueba de conformidad, en el lugar y fecha precedentemente indicados, se firman cinco 5 ejemplares de ley de un mismo tenor y a un solo efecto.oOo DECRETO Nº 794
Viedma, 21 de Junio de 2012.Visto, el Expediente Nº 6.317-SSP-12, del Registro del Ministerio de Economía, la Ley N 4.733 de Presupuesto General para la Administración Provincial, y;
CONSIDERANDO:
Que la Ley N 4.733 autoriza al Poder Ejecutivo a realizar modificaciones dentro del total de los créditos que son asignados por la Ley de Presupuesto, debiendo en todos los casos comunicarlas al Poder Legislativo;
Que en virtud de ello y a solicitud de las distintas Jurisdicciones Administrativas, la Subsecretaría de Presupuesto dependiente del Ministerio de Economía, debe adecuar los créditos presupuestarios contenidos en el Presupuesto vigente, en el marco de las facultades conferidas por el Artículo 15 de la Ley H N 3.186;
Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, Asesoría Legal y Técnica del Ministerio de Economía y Contaduría General de la Provincia;
Que el presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 181 inciso 1 de la Constitución Provincial;
Por ello:
El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA:
Artículo 1.- Modifícase el Cálculo de Recursos de acuerdo al detalle obrante en Planilla Anexa N I, que forma parte del presente.Art. 2.- Modifícase el Resumen de Gastos por Organismo y Objeto del Gasto de acuerdo al detalle obrante en Planilla Anexa N II, que forma parte del presente.Art. 3.- Modifícase el Presupuesto General de Gastos de acuerdo al detalle obrante en Planilla Anexa N III, que forma parte del presente.Art. 4.- Creánse las Categorías Programáticas correspondientes a las distintas Jurisdicciones Administrativas detalladas en la Planilla Anexa Nº IV, que forma parte del presente.Art. 5º.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha del mismo.Art. 6.- Comuníquese al Poder Legislativo las modificaciones presupuestarias efectuadas.Art. 7.- El presente Decreto será refrendado por el Mtro. de Economía.Art. 8.- Regístrese, comuníquese, publíquese, tómese razón, dese al Boletín Oficial y archívese.WERETILNECK. A. Palmieri.-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 02/07/2012

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaísArgentina

Fecha02/07/2012

Nro. de páginas42

Nro. de ediciones1916

Primera edición03/01/2002

Ultima edición01/07/2024

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