Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 19/12/2011

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 19 de Diciembre de 2011
en autos caratulados: Provincia de Río Negro c/
Curaqueo Juan Carlos s/Desafuero Sindical Expte.
Nº 22271/10, bajo apercibimiento de ley.- Se hace saber al Boletín Oficial, que la publicación de edictos se encuentra a cargo de la Provincia de Río Negro, la cual está exenta de abonar los mismos.- El presente debe publicarse por dos días en Boletín Oficial y diario Río Negro.- San Carlos de Bariloche, 9 de noviembre de 2011.- Santiago V. Morán, Secretario de Cámara.
oOo Dr. Ricardo A. Calcagno, Juez titular del Juzgado de Instrucción en lo Criminal y Correccional Nº 4, sito en John OConnor 20, notifica por medio de la presente a Puricelli Andrés, argentino, nacido en Cipolletti, el día 2/02/1977, soltero, comerciante, documentado mediante DNI. Nº 25.679.139, que en Expte. Nº 292-8-2011, se resolvió en fecha 310-2011, Carlos de Bariloche, 3 de octubre de 2011 Resuelvo: Dictar el sobreseimiento total en la presente causa y en relación al hecho que se describiera precedentemente, en favor de Andrés Puricelli y , ya filiado al comienzo de la presente, por extinción de la acción penal por aplicación por parte del Agente Fiscal de Criterio de Oportunidad Art. 306 Inc. 4º del Código Procesal Penal en función del Art. 172 del mismo ordenamiento legal.- Fdo.: Ricardo A.
Calcagno, Juez.- Ante mí, Sergio Damián Pichetto, Secretario, y se lo cita y emplaza para que en el término de cinco días comparezca ante el Tribunal.Sergio Pichetto, Secretario.
oOo Dr. Ricardo A. Calcagno, Juez titular del Juzgado de Instrucción en lo Criminal y Correccional Nº 4, sito en John OConnor 20, notifica por medio de la presente a Velázquez Jorge, argentino, empleado, DNI. Nº 20.370.529, nacido en Bariloche el 26/
07/1968, que en Expte. Nº 012-8-2009 se resolvió en fecha 14-11-2011, Carlos de Bariloche, 14 de noviembre de 2011 Resuelvo: Dictar el sobreseimiento total en la presente causa y en relación al hecho que se describiera precedentemente, en favor de Jorge Velázquez, ya filiado al comienzo de la presente, por extinción de la acción penal, por aplicación por parte del agente Fiscal de Criterio de Oportunidad Art. 306, Inc. 4º del Código Procesal Penal, en función del Art. 172 del mismo ordenamiento legal.- Fdo.: Ricardo A.
Calcagno, Juez.- Ante mí: Sergio Damián Pichetto, Secretario, y se lo cita y emplaza para que en el término de cinco días comparezca ante el Tibunal.Sergio Pichetto, Secretario.
oOo
REMATE

Dra. Adriana Mariani, Juez Letrado, a cargo del Juzgado Letrado en lo Civil, Comercial y de Minería Nro. Uno, Secretaría Única, con asiento de sus funciones en calle San Luis Nº 853, 2º piso, de la ciudad de General Roca RN, comunica por dos días, en autos: Municipalidad de Villa Regina Cuit Nº 30-58628135-2 c/Demandado Cuil Nº 2011074374-3 s/Ejecutivo Expte. Nº 332-J.12006, que el martillero público Próspero Peletay, Mat. Prof. Nº 147, Fº 16, Tº I-STJ Cuit Nº 2007300821-3, con domicilio en calle Avda. San Juan Nº 1674 de General Roca RN, rematará el día 21 de diciembre de 2011 a las 9:30 horas, en el salón de reuniones, ubicado en planta alta, de la sede de la Municipalidad de Villa Regina RN, sito en Avda. Rivadavia Nº 220, con base, al contado y al mejor postor, los derechos y acciones que le pertenecen al demandado, sobre el inmueble según el inf. del R.P.I. de fs. 387, Parcela 02A, Manzana
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BOLETIN OFICIAL N 4996
500B, de Villa Regina, Provincia de Río Negro, U.F. 2, Pol. 01-01, 02-01 urbano. Polígono 0101: Superficie cubierta 737,90 m, superficie de balcones 48,50 m, superficie total polígono 786,40
m.- Polígono 02-01: Superficie cubierta 79,41 m, superficie total del polígono 79,41 m. Superficie total para la U.F. y Polígonos: 865,81 m.
Porcentual: 16,16%.- Antecedente Dominial:
Matrícula 06-2627. Matrícula: 06-10181-0.
Matrícula: 06-10181-2. Plano: 188/1992. Afectado al Régimen de Propiedad Horizontal.Nomenclatura Catastral: 06-1-B-500B-02A.Condiciones. Base: $ 266.206,20. Seña: 30% en el acto de la subasta. El saldo deberá depositarse en la cuenta judicial de autos, dentro del término de cinco días de aprobada la subasta, que queda sujeta a aprobación judicial y notificado el comprador, bajo apercibimiento de lo dispuesto por los Arts. 572
quater y 581 y ccdtes. del CPCyC, a cuyo fin el comprador constituirá domicilio procesal en el radio del asiento del Tribunal.- Comisión: De práctica.- Pagos dinero en efectivo, pesos únicamente.- Exhibición del inmueble, desde el exterior, el día anterior a la subasta, en el horario de 10 a 11 horas. Ubicación del inmueble: Calle Las Heras Nº 145, entre calles San Martín y San Lorenzo, de Villa Regina RN.- Deudas: Por impuesto inmobiliario, según inf. fs. 500, de fecha 14-09-11, se encuentra exento, según Ley 1.622, Art. 15 Inc. 1º.- Municipalidad de Villa Regina, según inf. de fs. 498/498 vta., de fecha 7/09/2011.
Departamento de Rentas: deuda al cobro por vía judicial, por Tasas por Servicios Públicos y Santiarios, desde cuota 04/1997 hasta 02/2011
adeuda la suma de $ 239.348. Posterior al juicio y por el mismo concepto debe cuotas 03/2011 hasta 09/2011 por la suma de $ 8.160 y fs. 499 de fecha 19/09/2011. Fiscalía: Registra deudas al cobro por vía judicial en los presentes autos: Certificaciones Nº 3444/3445-2006, de fecha 10/05/2006
correspondientes a Tasas Retributivas y Servicios Sanitarios por períodos 06/01 a 05/06 por la suma de $ 53.009,46.- Certificaciones Nº 4866/48672008 de fecha 6/11/2008, correspondientes a Tasas Retributivas y Servicios Sanitarios por períodos 06/06 a 10/08 por la suma de $ 23.140,81.Certificaciones Nº 5751/5752-2009 de fecha 23/
04/2009, correspondientes a Tasas Retributivas y Servicios Sanitarios por períodos 11/08 a 04/09
por la suma de $ 5.022,72, Certificaciones Nº 8454/
2011 de fecha 15/02/2011, correspondientes a Tasas Retributivas y Servicios Sanitarios por períodos 05/09 a 02/11, por la suma de $ 24.021,84, con más recargos, intereses y costas del juicio. Según informa el Departamento de Rentas, registra deuda posterior a juicio en concepto de Tasas Retributivas por Servicios Públicos y Sanitarios.- Las obligaciones fiscales del adquirente en subasta, respecto de las deudas del inmueble por la D.G.R., y Municipalidad de Villa Regina, comienzan a partir del auto de aprobación del remate Art. 572
CPCyC.- Hipotecas y otros gravámenes no se registra.- Embargos: según inf. del R.P.I., de fs.
495/495 vta., el ordenado en estos autos.Inhibiciones según inf. del R.P.I. a fs. 497, no se registran.- Estado de Ocupación: Según la diligencia de constatación practicada por el martillero actuante a fs. 509, la tiene el demandado.- El comprador deberá hacerse cargo del sellado de ley que corresponda por la compra, y del total de gastos que se originen para la inscripción del dominio a su nombre en el R.P.I. Transcurrida media hora de la fijada para el remate, no existieren oferentes, la base se reduce en un 50%, fijándose la misma en la suma de $ 133.103, con las mismas condiciones que la anterior.- Publíquense edictos por dos días en Boletín Oficial y diario Río Negro.- Abogado de la parte Actora, Dr. Juan Carlos Giménez, Cuit Nº 20-04954152-0, y de la Demandada, Dr.

Horacio N. Pagliaricci, Cuit 20-14178272-0.
Para informes al martillero actuante, al celular 0298-154647274.- General Roca RN, 5 de diciembre de 2011.- Paula M. Chiesa, Secretaria.
oOo
ESTATUTOS SOCIALES, CONTRATOS, ETC.

MAGMA - S.R.L.
El Inspector Regional de Personas Jurídicas de la Provincia de Río Negro, Delegación San Carlos de Bariloche, Dr. Javier Mesa, titular del Registro Público de Comercio, de la III Circunscripción Judicial, a cargo del Registro Público de Comercio, ordena la publicación edictal prevista en el Art. 10
de la Ley 19.550 y sus modificatorias en el Boletín Oficial, por el término de un día. Procédase a la publicación condensada del contrato social de la sociedad Magma S.R.L., Expte. Nº 6545-IGPJR2011.
1 Datos de los Socios: Fernando Díaz, DNI. Nº 7.602.303, casado con Haydee Trejo, profesión arquitecto, nacido el 10/05/1947, con domicilio en la calle Amancay s/nº, Villa Arelaunquen, de la ciudad de San Carlos de Bariloche, Provincia de Río Negro; Sergio Gabriel González, DNI. Nº 16.689.934, nacido el 1/08/1963, casado con Ana Lía Aldana, comerciante, con domicilio en la calle Amancay s/nº, Villa Arelaunquen, de la ciudad de San Carlos de Bariloche, Provincia de Río Negro, y Daniel Antonio Vogric, DNI. Nº 16.658.627, nacido el 10/12/1963, soltero, comerciante, domiciliado en Avda. Corrientes 5207, piso 14A, Capital Federal.
2 Fecha de Constitución: Instrumento Privado de fecha 10 de noviembre del año 2011.
3 Denominación de la Sociedad: Magma S.R.L.
4 Domicilio Legal: Juan Manuel de Rosas 435, jurisdicción de San Carlos de Bariloche, Provincia de Río Negro.
5 Duración: La sociedad durará 99 años, a partir de su inscripción en el Registro Público de Comercio.
6 Objeto Social: La sociedad tendrá por objeto dedicarse por cuenta propia, de terceros, o asociada a terceros, en cualquier punto de la República Argentina o del extranjero, a las siguientes actividades:
1 Explotación de negocio de cafetería, bares, confitería, cervecería, restaurante, pizzería y toda otra explotación relacionada con la actividad gastronómica.
2 Elaboración y venta de todo tipo de infusiones, cafetería, tragos, lácteos, pastelería, panadería y/o sus derivados y/o cualquier producto relacionado con los mismos.
Para su cumplimiento, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones y realizar todo tipo de actos, contratos y operaciones que no sean prohibidas por las leyes o este contrato, y que se vinculen con su objeto social.
7 Capital Social: El capital social se fija en la suma de pesos veinte mil $ 20.000,00, dividido en veinte mil 20000 cuotas de un peso $ 1

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 19/12/2011

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaísArgentina

Fecha19/12/2011

Nro. de páginas50

Nro. de ediciones1919

Primera edición03/01/2002

Ultima edición11/07/2024

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