Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 23/05/2011

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 23 de Mayo de 2011
DECRETO Nº 342.- 06-05-11.- Concediendo al Oficial Principal AP-ES Juan Manuel PIÑERO
BAUER DNI N 11.205.772 Legajo Personal N 7.376, Licencia Excepcional sin goce de haberes a partir del 26 de Enero de 2.010 y por el término de Un 01 año, prevista en el Artículo 28 del Reglamento del Régimen de Licencias Policiales, en concordancia con el Artículo 107 de la Ley L N 679. Expte. Nº 62036-RIII-10.DECRETO Nº 343.- 06-05-11.- Reconociendo la Licencia Excepcional con goce de haberes, usufructuada, por el Cabo AS-EG Eduardo Andrés CORDOBA DNI N 25.667.768
Legajo Personal N 7177, por un lapso de Treinta y Cuatro 34 días de inasistencia, computables en forma discontinua, desde el día 03 al 05 de Noviembre de 2007, del 09 al 15 de Noviembre de 2007 y desde el 08 al 31 de Diciembre de 2007, en los términos del Artículo 28 del Reglamento del Régimen de Licencias Policiales Decreto N 488/73. Expte. Nº 56829PC-08.DECRETO Nº 344.- 06-05-11.- Reconociendo la Licencia Excepcional con goce de haberes, usufructuada, por el Cabo ASA-ESyM Verónica Evelyn CACHO DNI N 28.616.302 Legajo Personal N 7769, por un lapso de doscientos setenta y un 271 días de inasistencias, computables en forma continua desde el día 04
de Abril hasta el 31 de Diciembre de 2009, en los términos del Artículo 28 del Reglamento del Régimen de Licencias Policiales Decreto N
488/73, en forma continua desde el día 04 de Abril hasta el 31 de Diciembre de 2009, arrojando las mismas un cómputo de Doscientos setenta y un 271 días de inasistencias, en razón de haber agotado los términos que otorga la reglamentación referida en la Institución Policial. Expte. Nº 098299-C09.DECRETO Nº 345.- 06-05-11.- Promoviendo a partir del 01/06/2.005 al Grado II y a partir del 01/06/2.010 al Grado III al Señor Luis Armando SPINA D.N.I. N 20.807.702 Legajo N
659.537/5 del Agrupamiento Segundo de la Ley L N 1.904, en los términos de la Ley L N
3.959. Expte. Nº 94.668-S-10.DECRETO Nº 346.- 06-05-11.- Creando una vacante en el Agrupamiento Segundo - Grado III Licenciada en Enfermería de la Ley L N
1.904, en la Jurisdicción: 44 - Programa:
14.00.00.01, del Consejo Provincial de Salud Pública, dependiente del Ministerio de Salud, suprimiéndose la vacante generada en el Agrupamiento Tercero Grado III de la Ley L
N 1.904. Reubícase a partir de la fecha de la firma del presente Decreto a la Sra. Tieng Kham Phouminoradeth D.N.I. N 18.840.346 Legajo N 657.985/0, en la vacante creada, conforme la Ley L N I.904. Expte. Nº 91.791-S10.DECRETO Nº 347.- 06-05-11.- Creando una vacante en el Agrupamiento Segundo - Grado IV Licenciada en Enfermería de la Ley L N
1.904, en la Jurisdicción: 44 Programa:
14.00.00.01, del Consejo Provincial de Salud Pública, dependiente del Ministerio de Salud, suprimiéndose la vacante generada en el Agrupamiento Tercero Grado IV de la Ley L N
1.844. Reubícase a partir de la fecha de la firma del presente Decreto a la Señora Sandra Elizabeth PEÑALOZA D.N.I. N 22.662.702
Legajo N 657.815/2 en la vacante creada, conforme la Ley L N 1.904. Expte. Nº 93.733S-10.DECRETO Nº 348.- 06-05-11.- Creando una vacante en el Agrupamiento Tercero - Grado V, de la Ley L N 1.904 en la Jurisdicción 44 -

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BOLETIN OFICIAL N 4935
Programa 14.00.00.01, del Consejo Provincial de Salud Pública, dependiente del Ministerio de Salud, suprimiéndose la vacante generada en el Agrupamiento Auxiliar Asistencial, Categoría 11, de la Ley L N 1.844. Reubicar a partir de la fecha de la firma del presente Decreto a la Señora Mirta ZUÑIGA D.N.I. N 10.753.636 - Legajo N 654205/0 en la vacante creada, conforme lo dispuesto en la Ley L N 1.904. Expte. Nº 93.253-S-10.DECRETO Nº 351.- 06-05-11.- Otorgando en los términos de la Ley Provincial D N 168, a partir del día 07 de Septiembre de 2.010, una 1
Pensión Graciable Vitalicia a favor de la Señora Alicia Haydee GELOS C.U.I.L. N 2713351288-3 viuda del Bombero Voluntario Pablo Domingo CHAMORRO D.N.I. N
08.431.108, quien prestó servicios en la Asociación Bomberos Voluntarios de Los Menucos Personería Jurídica otorgada por Decreto Provincial N 302/02. Expte. Nº 007.361-G-10.DECRETO Nº 354.- 06-05-11.- Aceptando a partir del día 05 de Mayo de 2.011, la renuncia presentada por el Señor Luis Mateo Canosa D.N.I. N 24.270.529, al cargo de Subsecretario de Articulación Institucional Ciudadano, dependiente de la Secretaría General de la Gobernación, con funciones part time.DECRETO Nº 359.- 13-05-11.- Destacando en Comisión Oficial de Servicios a partir del día 16
de Mayo de 2.011, a la Señora Ministro de Salud Doctora Cristina Liliana URIA, C.U.I.L. N
27-13118009-3, por el término de tres días con setenta y cinco por ciento 3,75%, fuera del País de viáticos, a la Ciudad de Santiago de Chile República de Chile, con el fin de Participar de la 1 Reunión Binacional de Intendentes Chilenos y Gobernadores Argentinos, utilizando para su traslado pasajes Vía Aérea. Expte. Nº 64.079-S11.DECRETO Nº 361.- 13-05-11.- Aceptando a partir de la fecha del presente Decreto, la renuncia presentada por el Señor Ricardo Serafin PRIDEBAILO D.N.I. N 10.477.014, al cargo de Subsecretario de Seguridad Ciudadana.DECRETO Nº 364.- 13-05-11.- Otorgando un aporte no reintegrable por la suma de Pesos Ciento veintiseis mil $ 126.000,00 a favor del Ente Regional Oficial de Turismo Patagonia Turística C.U.I.T N 30-70893510-3 de la ciudad Autónoma de Buenos Aires para conformar el Fondo Patagónico de Promoción Turística, y a su vez afrontar gastos referentes al Plan de Acción Promocional correspondiente al ejercicio 2.011. La rendición de los gastos del aporte no reintegrable aprobado, estará a cargo del Presidente del Ente Regional Oficial de Turismo Patagonia Turística Licenciado José Omar Contreras D.N.I. N 13.714.494, la Secretaria Ejecutiva Licenciada Mirian Roxana Capasso D.N.I. N 17.400.525
y/o de quienes eventualmente los reemplacen, conforme a lo establecido por el Decreto N 134/2010. Expte. Nº 151.568-T11.DECRETO Nº 365.- 13-05-11.- Otorgando un aporte no reintegrable a favor de la Municipalidad de la Localidad de Chimpay, por la suma de Pesos Veinte mil $ 20.000,00, destinado a la reparación de una camioneta CHEVROLET S-10 DIESEL. La utilización, inversión y rendición del aporte deberá ajustarse a lo establecido en el Decreto N 134/10, siendo responsables de ello el Señor Intendente de la Localidad de Chimpay, Don Héctor Hugo
FUNES CUIL N 20-13332273-7, y el Señor Tesorero Horacio Orlando Cammertoni CUIL
N 20-10145720-7. Expte. Nº 132.511-SCA10.DECRETO Nº 367.- 13-05-11.- Otorgando un aporte no reintegrable a favor de la Municipalidad de la localidad de Coronel Belisle CUIT N 30-67281976-4, por la suma de Pesos Cien mil $ 100.000,00, destinado a la construcción de una Sala de faena de cerdos. La utilización, inversión y rendición del aporte deberá ajustarse a lo establecido en el Decreto N 134/10 siendo responsables de ello el Intendente Municipal, Señor Juan Hilario NEYRA CUIL N 20-08327195-8 y el Secretario de Gobierno del Municipio, Señor Juan José Saez Curigual CUIL N 2020856761-7. Expte. Nº 133.925-SCA10.DECRETO Nº 369.- 13-05-11.- Aplicando la suspensión por el término de un 1 año, o hasta que se dicte el sobreseimiento o absolución de los responsables de la Empresa, en el Registro de Proveedores de la Provincia de Río Negro, a la firma Comercial Droguería Urbana S.A., inscripta en el Registro de Proveedores de la Provincia bajo el N 11-I-1450, con domicilio en Calle Moreno N 3059 de la ciudad de Buenos Aires, conforme a lo dispuesto en el Artículo 6
Inciso b del Reglamento de Contrataciones de la Provincia Anexo II Decreto N 1.737/98, y el Artículo 18 del Registro de Proveedores de la Provincia de Río Negro. Expte. Nº 003.860HDS-10.oOo
RESOLUCIONES

Provincia de Río Negro DEPARTAMENTO PROVINCIAL
DE AGUAS
Resolución Nº 674
Expediente N 36198-IGR-08
Viedma, 05 de Mayo de 2011.
Visto la Resolución N 757/09 del registro del Departamento Provincial de Aguas, y CONSIDERANDO:
Que la Resolución citada establece el canon de riego para los usuarios que capten y utilicen agua para riego desde el Canal Ing. Suárez Pomona
San Antonio Oeste;
Que corresponde actualizar el valor establecido de acuerdo a la evolución del índice de Precios Nivel General del Instituto de Estadísticas y Censo, que en el periodo mayo 2009 - enero de 2011 fue de un 24,80%;
Que la utilización de agua para aplicar a la agricultura de regadío deberá contar con la correspondiente autorización administrativa, de acuerdo a lo establecido en el artículo 22 y siguientes del Código de Aguas;
Que existen facultades suficientes para el dictado de la presente, en el artículo 260 inciso a del Código de Aguas Por ello, El Superintendente General de Aguas RESUELVE:
Artículo 1: Establecer el canon de riego para los usuarios que capten y utilicen agua para riego desde el Canal Ing. Suárez Pomona San Antonio Oeste en trescientos cuarenta y tres pesos con veinte centavos $ 343,20.- ha./año.
Art. 2.- Dejar sin efecto la Resólución N 757/
09.
Art. 3.- Regístrese, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, cumplido, archívese.
Ing. Horacio Raúl Collado, Suprintendente Gral.
D.P.A.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 23/05/2011

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaísArgentina

Fecha23/05/2011

Nro. de páginas30

Nro. de ediciones1924

Primera edición03/01/2002

Ultima edición29/07/2024

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