Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 27/01/2011

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 27 de Enero de 2011

Nº 4902

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305.136
Precio Ejemplar del día: $ 3,00 PUBLICACION BISEMANAL
AÑO LII
EDICION DE 8 PAGINAS

SECRETARIA GENERAL
DE LA GOBERNACION
Dirección de Boletín Oficial Tel. 02920 422862 - 423512 Fax 02920-430404
Laprida 212 - 8500 Viedma
Sumario en Pág. 8

RESOLUCIONES

Provincia de Rio Negro MINISTERIO DE GOBIERNO
Ley N2312
Resolución Nº 99
Viedma, 29 de diciembre de 2010.
Visto: La ley Nacional N 17.801, la ley Provincial K N 810 y su Decreto Reglamentario, Ley N K 2312;
CONSIDERANDO:
Que por medio del Acta N 46 y de la Resolución N 55/2010 de la Comisión Especial de la Ley K N 2312 se aprobó la implementación de los Certificados Preferenciales, los cuales serán diligenciados por el Registro de la Propiedad Inmueble en un plazo de hasta cinco 5 días hábiles contados a partir del día siguiente de su recepción, cualquiera fuere la circunscripción en que los mismos ingresen;
Que por medio del Acta N 47 de la Comisión Especial de la Ley K N
2312 se aprobó la implementación de las escrituras preferencial, los cuales serán diligenciados por el Registro de la Propiedad Inmueble en un plazo de hasta cinco 5 días hábiles contados a partir del día siguiente de su recepción, cualquiera fuere la circunscripción en que los mismos ingresen, el que tendrá un valor de pesos trescientos $ 300,00 en concepto de contribución especial de la Ley N K 2312;
Que salvo petición expresa del interesado y excepción fundada de los titulares de cada una de las circunscripciones jurisdiccionales se podrán realizar mediante esta metodología las escrituras declarativas y los PH, en dichos supuestos el valor de cada adicional será de pesos treinta $
30,00;
Que por la misma acta se aprobó el Trámite Preferencial de las fotocopias de asientos registrales con un valor de pesos cincuenta $
50,00, correspondiendo idéntico plazo que el Servicio Preferencial de Escrituras y Certificados, mientras que los adicionales continuarán con los valores fijados en las resoluciones 56/10 y 61/
10;
Que el plazo asignado no puede, hasta tanto se termine la informatización integral de la documentación que obra en tomo y folios, ser menor dada la descentralización existente;
Que este avance en la prestación de nuevos servicios resulta viable en virtud, del proceso de modernización implementado, que ha significado la adquisición de nuevos equipos informáticos, fotocopiadoras, incorporación de personal, adquisición de ficheros y otros mobiliarios, además del insumo de papelería y obleas de seguridad para los trámites que expide el Organismo;
Que el monto antes citado ha sido fijado teniendo en cuenta los aranceles que otros Registros de la Propiedad Inmueble del territorio Nacional, han establecido por servicios análogos;
Que la implementación de servicios como el que por este acto se aprueba, hacen a la visión estratégica que debe tener la Alta Gerencia del Registro de la Propiedad Inmueble;
Que la noción de modernización no debe reducirse sólo a la compra de equipos informáticos sino que es un concepto mucho más amplio, dado que en el actual contexto nos encontramos bajo una creciente presión de prestar mayores y mejores servicios a una comunidad cada día más exigente y en ello juega un rol fundamental la calidad y consistencia del servicio, que está determinado entre otras cosas por la celeridad y certeza jurídica en las transacciones, garantizando ante todo la fe pública insita en los documentos públicos que este Organismo expide.

Por ello, El Presidente Surbrogante ad referéndum de la Comisión Especial Ley K Nº 2312
RESUELVE:
Artículo 1 - Implementar a partir del primero de febrero del 2011, el Servicio de Escritura preferencial, el que se tramitará en un plazo de hasta cinco 5 días hábiles a un costo de pesos trescientos $ 300,00, excluyendo, salvo petición del interesado y excepción fundada de los titulares de cada una de las circunscripciones jurisdiccionales, las escrituras declarativas y los P.H.
Art. 2º - En caso de otorgarse la excepción para la tramitación, de las escrituras declarativas y los P.H., el valor de cada adicional será de pesos treinta $ 30,00 en un todo de acuerdo a lo expresado en los considerandos de la presente.Art. 3º - Establecer a partir de la publicación de la presente Resolución el Trámite Preferencial de las fotocopias de asientos registrales con un valor de pesos cincuenta $ 50,00, el valor de cada adicional será el mismo que el trámite ordinario, correspondiendo idéntico plazo que el Servicio Preferencial de Escrituras y Certificados.Art. 4º - Registrar, comunicar, publicar y archivar.Dra. Olga Patricia Alonso, Directora General Registro Propiedad Inmueble.- Dr. Álvaro Larreguy, Presidente Subrogante Comisión Especial Ley K Nº 2312
oOo Provincia de Río Negro Ministerio de Hacienda, Obras y Servicios Públicos DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
Resolución Nº 038
Viedma, 20 de enero de 2011.
Visto que durante los días 27 y 28 de enero de 2011 se efectuará la mudanza de las oficinas de la Delegación Zonal General Roca de la Dirección General de Rentas, del inmueble de calle 25 de Mayo y España al de calle 9
de Julio y España; y CONSIDERANDO:
Que durante los días indicados será imposible atender al público, como asimismo se verán afectadas todas las demás tareas propias del despacho diario en la oficina de la Delegación Zonal General Roca;
Que resulta necesario autorizar a la Delegación Zonal General Roca de esta Administración Fiscal para que días 27 y 28 de enero de 2011 no atienda al público al sólo efecto de efectuar las tareas de mudanza al nuevo emplazamiento;
Que el suscripto resulta competente para tomar esta decisión, en ejercicio de las facultades otorgadas por los artículos 5 y siguientes del Código Fiscal t.o. 2003.
Por ello El Subsecretario de Ingresos Públicos a/c. de la Dirección General de Rentas RESUELVE:
1º - Autorizar la no atención al público por parte de la oficina de la Delegación Zonal General Roca los días 27 y 28 de enero de 2011, por los motivos indicados en los considerandos de la presente.
2 - Registrar, comunicar, dar al Boletín Oficial para su publicación y archivar.
Cr. Roberto Aníbal Gil, Subsecretario de Ingresos Públicos a/c. Direción Gral. de Rentas.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 27/01/2011

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaísArgentina

Fecha27/01/2011

Nro. de páginas8

Nro. de ediciones1920

Primera edición03/01/2002

Ultima edición15/07/2024

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