Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 25/02/2010

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

25 de Febrero del 2010

DECRETO Nº 1091
Viedma, 30 de diciembre de 2009.
Visto, el expediente Nº 146.884-SSP-09, la Ley K N 4002, la Ley H N 3886 y la Ley H N 3186, los Decretos N
1737/98 y N 1498/08 y, CONSIDERANDO:
Que la Ley K N 4002 en su Artículo 16º inciso 3 determina que al Ministerio de Hacienda, Obras y Servicios Públicos le compete entender en la administración financiera del sector público provincial a través de los sistemas de presupuesto, tesorería, contabilidad y crédito público, interviniendo en la aplicación de las políticas y en la administración presupuestaria y financiera del gasto público provincial;
Que la Ley H N 3886 de adhesión de la Provincia a la Ley Nacional N 25.917, de Régimen Federal de Responsabilidad Fiscal, establece la utilización de conversores homogéneos entre las clasificaciones provinciales y nacional a fin de homogeneizar la información del Sistema de Cuentas Nacionales;
Que mediante el artículo 13º de la Ley H N 3186 de Administración Financiera y Control Interno del Sector Público Provincial y el Decreto reglamentario Nº 1737/98 se establece el uso de las técnicas más adecuadas para la presentación del Presupuesto de Gastos del Sector Público Provincial y las clasificaciones correspondientes para recursos y gastos;
Que el Manual de Clasificaciones Presupuestarias aprobado por Decreto N 1498/08 ha sufrido cambios, de acuerdo a las necesidades requeridas por las jurisdicciones y entidades que conforman el Sector Público Provincial originadas en los procesos de formulación y ejecución anual del presupuesto de los recursos y gastos;
Que estas modificaciones se encuentran dispersas en distintos decretos que aprobaron su creación;
Que resulta conveniente la sistematización de los Clasificadores Presupuestarios en un solo instrumento normativo;
Que la utilización de este Manual entrará en vigencia a partir del primer día hábil del próximo año en virtud de la puesta en ejecución de los créditos presupuestarios y sus financiamientos para el ejercicio 2010;
Que ha tomado intervención la Asesoría Legal del Ministerio de Hacienda, Obras y Servicios Públicos, la Contaduría General de la Provincia, la Secretaría Legal y Técnica y Asuntos Legislativos y la Fiscalía de Estado a fs. 217 Vta;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas en el Artículo 181º inciso 5 de la Constitución Provincial.
Por ello, El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA:
Artículo 1º.- Apruébase el Manual de Clasificadores Presupuestarios para uso del Sector Público Provincial de acuerdo al ordenamiento y detalle que figuran en el Anexo, y que forma parte del presente Decreto.
Art. 2º.- Derógase el Decreto 1498/08 y toda otra norma que se oponga a la presente.
Art. 3º.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir del primer día hábil del año 2010.
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro de Hacienda, Obras y Servicios Públicos.
Art. 5º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, tómese razón, dése al Boletín Oficial y archívese.
SAIZ.- P. F. Verani

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 25/02/2010

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaísArgentina

Fecha25/02/2010

Nro. de páginas68

Nro. de ediciones1925

Primera edición03/01/2002

Ultima edición01/08/2024

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