Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 31/07/2006

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 31 de Julio del 2006
La Autoridad Minera hace saber que en el expediente número 31.020-M-2006 el Sr. Ñanculeo Carlos Mariano ha solicitado una Cantera de Ripio Calcáreo denominada El Ñanco, ubicada en la grilla 3969-II
Lago Pellegrini del Catastro Minero. Se localiza en el lote 6, Fracción D, Sección XXV del Dpto. Gral. Roca.
Adopta forma cuadrada de 25has y sus vértices quedan definidos por las siguientes coordenadas GaussKrger: Sistema POSGAR: Vértice 1 X=5767004.85
Y=2612202.66; Vértice 2 X=5766786.02 Y=2612652.23;
Vértice 3 X=5766336.45 Y=2612433.40; Vértice 4
X=5766555.28 Y=2611983.83.- Corresponde ordenar las publicaciones en la forma establecida por el art. 71 de la Ley Nº 3673.- Registro Protocolar.- Viedma, 13/07/
2006.- Publíquese en el Boletín Oficial por tres veces en el término de quince días. Si el interesado no acreditare el cumplimiento de la publicación de edictos en un plazo de sesenta 60 días, se lo tendrá por desistido de la solicitud de concesión art. 71º Ley 3673.- Notifíquese.- Las oposiciones podrán deducirse dentro de los quince días siguientes al de la última publicación.- Fdo. Ing. Qco. Gustavo M. Bevacqua, Director General de Minería, Autoridad Minera de Primera Instancia. Leandra A. Lacaze, Asesora Legal.
oOo
EDICTOS DE MENSURA

Se comunica a linderos e interesados que el 01 de agosto del 2006, se darán por iniciadas las tareas de mensura, deslinde y amojonamiento del predio fiscal ubicado en parte del Lote 102, de la Sección IX, ocupado por Oscar Norberto Rastellini Expte. 150453/84DGT Aut. de Mensura 64/05.- Agrim. Beliú Marcos, Mat.
A-2332-1.

Se comunica a linderos e interesados que el 02 de agosto del 2006, se darán por iniciadas las tareas de mensura, deslinde y amojonamiento del predio fiscal ubicado en parte Sección Loma del Medio, lote 102 de la Sección IX, ocupado por Pablo Alejandro Panomarenko Expte. 152154/87DGT - Aut. de Mensura 35/06.- Agrim. Beliú Marcos, Mat. A-2332-1.
oOo
EDICTO I.P.P.V.

Provincia de Río Negro INSTITUTO DE PLANIFICACION Y
PROMOCION DE LA VIVIENDA
I.P.P.V.
El Instituto de Planificación y Promoción de la Vivienda, cita al Sr. Villarroel José Gabriel DNI.
8.030.010 a presentarse en nuestras oficinas en cualquiera de las Localidades de la Provincia, a efectos de regularizar tenencia y pago de la unidad habitacional identificada como Casa 4, sita en Formosa N 1365, correspondiente al Plan 40 ViviendasCód. de Obra 34, en la Localidad de Catriel, en un plazo de cuarenta y ocho horas. Caso contrario ante negativa tácita o expresa se iniciará las acciones administrativas a los efectos de otorgar la titularidad a la Sra. Garrido María Tomasa. Queda usted, debidamente notificados. María E. Mansilla, Area C. Habitacional - I.P.PV.
oOo
EDICTOS

El Dr. Carlos Reussi, Juez a cargo del Juzgado de Instrucción Nro. II, con asiento en la ciudad de Viedma, Provincia de Río Negro, Secretaría Nro. 4 a mi cargo, notifica a Néstor Fabián Huenuin de la resolución
BOLETIN OFICIAL N 4433
recaída en autos caratulados: Huenuin Néstor Fabián S/Daños Expte. Nº 38.854/06/ANGELA, cuya parte principal se transcribe: Viedma, 02 de Mayo de 2.006.
Autos y Vistos Resuelvo: 1 Dictar el Sobreseimiento Total en la presente causa, en favor de Néstor Fabián Huenuin, ya filiados, en arden al hecho que se le endilgaba Daño arts. 183 del C.P., por aplicación del art. 307 Inc. 1 segundo supuesto del C.P.P.- 2 Declarar que el presente proceso no afecta el buen nombre y honor del que hubiere gozado el imputado.- Fdo. Cr.
Carlos Reussi -JuezViedma, 10 de Julio de 2.006. Dr.
Guillermo Bustamante, Secretario.
oOo El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y de Minería Nº Tres, de la Tercera Circunscripción Judicial de la Provincia de Río Negro, con asiento en Paso Nº 167 de la ciudad de San Carlos de Bariloche, a cargo del Dr. Carlos M. Cuellar, Secretaría Unica a cargo de la Dra. María Alejandra Marcolini Rodríguez hace saber que en autos caratulados: Todonissan S.A. s/
Quiebra Expte. Nº 22898-03, que el día 03 de diciembre de 2004 se ha decretado la quiebra de la firma Todonissan S.A., Cuit. 30-68904531-2, con domicilio real en calle Saavedra 637 de San Carlos de Bariloche, siendo designado síndico de estas actuaciones el Contador Roque Ramón Martínez, con domicilio en la calle Frey 246; 3º C, donde se ha ordenado la publicación del presente a efectos de informar lo siguiente: El plazo para verificar los créditos ante la sindicatura vencerá el 23 de agosto de 2.006. El plazo para la presentación del informe individual vencerá el 04 de octubre de 2006 y para la presentación del informe general vencerá el 09 de noviembre de 2.006. San Carlos de Bariloche, 22 de Junio de 2.006. M. Alejandra Marcolini Rodríguez, Secretaria.
oOo Carlos Reussi, Juez a cargo del Juzgado de Instrucción Nº II, con asiento en la ciudad de Viedma, Provincia de Río Negro, Secretaría Nº 4, a mi cargo, notifica a David Anselmo Arévalo, de lo ordenado en los autos caratulados: ma, 11 de julio del 2006.Autos y Vistos: 1 Dictar el sobreseimiento de David Anselmo Arévalo, de condiciones personales referenciadas, por las consideraciones expuestas y en orden al hecho que se le endilga Art. 307 Inc. 4 del CPP.- 2 Déjese sin efecto la averiguación de paradero de David Anselmo Arévalo. Líbrese oficio.- 3
Comuníquese, protocolícese y notifíquese.- Fdo.:
Carlos Reussi, Juez.- Dr. Guillermo Bustamante, Secretario.
oOo Carlos Reussi, Juez a cargo del Juzgado de Instrucción Nº II, con asiento en la ciudad de Viedma, Provincia de Río Negro, Secretaría Nº 4, a mi cargo, notifica a Blanca Noemí Uyúa, Susana Beatriz Churrarín, Juan Carlos Estévez González y José Luis Palazon, de lo ordenado en los autos caratulados: ma, 11 de julio del 2006.- Autos y Vistos: 1 Dictar el sobreseimiento de Blanca Noemí Uyúa, Susana Beatriz Churrarín, Juan Carlos Estévez González y José Luis Palazon, de condiciones personales referenciadas, por las consideraciones expuestas y en orden al hecho que se le endilga Art. 307 Inc. 4 del CPP.- 2 Déjese sin efecto la averiguación de paradero de José Polo Palazon. Líbrese oficio.- 3 Comuníquese, protocolícese y notifíquese.- Fdo.: Carlos Reussi, Juez.- Dr. Guillermo Bustamante, Secretario.
oOo Carlos Reussi, Juez a cargo del Juzgado de Instrucción Nº II, con asiento en la ciudad de Viedma, Provincia de Río Negro, Secretaría Nº 4, a mi cargo, notifica a Guillermo Jone, de lo ordenado en los autos caratulados: ma, 11 de julio del 2006. Autos y Vistos:
1 Dictar el sobreseimiento de Guillermo Jone, de condiciones personales referenciadas, por las consideraciones expuestas y en orden al hecho que se
9 le endilga Art. 307 Inc. 4 del CPP.- 2 Déjese sin efecto la captura de Guillermo Jone.- Líbrese oficio.- 3
Comuníquese, protocolícese y notifíquese.- Fdo.:
Carlos Reussi, Juez.- Dr. Guillermo Bustamante, Secretario.
oOo El Sr. Juez de Instrucción Nº 2, de la ciudad de Viedma, Dr. Carlos Reussi, hace saber a Héctor Edgardo Sánchez que se ha resuelto su situación procesal, en autos caratulados: Sánchez Héctor Edgardo s/
Lesiones y Amenazas Expte. Nº 38.959/06-FDF, dictándose la siguiente Resolución, que en su parte pertinente dice: Viedma, 11 de julio del 2006.- Autos y Vistos: Considerando: Resuelvo: I Dictar el sobreseimiento total en la presente causa en favor de Héctor Edgardo Sánchez, en orden al hecho que se le endilgaba, por aplicación del Art. 307 Inc. 4º del C.P.P., y habiéndose determinado la extinción de la acción penal, en función del Art. 180 quater del C.P.P. - Fdo.:
Dr. Carlos Reussi, Juez.- Marcelo J. E. Chironi, Secretario de Instrucción.
oOo Carlos Reussi, Juez a cargo del Juzgado de Instrucción Nº II, con asiento en la ciudad de Viedma, Provincia de Río Negro, Secretaría Nº 4, a mi cargo, notifica a Juan Carlos Bertoni de lo ordenado en los autos caratulados: ma, 11 de julio del 2006.- Autos y Vistos: 1 Dictar el sobreseimiento de Juan Carlos Bertoni, de condiciones personales referenciadas, por las consideraciones expuestas y en orden al hecho que se le endilga Art. 307 Inc. 4 del CPP.- 2 Déjese sin efecto la averiguación de paradero de Ernesto Fernández.- Líbrese oficio.- 3 Comuníquese, protocolícese y notifíquese.- Fdo.: Carlos Reussi, Juez.Dr. Guillermo Bustamante, Secretario.
oOo El Dr. Jorge Serra, Juez del Juzgado Nº Uno de la Tercera Circunscripción Judicial de la Provincia de Río Negro, con sede en la ciudad de San Carlos de Bariloche, sito en Pje. Juramento Nº 190, 5º Piso de ésta ciudad, hace saber por el término de cinco días en los autos caratulados: Friosur S.R.L. s/Quiebra Expte. Nº 0423/
060/04, se ha dictado la siguiente resolución: Que en fecha 14 de Marzo de 2005 se ha decretado la quiebra de Friosur S.R.L., disponiendo su inhibición general de bienes. Líbrese oficio a los registros correspondientes para su anotación. El Síndico designado en autos es la Cdora. Ana María Bessone con domicilio constituido en Mitre 265, 1º Piso, Of. A
de ésta ciudad; intimar a la deudora y a terceros para que entreguen al Síndico los bienes del fallido y a éste a entregar, dentro del plazo de 24 hs., los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad, como así también cumplimentar los demás requisitos exigidos por el art. 86 de la L.C.; Declarar la Inhabilitación de la fallida. Comuníquese mediante oficio al Registro Público de Comercio; Disponer la prohibición de hacer pagos a la quebrado, los que serán ineficaces; Ordenar la interceptación de toda la correspondencia dirigida a la misma, la que deberá ser entregada al Síndico. A tales fines líbrese oficio a las empresas de Correo de la localidad; Declarar la Prohibición de salir del país de los administradores de la fallida, en los términos del art. 103 LCyQ, lo que deberá comunicarse a las autoridades pertinentes mediante oficio de estilo; Ordénase la incautación de los bienes y papeles de la fallida y su realización. A los fines de su efectivización, de conformidad a lo dispuesto por el art. 177 de la LCyQ, decrétase la clausura de los establecimientos de la fallida. Líbrese mandamiento a tal efecto, con habilitación de días y horas, haciendo saber al Oficial de Justicia interviniente que, una vez clausurados, dejará en custodia de los mismos a la autoridad policial. A esos efectos, líbrese oficio a la Policía de Río Negro, encomendándole la vigilancia de dichos establecimientos, haciendo saber que deberá tener personal asignado en forma permanente a esos fines; Fijar el día 18 de septiembre de 2006, como fecha

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 31/07/2006

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaísArgentina

Fecha31/07/2006

Nro. de páginas16

Nro. de ediciones1925

Primera edición03/01/2002

Ultima edición01/08/2024

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