Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 24/07/2006

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

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Art. 2.- Notificar a la Aseguradora de Riesgo de Trabajo, la fecha en que dicho agente pasó a prestar servicios en el lugar de destino no pudiéndose modificar la misma, sin previa comunicación a dicho organismo.Art. 3.- El presente Decreto, será refrendado por la Sra.Ministro de Salud.Art. 4º - Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al Boletín Oficial y archivar.
Saiz.- A. E. Gutiérrez.

CONVENIO
Prórroga En la ciudad de Viedma, Provincia de Río Negro, a los 30 días del mes de Enero de 2006, entre el Poder Ejecutivo Provincial de Río Negro, representado en este acto por su titular, Sr. Gobernador Dr. MIGUEL ANGEL
SAIZ, con domicilio en calle Laprida N 212 de la ciudad de Viedma RN, en adelante EL EJECUTIVO por una parte; y por la otra la Legislatura de la Provincia de Río Negro, representada en este acto por su Presidente, Ingeniero Civil MARIO LUIS DE REGE, con domicilio en calle San Martín N 118 de Viedma RN, en adelante LA LEGISLATURA, se conviene en celebrar el presente Convenio, que estará sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones:
PRIMERA: Ambas partes acuerdan prorrogar el Convenio Individual suscrito en fecha 20 de Diciembre de 2004 con vigencia hasta el 31 de Diciembre de 2005, en el marco del Convenio suscrito en fecha 25 de Setiembre de 1997, ratificado mediante Decreto N 105/
98 y Resolución N 1098/97 LRN, respecto del Señor Andrés Alberto CORREA DNI N 12.332.912, agente de Planta Permanente Ley 1844, Agrupamiento Profesional, Categoría 13, Organismo Central del Ministerio de Salud, a fin de ser transferido temporariamente al Poder Legislativo, ámbito en el que prestará funciones en las condiciones que se especifican en el presente.SEGUNDA: La presente prórroga se efectúa por el término de un 1 año, contando desde el día 1 de Enero del año 2006, por lo que su vencimiento operará automáticamente el día 31 de Diciembre de 2006, pudiendo dicho plazo prorrogarse por acuerdo expreso de las partes.TERCERA: El agente Andrés Alberto CORREA, durante el período indicado precedentemente, cumplirá funciones en el Departamento de Capacitación y Desarrollo, siendo sus derechos y obligaciones los contemplados en las Leyes N 1844 y N 838.CUARTA: Suscribe el presente Convenio Individual, en los términos de la cláusula quinta del Convenio General referido al inicié, la Cra. Adriana Emm.
GUTIERREZ, en su carácter de Ministro de Salud de la Provincia.QUINTA: Suscribe el presente Convenio de conformidad, el agente Andrés Alberto CORREA.En prueba de conformidad, en el lugar y fecha precedentemente indicados, se firman cinco 5
ejemplares de ley de un mismo tenor y a un solo efecto.oOo DECRETO Nº 623
Viedma, 27 de junio del 2006.
Visto, el Convenio suscripto entre el Poder Ejecutivo Provincial y la Legislatura de la Provincia de Río Negro, y;
CONSIDERANDO:
Que se ha celebrado la Prórroga del Convenio entre el titular del Poder Ejecutivo y el titular de la Legislatura de la Provincia de Río Negro, para la transferencia temporaria del Sr. José FAZIO agente del Poder Ejecutivo - Secretaría General de la Gobernación - al Poder Legislativo, en un todo de acuerdo a lo establecido en el Marco de Asignación Recíproca de Personal entre los Poderes Ejecutivo y Legislativo Decreto N 105/98;

BOLETIN OFICIAL N 4431
Que el presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 181 inc. 1 de la Constitución Provincial.
Por ello, El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA:
Artículo 1.-Ratificar la Prórroga del Convenio celebrado entre el titular del Poder Ejecutivo Provincial y el titular de la Legislatura de la Provincia de Río Negro, por el cual se establece la transferencia temporaria del Sr. José FAZIO D.N.I. N 4.534.759 agente del Poder Ejecutivo - Secretaría General de la Gobernación, al Poder Legislativo, en un todo de acuerdo a lo establecido en el Marco de Asignación Recíproca de Personal entre los Poderes Ejecutivo y Legislativo, Decreto N 105/98.Art. 2. -Notificar a la Aseguradora de Riesgo de Trabajo, la fecha en que dicho agente pasó a prestar servicios en el lugar de destino no pudiéndose modificar la misma, sin previa comunicación a dicho organismo.Art. 3.-El presente Decreto será refrendado por el Sr. Ministro de Gobierno.Art. 4º - Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al Boletín Oficial y archivar.
SAIZ.- P. I. Lázzeri.

CONVENIO
Prórroga En la ciudad de Viedma, provincia de Río Negro, a los 31 días del mes de Enero de 2006, entre el PODER
EJECUTIVO de la PROVINCIA DE RIO NEGRO, representado en este acto por su titular, Sr. Gobernador Dr. MIGUEL ANGEL SAIZ, con domicilio en calle Laprida N 212 de la ciudad de Viedma RN, en adelante EL EJECUTIVO por una parte; y por la otra la LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO, representada en este acto por su Presidente, Ing. Civil MARIO LUIS DE REGE, con domicilio en calle San Martín N 118 de Viedma RN, en adelante LA
LEGISLATURA, se conviene en celebrar el presente CONVENIO, el que estará sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones:
PRIMERA: Ambas partes acuerdan prorrogar el Convenio suscripto en fecha 03/01/2005 con vigencia hasta el 31 de Diciembre de 2005, en el marco del Convenio suscripto en fecha 25 de Setiembre de 1997, ratificado mediante Decreto N 105/98 y Resolución N
1098/97 LRN, respecto del Sr. José FAZIO DNI N
4.534.759, agente de la Dirección de Servicios Generales, Talleres y Viviendas Oficiales, dependiente de la Secretaría General de la Gobernación, a fin de ser transferido temporariamente a LA LEGISLATURA, ámbito en el que prestará funciones en las condiciones que se especifican en el presente.SEGUNDA: La presente prórroga se efectúa por el término de un 1 año, contando desde el día 1 de Enero del año 2006, y hasta el 31 de Diciembre de 2006, pudiendo dicho plazo prorrogarse por acuerdo expreso de las partes.TERCERA: El agente JOSE FAZIO durante el período indicado precedentemente, cumplirá funciones en el Departamento Intendencia área Mantenimiento, de LA LEGISLATURA de Río Negro, siendo sus derechos y obligaciones los contemplados en la Ley N 3.487 y en la Ley N 838.CUARTA: Suscribe el presente Convenio Individual, en los términos de la cláusula quinta del Convenio General referido al inicio, el Sr. Francisco Javier GONZALEZ, en su carácter de Secretario Gral.
de la Secretaría Gral. de la Gobernación, de la provincia de Río Negro.QUINTA: Suscribe el presente Convenio de conformidad, el agente JOSE FAZIO.En prueba de conformidad, en el lugar y fecha precedentemente indicados, se firman cinco 5
ejemplares de ley, de un mismo tenor y a un solo efecto.-

Viedma, 24 de Julio del 2006

DECRETOS SINTETIZADOS

DECRETO Nº 667.- 28-06-06.- Otorgando un aporte no reintegrable a la Municipalidad de la localidad de San Antonio Oeste Cuit. Nº 30-64820941-6, por la Suma de Pesos Treinta Mil $ 30.000,00, destinado a compensar las partidas presupuestarias afectadas en movimientos y compactación de suelos, relleno con material calcáreo, desmalezamientos y recolección de escombros fuera de la planta urbana.La utilización, inversión y rendición del aporte deberá ajustarse a lo establecido en el Decreto Nº 194/76 siendo responsables de ello el Sr. Intendente Adrián Jorge Casadei Cuil. Nº 20-16995780-1 y el Sr. Secretario de Hacienda Héctor Reinaldo Larregui Cuil. Nº 20-10705499-6. Expte. Nº 134590-DGA-06.
DECRETO Nº 668.- 28-06-06.- Otorgando un aporte no reintegrable a la Municipalidad de General Conesa Cuit. Nº 30-63928028-0, por la suma de Pesos Tres Mil $ 3.000,00 destinado a la compra de aproximadamente dos mil 2.000 litros de gas oil, destinado a máquinas de Vial Rionegrina Sociedad del Estado VIA.R.S.E. que realizarán la reparación de caminos de las Colonias Rurales de esa localidad.La utilización, inversión y rendición del aporte deberá ajustarse a lo establecido en el Decreto Nº 194/76 siendo responsables de ello el Sr. Secretario de Gobierno y Hacienda de la Municipalidad de la localidad de General Conesa, Ingeniero Agrónomo Laureano Guillermo Catani Cuil. Nº 20-2328288505 y al Sr. Jefe del Area Catastro de la Municipalidad de la localidad de General Conesa, Agrim.
Nicolás Horacio Fontanini Cuil. Nº 20-250899220. Expte. Nº 134486-DGA-06.
DECRETO Nº 697.- 28-06-06.- Dando de baja por fallecimiento, a partir del 19 de Febrero de 2.006, al Oficial Principal del Agrupamiento Seguridad, Escalafón Bomberos, Marcelo Fabián Richert, DNI.
Nº 20.472.211, Clase 1.968, Legajo Personal Nº 4646.
Expte. Nº 029627-J-06.
DECRETO Nº 698.- 28-06-06.- Promoviendo al grado inmediato superior a partir del 01 de Agosto de 2005, al Comisario Inspector AS-EG Sandoval Eugenio Segundo, L.E. Nº 8.216.590, Legajo Personal Nº 275, en razón de haber resuelto el sumario administrativo que provocó la reserva de vacante otorgada mediante Decreto Nº 1797/05, de fecha 30
de Diciembre del 2.005. Expte. Nº 55374-J-05.
DECRETO Nº 699.- 28-06-06.- Limitando los servicios a partir del 01 de Junio de 2006, al Suboficial Mayor, Agrupamiento Técnico - Escalafón Oficinista, Beatriz Margot Manuel, DNI. Nº 13.477.416, Cuil.
Nº 27-13477416-4, Clase 1.960, Legajo Nº 2869, a fin de acogerse a los beneficios del Retiro Voluntario, previsto en el Artículo 63º, Título X, Capítulo III de la Ley Nº 2432 y en concordancia con el Artículo 154º, Título IV, Capítulo I de la Ley Nº 679 del Personal Policial. Expte. Nº 057482-V-05.
DECRETO Nº 700.- 28-06-06.- Limitando los servicios a partir del 01 de Junio de 2006, al Suboficial Mayor, Agrupamiento Seguridad - Escalafón General, Luis Alberto Santucho, DNI. Nº 11.918.005, Cuil. Nº 2011918005-9, Clase 1.955, Legajo Nº 2727, a fin de acogerse a los beneficios del Retiro Voluntario previsto en el Artículo 63º, Título X, Capítulo III de la Ley Nº 2432 y en concordancia con el Artículo 154º, Título IV, Capítulo I de la Ley Nº 679 del Personal Policial. Expte. Nº 058656-J-05.
DECRETO Nº 701.- 28-06-06.- Limitando los servicios a partir del 01 de Junio de 2006, al Subcomisario, Agrupamiento Seguridad - Escalafón General, Marcelino Héctor Pedrozo, DNI. Nº 12.361.207, Cuil.
Nº 20-12361207-9, Clase 1.958, Legajo Nº 2560, a fin de acogerse a los beneficios del Retiro Voluntario previsto en el Artículo 63º, Titulo X, Capítulo III de la Ley Nº 2432 y en concordancia con el Artículo 154º, Título IV, Capítulo I de la Ley Nº 679 del Personal Policial. Expte. Nº 058670-J-05.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 24/07/2006

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaísArgentina

Fecha24/07/2006

Nro. de páginas30

Nro. de ediciones1919

Primera edición03/01/2002

Ultima edición11/07/2024

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