Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 22/03/2006

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

10 de Abril del 2006

DECRETO Nº 1708
Viedma, 29 de diciembre del 2005.
VISTO, el expediente N 76.933-SSP-05, las Leyes N 4002, N 3886 y N 3186, los Decretos N 1737/98 y N
1569/04 y, CONSIDERANDO:
Que la Ley N 4002 en su Artículo 16 inc. 3 determina que al Ministerio de Hacienda, Obras y Servicios Públicos le compete entender en la administración financiera del sector público provincial a través de los sistemas de presupuesto, tesorería, contabilidad y crédito público, interviniendo en la aplicación de las políticas y en la administración presupuestaria y financiera del gasto público provincial;
Que la reciente promulgación de la Ley N 3886 de adhesión de la Provincia a la Ley Nacional N 25917, de Régimen Federal de Responsabilidad Fiscal, establece la utilización de conversores homogéneos entre las clasificaciones provinciales y nacional a fin de homogeneizar la información del Sistema de Cuentas Nacionales;
Que la Ley N 3186 de Administración Financiera y Control Interno del Sector Público Provincial en el Artículo 12
reglamentado por el Decreto 1737/98 establece el uso de las técnicas más adecuadas para la presentación del Presupuesto de Gastos del Sector Público Provincial y las clasificaciones correspondientes para recursos y gastos;
Que el Manual de Clasificaciones Presupuestarias aprobado por Decreto N 1569/04 ha sufrido cambios, de acuerdo a las necesidades requeridas por las jurisdicciones y entidades que conforman el Sector Público Provincial originadas en los procesos de formulación y ejecución anual del presupuesto de los recursos y gastos;
Que estas modificaciones se encuentran dispersas en distintos decretos que aprobaron su creación;
Que resulta conveniente la sistematización de los Clasificadores Presupuestarios en un solo instrumento normativo;
Que la utilización de este Manual entrará en vigencia a partir del primer día hábil del próximo año en virtud de la puesta en ejecución de los créditos presupuestarios y sus financiamientos para el ejercicio 2006;
Que ha tomado intervención la Asesoría Legal del Ministerio de Hacienda, Obras y Servicios Públicos, la Contaduría General, la Secretaría Legal y Técnica y Asuntos Legislativos y la Fiscalía de Estado a fs. Vta;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas en el Artículo 181 inc. 5 de la Constitución Provincial.
Por ello:
El Gobernador de la Provincia de Río Negro D E C R E T A:
Artículo 1º.- Apruébase el Manual de Clasificadores Presupuestarios para uso del Sector Público Provincial de acuerdo al ordenamiento y detalle que figuran en el Anexo y que forma parte del presente Decreto.
Art. 2º.- Derógase el Decreto 1569/04 y toda otra norma que se oponga a la presente.
Art. 3º.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir del primer día hábil del año 2006.
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el Sr. Ministro de Hacienda, Obras y Servicios Públicos.
Art. 5º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, tómese razón, dése al Boletín Oficial y archívese.
SAIZ.- P. F. Verani

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 22/03/2006

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaísArgentina

Fecha22/03/2006

Nro. de páginas68

Nro. de ediciones1917

Primera edición03/01/2002

Ultima edición04/07/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Marzo 2006>>>
DLMMJVS
1234
567891011
12131415161718
19202122232425
262728293031