Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 17/06/2004

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

14 de Junio de 2004

ART. 2º - LEY 40
El texto de las leyes sancionadas por esta Legislatura, el de los Decretos y Resoluciones del Poder Ejecutivo y el de otros documentos oficiales que se publiquen en el Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro, serán tenidos por auténticos.

4

PRESENTACION
DE AVISOS, ETC.

Para la presentación de avisos, etc., a insertar en este Boletín, concurrir a:

Dirección de Boletín Oficial Viedma:
Laprida 212.
Delegación del Boletín Oficial en General Roca:
9 de Julio 911 - Tel/Fax: 02941 - 431230;
y en San Carlos de Bariloche:
OConnor 181, 1º piso Dcción. de Registro Civil Tel/Fax: 02944 - 428112.

DECRETO Nº 1
Viedma, 2 de enero del 2004.
VISTO, el Expediente N 19134-SSP-03 y el decreto de Naturaleza Legislativa N 04/03, y;
CONSIDERANDO:
Que es necesario desagregar los créditos presupuestarios de cada una de las jurisdicciones y entidades y sus correspondientes financiamientos que fueron aprobados en dicha norma legal;
Que mediante el Decreto de Naturaleza Legislativa de referencia se aprobaron los presupuestos de erogaciones y recursos para el año 2004
de la Lotería para Obras de Acción Social, Instituto Autárquico Provincial del Seguro, Ente Provincial Regulador de la Electricidad e Instituto Provincial del Seguro de Salud, respectivamente.
Por ello, El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA:
Artículo 1.- Apruébase la distribución de los créditos presupuestarios -gastos corrientes, de capital, figurativos y aplicaciones financierassegún Anexo I que forma parte del presente.
Art. 2.- Apruébase la distribución de los recursos presupuestarios por rubro según Anexo II que forma parte del presente.
Art. 3.- Apruébase la distribución del presupuesto de Lotería para Obras de Acción Social según Anexo III que forma parte del presente.
Art. 4.- Apruébase la distribución del presupuesto del Instituto Autárquico Provincial del Seguro según Anexo IV que forma parte del presente.
Art. 5.- Apruébase la distribución del presupuesto del Ente Provincial Regulador de la Electricidad según Anexo V que forma parte del presente.
Art. 6.- Apruébase la distribución del presupuesto del Instituto Provincial del Seguro de Salud según Anexo VI que forma parte del presente.
Art. 7.- El presente decreto será refrendado por el Señor Ministro de Hacienda Hacienda, Obras y Servicios Públicos.
Art. 8.- Regístrese, comuníquese, publíquese, tómese razón, dese al Boletín Oficial y archívese.
SAIZ.- P. F. Verani.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 17/06/2004

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaísArgentina

Fecha17/06/2004

Nro. de páginas188

Nro. de ediciones1915

Primera edición03/01/2002

Ultima edición26/06/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Junio 2004>>>
DLMMJVS
12345
6789101112
13141516171819
20212223242526
27282930