Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 26/12/2003

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

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en esa fecha, si con anterioridad no se hubiere resuelto el reencuadramiento en el nuevo régimen que tendrá vigencia desde el 01/02/2004.
4 Regístrese, comuníquese, tómese razón y archívese.
Se deja constancia que el Dr. Alberto Italo BALLADINI que participó del Acuerdo no suscribe la presente por encontrarse en comisión de servicios.
Luis Lutz, Presidente STJ.- Víctor H. Sodero Nievas, Juez STJ.Ante mí: Stella A. Latorre, Secretaria de Superintendencia Superior Tribunal de Justicia.
oOo Acordada Nº 99
En la ciudad de Viedma, Capital de la Provincia de Río Negro, a los 3 días del mes de diciembre de dos mil tres, reunidos en Acuerdo los señores Jueces del Superior Tribunal de Justicia, y CONSIDERANDO:
Que conforme lo prescribe el art. 40 de la ley 2430 , corresponde designar al Presidente del Superior Tribunal de Justicia para el año 2004 y el orden de subrogancias.Por ello, El Superior Tribunal de Justicia de la Provincia RESUELVE:
1ero. DISPONER que la Presidencia del Superior Tribunal de Justicia será ejercida a partir del 01 de febrero del año 2004 por el Dr.VICTOR HUGO
SODERO NIEVAS
2do. ESTABLECER el orden de subrogancia para la Presidencia del Superior Tribunal de Justicia del siguiente modo:
a En primer término por el Dr. ALBERTO ITALO
BALLADINI
b En segundo término por el Dr. LUIS LUTZ
3er. En relación a las representaciones institucionales del Poder Judicial:
a Respecto del representante ante el Foro Patagónico de Superior Tribunales de Justicia se designa a partir del 01-04-04 al Dr. Alberto Italo Balladini.b En relación al representante ante la Junta Federal de Cortes y Superiores Tribunales de Justicia se designa al Dr. LUIS LUTZ, a partir del 01-0404.4to. Regístrese, comuníquese, tómese razón y oportunamente archívese.
Luis Lutz, Presidente STJ.- Víctor H. Sodero Nievas, Juez STJ.- Alberto Italo Balladini, Juez STJ.Ante mí: Stella A. Latorre, Secretaria de Superintendencia Superior Tribunal de Justicia.
oOo Acordada Nº 101
En la ciudad de Viedma, Capital de la Provincia de Río Negro, a los días 3 del mes de diciembre del año dos mil tres, reunidos en acuerdo los señores Jueces del Superior Tribunal de Justicia, y CONSIDERANDO:
Que el día 9 de octubre de 2003 en ocasión de realizarse las "JORNADAS PATAGONICAS DE
MEDIACIÓN PENAL" se firmó el "CONVENIO
MARCO DE COOPERACIÓN Y ASISTENCIA
TÉCNICA INTERINSTITUCIONAL" entre el Sr.
Presidente del Superior Tribunal de Justicia, Dr. Luis Lutz y el Sr. Procurador General Dr. Hugo Fernando Mántaras en representación del Poder Judicial Provincial y el Sr. Defensor General de la Nación Dr. Miguel Angel Romero en representación del MINISTERIO PUBLICO DE LA DEFENSA DE LA NACIÓN".
Que en el Acuerdo nro. 10/03 de fecha 2310-03 este Cuerpo dispuso ratificar el Convenio efectuado.

BOLETIN OFICIAL N 4161
Por ello, El Superior Tribunal de Justicia de la Provincia RESUELVE:
1ero.- Ratificar el "CONVENIO MARCO DE
COOPERACIÓN Y ASISTENCIA TÉCNICA INTERINSTITUCIONAL" efectuado entre el Sr. Presidente del Superior Tribunal de Justicia, Dr. Luis Lutz y el Sr.
Procurador General Dr. Hugo Fernando Mántaras en representación del Poder Judicial Provincial y el Sr.
Defensor General de la Nación Dr. Miguel Ángel Romero en representación del MINISTERIO PUBLICO
DE LA DEFENSA DE LA NACIÓN", que como Anexo I forma parte integrante de la presente.
2do.- Regístrese, notifiquese, tómese razón y oportunamente archívese.Luis Lutz, Presidente STJ.- Alberto Italo Balladini, Juez STJ.- Víctor H. Sodero Nievas, Juez STJ.Ante mí: Stella A. Latorre, Secretaria de Superintendencia Superior Tribunal de Justicia.

CONVENIO MARCO
DE COOPERACIÓN Y ASISTENCIA TÉCNICA
INTERINSTITUCIONAL
En San Carlos de Bariloche, Provincia de Río Negro, a los 9 días del mes de octubre del año dos mil tres, en ocasión de realizarse las "JORNADAS
PATAGONICAS DE MEDIACION PENAL"
organizadas por el SUPERIOR TRIBUNAL DE
JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO y el FORO PATAGONICO DE LOS SUPERIORES
TRIBUNALES DE JUSTICIA con el auspicio oficial de la DEFENSORIA GENERAL DE LA NACIÓN, la ASOCIACIÓN
DE
MAGISTRADOS
Y FUNCIONARIOS DE LA JUSTICIA NACIONAL y la FUNDACIÓN "LIBRA" aquí presentes; el Sr.
Defensor General de la Nación, Dr. MIGUEL ANGEL
ROMERO en representación del MINISTERIO
PUBLICO DE LA DEFENSA DE LA NACIÓN, en adelante "LA DEFENSORIA GENERAL" por una parte y, por otra parte el PODER JUDICIAL DE LA
PROVINCIA DE RIO NEGRO, representado por el Sr Presidente del Superior Tribunal de Justicia, Dr LUIS
LUTZ y el Sr Procurador General, Dr HUGO
FERNANDO MANTARAS, en adelante "EL PODER
JUDICIAL DE LA PROVINCIA", convienen celebrar el presente acuerdo sujeto a las siguientes claúsulas:
PRIMERA: Las partes expresan la común voluntad de instrumentar, desarrollar y ejecutar un amplio programa de cooperación y asistencia técnica interinstitucional para optimizar la prestación del servicio de justicia, promover el amplio acceso a éste de los ciudadanos y los justiciables, mediante la formación y capacitación continua y la colaboración funcional de Magistrados, Funcionarios, Agentes judiciales y profesionales del derecho vinculados a sus actividades, manteniendo una comunicación orgánica permanente en los espacios territoriales comunes de actuación individual, según la competencia de cada una de ellas.
SEGUNDA: El Poder Judicial de la Provincia se compromete a dar participación a los Defensores, Funcionarios y Empleados del Ministerio Publico de la Defensa en los cursos y demás actividades de la Escuela de Capacitación Judicial, en los Centros Judiciales de Mediación y en el sistema de consulta "on line" del Servicio Bibliográfico Judicial.
TERCERA: También se compromete el Poder Judicial de la Provincia, a promover las siguientes actividades:
a Dar participación al Ministerio Público de la Defensa de la Nación en los programas de:
comunicaciones electrónicas interjurisdiccionales.
firma digital despapelización
Viedma, 25 de Diciembre del 2003
"Carta de derechos de los ciudadanos para el acceso a la justicia" Decreto 229/00 del P.E.N.
y Acordada nro. 103/02 del S.T.J..
b Informar y promover ante el Foro Patagónico de los Superiores Tribunales de Justicia órgano del Tratado Fundación de la Región de la Patagonia del 26-6-1996, ratificado por Ley 3004 la extensión del presente convenio a las restantes cinco Provincias que lo integran, generando los contactos y demás aportes que sean menester.
CUARTALa Defensoría General de la Nación se compromete a:
a El reconocimiento de los cursos y demás actividades sistémicas de la Escuela de Capacitacion Judicial del Poder Judicial de la Provincia de Rio Negro, en el cómputo de antecedentes de los concursos para la selección de Magistrados, Funcionarios y Empleados del Ministerio Público de la Defensa de la Nación.
b Participar a requerimiento de la Procuración General de la Provincia en los "Comités de Evaluación" de la Acordada nro. 1/2003.
QUINTA: Asimismo la Defensoría General de la Nación podrá solicitar la derivación a mediación prejudicial o extrajudicial hacia los Centros Judiciales de Mediación "CE.JU.ME." de Viedma, General Roca, San Carlos de Bariloche y Cipolletti, de aquella casuística a su cargo que amerite el sometimiento a métodos alternativos de resolución de conflictos.
SEXTA: El plazo del presente convenio será de dos años a partir del 1 de diciembre de 2003, pudiendo ser renovado por períodos similares en forma automática.
SEPTIMA: Las partes podrán modificar el presente convenio o denunciarlo, haciéndolo saber por escrito, con treinta días de antelación a la fecha en que vayan a darlo por terminado.
En prueba de conformidad, se suscriben seis ejemplares de igual al tenor y a un solo efecto, en el lugar y fecha indicados.
oOo Acordada Nº 104
En la ciudad de Viedma, Capital de la Provincia de Río Negro a los 10 días del mes de noviembre del año dos mil tres, reunidos en Acuerdo los Sres. Jueces de este Superior Tribunal de Justicia, y CONSIDERANDO:
Que este Superior Tribunal considera necesario y oportuno aunar criterios en relación a la estructura y referencias que deben contener las sentencias emitidas por este Cuerpo de acuerdo a lo prescripto en el art. 271
del C.P.C.C. por remisión del art. 295 del mismo Cuerpo legal.
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas en el art. 44 inc. i de la Ley 2430, El Superior Tribunal de Justicia de la Provincia RESUELVE:
1ero. Disponer que las sentencias del Superior Tribunal de Justicia se realicen conforme la estructura y referencias que como Anexo I, forma parte integrante de la presente.
2do. Regístrese, comuníquese, tómese razón y oportunamente archívese.
Luis Lutz, Presidente STJ.- Víctor H. Sodero Nievas, Juez STJ.Ante mí: Francisco A. Cerdera, Secretario Subrogante de Superintendencia Superior Tribunal de Justicia.

ANEXO I
Viedma, de del 200
Reunidos en Acuerdo los señores Jueces del Superior Tribunal de Susticia de la Provincia de Río Negro, doctores y

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 26/12/2003

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaísArgentina

Fecha26/12/2003

Nro. de páginas28

Nro. de ediciones1919

Primera edición03/01/2002

Ultima edición11/07/2024

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