Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 06/10/2003

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 06 de Octubre del 2003

SECCION JUDICIAL

EDICTOS

El Dr. Pablo Iribarren, Juez del Juzgado de Instrucción Nº 12, con asiento en la ciudad de General Roca, Provincia de Río Negro, Secretaría de la Dra.
María Ponzio, a los 12 días del mes de setiembre, cita y emplaza a Miguel Hernán Fuentes, de 29 años de edad, nacido en Plaza Huincul, Pcia. del Neuquén, el día 26
de junio de 1973, DNI. Nº 23.214.725, en causa caratulada: Fuente Miguel Hernández s/Delito contra la fe pública Expte. Nº 34.521/12/03/MS, dentro del quinto día, a partir de la última publicación del presente, a prestar declaración indagatoria, bajo apercibimiento de declararse su rebeldía en caso de incomparecencia injustificada.- Publíquese por cinco días.- Secretaría, 15
de setiembre del 2003.- María A. Ponzio, Secretaria.
oOo El Sr. Juez de Instrucción Nº 2, de la ciudad de Viedma, Jorge Bustamante, hace saber a Roberto Carlos Aillapan, que en el Expte. Nº 34.226/03, se ha dictado la resolución que en su parte pertinente dice: Viedma, 11 de julio del 2003.- Autos y Vistos: De los que resulta: Y Considerando: Resuelvo: I Dictar el sobreseimiento total en la presente causa en favor de Roberto Carlos Aillapan, ya filiado y en orden al delito que se le endilgaba, y calificado como Inf. Art. 119 CP
y Violación de Domicilio por aplicación del Art. 307, Inc. 1º, 2do supuesto del CPP.- II Declarar que el presente proceso no afecta el buen nombre y honor del que hubiere gozado el imputado.- III Regístrese, Protocolícese y hágase saber.- Fdo.: Jorge Bustamante, Juez.- Marcelo Chironi, Secretario, oOo El Sr. Juez de Instrucción Nº 2, de la ciudad de Viedma, Dr. Jorge Bustamante, hace saber a Gustavo Omar Edgardo Rodríguez, que en autos caratulados:
Rebolledo Nelson y Otros s/Lesiones Expte. Nº 33740/03, se ha dictado la resolución que en su parte pertinente dice: Viedma, 21 de agosto del 2003.Autos y Vistos: De la que resulta: Y
Considerando: Resuelvo: I Dictar el sobreseimiento total en la presente causa en favor de , Gustavo Omar Edgardo Rodríguez, y , ya filiados y en orden al hecho que se le endilgaba, de conformidad a lo preceptuado en el Art. 89 del Código Penal, por aplicación del Art. 307, Inc. 1º, 2do. supuesto del C.P.P.
- II Declarar que la iniciación del presente proceso no afecta el buen nombre y honor del que hubieren gozado los imputados.- Regístrese, Protocolícese y hágase saber.- Fdo. Jorge Bustamante, Juez.- Ante mí: Marcelo Chironi, Secretario.
oOo Dra. Margarita I. Méndez de Carrasco, con asiento en la Ciudad de General Roca, Pcia. de Río Negro, Secretaría de la Dra. María I. Lopetegui, cita y emplaza a Cristian Enrique Tossoni, Argentino, nacido en General Roca, Pcia. de Río Negro, el 23-06-77, Pintor, instruido, soltero, hijo de José y de Silvia Jaramillo, DNI. 25.948.408, último domicilio conocido en Nueve de Julio 1879, de la ciudad de General Roca, Pcia. de Río Negro, a que esté a derecho en autos caratulados: Tossoni, Cristian Enrique s/Apropiación Indebida y Estelionato Expte. Nº 24291-02-VI en los que se investiga el delito de Hurto, dentro del quinto día a partir de la última publicación del presente, a fin de ampliar su declaración indagatoria y formar cuerpo de escritura, bajo apercibimiento de declararse su rebeldía en caso de incomparencia injustificada. Publíquese por el término de cinco días. María Inés Lopetegui, Secretaria.

BOLETIN OFICIAL N 4138
El Dr. Jorge Alberto Bustamante, Juez a cargo del Juzgado de Instrucción Nro. II. con asiento en la ciudad de Viedma Provincia de Río Negro. Secretaría Nro. 3
del Dr. Marcelo Chironi, notifica a Hugo Alberto Rojas en autos "Rojas Hugo Alberto y Otra S/Dica. Viol. Dom.
Hurto. Priv. II. De La Libertad Retención Indebida y Ptas. Amenazas. Expte. Nº 34885/03 cuya parte pertinentes se transcribe y dice: MA. 11 de agosto de 2003.- RESUELVO: I Dictar el sobreseimiento total en la presente causa, en favor de Hugo Alberto Rojas, ya filiado en orden al hecho nominado primero en virtud del art. 307 Inc. 1ero. del CPP. II Declarar que el presente proceso no afecta el buen nombre y honor del que hubieren gozado los los imputados Fdo. Jorge Bustamante Juez. Dr. Marcelo Chironi, Secretario.Viedma, 17 de setiembre de 2003.- Dr. Marcelo Chironi, Secretario.oOo Dra. Margarita I. Méndez de Carrasco, con asiento en la ciudad de General Roca, Pcia. de Río Negro, Secretaría de la Dra. María Inés Lopetegui, cita y emplaza a Humberto Daniel Urrutia, DNI. 14.800.484
- C.I. P.F.: 12.714.218, de nacionalidad argentina, nacido en Cinco saltos el 08-03-63, hijo de Luis Enrique y de Rosa Livia Torres, con último domicilio conocido en 25 de Mayo Nº 1.358, de la localidad de Cipolletti, R.N., a que esté a derecho en autos caratulados: Urrutia, Humberto Daniel s/Inf. Art. 172
C.P. Expte. Nº 24.893-VI-03, en los que se investiga el delito de Estafa, dentro del quinto día a partir de la última publicación del presente, a fin de prestar declaración indagatoria, bajo apercibimiento de declararse se Rebeldía en caso de incomparencia injustificada. Publíquese por el término de cinco 5 días.
General Roca, 19 de Septiembre del 2.003. María Inés Lopetegui, Secretaria.
oOo El Sr. Juez de Instrucción Nº 2 de la ciudad de Viedma, JORGE BUSTAMANTE hace saber a JULIO
ALFONSO ESPINOSA, sin apodos, hijo de Rosarino Vicente y de Paula Cardozo, argentino, nacido en Paraje Arroyo Verde RN el 29 de octubre de 1973, de 29
años de edad, soltero, jornalero, sabe leer y escribir, DNI.
Nº 23.613.021, domiciliado en Aº Ventana, calle s/n.
RN, que en los autos : Reiman, Aníbal s/Dcia. Hurto Ganado Mayor, Expte. Nº 34581/03, se ha dictado la resolución que en su parte pertinente dice: Viedma, 19 de septiembre de 2003. AUTOS Y VISTOS DE
LA QUE RESULTA Y CONSIDERANDO
RESUELVO: I Dictar el sobreseimiento total en la presente causa en favor de NESTOR FABIAN
ESPINOSA y JULIO ALFONSO ESPINOSA, ya filiada y en orden al delito que se le endilgaba y calificado como HURTO CALIFICADO, de conformidad a lo preceptuado en los arts. 163 inc. 19 del Código Penal, por aplicación del art. 307 inc. 1º del CPP.- II Declarar que la iniciación del presente proceso no afecta el buen nombre y honor del que hubieren gozado los imputados fdo. JORGE BUSTAMANTE, Juez - ANTE MI:
MARCELO CHIRONI, Secretario.
oOo La Dra. Flora Susana Díaz, Presidente de la Cámara Primera en lo Criminal, de la Segunda Circunscripción Judicial de la Provincia de Río Negro, con asiento en 25
de Mayo 880, 3er. Piso de la ciudad de General Roca, Secretaría Unica a cargo de la Dra. Graciela Echegaray, cita y emplaza a persona interesada, para que comparezca ante el Tribunal a retirar una filmadora marca Elmo Super 106, color negro, con estuche de color negro con manija. Ello bajo apercibimiento de ordenarse su decomiso en el término de un año conf. arts. 493 C.P.P.
y 23 C.P.. Publíquese por Cinco 5 días. 18 de Septiembre de 2003. Graciela Echegaray, Secretaria de Cámara.
oOo El Dr. Víctor Ulises Camperi, Juez titular a cargo del Juzgado de Familia y Sucesiones Nº 11, con asiento en la ciudad de General Roca, Provincia de Río Negro,
7 Secretaría Unica, cita por treinta días a herederos y acreedores de Dn. Alberto Tronelli, en los autos:
Tronelli, Alberto s/Sucesión Expte. Nº 1.019-J.F. y S. Nº 11-2003.- Publíquese por tres días.- General Roca, 19 de setiembre del 2003.- Cristina B. Macchi, Secretaria de Familia y Sucesiones.
oOo El Sr. Juez de Instrucción Nº 2 de la ciudad de Viedma, Jorge Bustamante, hace saber a García Justo Aristobulo y a Juan de Dios González que en el Expte.
Nº 34.651/03 se ha dictado la resolución que en su parte pertinente dice: "Viedma, 25 de Agosto de 2003. Autos y Vistos: de los que Resulta y Considerando:
Resuelvo: 1 Dictar el sobreseimiento total en la presente causa en favor de Justo Aristobulo García y a Juan de Dios González, por aplicación del Art. 307 inc. 2do.
del CPP. II Declarar que el presente proceso no afecta el buen nombre y honor del que hubieren gozado los imputados. III Regístrese, Protocolícese y Hágase Saber. Fdo. Jorge BustamanteJuezMarcelo Chironi, Secretario.oOo El Sr. Juez de Instrucción Nº 2 de la ciudad de Viedma, Jorge Bustamante hace saber a Damián Scalesa, Ricardo Benedicto, Atilio Feudal, Antonio Tromer y Horacio Massaccesi, de quienes se desconocen otros datos personales, que en los autos: "Ferrari, Carlos Isidoro y Otros s/Cohecho, Incumplimiento de los deberes de Funcionario Público y Fraude a la Administración Pública", Expte. Nº 31594/02, se ha dictado la resolución que en su parte pertinente dice:
"Viedma, 19 de septiembre de 2003. Autos y Vistos de la que Resulta y Considerando Resuelvo: I II III
dictar el sobreseimiento parcial en la presente causa, en favor de Damián Scalesa, Ricardo Benedicto, Atilio Feudal, Antonio Tromer y Horacio Massaccesi en orden al hecho que se les atribuía calificado como Cohecho Pasivo, en los términos del art. 258 del C.P., en función de lo normado en el art. 307 inc. 1º del CPP IV V
Respecto de los hechos aquí sobreseidos, declárase que la iniciación del presente proceso no afecta el buen nombre y honor del que hubieren los mencionados encartados art. 307 CPP. in fine fdo. Jorge Bustamante, Juez - Ante Mí: Favio M. Igoldi, Secretario Subrogante.
oOo La Dra. María Marcela Pájaro, Jueza a cargo del Juzgado Civil Nº 7 Familia y Sucesiones de la IIIra.
Circunscripción Judicial de Río Negro, Secretaría Unica, a cargo del Dr. Javier Ospital, sita en Juramento 190, 4º Bariloche, cita y emplaza por el término de treinta días a herederos y acreedores de Alfredo Belarmino Cifuentes, en autos Cifuentes Alfredo Belarmino s/Sucesión abintestato 04999/03.- Publíquese por tres días.- San Carlos de Bariloche, 22 de setiembre del 2003.- Javier Andrés Ospital, Secretario.
oOo El Sr. Juez de Primera Instancia de la IIIra.
Circunscripción Judicial de Río Negro, Dr. Carlos Cuellar, en autos: Sindicatura del ex B.I.D. Coop. Ltdo.
c/Salazar Amador Carlos s/Preparación de la vía ejecutiva Expte. Nº 1.391/02 en trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 5, Secretaría Unica, del Dr. Cristian Tau Anzoátegui, sito en la calle Pasaje Juramento Nº 190, cita por el término de cinco días al Sr. Amador Carlos Salazar, DNI. Nº 4.394.315, para que en el plazo de cinco días comparezca a reconocer o desconocer categóricamente los documentos que se le atribuyen, bajo apercibimiento de tenerlos por reconocidos y de tener preparada la vía ejecutiva, en el caso de incomparecencia o de respuesta evasiva Arts. 525 y 526
del Código Procesal.- San Carlos de Bariloche, 18 de setiembre del 2003.- Cristian Tau Anzoátegui, Secretario.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 06/10/2003

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaísArgentina

Fecha06/10/2003

Nro. de páginas16

Nro. de ediciones1923

Primera edición03/01/2002

Ultima edición25/07/2024

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