Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 28/04/2022 - 5º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

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a
LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS
DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS

Casos especiales: el jefe comunal podrá ampliar los plazos de pago y/o reducir la tasa de interés por financiación y/o determinar un porcentaje distinto en el anticipo de pago en situaciones particulares, a pedido del contribuyente y previo informe socioeconómico que acredite una imposibilidad concreta o dificultad de cumplimiento en las condiciones originalmente previstas en la Resolución.

Las Malvinas son argentinas AÑO CIX - TOMO DCLXXXVIII - Nº 85
CORDOBA, R.A. MIÉRCOLES 27 DE ABRIL DE 2022
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA

Artículo 6º: Determinación de la unidad de contribución UC:

Se define como tal a los metros lineales de obra que pase por cada uno de los lotes, que para su determinación se define lo siguiente:

CALCULO: restorant y/o comedor, se aplica lo detallado en el art. 6 Insc.
a, b o c, mas 5 UC, por cada cuatro comensales, FACTOR N: 1,20 + 5
UC por cada cuatro comensales.
CALCULO: bar y/o cafeteria, se aplica lo detallado en el art. 6 Insc. a, b o c, mas 3 UC, por cada cuatro comensales, FACTOR N: 1,20 + 3 UC
por cada cuatro comensales.
CALCULO: vinerias, despensas, maxiquioscos, se aplica lo detallado en el art. 6 Insc. a, b o c, mas 2 UC, por cada cuatro comensales, FACTOR
N: 1,20 + 2 UC por cada cuatro comensales.

A por cada lote edificados o no, se anotará como unidad de contribución UC, los metros lineales por donde pase la red.

B A los lotes esquina, edificados o no que tengan ambos frentes afectados con cañerías de gas, los metros serán determinados por el frente de mayor longitud.

El frentista beneficiario deberá instalar a su costa el gabinete de regulación y medición casilla, debiendo cumplimentar con los requerimientos previstos en la reglamentación vigente.

C A los lotes de más de un frente, que ambos estén afectados con cañerías de gas, se les tomaran los metros determinados por el frente de mayor longitud.

ARTICULO 9º: FORMAS DE PAGO: La contribución por mejoras prevista en la presente resolución, podrá ser abonada:

Artículo 7º: Se establece que el valor de la Unidad de contribución UC será de Pesos siete mil cien $ 7.100,00 y se verá afectado por un factor N que se aplicará como se detalla a continuación, de acuerdo al uso y destino para lo que afecte el lote, habitacional unifamiliar, habitacional multifamiliar, complejos de cabañas, instituciones públicas, comerciales y/o de servicios y/o industriales.
CALCULO DE FACTOR N DE LOS INMUEBLES
- USO: por cada lote, edificado o no, de uso habitacional unifamiliar, UF.
DESTINO: VIVIENDAS UNIFAMILIARES, CALCULO: se aplica lo detallado en el art. 6 Insc. a, b o c. FACTOR N: 1,2
- USO: por cada lote, edificado de uso multifamiliar, complejo de cabañas, hoteles, hospedajes o dormis. DESTINO: cabañas, hotel, hospedajes o dormis, CALCULO: cabañas, se aplica lo detallado en el art. 6 Insc. a, b o c, mas 10 UC, por cada vivienda que se sume a la unifamiliar, FACTOR N: 1,20
+ 10 UC por cada vivienda adicional.
CALCULO: hotel, se aplica lo detallado en el art. 6 Insc. a, b o c, mas 5
UC, por cada habitacion, FACTOR N: 1,20 + 5 UC por cada habitacion.
CALCULO: hospedajes o dormis, se aplica lo detallado en el art. 6 Insc. a, b o c, mas 3 UC, por cada habitación, FACTOR N: 1,20 + 3 UC por cada habitacion.

ARTICULO 8º: Gabinete:

a Con un anticipo equivalente al diez por ciento 10% del monto original del certificado y el saldo pagadero hasta en doce 12 cuotas iguales, mensuales y consecutivas sin interés.
b Con un anticipo equivalente al diez por ciento 10% del monto original del certificado y el saldo pagadero hasta en veinticuatro 24 cuotas mensuales y consecutivas con un interés de financiación conforme surja de la variación del ICC-CBA Índice del costo de la construcción de Córdoba al mes anterior al pedido de pago.
ARTICULO 10º: La falta de pago de tres 3 cuotas consecutivas o alternadas, producirá de pleno derecho la caducidad del plan de pagos elegido. Considerándose el saldo como de plazo íntegramente vencido, pudiéndose proceder a su ejecución y cobro del total de la deuda por la vía ejecutiva.
ARTICULO 11º: A todos los efectos, queda establecido que la indicación del nombre del presunto propietario, poseedor y/o tenedor que se consigne en el certificado a expedirse, es simplemente indicativa, respondiéndose con el inmueble afectado cualquiera sea su titular.
ARTICULO 12º: Los escribanos públicos y/o funcionarios públicos deberán solicitar, en todos los casos de modificaciones o transmisiones de dominio o constitución de derechos reales sobre inmuebles afectados a la obra, el respectivo libre deuda o la liquidación pertinente a los fines de la retención de la contribución, la que deberá ingresarse dentro de las setenta y dos 72 horas de practicada la misma.

-USO: comercios gastronomicos, comedores, bares, lugares de ventas de
ARTICULO 13º: Lo recaudado por la contribución por mejoras, previsto en la presente resolución ingresara a la partida presupuestaria denomina-

comidas y bebidas, DESTINO: restorant y/o comedor, bar y/o cafeteria y vinerias, depsensas , maxiquioscos.

da EJECUCION OBRA GAS del presupuesto general de gastos y recursos vigente de la comuna de La Población.

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 28/04/2022 - 5º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

PaísArgentina

Fecha28/04/2022

Nro. de páginas3

Nro. de ediciones1458

Primera edición31/07/2018

Ultima edición04/07/2024

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