Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 18/11/2021 - 5º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

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Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba AÑO CVIII - TOMO DCLXXXIII - Nº 239
CORDOBA, R.A. JUEVES 18 DE NOVIEMBRE DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA

LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS
DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS

Mina Clavero, 23 de Septiembre de 2021.Fdo: Martin Pereyra-Presidente Concejo Deliberante - Gustavo Rojas Lacamoire-Vicepresidente Primero Concejo Deliberante.3 días - Nº 349094 - s/c - 18/11/2021 - BOE

ORDENANZA Nº 1280/2021.
RATIFICACIÓN ACUERDO TRANSACCIONAL LOTE BARRIO SANTA
ANA MANZONE JOSÉ ERNESTO Y DOSZEL ALEJANDRA SUSANA
Vistos: El Expediente administrativo N 24986 y Expediente Judicial Municipalidad de Mina Clavero c/ Manzone, José Ernesto Acciones Posesorias / Reales Expte. N 7112910, en el cual se ha buscado dirimir conflictos judiciales entre el Sr. Manzone y el Municipio.
Considerando:

Que en el marco de la acción posesoria / real interpuesta por la Municipalidad de Mina Clavero en los Tribunales de Villa Cura Brochero en contra del Sr. Manzone José Ernesto, la letrada Apoderada Mónica Cecilia Montes M.P. 1-32823 actuando dentro del marco de las facultades otorgadas por el Departamento Ejecutivo conforme Poder General para Pleitos, labrada por Escritura N 20 Sección B de fecha 11/03/2016 ante el Escribano Eduardo Peralta, ha suscripto un Convenio transaccional el cual pretende poner fin al conflicto judicial generado entre las partes en ocasión en que el Municipio inicia acciones judiciales para la recuperación de terrenos municipales ubicados en la manzana C02 S02 Manzana 44 de Barrio Santa Ana. En dicho Convenio, las partes hicieron concesiones recíprocas en función de los intereses en juego, los bienes comprometidos y la oferta efectuada por el demandado en autos.
Así también el Expediente administrativo, mediante dictamen legal de fecha 20/02/2020 se realizó una valoración y evaluación de la propuesta del Sr. Manzone que luego dio lugar a la realización de tasaciones comparativas y actualizadas a los fines de constar las equivalencias entre los valores de los bienes e intereses en conflicto. Por su parte, el Departamento Ejecutivo mediante decreto N 136/2021 ratificó el acuerdo transaccional efectuado por la apoderada del Municipio ya que se demuestra una adecuada compensación entre intereses y la propuesta del demandado.
Que a los fines de la autorización que requiere el Art. 30 inc. 20 de la Ley 8102, se valoran los términos del dictamen legal sobre los tiempos de tramitación judicial del pleito, los riesgos de la obtención de una sentencia desfavorable y los antecedentes que la misma podría acarrear sobre las posesiones municipales, la buena fe manifiesta por parte del Sr. Manzone en la propuesta de compra o compensación que data desde Marzo de 2018, lo que demuestra que procuró solucionar el conflicto reconociendo la propiedad del Municipio y los gastos que pueden evitarse en caso de continuar con la causa judicial.
Por todo ello y en conformidad al Art. 30 inc. 20 de la Ley 8102:
En uso de atribuciones conferidas por Ley EL CONCEJO DELIBERANTE DE MINA CLAVERO
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art. 1. RATIFICAR en todo su contenido el Acuerdo Transaccional que se adjunta en ANEXO I de la presente.
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

Art. 2. AUTORIZAR la enajenación de inmuebles pertenecientes al dominio privado municipal conformado por una fracción de terreno parte de lote 18, parte de lote 17 y parte de lote 16 con una superficie de 446.08 mts.
cuadrados - Nomenclatura catastral 02-02-044 Manz. Of. 11, Barrio Santa Ana, medidas y colindancias surgen del plano Informe Pericial acompañado en Anexo I, a nombre de José Ernesto Manzone DNI 16.991.689 y Alejandra Susana Doszel DNI 17.105.846.
Art. 3º: DESTINAR los fondos adquiridos del acuerdo aprobado en el art.
1, serán afectados en partes iguales al presupuesto de la Coordinación de Juventudes y al presupuesto de la Coordinación de Mujer y Género.
Art. 4: PROTOCOLÍCESE, Comuníquese, Publíquese, dese copia al Registro Municipal y cumplido Archívese. Mina Clavero, 23 de Septiembre de 2021.Fdo: Martin Pereyra-Presidente Concejo Deliberante - Gustavo Rojas Lacamoire-Vicepresidente Primero Concejo Deliberante.3 días - Nº 349096 - s/c - 18/11/2021 - BOE

ORDENANZA Nº 1281/2021.
FUNDAMENTOS
VISTO: Que la Ordenanza 902/08 y sus modificatorias manifiestan extemporaneidad en algunos aspectos de funcionamiento, control y desarrollo.
CONSIDERANDO:
Que los tiempos modernos nos exigen como ciudad turística brindar más, mejores y seguros servicios.
Que, a su vez, el servicio de Taxis es el único servicio de transporte público de la ciudad y que como tal, requiere de mayor calidad tanto en la prestación del servicio como en el control por parte del Departamento Ejecutivo Municipal.

Que es voluntad del gobierno local en todos sus poderes, Legislativo y Ejecutivo, hacer que el Taxi sea un servicio de excelencia para el usuario y un negocio digno y rentable tanto para el permisionario como los choferes.
Que en los tiempos que hoy corren resulta imperioso contar con la tranquilidad de que las personas que prestan servicios cuentan con antecedentes de buena conducta de manera periódica a los fines de llevar tranquilidad a los usuarios del servicio.
Que la capacitación y el conocimiento de nuestra región resultan de vital importancia a la hora de prestar el servicio de transporte público a nuestros visitantes, entendiendo que los prestadores del servicio son unos de los primeros servicios con el cual la persona que visita nuestra localidad se encuentra y moviliza por la misma.

Que el cuidado higiénico y estético tanto en los vehículos como en sus choferes representan un factor de gran importancia ya que los Taxis y los taxistas son muchas veces la cara de nuestra ciudad.

Que los tiempos que hoy corren están representados en el avance tecnológico tanto en los diseños de los vehículos como en la prestación de los mismos lo que lleva a replantear los requisitos técnicos que contribuyan en la disminución de la emisión de gases y la reducción del consumo de combustibles.

Que es voluntad política permitir en los vehículos la implementación de publicidad que brindará a los permisionarios un ingreso extra.
Que es necesario contar con criterios claros para establecer los montos de las tarifas y que éstas sean beneficiosas tanto para el usuario como
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 18/11/2021 - 5º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

PaísArgentina

Fecha18/11/2021

Nro. de páginas12

Nro. de ediciones1480

Primera edición31/07/2018

Ultima edición08/08/2024

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