Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 19/02/2021 - 5º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

VIERNES 19 DE FEBRERO DE 2021
AÑO CVIII - TOMO DCLXXIV - Nº 35
CORDOBA, R.A.
http boletinoficial.cba.gov.ar Email: boe@cba.gov.ar
MUNICIPALIDAD DE

5

a SECCION

SAN FRANCISCO

CONCURSO DE PRECIOS N.º 01/2021
La Municipalidad de Arroyito convoca a CONCURSO DE PRECIOS
N.º 01/2021-Decr. Llamado a Concurso N.º 085-D/21 para CONTRATAR EL SERVICIO DE MANTENIMIENTO Y OPERACIÓN DE LOS
RESIDUOS SÓLIDOS Y DEL PREDIO DEL BASURAL DE LA CIUDAD DE ARROYITO, en un todo de acuerdo a los Pliegos respectivos.
PRESUPUESTO OFICIAL: $4.850.000. CONSULTA DE PLIEGOS E
INFORMES: Asesoría Letrada de la Municipalidad de Arroyito -Rivadavia 413- Arroyito Cba.. TEL. 03576 424321-422984. VENTA
DE PLIEGOS: Secretaría de Economía y Finanzas de la Municipa-

COMUNA DE

LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y
OTRAS DE MUNICIPALIDADES
Y COMUNAS

SUMARIO
MUNIPALIDAD DE SAN FRANCISCO
Concurso de Precios N 1/2021 Pag. 1
COMUNA DE LA POBLACIÓN
Resolución N 280/2021 Pag. 1
Resolución N 281/2021 Pag. 2

lidad de Arroyito. VALOR DEL PLIEGO: $7.000. SELLADO MUNICIPAL: $1.800. PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS: Asesoría Letrada de la Municipalidad de Arroyito hasta el día 09/03/2021, a las 10:00
hs. APERTURA DE SOBRES: Asesoría Letrada de la Municipalidad de Arroyito, el día 09/03/2021, a las 12:00 hs.
2 días - Nº 296748 - $ 1373,80 - 19/02/2021 - BOE

LA POBLACIÓN

RESOLUCIÓN Nº 280/21
La Población, Departamento San Javier, 27 de enero de 2021
Y VISTO: La declaración de la emergencia pública de carácter sanitario, establecida por el Gobierno nacional mediante el Decreto de necesidad y urgencia Nº 260/20 en el marco de la Ley Nacional 27541, sus normas modificatorias y complementarias y la sanción de la Resolución N 231 de fecha 29 de abril de 2020.Y CONSIDERANDO:
Que dentro de tal marco de situación, se dictó la Resolución N 242
de fecha 31 de julio de 2020, por medio de la cual se aprobó el protocolo referido al funcionamiento de los establecimientos gastronómicos, según reglamentación establecida por el Centro de Operaciones de Emergencia C.O.E. de la Provincia de Córdoba, a las cuales adhirió el Comité de Actuación comunal.
Que con fecha 24 de septiembre del corriente año 2020, en horas de la noche, se pudo constatar por medio de personal comunal habilitado a tal fin, que en el establecimiento comercial que gira bajo el nombre de Peperina, sito en Ruta 14 s/n de esta localidad, se encontraba en funcionamiento sin el cumplimiento de las medidas de bio seguridad pertinentes contempladas por el protocolo de referencia, entre ellas: número de personas presentes superior a la capacidad del local, ausencia de uso de barbijos en los presentes y en personal del referido establecimiento, falta del distanciamiento exigido para el caso, situaciones de contacto físico como bailes y similares.
Que habida cuenta el hecho descripto, a criterio de esta Comisión BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

comunal y según recomendación efectuada por el Comité de Actuación comunal, se procedió a la suspensión del protocolo respectivo y funcionamiento del establecimiento por el término de quince 15 días, según lo establecido por la Resolución N 251 dictada con fecha 25 de septiembre de 2020, sin la aplicación de multa pecuniaria alguna.

Que luego de lo referido en los párrafos anteriores, se constataron dos nuevos hechos en el mismo establecimiento comercial que gira bajo el nombre de Peperina, sito en Ruta 14 s/n de esta localidad, con fechas 29 de noviembre del año 2020 y 23 de enero del corriente año 2021, consistentes en nuevos incumplimientos del protocolo respectivo tales como:
personal sin barbijo colocado, exceso en el horario de atención y exceso de clientes presentes, falta de elementos de bio seguridad, respectivamente y en un todo de acuerdo a las actas labradas.

Que dentro de tal cuadro de situación y habida cuenta la reiteración de faltas cometidas -en tres 3 fechas diferentes y con varios hechos en cada una de ellas-, es que deviene procedente y pertinente, la aplicación de las sanciones y multas administrativas correspondientes, pudiendo aplicarse además, la suspensión de las actividades referidas al rubro gastronómico por el término que se estime pertinente y todo, habida cuenta el riesgo sanitario causado por los incumplimientos señalados.
Que asimismo, la Comuna adhirió a la Ley Provincial N 10.702, Régimen Sancionatorio Excepcional de la Emergencia sanitaria, sus modificatorias y reglamentaciones, mediante Resolución N 239 de fecha 15 de julio de 2020, habiéndose instituido además en el mismo acto, al Señor Presidente comunal como la autoridad de aplicación de la señalada normativa.
Que en dicha normativa provincial, se establece el monto pecuniario correspondiente a cada uno de los hechos constatados, según la si-

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 19/02/2021 - 5º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

PaísArgentina

Fecha19/02/2021

Nro. de páginas2

Nro. de ediciones1455

Primera edición31/07/2018

Ultima edición01/07/2024

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