Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 16/10/2019 - 5º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

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2019 - Año del VIII Congreso Internacional de la Lengua Española en la Provincia de Córdoba AÑO CV - TOMO DCLVIII - Nº 195
CORDOBA, R.A. MIÉRCOLES 16 DE OCTUBRE DE 2019
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS
DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS

Art. 3º.- PROCÉDASE a la clausura de Cabaña Los Reartes, citada en Los Vélez Sarsfield esq. Sargento Cabral, Bº El Vergel, Los Reartes, considerándose responsable a la Sra. PACHECO YOLANDA BEATRIZ DNI
11.972.837, por quedar su incumplimiento encuadrado en lo dispuesto por el artículo 138 de la Resolución Nº 1076 de fecha 19/03/2009;

presente Resolución, publíquese, dese al registro comunal y archívese.
FDO: LUCAS MARTÍN SÁNCHEZ. PRESIDENTE DE LA COMISIÓN COMUNAL DE LOS REARTES - PALMIRA MERCEDES BRUNELLI. TESORERA DE LA COMISIÓN COMUNAL DE LOS REARTES

Art. 4º.- COMUNÍQUESE, publíquese, notifíquese a la infractora PACHECO YOLANDA BEATRIZ DNI 11.972.837 en su domicilio la
MUNICIPALIDAD de
1 día - Nº 234262 - s/c - 16/10/2019 - BOE

SERRANO

ORDENANZA N 196/19 - 07/10/2019
DECRETO PROMULG. 073/19.

ARTICULO 2º.- AUTORÍCESE al Sr. Intendente Municipal a suscribir la escritura traslativa de dominio del inmueble a favor de la Municipalidad de Serrano.-

ARTÍCULO 1º.- APRUÉBESE el listado y orden de postulantes inscriptos que se adjunta a la presente ordenanza como ANEXO I. ARTÍCULO 2º.- AUTORÍCESE la adjudicación de lotes disponibles a los doce 12 beneficiarios establecidos en el ANEXO I. En caso de que ocurra la baja, rechazo y/o incumplimiento de alguno de los oferentes, el D.E.M deberá continuar con la adjudicación de los mismos según el orden establecido en el sorteo realizado con fecha 20/08/2019. ARTÍCULO 3º.- AUTORÍCESE al Sr. Intendente Municipal para la firma de los Convenios de Adjudicación celebrados y para el otorgamiento y suscripción de las de las escrituras traslativas de dominio a favor de cada adjudicatario una vez cancelado la totalidad del precio pactado.-

ARTICULO 3º.- COMUNÍQUESE, publíquese, dese al Registro Municipal y Archívese.Fdo. Juan M. Renaudo - Presidente HCD / Pablo D. Echavarri - Secretario HCD.1 día - Nº 234564 - s/c - 16/10/2019 - BOE

ORDENANZA N 199/19 - 07/10/2019
DECRETO PROMULGATORIO 076/19
VISTOS CONSIDERANDO

ARTÍCULO 4º.- COMUNÍQUESE, publíquese, dese al registro municipal y archívese.Fdo. Juan Mateo Renaudo - Presidente HCD / Pablo D. Echavarri - Secretario HCD.
ANEXO
1 día - Nº 234563 - s/c - 16/10/2019 - BOE

ORDENANZA 197/19 - 07/10/2019
DECRETO PROMULG. 074/19
VISTOS CONSIDERANDO

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SERRANO
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA
ARTICULO 1º.- RATIFÍQUESE en todos sus términos la operación y el contrato celebrado con fecha 28/11/2017 entre la Municipalidad de Serrano y el Sr. Juan Carlos Lerda, DNI N10.749.571, a través del cual el municipio adquiere un inmueble de aproximadamente Dos Mil Setecientos Ochenta Y Nueve Metros Cuadrados 2.789m de superficie, a los fines de ser destinado a la creación de un ingreso que conecte el Parque Industrial de Serrano con la Ruta Provincial N 27.BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SERRANO
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA
ARTÍCULO 1º.- APRUÉBASE el Proyecto: Paseo del Centenario Loteo Pro.Vi.Ce.I Municipalidad de Serrano, que se incorpora como ANEXO
I de esta Ordenanza. ARTÍCULO 2º.- FACÚLTASE al Departamento Ejecutivo Municipal para que gestione y tome del Fondo Permanente para la Financiación de Proyectos y Programas de los Gobiernos Locales de la Provincia de Córdoba, un préstamo de hasta PESOS CIENTO SESENTA MIL $160.000, con destino a la ejecución del proyecto presentado. ARTÍCULO 3º.- FACÚLTASE al Departamento Ejecutivo para que, en pago del crédito, ceda al Fondo Permanente, de la coparticipación que mensualmente corresponda al Municipio en los impuestos provinciales, hasta la suma de Pesos Cuatro Mil Cuatrocientos Cuarenta y Cuatro con 44/100 $4.444,44 mensuales, durante el término máximo de treinta y seis 36 meses. ARTÍCULO 4º.- El Departamento Ejecutivo deberá notificar formalmente a la Provincia de la cesión de la coparticipación, anoticiándola de que, en mérito a tal cesión, deberá mensualmente pagarse la suma cedida directamente al Fondo Permanente.-

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 16/10/2019 - 5º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

PaísArgentina

Fecha16/10/2019

Nro. de páginas17

Nro. de ediciones1453

Primera edición31/07/2018

Ultima edición27/06/2024

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