Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 11/09/2009 - 4º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 4º Sección (Concesiones - Licitaciones)

BOLETÍN OFICIAL

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de fecha 23/06/2009, la cual se adjunta.- QUEDA UDs. DEBIDAMENTE NOTIFICADO.- P.D.
Por cualquier trámite deberá dirigirse a calle Rivera Indarte Nº 742 - 1º Piso - de la Ciudad de Córdoba, en el horario de 8:00 a 13:00 hs y de 14:00 a 17:00 hs, o la Delegación más próxima a su domicilio.
5 días - 20611 - 17/9/2009 - s/c.DIRECCIÓN DE POLICIA FISCAL
Córdoba; 01 de Julio de 2009. - BECERRA, Daniel David - REF.: EXPTE. Nº 0562-063931/
2009 - De las constancias obrantes en el Expediente Nº 0562-063931/2009 tramitado en la Dirección de Policía Fiscal de la Provincia de Córdoba, surge que el Contribuyente BECERRA, Daniel David, CUIT N 20-24585539-8, inscripto en el ISIB bajo el Nº 211-21801-1, con domicilio tributario en calle Juan de Garay N 234, -Villa General BelgranoPcia. de Córdoba, no ha dado cumplimiento al Deber Formal al que resulta obligado conforme surge del Art. 37 inciso 5 Código Tributario Provincial - Ley 6006 t.o. 2004 y modificatorias - el que expresa: "Los contribuyentes, responsables y terceros están obligados a 5 Concurrir a las oficinas de la Dirección cuando su presencia sea requerida y a contestar cualquier pedido de informes de la Dirección y a formular las aclaraciones que les fuesen solicitadas con respecto a sus declaraciones juradas y, en general, de las actividades que puedan constituir hechos imponibles;
- En el caso en cuestión, el contribuyente no ha cumplimentado lo solicitado mediante Requerimiento de Información OCD Nº 059115 de fecha 11/03/2008, en el plazo otorgado en el mismo de cinco 5 días, el cual requiere "Remita al sitio de Internet del Gobierno de la Provincia de Córdoba, apartado de la Dirección General de Rentas www.cba.gov.ar la presentación de la Declaración Jurada Actualización de Datos - Formulario electrónico F-404
E - Resolución Normativa N 34/2007 de fecha 03-07-2007 B.O. 13-07-2007, hoy Resolución Normativa 01/2007 B.O. 15-08-2007".- Que dicha circunstancia configuraría, en principio, un incumplimiento a los Deberes Formales contemplados en el Art. 37 inciso 5 Código Tributario Provincial - Ley 6006 t.o. 2004, conducta que lo haría pasible de la sanción establecida en el Art. 61 del citado cuerpo legal, cuyos topes mínimo $ 200,00.- y máximo $ 10.000,00.- son fijados por la Ley Impositiva Anual vigente.- En Consecuencia, El Director de la Dirección de Policía Fiscal, En su carácter de Juez Administrativo, Procede a: 1 Instruirle al Contribuyente BECERRA, Daniel David del sumario legislado en el art. 72 del Código Tributario Provincial.2 Correr vista por el plazo de quince 15 días para que alegue su defensa y ofrezca las pruebas que hagan a su derecho, debiendo acompañar las que consten en documentos. Dicho escrito, y de corresponder, las pruebas que se acompañen, deberán ser presentadas en el domicilio de esta Dirección, sita en calle Rivera Indarte N 742 - 1 Piso - Área Determinaciones - Técnico Legal - de la Ciudad de Córdoba.- 3 Hacer saber que en el supuesto de actuar por intermedio de representante legal o apoderado, deberá acreditar personería en los términos del Art. 15 de la Ley 6658.-4 NOTIFÍQUESE.Córdoba, 10 de Agosto de2009 - CEDULA DE NOTIFICACIÓN - REF. EXPTE N 0562063931/2009 - BECERRA DANIEL DAVID - San Martín y Selva Negra -Villa General Belgrano5194 - Provincia de Córdoba - El Área Determinaciones de la Dirección de Policía Fiscal hace saber a Ud. que en el expediente de referencia, se ha dictado la Instrucción de Sumario de fecha 01/07/2009, la cual se adjunta.-QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO.- P.D.: Por cualquier trámite deberá dirigirse a calle Rivera Indarte Nº 742 - 1º Piso - de la Ciudad de Córdoba, en el horario de 8:00 a 13:00 hs y de 14:00 a 17:00 hs, o a la Delegación más próxima a su domicilio.5 días - 20578 - 17/9/2009 - s/c.
DIRECCIÓN DE POLICIA FISCAL
Córdoba, 30/07/09 - BUONI MARIO - REF.: EXPTE. Nº 0562-064187/2009 - De las constancias obrantes en el Expediente Nº 0562-064187/2009 tramitado en la Dirección de Policía Fiscal de la Provincia de Córdoba, surge que el Contribuyente: BUONI MARIO - CUIT N 27-291109824, Inscripto en el ISIB bajo el Nº 270-73461-8, con domicilio tributario en calle Chile 484 de la ciudad de Alta Gracia - Provincia de Córdoba, no ha dado cumplimiento al Deber Formal al que resulta obligado conforme surge del Art. 37 inciso 5 Código Tributario Provincial - Ley 6006 t.o. 2004 y modificatorias - el que expresa: "Los contribuyentes, responsables y terceros están obligados a 5 Concurrir a las oficinas de la Dirección cuando su presencia sea requerida y a contestar cualquier pedido de informes de la Dirección y a formular las aclaraciones que les fuesen solicitadas con respecto a sus declaraciones juradas y, en general, de las actividades que puedan constituir hechos imponibles; - En el caso en cuestión, el contribuyente no ha cumplimentado lo solicitado mediante Requerimiento de Información OCD Nº 047332 de fecha 16/01/2008, en el plazo otorgado en el mismo de cinco 5 días, el cual requiere "Remita al sitio de Internet del Gobierno de la Provincia de Córdoba, apartado de la Dirección General de Rentas www.cba.gov.ar la presentación de la Declaración Jurada Actualización de Datos - Formulario electrónico F-404 E - Resolución Normativa N 34/2007
de fecha 03-07-2007 B.O. 13-07-2007, hoy Resolución Normativa 01/2007 B.O. 15-08-2007".Que dicha circunstancia configuraría, en principio, un incumplimiento a los Deberes Formales contemplados en el Art. 37 inciso 5 Código Tributario Provincial - Ley 6006 t.o. 2004, conducta que lo haría pasible de la sanción establecida en el Art. 61 del citado cuerpo legal, cuyos topes mínimo $ 200,00.- y máximo $ 10.000,00.- son fijados por la Ley Impositiva Anual vigente.En Consecuencia, El Director de la Dirección de Policía Fiscal, En su carácter de Juez Administrativo, Procede a: 1 Instruirle al Contribuyente: BUONI MARIO del sumario legislado en el Art. 72 del Código Tributario Provincial.- 2 Correr vista por el plazo de quince 15 días para que alegue su defensa y ofrezca las pruebas que hagan a su derecho, debiendo acompañar las que consten en documentos. Dicho escrito, y de corresponder, las pruebas que se acompañen, deberán ser presentadas en el domicilio de esta Dirección, sita en calle Rivera Indarte N 742 - 1 Piso - Área Determinaciones - Técnico Legal - de la Ciudad de Córdoba.3 Hacer saber que en el supuesto de actuar por intermedio de representante legal o apoderado,
Córdoba, 11 de Setiembre de 2009

deberá acreditar personería en los términos del Art. 15 de la Ley 6658.- 4 NOTIFÍQUESE.CEDULA DE NOTIFICACIÓN - Córdoba, 04/08/2009 - Ref.: Expte. N 0562-064187/2009 BUONI MARIO CHILE 484 - ALTA GRACIA PROVINCIA DE CÓRDOBA - C.P. X5186EOJ El Área Determinaciones de la Dirección de Policía Fiscal hace saber a Ud/s que en el expediente de referencia, se ha dictado la Instrucción de Sumario de fecha 30/07/2009, la cual se adjunta.QUEDA UDs. DEBIDAMENTE NOTIFICADO.- P.D.: Por cualquier trámite deberá dirigirse a calle Rivera Indarte Nº 742 - 1º Piso - de la Ciudad de Córdoba, en el horario de 8:00 a 13:00
hs y de 14:00 a 17:00 hs, o a la Delegación más próxima a su domicilio.5 días - 20607 - 17/9/2009 - s/c.DIRECCIÓN DE POLICIA FISCAL
Córdoba, 1º de Julio de 2009 - CABALLERO, BENEDICTO - REF.: EXPTE. Nº 0562-063887/
2009 - De las constancias obrantes en el Expediente Nº 0562-063887/2009 tramitado en la Dirección de Policía Fiscal de la Provincia de Córdoba, surge que el contribuyente CABALLERO, BENEDICTO, CUIT N 20-06148115-0, inscripto en el ISIB bajo el Nº 270-66282-0, con domicilio tributario en calle Oncativo N 1865, Bº General Paz de la Ciudad de Córdoba Provincia de Córdoba -, no ha dado cumplimiento al Deber Formal al que resulta obligado conforme surge del Art. 37 inciso 5 Código Tributario Provincial - Ley 6006 t.o. 2004 y modificatorias - el que expresa: "Los contribuyentes, responsables y terceros están obligados a 5 Concurrir a las oficinas de la Dirección cuando su presencia sea requerida y a contestar cualquier pedido de informes de la Dirección y a formular las aclaraciones que les fuesen solicitadas con respecto a sus declaraciones juradas y, en general, de las actividades que puedan constituir hechos imponibles; - En el caso en cuestión, el contribuyente no ha cumplimentado lo solicitado mediante Requerimiento de Información OCD Nº 031761 de fecha 05/12/2007, en el plazo otorgado en el mismo de cinco 5 días, el cual requiere "Remita al sitio de Internet del Gobierno de la Provincia de Córdoba, apartado de la Dirección General de Rentas www.cba.gov.ar la presentación de la Declaración Jurada Actualización de Datos Formulario electrónico F-404 E - Resolución Normativa N 34/2007 de fecha 03-07-2007 B.O.
13-07-2007, hoy Resolución Normativa 01/2007 B.O. 15-08-2007".- Que dicha circunstancia configuraría, en principio, un incumplimiento a los Deberes Formales contemplados en el Art.
37 inciso 5 Código Tributario Provincial - Ley 6006 t.o. 2004, conducta que lo haría pasible de la sanción establecida en el Art. 61 del citado cuerpo legal, cuyos topes mínimo $ 200,00.- y máximo $ 10.000,00.- son fijados por la Ley Impositiva Anual vigente.- En Consecuencia, El Director de la Dirección de Policía Fiscal, En su carácter de Juez Administrativo, Procede a:
1 Instruirle al contribuyente CABALLERO, BENEDICTO del sumario legislado en el art. 72
del Código Tributario Provincial.- 2 Correr vista por el plazo de quince 15 días para que alegue su defensa y ofrezca las pruebas que hagan a su derecho, debiendo acompañar las que consten en documentos. Dicho escrito, y de corresponder, las pruebas que se acompañen, deberán ser presentadas en el domicilio de esta Dirección, sita en calle Rivera Indarte N 742
- 1 Piso - Área Determinaciones - Técnico Legal - de la Ciudad de Córdoba.- 3 Hacer saber que en el supuesto de actuar por intermedio de representante legal o apoderado, deberá acreditar personería en los términos del Art. 15 de la Ley 6658.- 4 NOTIFÍQUESE.CEDULA DE NOTIFICACIÓN - Córdoba, 27 de Julio de 2009 - REF. EXPTE N 0562-063887/
2009 - CABALLERO, BENEDICTO Oncativo N 1865, Bº General Paz, Córdoba CP: X5004FIA
- Provincia de Córdoba - El Área Determinaciones de la Dirección de Policía Fiscal hace saber a Ud/s que en el expediente de referencia, se ha dictado la Instrucción de Sumario de fecha 01/
07/2009, la cual se adjunta.- QUEDA UDs. DEBIDAMENTE NOTIFICADO.- P.D.: Por cualquier trámite deberá dirigirse a calle Rivera Indarte Nº 742 - 1º Piso - de la Ciudad de Córdoba, en el horario de 8:00 a 13:00 hs y de 14:00 a 17:00 hs, o a la Delegación más próxima a su domicilio.5 días - 20613 - 17/9/2009 - s/c.DIRECCIÓN DE POLICIA FISCAL
RESOLUCIÓN Nº PFM 513/2009 - CÓRDOBA, 28 de Agosto de 2009 - VISTO: los expedientes referidos a la aplicación de sanciones por incumplimiento a los deberes formales enumerados en el Art. 37 inc. 5 y el Art. 61 del Código Tributario Provincial Ley 6006 t.o. 2004 y modif., como así también los referidos a la aplicación de sanciones por omisión previstas en el Art. 66 del C.T.P., los cuales se detallan en el Anexo I que se acompaña y forma parte del presente acto administrativo, y CONSIDERANDO: QUE en cada uno de los expedientes nominados en el Anexo I, se ha dictado resolución conforme lo estipulado en el art. 72 del C.P.T. vigente Ley 6006 t.o. 2004 y modif.- QUE la notificación de dichos instrumentos legales resulto infructuosa por diferentes motivos, razón por la cual deviene procedente efectuar dicha notificación vía Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, todo ello en cumplimiento de lo establecido en el penúltimo y ultimo párrafo del art. 54 del C.P.T. vigente Ley 6006 t.o. 2004 y modif. Por lo expuesto y de conformidad a lo estipulado en el Art. 72 del ya mencionado texto legal y las facultades delegadas por la Ley Nº 9187/2004, EL DIRECTOR DE LA DIRECCIÓN DE POLICÍA
FISCAL RESUELVE : ARTÍCULO 1º.- NOTIFÍQUESE a las firmas contribuyentes que se detallan en el Anexo I que forma parte del presente acto administrativo, que se ha dictado resolución en los términos del art. 72 del C.T.P. vigente.- ARTICULO 2.- EMPLÁCESE a las firmas contribuyentes que se detallan en el mencionado Anexo para que en el término de QUINCE 15 DÍAS de notificada la presente abonen la multa y el sellado de actuación, dispuestos en las Resoluciones señaladas en el Anexo I de la presente, para lo cual deberán dirigirse al domicilio sito en calle Rivera Indarte Nº 742 - 1º Piso - Área Determinaciones Técnico Legal - de la Ciudad de Córdoba, bajo apercibimiento de cobro por vía de ejecución fiscal. Asimismo, una vez realizado el pago de la Multa y del sellado de actuación, deberá acreditarlo inmediata e indefectiblemente en el domicilio citado.- ARTÍCULO 3º.- HÁGASE
SABER a las firmas contribuyentes que se detallan en el mencionado Anexo, que contra las resoluciones de la Dirección que impongan sanciones por infracciones, sólo podrán interponer

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 11/09/2009 - 4º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 4º Sección (Concesiones - Licitaciones)

PaísArgentina

Fecha11/09/2009

Nro. de páginas6

Nro. de ediciones4009

Primera edición01/02/2006

Ultima edición12/07/2024

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