Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 23/09/2015 - 3º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 3º Sección (Sociedades - Personas Jurídicas)

CÓRDOBA, 23 de Setiembre de 2015

BOLETÍN OFICIAL - AÑO CII - TOMO DCIX - Nº 183

nutrición, dietética, industria alimentaria y seguridad alimentaria a personas, adecuadas a las necesidades fisiológicas y, en su caso, patológicas de las mismas, de acuerdo con los principios de prevención y salud pública, brindada por profesionales con matricula habilitante expedida por los colegios profesionales respectivos .iii Explotación, organización, administración y representación de gimnasios o complejos deportivos para la práctica de tenis, paddle, squash, fútbol, natatorios, gabinetes de estética corporal, solárium y similares y sus instalaciones complementarias/o accesorios, como restaurantes, confiterías, bares y vestuarios. iv Promoción, organización y supervisión de torneos y competencias deportivas. v Realización de actividades de charlas informativas, capacitación y formación profesional vinculadas al objeto social, brindados por profesionales con matricula habilitante expedida por los colegios profesionales respectivos vi Compra, venta, comercialización, distribución, consignación, importación, exportación y provisión de, productos y equipos necesarios para prestación de los servicios vinculados al objeto. Para el cumplimiento de sus fines la sociedad podrá realizar todos los actos que se relacionen directamente con su objeto social, que no sean prohibidos por las leyes y este estatuto, pudiendo para ello comprar, vender, ceder, transferir, gravar, donar, permutar y locar cualquier cosa mueble o inmueble, incluyendo hipotecar, constituir servidumbres, anticresis, usufructo, uso, habitación y demás derechos reales, otorgar mandatos y representaciones, participar en licitaciones públicas y concursos de precios, encontrándose facultada para celebrar contratos de colaboración empresaria o unión transitoria de empresas y contratar con el Estado Nacional, Provincial o Municipal y Estados extranjeros. A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones 7CAPITAL $ 20.000, dividido en doscientas 200
cuotas sociales de $100 valor nominal cada una, distribuidas en la siguiente proporción: i Castelló Diego Javier suscribe 140
cuotas y ii Corina Moeller Esterilla 60 cuotas sociales El capital suscripto es integrado en dinero en efectivo, en un veinticinco por ciento 25%,en proporción a sus respectivas tenencias, debiendo completarse la integración del saldo en el término no superior de dos años 8 ADMINISTRACION Y

REPRESENTACION: La representación de la sociedad se efectuará mediante una gerencia singular pudiendo el gerente carecer de la condición de socio. La administración, representación legal y uso de la firma social estará a cargo del socio, Castelló Diego Javier en carácter de Gerente.9 Fecha De Cierre Del Ejercicio Económico.31de diciembre de cada año, Juzgado de primera 1 instancia 3 Nominación en lo civil y comercial de la Ciudad de Córdoba 1 día - Nº 22810 - $ 1159,60 - 23/09/2015 - BOE
Por la presente se comunica e informa a los efectos legales que pudiera corresponder, que el contrato de incorporación al sistema de esfuerzo individual y ayuda común Grupo PJ02-15 suscripto en fecha 04/02/2008 entre G.R.I.F SA PILAY SA UTE y el sr Ezequiel Romano DNI: 28853306 ha sido extraviado por el mismo.
5 días - Nº 22736 - $ 769,60 - 28/09/2015 - BOE
PROMANTECH SRL
El Sr. Juez. De 1 Inst C.C. 13 CONC SOC 1-SEC
PROMANTECH SRL -INSC. REG.PUB.COM.
MODIFICACION CESION, PRORROGA, CAMBIO DE
SEDE DE OBJETOCórdoba a 23 de junio de 2015, PROMANTECH SRL, se reúnen a los socios a los fines de MODIFICAR:-Artículo 1: Domicilio. La sociedad girará bajo la denominación de. PROMANTECH SRL y tendrá su domicilio legal en calle FAUSTINO ALLENDE 396 BARRIO
COFICO, de la ciudad de Córdoba, pudiendo trasladarlo y establecer agencias y/o sucursales, locales de venta, y/o representaciones en cualquier parte de la Argentina o del extranjero. Artículo 3: Objeto Social. La sociedad tendrá por objeto, realizar en nombre propio y/o de terceros y/o asociada a terceros, dentro o fuera del país a las siguientes actividades: la compraventa al por mayor o menor, distribución, representación y comercialización en sus formas mercantiles permitidas o que se adopten en el futuro, de mercaderías, productos, insumos y maquinarias. Para la consecución de su objeto podrá realizar operaciones de importación y exportación, presentarse en
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licitaciones públicas y/o privadas, concursos de precios, sea con entidades internacionales, nacionales, provinciales, municipales, autárquicas y/o capitales mixto.Asimismo incluye en su objeto operaciones inmobiliarias por cuenta propia o de terceros, o asociada a terceros, cualquiera fuere el carácter de ellos, en cualquier punto de la República o del exterior, en forma separada o conjunta, mediante la compra, venta, permuta , explotación arrendamiento, administración y construcción de inmuebles, urbanos y rurales, loteos y fraccionamientos, incluso todas las operaciones comprendidas en las leyes y reglamentos sobre propiedad horizontal, construcciones civiles ,industriales ,hidráulicas públicas o privadas. A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones y ejercer todos aquellos actos que no sean prohibidos por las leyes o por este contrato.Artículo 6: La Dirección, Administración y Representación Legal de la Sociedad. La dirección, administración y representación legal de la sociedad estará a cargo de los socios Sr. Ernesto Monges, y Sr. Fernando Adrián Lascano, quiénes revestirán el carácter de socios gerentes ejercitando la representación legal, desempeñándose en sus funciones durante el plazo de duración de la Sociedad. La forma de actuación y uso de la firma será en forma conjunta, de manera que para obligar a la sociedad será siempre necesaria la firma del Sr. Fernando Adrián Lascano, conjuntamente con la del Sr. Ernesto Monges. Los socios gerentes tiene todas las facultades para administrar y disponer de los bienes de la sociedad incluso aquellas para las cuales la ley requiere poderes especiales conforme arts.782 y 1881 del Código Civil, disposiciones que deben tenerse por reproducidas aquí en sus partes pertinentes.
La sociedad y los socios, podrán otorgar poderes especiales y/
o generales a favor de cualquier socio y/o tercera persona, con las limitaciones del art. 266 de la ley de Sociedades. Cualquiera de los socios puede convocar a Asamblea de socios, para lo cual, deberá notificar su decisión en forma fehaciente al otro u otros socios, con por lo menos cinco días de anticipación. Of 15/9/15
1 día - Nº 22809 - $ 870,92 - 23/09/2015 - BOE

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 23/09/2015 - 3º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 3º Sección (Sociedades - Personas Jurídicas)

PaísArgentina

Fecha23/09/2015

Nro. de páginas11

Nro. de ediciones3973

Primera edición01/02/2006

Ultima edición10/07/2024

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