Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 18/04/2013 - 3º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 3º Sección (Sociedades - Personas Jurídicas)

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Tercera Sección
presente cesión de cuotas sociales. Dicho pago lo efectúan los CESIONARIOS en la proporción societaria que cada uno de ellos adquiere y los CEDENTES lo perciben también en la proporción a la participación societaria que cada uno de ellos cede. CUARTA: En virtud de la cesión instrumentada en este acto, los CEDENTES quedan desvinculados de la sociedad, declarando que no tienen reclamo alguno que formular a la misma, renunciando a todos sus derechos y aún a los beneficios sobre ejercicios anteriores, renunciando la Sra. Norma Beatriz SIMONETTI al cargo de gerente. QUINTA: Los CESIONARIOS, declaran que a través de los estados contables, comprobantes y documentación societaria, impositiva, previsional y laboral, incluyendo el respectivo contrato social, que han verificado, se encuentran plenamente en conocimiento de la situación patrimonial, económica y financiera de LA
SOCIEDAD que aceptan y ratifican totalmente. En consecuencia los CESIONARIOS liberan de todo compromiso a los CEDENTES respecto de las deudas y compromisos que la sociedad hubiera tomado desde su formación hasta su inscripción en el Registro Público de Comercio, haciéndose cargo los CESIONARIOS de los mismos y de las obligaciones que pudieran surgir. Dicha obligación es extensiva a cargas sociales, tributarias, previsionales y laborales que se hubieran generado por la participación de los CEDENTE en la sociedad.
SEXTA: LOS CEDENTES declaran bajo juramento que: a que no se encuentran inhibidos para disponer de sus bienes; b que las cuotas partes cedidas subsisten, se encuentran libres de embargos, gravámenes, inhibiciones u otras restricciones a la libre disposición; c No están comprendidos ni ellos a título personal ni la sociedad Catin SRL dentro de las normas de la ley 24.522. d que no existe otro pasivo social, exigible o no exigible, corriente o no corriente fuera del que resulta de la documentación existente a la fecha, siendo los pasivos que se generen a partir de la fecha de este instrumento a cargo de los CESIONARIOS.
SEPTIMA:
ASENTIMIENTO
CONYUGAL: Presentes en este acto, los cónyuges entre sí, Sra. Norma Beatriz SIMONETTI y Sr. Abel Angel GHIANO, prestan el asentimiento a la cesión de cuotas sociales efectuadas por cada uno de ellos, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 1277 del Código Civil, firmando en prueba de conformidad. OCTAVA: MODIFICACION DEL
CONTRATO SOCIAL: En virtud de la cesión de cuotas formalizadas en este instrumento, los CESIONARIOS
resuelven por unanimidad modificar las cláusulas SEGUNDA, QUINTA Y DECIMA del contrato social, por cuyo motivo adecuan el contrato a la ley 19.550, que en lo sucesivo tendrán
BOLETÍN OFICIAL - A ÑO C - TOMO DLXXIX - Nº 57

CÓRDOBA, 18 de abril de 2013

la siguiente redacción: "SEGUNDA: DOMICILIO: La sociedad establece su domicilio social y legal en calle Catamarca N 378 de la ciudad de Corral de Bustos-Ifflinger, Departamento Marcos Juárez, Provincia de Córdoba".
"QUINTA: CAPITAL: El capital social se fija en la suma de pesos CIEN MIL $ 100.000, dividido en mil 1.000 cuotas iguales de pesos cien $ 100,00 de valor nominal cada una. Las cuotas son suscriptas en las Siguientes proporciones: el señor Jesús Juan CHIOLERO suscribe la cantidad de novecientos treinta 930 cuotas, por la suma de pesos noventa y tres mil $ 93.000
y el Sr. Lucas David HEREDIA, suscribe la cantidad de setenta 70 cuotas, por la suma de Pesos Siete Mil $ 7.000. Las cuotas se encuentran integradas por los socios en un veinticinco por ciento 25% cada uno, en dinero efectivo, y el saldo restante será integrado de conformidad a las respectivas participaciones societarias dentro del plazo de dos 2 años, computados a partir de la fecha de inscripción de la sociedad en el Registro Público de Comercio. La reunión de socios fijará la oportunidad en que se completará la integración. Se conviene que el capital se podrá incrementar cuando el giro comercial así lo requiera, mediante cuotas suplementarias. En reunión de socios y por unanimidad, se aprobará las condiciones de monto y plazos para su integración, guardando la misma proporción de cuotas". "DECIMA:
ADMINISTRACION, DIRECCION Y REPRESENTACION:
La administración, la representación y el uso de la firma social estará a cargo de un 1 socio gerente que será nombrado y removido por resolución de socios a simple mayoría de votos y sus facultades serán fijadas y modificadas en la misma forma. La duración en el cargo será por tiempo indeterminado. Para el cumplimiento de los fines sociales el gerente queda facultado para representar a la sociedad en todas las actividades y negocios que correspondan al objeto de la sociedad, sin que esté limitado en las facultades de sus mandatos siempre que los actos tiendan al cumplimiento de los fines sociales. En tal sentido le queda expresamente prohibida la realización de actos contrarios a aquel fin social, como también comprometer la firma en actos ajenos al objeto social y en garantías y avales a favor de terceros. El gerente tiene todas las facultades necesarias para la administración y disposición de los bienes sociales, incluso aquellas para las cuales las leyes de fondo y forma exigen poderes especiales, conforme los artículos 1881 del Código Civil y del decreto ley 5965/63. Puede en consecuencia celebrar en nombre de la sociedad toda clase de actos jurídicos que tiendan al cumplimiento del objeto social, como tomar dinero en préstamo, garantizado o no con derechos reales; aceptar prendas, hipotecas o
constituirlas y cancelarlas; adquirir o ceder créditos; comprar y vender mercaderías y productos, derechos y acciones, permutar, dar y recibir en pago, cobrar y percibir, efectuar pagos, transacciones y celebrar contratos de locación y rescindir los y en general celebrar cualquier contrato de cualquier naturaleza relacionados con su objeto societario; operar con toda clase de bancos públicos, privados y mixtos y/o cualquier otra clase de entidad o institución crediticia o financiera o de cualquier índole;
establecer agencias o sucursales y otras especies de representación, dentro o fuera del país, pudiendo otorgar poderes generales o especiales y realizar actos judiciales o extrajudiciales con el objeto y extensión que juzguen convenientes, haciéndose constar que la presente reseña es meramente enunciativa y no limitativa de otras facultades que sean conducentes al mejor cumplimiento del mandato. A fin de administrar la sociedad se designa como socio gerente al Sr. Jesús Juan CHIOLERO, DNI N 6.552.831, quién queda autorizado para aceptar las modificaciones que indique el Juez de Comercio y/o la autoridad registral, otorgando los instrumentos que resulten necesarios, acompañar y desglosar documentación, depositar y retirar los fondos a que se refiere el artículo 149 de la Ley de Sociedades y en general realizar los demás actos y gestiones tendientes a obtener la inscripción registral del presente contrato social. En el cumplimiento de su cometido queda facultada para designar letrados, otorgando los poderes que fueren menester. NOVENA: Hasta tanto se formalice la inscripción registral de la nueva composición societaria, los socios Jesús Juan CHIOLERO y Lucas David HEREDIA se hacen responsable civil y criminalmente a partir del día de la fecha por todos los actos que desarrolle la sociedad CATIN SRL, desligando de toda responsabilidad y de cualquier tipo, a los cedentes Sres. Abel Angel GHIANO, Sra. María Inés TARANTOLA y Sra. Norma Beatriz SIMONETTI. DECIMA: JURISDICCION Y
COMPETENCIA: Para el caso de cualquier divergencia en la interpretación o ejecución del presente contrato y/o de los derechos y obligaciones que el mismo establece, los contratantes se someten a la competencia de los Tribunales Ordinarios de la Ciudad de Corral de Bustos-Ifflinger Cba., renunciando a cualquier otro fuero de excepción que pudiera corresponderles. De conformidad, previa lectura y ratificación se firman cinco ejemplares de igual tenor y a un solo efecto en el lugar y fecha indicados ut supra, recibiendo cada parte su ejemplar y las restantes copias para el trámite de inscripción registral.
N 6521 - $ 2000

vehículo automotor para realizar las tareas propias del objeto social de la Cooperativa de Trabajo Omega Seguridad Limitada. VII Elección y designación de tres asociados para que compongan la comisión escrutadora de votos en informen a la asamblea el resultado de la elección de consejeros y síndico. VIII Elección mediante el mecanismo del voto secreto, de dos Consejeros Titulares y dos Consejeros Suplentes; y un Sindico Suplente. Nota: Según el Artículo 37 del Estatuto Social, las Asambleas se realizarán válidamente sea cual fuere el número de asistentes, una hora después de la hora fijada, si antes no se hubiese reunido la mitad más uno de los asociados. El presidente.
3 días 6358 19/4/2013 - $ 1.512.-

de Cuentas correspondiente al Ejercicio 2012.- 5
Designación de 3 asambleístas para formar la mesa escrutadora de votos.- 6 Renovación de la Comisión Directiva para elegir: Presidente, Vicepresidente, Secretario, Prosecretario, Tesorero, Protesorero, todos por un año, 4 Vocales Titulares por un año y 4 Vocales Suplentes por un año.- Renovación de la Comisión Revisora de Cuentas para elegir 3 Titulares y 1 Suplente, todos por un año.- La Secretaria.3 días 6433 19/4/2013 - s/c.

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170 - Planta Baja - de nuestra ciudad de Córdoba para tratar el siguiente orden del día: I Elección de tres 3
miembros de la Asamblea para integrar la comisión de credenciales y poderes. II Designación de dos asociados, electos por la asamblea, para que conjuntamente con el Presidente y el Secretario, firmen el Libro de Actas dando fe de lo acontecido en representación de los asociados.
III Explicación de los motivos por los cuales la Asamblea Anual Ordinaria se celebra fuera del plazo de ley. IV
Consideración de la Memoria, Balance General, Estados de resultados, Informe del Sindico e Informe del Auditor y Proyecto de Distribución de Excedentes; todos ellos correspondientes al ejercicio económico N 23 finalizado el treinta y uno de diciembre de dos mil doce. V
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Elección de: a Presidente, Secretario, Tesorero y dos

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 18/04/2013 - 3º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 3º Sección (Sociedades - Personas Jurídicas)

PaísArgentina

Fecha18/04/2013

Nro. de páginas12

Nro. de ediciones3966

Primera edición01/02/2006

Ultima edición28/06/2024

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