Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 09/12/2010 - 3º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 3º Sección (Sociedades - Personas Jurídicas)

BOLETÍN OFICIAL

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Siempre que la Asamblea no haya efectuado la distribución de cargos, el Directorio en su primera reunión deberá designar un Presidente y un Vicepresidente, en caso de que se haya fijado en más de uno el número de Directores.
Este último reemplazará al primero en caso de ausencia o impedimento." "ARTÍCULO 11º:
El Directorio tiene todas las facultades para administrar y disponer de los bienes de la Sociedad, incluso aquellas para las cuales la ley requiere poderes especiales conforme al artículo nº 1881 del Código Civil y artículo nº 9 del Decreto-Ley nº 5965/83. Puede en consecuencia, celebrar en nombre de la Sociedad toda clase de actos jurídicos que tiendan al cumplimiento del objeto social, entre ellos:
establecer agencias, sucursales y otra especie de representación dentro o fuera del país; operar con los Bancos Central de la República Argentina, de la Nación Argentina y demás instituciones de crédito oficiales o privadas;
gestionar ante la Administración Federal de Ingresos Públicos y demás organismos oficiales, nacionales, provinciales y municipales, las inscripciones y demás requisitos exigidos por las disposiciones legales en vigencia a los efectos del cumplimiento del objeto social; otorgar a una o más personas poderes administrativos o judiciales, inclusive para querellar criminalmente o extrajudiciales, con el objeto y la extensión que juzgue conveniente. La representación legal de la sociedad, inclusive el uso de la firma social, estará a cargo del Presidente del Directorio y en su caso de quien legalmente lo sustituya". Por Acta de Asamblea General Ordinaria del 20/12/2007 ratificada por Asamblea General Ordinaria del 20/08/2009 se resuelve DESIGNAR
MIEMBROS
DEL
DIRECTORIO, por el término de tres ejercicios: Presidente y Director titular: Gustavo Adolfo ARELLANO SANDER, L.E.
7.595.902, argentino, nacido el día 22 de febrero de 1947, ingeniero aeronáutico, casado, domiciliado en Juan A. Manso 1661, Dpto. 509
de Bº Puerto Madero de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Director suplente: Alejandro Gustavo ARELLANO, D.N.I. 22.317.930, argentino, nacido el 30 de octubre de 1981, abogado, soltero, con domicilio en Juan A.
Manso 1661, Dpto. 509 de Bº Puerto Madero de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Los designados constituyen domicilio en los términos del artículo 256 de la L.S.C. en los mencionados precedentemente. Por Acta de Asamblea General Extraordinaria del 20/09/
2009 se resuelve MODIFICAR EL
ARTÍCULO 4 DEL ESTATUTO SOCIAL, que queda redactado de la siguiente manera:
"Artículo 4º: El capital social es de $ 60.000
Pesos sesenta mil, representado por 6.000
seis mil acciones ordinarias, nominativas, no endosables, con derecho a un voto por acción y de valor nominal $ 10 Pesos diez cada una. El capital social puede ser aumentado por decisión de la Asamblea Ordinaria hasta el quíntuplo de su monto, conforme lo establece el artículo nº 188 de la Ley 19.550". Córdoba, 20 de noviembre de 2010
N 33110 - $276
"ECOLKART SOCIEDAD ANONIMA"
CONSTITUCION
FECHA: ACTA DE CONSTITUCION 21/
09/2010. SOCIOS: Félix María Olmedo, argentino, D.N.I. Nº 16.409.529, casado, domiciliado en la calle Fructuoso Rivera Nº 151, de la ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba, nacido el 10 de febrero de 1963, de profesión Abogado; Francisco Froilán Olmedo, argentino,
D.N.I. Nº 16.740.710, casado, domiciliado en la calle Fructuoso Rivera Nº 151, de la ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba, nacido el 04
de Marzo de 1964, de profesión Ingeniero Civil y Germán Daniel Mayor San Román, argentino, D.N.I. Nº 16.292.385, separado legalmente en España, domiciliado en avenida Colón Nº 4933, Torre 11 - dpto. 4º "B" - Complejo Villasol, Barrio Teodoro Fields, de la ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba, nacido el 01 de Mayo de 1963, de profesión Abogado DENO
MINACION: "ECOLKART SOCIE DAD
ANÓNIMA". SEDE Y DO MICILIO: Calle Fructuoso Rivera Nº 151, barrio Nueva Córdoba, de la ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba, República Argentina. PLAZO: Su duración es de 99 años contados desde la fecha de inscripción del presente en el Registro Público de Comercio. OBJETO SOCIAL: La sociedad tiene por objeto dedicarse a las actividades que se determinan en éste artículo. Podrá hacerlo por cuenta propia o de terceros o asociada a éstos. Tales actividades son: A Fabricación, compra, venta, alquiler, representación, consignación, distribución, franchising y/o concesión de vehículos eléctricos, de sus partes y equipos que sean conexos para el cumplimiento del objeto social. B Compra, venta, importación, exportación de repuestos, accesorios y equipos que sean conexos para el cumplimiento del objeto social. C La administración y/o explotación y/o alquiler y/o franchising de centros de educación vial y/o de circuitos de carreras para niños, adolescentes y adultos, en los cuales se imparten clases teóricas y prácticas de educación vial y del deporte del motor, alquiler de vehículos eléctricos para prácticas y carreras, alquiler del centro para celebraciones de fiestas infantiles o de adolescentes y alquiler o concesión o préstamo de uso del centro a entidades públicas y/o privadas. D Dar y tomar concesiones, arrendamientos con opción a compra leasing y/o franquicias comerciales franchising propias o de terceros. Para el cumplimiento de su objeto, la Sociedad podrá, por sí o por intermedio de terceros, realizar todos los actos y contratos que se relacionen con su objeto. A
tales fines, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y realizar todos los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto. CAPITAL: El Capital de la Sociedad es de $ 300.000,00 representado por 30.000
acciones de $ 10,00 valor nominal cada una, ordinarias nominativas no endosables de la clase A con derecho a 5 votos por acción, que se suscriben conforme al detalle: Félix María Olmedo suscribe DIEZ MIL 10.000 acciones de pesos DIEZ $ 10,00 valor nominal cada una, ordinarias nominativas no endosables de la clase A con derecho a CINCO 5 votos por acción, lo que hace un total de pesos CIEN
MIL $ 100.000,00; Francisco Froilán Olmedo suscribe DIEZ MIL 10.000 acciones de pesos DIEZ $ 10,00 valor nominal cada una, ordinarias nominativas no endosables de la clase A con derecho a CINCO 5 votos por acción, lo que hace un total de pesos CIEN MIL $
100.000,00; Germán Daniel Mayor San Román suscribe DIEZ MIL 10.000 acciones de pesos DIEZ $ 10,00 valor nominal cada una, ordinarias nominativas no endosables de la clase A con derecho a CINCO 5 votos por acción, lo que hace un total de pesos CIEN MIL $
100.000,00. ADMINISTRACION: La administración de la sociedad estará a cargo de un Directorio compuesto de uno a cinco Directores titulares, según lo determine la asamblea ordinaria, designados por el término de tres ejercicios. La Asamblea podrá designar
Córdoba, 09 de Diciembre de 2010

suplentes en igual o menor número que los titulares, y por el mismo plazo, con el fin de llenar las vacantes que se produjeran en el orden de su elección. Mientras la sociedad prescinda de la Sindicatura, la designación por la Asamblea de por lo menos un Director Suplente será obligatoria. AUTORIDADES: PRESIDENTE:
Sr. Germán Daniel Mayor San Román, D.N.I.
Nº 16.292.385; DIRECTOR TITULAR: Sr.
Francisco Froilán Olmedo, D.N.I. 16.740.710
y Sr. Félix María Olmedo D.N.I. 16.409.529;
DIRECTOR SUPLENTE: Sra. Guadalupe Ortiz, D.N.I. Nº 24.356.718. REPRESEN
TACION LEGAL Y USO DE FIRMA SOCIAL: El presidente y/o el vicepresidente, actuando individual e indistintamente tienen la representación legal de la sociedad y el uso de la firma social, y en su caso de quien legalmente los sustituyan. Al solo efecto de absolver posiciones en juicio, podrán asumir la representación legal de la sociedad el o los mandatarios designados a ese fin por el Directorio. FISCALIZACION: La sociedad prescinde de la Sindicatura conforme lo dispuesto en el artículo 284 de la Ley 19.550.
Cuando por aumento de capital social la sociedad quedara comprendida en el inciso 2º del artículo 299 de la ley citada, la Asamblea deberá elegir un Síndico titular y un suplente, por el término de tres ejercicios. EJERCICIO
SOCIAL: 31 de Diciembre de cada año.
N 33137 - $304
PRODISMO S.R.L.
AUMENTO DE CAPITAL SOCIAL MODIFICACIÓN CLAÚSULA QUINTA MODIFICACIÓN CLAÚSULA SÉPTIMA MODIFICACIÓN CLAÚSULA QUINTA
Acta de reunión de Socios del 5/12/2008, los socios Alejandro PEDROSA, L.E. nº 5.393.865;
Norma Beatriz ALDEZABAL, D.N.I. nº 6.132.833; María de los Ángeles PEDROSA, D.N.I. nº 23.089.217; Damián PEDROSA, D.N.I. nº 24.367.521; María Belén PEDROSA, D.N.I. nº 26.413.193 y Alejandro PEDROSA
hijo, D.N.I. nº 29.474.278 resuelven AUMENTAR EL CAPITAL SOCIAL en la suma de $ 4.500.000, quedando redactada la cláusula quinta del Contrato Social de la siguiente manera: "CLÁUSULA QUINTA:
CAPITAL SOCIAL: El capital social se establece en la suma de $ 5.000.000 Pesos cinco millones representado por 5.000 cinco mil cuotas sociales de $ 1.000 un mil valor nominal cada una, las que son suscriptas por los Socios de la siguiente manera: 1 El Sr.
Alejandro PEDROSA, la cantidad de 3.500 tres mil quinientas cuotas sociales, lo que hace un total de $ 3.500.000 Pesos tres millones quinientos mil representativo del 70% setenta por ciento del Capital Social; 2 La señora Norma Beatriz ALDEZABAL, la cantidad de 500 quinientas cuotas sociales, lo que hace un total de $ 500.000 Pesos quinientos mil, representativo del 10% diez por ciento del Capital Social; 3 La señora María de los Ángeles PEDROSA, la cantidad de 250 doscientas cincuenta cuotas sociales, lo que hace un total de $ 250.000 Pesos doscientos cincuenta mil, representativo del 5% cinco por ciento del Capital Social; 4 El señor Damián PEDROSA, la cantidad de 250 doscientas cincuenta cuotas sociales, lo que hace un total de $ 250.000 Pesos doscientos cincuenta mil, representativo del 5% cinco por ciento del Capital Social; 5
La señora María Belén PEDROSA, la cantidad de 250 doscientas cincuenta cuotas sociales, lo que hace un total de $ 250.000 Pesos doscientos cincuenta mil, representativo del
5% cinco por ciento del Capital Social y 6 El señor Alejandro PEDROSA hijo, la cantidad de 250 doscientas cincuenta cuotas sociales, lo que hace un total de $ 250.000 Pesos doscientos cincuenta mil, representativo del 5% cinco por ciento del Capital Social. El mismo se encuentra integrado en su totalidad, de acuerdo a la proporción de las respectivas suscripciones." Asimismo resuelven MODIFI
CAR LA CLÁUSULA SÉPTIMA DEL
CONTRATO SOCIAL, que queda redactada de la siguiente manera: "CLÁUSULA
SÉPTIMA. RESOLUCIONES SOCIALES:
Las resoluciones sociales que no conciernen a la modificación del Contrato Social ni excedan el giro ordinario de la Sociedad, se adoptarán por mayoría de capital presente en la asamblea o partícipe en el acuerdo. La transformación, la fusión, la escisión, la prórroga, la reconducción, el cambio fundamental de objeto, la designación y remoción de gerentes, el aumento de capital y todo otro acuerdo que incremente las obligaciones de la Sociedad o la responsabilidad de los Socios o que impliquen una modificación del Contrato Social, deberá ser aprobada por mayoría que represente las dos terceras partes del Capital Social. Las resoluciones sociales se asentarán en el Libro de Actas que prescribe el artículo 73 y su concordante artículo 162 de la Ley de Sociedades Comerciales 19.550 t.o. y su modificatoria Ley 22.903". Acta de reunión de Socios del 9/10/2009, los socios Alejandro PEDROSA, Norma Beatriz ALDEZABAL, María de los Ángeles PEDROSA, Damián PEDROSA, María Belén PEDROSA, y Alejandro PEDROSA hijo resuelven, en virtud de las donaciones de cuotas sociales efectuadas por los Sres. Alejandro PEDROSA y Norma Beatriz ALDEZABAL a favor de los Sres. María de los Ángeles PEDROSA, Damián PEDROSA, María Belén PEDROSA, y Alejandro PEDROSA hijo, modificar la cláusula quinta del Contrato Social, que queda redactada de la siguiente manera: "CLÁUSULA QUINTA:
CAPITAL SOCIAL: El capital social se establece en la suma de $ 5.000.000 Pesos cinco millones representado por 5.000 cinco mil cuotas sociales de $1.000 un mil valor nominal cada una, las que son suscriptas por los Socios de la siguiente manera: 1 El señor Alejandro PEDROSA, la cantidad de 3.000 tres mil cuotas sociales, lo que hace un total de $
3.000.000 Pesos tres millones representativo del 60% sesenta por ciento del Capital Social;
2 La señora María de los Ángeles PEDROSA, la cantidad de 500 quinientas cuotas sociales, lo que hace un total de $ 500.000 Pesos quinientos mil, representativo del 10 % diez por ciento del Capital Social; 3 El señor Damián PEDROSA, la cantidad de 500
quinientas cuotas sociales, lo que hace un total de $ 500.000 Pesos quinientos mil, representativo del 10 % diez por ciento del Capital Social; 4 La señora María Belén PEDROSA, la cantidad de 500 quinientas cuotas sociales, lo que hace un total de $ 500.000
Pesos quinientos mil, representativo del 10
% diez por ciento del Capital Social y 5 El señor Alejandro PEDROSA hijo, la cantidad de 500 quinientas cuotas sociales, lo que hace un total de $ 500.000 Pesos quinientos mil, representativo del 10 % diez por ciento del Capital Social. El mismo se encuentra integrado en su totalidad, de acuerdo a la proporción de las respectivas suscripciones Córdoba, 20 de noviembre de 2010
N 33114 - $304
AAZZ. SRL. SERVICIOS
GASTRONOMICOS-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 09/12/2010 - 3º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 3º Sección (Sociedades - Personas Jurídicas)

PaísArgentina

Fecha09/12/2010

Nro. de páginas13

Nro. de ediciones3983

Primera edición01/02/2006

Ultima edición24/07/2024

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