Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 25/08/2010 - 3º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 3º Sección (Sociedades - Personas Jurídicas)

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EL POTRERO DE LA PAMPA HUMEDA
SOCIEDAD ANONIMA
Acta constitutiva del 21/07/2010 Julio Antonio TOST, arg., nac. 14/08/1951, DNI
10.032.878, cas. con Margarita Haydée Raide, médico veterinario, dom. en Soler 1022 de Paraná, Prov. de Entre Ríos, y Orlando Adelio LORENZON, arg., nac. 28/06/1951, DNI
8.562.306, cas. con Verónica Dora Franz, empleado, dom. en Falucho 1380 de Crespo, Prov.
de Entre Ríos, constituyeron una sociedad denominada EL POTRERO DE LA PAMPA
HUMEDA SOCIEDAD ANONIMA, domicilio legal en San Francisco, Prov. de Córdoba, República Argentina, y sede social en Iturraspe 1722 Planta Alta, de San Francisco, Prov. de Córdoba. Duración es de 99 años desde su inscripción en el Registro Público de Comercio.
Objeto realizar por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros o como contratista, la comercialización, compra y venta de materiales para la construcción de obras, sus derivados y afines, ya sea mediante la producción, compra, venta -en sus distintas modalidades-, importación, exportación; cesión, consignación y distribución al por mayor y/o menor. Capital social $ 80.000.- representado por 8.000 acciones ordinarias nominativas no endosables, con derecho a 1 voto y valor nominal de $ 10 por acción. Se suscribe de la siguiente forma: Julio Antonio TOST, DNI. 10.032.878, la cantidad de CINCO
MIL SEISCIENTOS 5600 acciones ordinarias nominativas no endosables, con derecho a 1 voto por cada acción, y por un valor de Pesos Diez $
10 cada una, equivalente a Pesos CINCUENTA
Y SEIS MIL $ 56.000 y; Orlando Adelio LORENZON, DNI 8.562.306, la cantidad de DOS MIL CUATROCIENTOS 2.400
acciones ordinarias nominativas no endosables, con derecho a 1 voto por acción, por un valor de Pesos Diez $ 10 cada una, equivalentes a Pesos VEINTICUATRO Mil $ 24.000.- La Dirección y Administración de la sociedad estará a cargo de un Directorio, compuesto entre uno a cinco Directores cuyos mandatos tendrán una duración de un 1 ejercicio anual corrido, no obstante lo cual permanecerán en sus cargos hasta ser reemplazados y podrán ser reelectos indefinidamente.- Los Directores podrán ser accionistas o no.- La Asamblea designará suplentes en igual y/o mayor número que los titulares y por el mismo plazo que los mismos a fin de llenar las vacantes que se produjeran.- En caso de directorio plural, los directores electos deberán designar en su primera sesión un Presidente y un Vicepresidente, que reemplazará al Presidente en caso de ausencia o impedimento.La Asamblea fijará la remuneración del Directorio.- El primer DIRECTORIO será unipersonal, PRESIDENTE a Julio Antonio TOST y DIRECTOR SUPLENTE, Orlando Adelio LORENZON.- La representación legal de la sociedad le corresponde al Presidente del Directorio.- El Directorio tiene amplias facultades de administración y disposición, incluso las que requieren poderes especiales, de acuerdo al artículo 1881 del Código Civil y el artículo 9
del decreto-ley 5965/63.- Podrá especialmente:
comprar, vender, permutar, exportar e importar, hipotecar o gravar bienes raíces, muebles, semovientes, créditos, títulos, acciones, por los precios, modalidades y condiciones que estime conveniente, celebrar contratos de sociedad, suscribir, comprar y/o vender acciones de otras sociedades, adquirir el activo y el pasivo de establecimientos comerciales e industriales, operar con toda clase de bancos, compañías financieras o entidades crediticias oficiales y privadas, dar y revocar poderes especiales y generales, judiciales, de administración y otros, con o sin facultades
BOLETÍN OFICIAL
de sustituir, iniciar, proseguir, contestar o desistir denuncias y querellas penales y realizar todo otro hecho o acto jurídico que haga adquirir derechos o contraer obligaciones a la sociedad, dejándose constancia que la presente enumeración no es taxativa sino meramente enunciativa.- La fiscalización de la sociedad estará a cargo de los accionistas con los alcances del artículo 55 de la Ley 19.550, prescindiéndose mediante acta constitutiva de la Sindicatura de conformidad con lo establecido en el artículo 284 de la misma.- El ejercicio social se cierra el 31 de mayo de cada año.- San Francisco, 18 de Agosto de 2010.N 20003 - $228
EL CACTUS SOCIEDAD ANONIMA
Acta constitutiva del 21/07/2010 Julio Antonio TOST, arg., nac. 14/08/1951, DNI
10.032.878, cas. con Margarita Haydée Raide, médico veterinario, dom. en Soler 1022 de Paraná, Prov. de Entre Ríos, y Orlando Adelio LORENZON, arg., nac. 28/06/1951, DNI
8.562.306, cas. con Verónica Dora Franz, empleado, dom. en Falucho 1380 de Crespo, Prov.
de Entre Ríos, constituyeron una sociedad denominada EL CACTUS SOCIEDAD
ANONIMA, domicilio legal en San Francisco, Prov. de Córdoba, República Argentina, y sede social en Iturraspe 1722 Planta Alta, de San Francisco, Prov. de Córdoba. Duración 99 años desde su inscripción en el Registro Público de Comercio.
Objeto realizar por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros o como contratista, las siguientes actividades: a Industrial y Comercial:
Industrialización de productos derivados del cemento y su comercialización, incluidos pegamentos, pisos, pastinas y todo los productos que deriven directa o indirectamente del cemento, a los fines de su comercialización dentro y fuera del país; b Comercialización: Realizar la comercialización, compra y venta de materiales para la construcción de obras, sus derivados y afines, ya sea mediante la producción, compra, venta -en sus distintas modalidades-, importación, exportación; cesión, consignación y distribución al por mayor y/o menor; y c Transporte y Logística: De carga en general, de toda mercadería susceptible de ser transportada, incluyendo la gestión y logística del mismo, pudiéndose prestar el servicio por cualquier medio de locomoción terrestre, fluvial o marítimo, o cualquier otro creado o a crearse en el futuro, ya sea dentro o fuera de la República, así como también todas las actividades referidas a la intermediación entre transportistas y personas que requieran el servicio.- El capital social es de PESOS CIEN MIL $ 100.000, representado por DIEZ MIL 10.000 acciones ordinarias nominativas no endosables, con derecho a UN
1 voto cada una y valor nominal de DIEZ PESOS $ 10 por acción.- Se suscribe de la siguiente forma: Julio Antonio TOST, Ocho mil 8.000
acciones ordinarias nominativas no endosables, con derecho a 1 voto por cada acción, y por un valor de Pesos Diez $ 10 cada una, equivalente a Pesos Ochenta mil $ 80.000 y Orlando Adelio LORENZON, Dos mil 2.000 acciones ordinarias nominativas no endosables, con derecho a 1 voto por cada acción, y por un valor de Pesos Diez $ 10 cada una, equivalentes a Pesos Veinte mil $ 20.000. La Dirección y Administración de la sociedad estará a cargo de un Directorio, compuesto entre uno a cinco directores según defina la Asamblea General Ordinaria de accionistas, cuyos mandatos tendrán una duración de un 1 ejercicio anual corrido, no obstante lo cual permanecerán en sus cargos hasta ser reemplazados y podrán ser reelectos indefinidamente.- Los Directores podrán ser accionistas o no.- La Asamblea designará
Córdoba, 25 de Agosto de 2010

suplentes en igual y/o mayor número que los titulares y por el mismo plazo que los mismos a fin de llenar las vacantes que se produjeran.- En caso de directorio plural, los directores electos deberán designar en su primera sesión un Presidente y un Vicepresidente, que reemplazará al Presidente en caso de ausencia o impedimento.La Asamblea fijará la remuneración del Directorio.- El primer DIRECTORIO será unipersonal, PRESIDENTE, Orlando Adelio LORENZON y DIRECTOR SUPLENTE, Julio Antonio TOST.- La representación legal de la sociedad le corresponde al Presidente del Directorio.- El Directorio tiene amplias facultades de administración y disposición, incluso las que requieren poderes especiales, de acuerdo al artículo 1881 del Código Civil y el artículo 9
del decreto-ley 5965/63.- Podrá especialmente:
comprar, vender, permutar, exportar e importar, hipotecar o gravar bienes raíces, muebles, semovientes, créditos, títulos, acciones, por los precios, modalidades y condiciones que estime conveniente, celebrar contratos de sociedad, suscribir, comprar y/o vender acciones de otras sociedades, adquirir el activo y el pasivo de establecimientos comerciales e industriales, operar con toda clase de bancos, compañías financieras o entidades crediticias oficiales y privadas, dar y revocar poderes especiales y generales, judiciales, de administración y otros, con o sin facultades de sustituir, iniciar, proseguir, contestar o desistir denuncias y querellas penales y realizar todo otro hecho o acto jurídico que haga adquirir derechos o contraer obligaciones a la sociedad, dejándose constancia que la presente enumeración no es taxativa sino meramente enunciativa.- La fiscalización de la sociedad estará a cargo de los accionistas con los alcances del artículo 55 de la Ley 19.550, prescindiéndose mediante acta constitutiva de la Sindicatura de conformidad con lo establecido en el artículo 284 de la misma.- El ejercicio social se cierra el 31 de mayo de cada año.- San Francisco, 18 de Agosto de 2010.N 20004 - $264
RETRAX S.A.
1Fecha instrumento de constitución: Acta Constitutiva realizada mediante Escritura N 433
de fecha 03/12/2004 y Acta Rectificativa, Ratificativa y de Regularización Articulo 22, Ley 19550 y modificatorias de la Escritura Número 433 del 3 de Diciembre de 2004, realizada mediante Escritura N 96 del 27 de Abril de 2010, ambas escrituras realizadas por el Escribano Titular del Registro N 485, Gustavo José Boetsch;
2 Datos personales de los socios: Realdo Federico GALLI, DNI 6.585.798, argentino, casado, comerciante, nacido el 18 de octubre de 1935, con domicilio en Bv. Sarmiento 847, Villa María, Córdoba; José Gabriel GALLI, DNI
20.324.765, argentino, casado, contador público, nacido el 25 de Junio de 1968, con domicilio en Bv. Carcano 354, Villa María, Córdoba; Edgardo Daniel MUSSO, DNI 14.217.918, argentino, casado, comerciante, nacido el 7 de diciembre de 1960, con domicilio en calle 25 de Mayo 368, Villa Mária, Córdoba; 3 Denominación:
RETRAX S.A.; 4 Domicilio Legal: 25 de Mayo 368, Villa María , Departamento General San Martín, Provincia de Córdoba, República Argentina; 5 Plazo: se constituye por el plazo de cincuenta años, contados desde la fecha de inscripción en el Registro Público de Comercio;
6 Objeto: La sociedad tendrá por objeto dedicarse por cuenta propia o de terceros, o asociada a terceros, a: 1 Locación, compra, venta, cesión y/
o transferencia de inmuebles y/o predios rurales y/o urbanos, pudiendo también someter bienes al régimen de la ley de propiedad horizontal; 2
Locación, compra, venta, cesión y/o transferencia
de rodados, ya sean moto vehículos, automóviles, camiones y/o utilitarios. Para la consecución de su objeto la Sociedad podrá realizar las siguientes actividades: a Financieras: Aportes e inversiones de capitales a sociedades por acciones constituidas o a constituirse nacionales o extranjeras, o celebrar contratos de colaboración empresaria, formar parte de U.T.E; realizar adquisiciones por leasing, formar parte de fideicomisos financieros y/o de garantía, realizar préstamos a particulares o a sociedades con fondos propios, realizar operaciones de crédito y financiaciones en general con cualquiera de las garantías previstas por la legislación vigente, quedando excluidas las operaciones específicamente comprendidas dentro de la Ley de Entidades Financieras y toda otra por la parte que se requiera concurso público de capitales. b Mercantiles: Compra y venta en general de bienes muebles relacionados con el objeto social, adquisición, compra, venta, cesión y/o transferencia de bienes muebles, planos, proyectos, marcas comerciales o industriales; c Importación Exportación: Podrá por sí o por medio de terceros, exportar o importar, productos y subproductos, elaborados o no, siempre que los mismos se relacionen con el objeto social; d Transporte: Podrá por sí o por medio de terceros, transportar dentro y fuera del país en el extranjero, por vía terrestre, aérea o marítima, sus bienes, productos y subproductos, elaborados o no; 7 Capital Social: Pesos Trescientos Mil $ 300.000,- representado por trescientas acciones de mil pesos $ 100,- cada una de valor nominal, ordinarias, nominativas no endosables, clase "A", con derecho a cinco votos por acción; 8 Suscripción del Capital: A El señor Realdo Federico Galli, suscribe 165 acciones ordinarias, nominativas no endosables, clase "A", con derecho a cinco votos por acción, por un valor de ciento cincuenta y seis mil pesos $
156.000,00.-; El señor José Gabriel Galli, suscribe 9 acciones ordinarias, nominativas no endosables, clase "A", con derecho a cinco votos por acción, por un valor de nueve mil pesos $
9.000,00; C El señor Edgardo Daniel MUSSO, suscribe 135 acciones ordinarias, nominativas no endosables, clase "A", con derecho a cinco votos por acción, cada una, por un valor de ciento treinta y cinco mil pesos $ 135.000,00; 9
Administración: La administración de la sociedad estará a cargo de un Directorio compuesto con el número de miembros que fije la Asamblea General Ordinaria, entre un mínimo de uno y un máximo de seis, electos por el término de tres ejercicios. La Asamblea debe fijar igual número de suplentes por el mismo término, con el fin de llenar las vacantes que se produjeren en el orden de su elección; 10 Representación legal y uso de la firma social: En caso de que la Asamblea General Ordinaria designe un directorio unipersonal la representación de la sociedad, inclusive el uso de la firma social, estará a cargo del Presidente del Directorio, en forma individual, mientras que si esta designa un Directorio Plural la representación de la sociedad, inclusive el uso de la firma social, estará a cargo del Presidente o del Vicepresidente, en forma indistinta; 11
Designación de autoridades: Presidente: Edgardo Daniel Musso; Director Suplente: José Gabriel Galli; 12 Fiscalización: La sociedad por no estar comprendida dentro de lo dispuesto en el Artículo 299 Inciso 2. Ley 19.550 y modificatoria 22.903, no tendrá órgano de fiscalización privada y los socios tendrán las facultades que le confiere el Artículo 55 de la Ley y reforma precedentemente citada. Sin perjuicio de ello y para el caso de que la Sociedad quedará comprendida en el Art. 299
inciso 2, leyes citadas, se designará el órgano de fiscalización privada, sin necesidad de reforma de estatutos, para lo cual se designará un Síndico

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 25/08/2010 - 3º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 3º Sección (Sociedades - Personas Jurídicas)

PaísArgentina

Fecha25/08/2010

Nro. de páginas5

Nro. de ediciones3972

Primera edición01/02/2006

Ultima edición08/07/2024

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