Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 25/07/2006 - 3º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 3º Sección (Sociedades - Personas Jurídicas)

BOLETÍN OFICIAL

Córdoba, 25 de Julio de 2006
Constitución por regularización de SBIGLIO
MAURILIO Y RIPELONI PASCUAL
ESTEBAN SH.
Fecha: Por Acta constitutiva del 30/01/2006.
Socios: MAURILIO SBIGLIO, L.E. 3.461.332, argentino, casado, nacido el 23/08/1924, comerciante, con domicilio real en Italia Nº 1405
de la ciudad de Jesús María y PASCUAL
ESTEBAN RIPELONI, D.N.I. 11.429.349, argentino, casado, nacido el 8/02/1955, comerciante, con domicilio en calle Don Bosco Nº 290 Colonia Caroya ambos de la provincia de Córdoba. Denominación: STECAR S.A.
Domicilio-Sede: calle Italia Nº 1405, ciudad de Jesús María, provincia de Córdoba, República Argentina. Plazo: 99 años contados desde la inscripción en el Registro Público de Comercio.
Objeto: tiene por objeto dedicarse, por cuenta propia o de terceros, o asociada a terceros, en el país o en el extranjero a explotar en todas las formas posibles establecimientos agrícolaganaderos. Para el cumplimiento de su objeto podrá realizar actividades: COMERCIALES:
Mediante la compra-venta, importación, permuta, exportación, representación, comisión, distribución y consignación de toda clase de bienes, mercaderías, maquinarias, materias primas elaboradas o a elaborarse y productos relacionados con su objeto; explotación de patentes de invención, diseños y modelos industriales y marcas nacionales y/o extranjeras;
negociar y/o contratar con todos los bancos del país o del extranjero; participar en licitaciones públicas o privadas, concursos de precios, suministros y adjudicaciones, concurrir a remates públicos o privados.- FINANCIERAS:
Mediante la realización de operaciones financieras, aporte de capitales a sociedades constituidas o a constituirse, para negocios realizados o a realizarse, conceder con fondos propios préstamos o financiaciones de cualquier modalidad o denominación, garantizadas con cualquiera de las maneras previstas en la legislación vigente, o sin garantía, adquirir o enajenar, por cualquier título legal en todas sus formas, acciones, títulos de cuentas u otros bienes e intereses del país y del extranjero, excepto las comprendidas en la Ley de Entidades Financieras. MANDATOS: Mediante la aceptación de mandatos y representaciones de toda clase y concederlas. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones. Capital: $ 764.000,00.- tomado del patrimonio neto de SBIGLIO MAURILIO
Y RIPELONI PASCUAL ESTEBAN S.H., representado por 76.400 acciones de $ 10,00.valor nominal cada una, ordinarias, nominativas, no endosables, de la clase "A", con derecho a cinco votos por acción. MAURILIO SBIGLIO:
45.840 acciones y PASCUAL ESTEBAN
RIPELONI: 30.160 acciones. Administración:
a cargo de un directorio compuesto del número de miembros que fije la asamblea ordinaria, entre un mínimo de 1 y un máximo de 6, electos por el término de tres ejercicios. La Asamblea puede designar igual o menor número de suplentes por el mismo término, con el fin de llenar las vacantes que se produjeren en el orden de su elección. Si la sociedad prescinde de la sindicatura, la elección de suplentes es obligatoria.- Designación de Autoridades:
PRESIDENTE: PASCUAL ESTEBAN
RIPELONI, VICE-PRESIDENTE: MAURILIO SBIGLIO y DIRECTOR SUPLENTE:
STELLA MARIS SBIGLIO, D.N.I 12.241.614, argentina, comerciante, casada, nacida el 1.5.1956, domiciliada en calle Don Bosco Nº 290, Colonia Caroya, de la provincia de Córdoba. Representación legal y uso de la firma
social: a cargo del Presidente del Directorio y del Vicepresidente, si lo hubiere en forma indistinta.- FISCALIZACIÓN: a cargo de un síndico titular elegido por la Asamblea Ordinaria, por el término de un ejercicio. La Asamblea debe también elegir un suplente por el mismo término. Los síndicos deberán reunir las condiciones y tendrán las funciones, derechos y obligaciones establecidas en la Ley 19.550/
72. Se podrá prescindir de la sindicatura mientras la sociedad no se halle comprendida en los supuestos del artículo 299 de la ley 19.550/72, adquiriendo los accionistas las facultades de contralor del art. 55 de la ley 19.550. Se prescindió de la sindicatura.- Cierre de ejercicio: 31/12 de cada año.- Dpto.
Sociedades por acciones. Córdoba 5/7/2006.
Nº 14736 - $ 231
PRODUCTORES RURALES S.A.
RAYO CORTADO
Constitución de Sociedad 1 Socios: Juan José Monguillot, D.N.I.
17.384.022, nacido el 12 de octubre de 1965, divorciado, comerciante, argentino y Guillermo Hernán Quinteros, D.N.I. 24.318.326, nacido el 1º de marzo de 1975, soltero, empleado, argentino, ambos con domicilio en calle pública s/nº, paraje Santa Elena, localidad de Rayo Cortado, Dpto. Río Seco, Pcia. de Cba., R.A..
2 Fecha acta constitutiva: 7 de noviembre de 2003 y rectificativas de fechas 5 de enero de 2004, 25 de marzo de 2004, 10 de agosto de 2004, 30 de enero de 2005, 3 de mayo de 2005, 4 de octubre de 2005 y 27 de febrero de 2006.
3 Denominación: "Productores Rurales S.A
4 Domicilio, sede social y domicilio especial:
Calle pública s/nº, paraje Santa Elena, localidad de Rayo Cortado, Dpto. Río Seco, Pcia. de Cba., R.A. 5 Objeto: La sociedad tiene por objeto la compra y venta de alimento balanceado y demás productos de nutrición animal e insumos para la actividad agropecuaria tales como semillas, agroquímicos, fertilizantes, postes de alambrados, alambre para alambrados, hierros, varillas, torniquetas, tranqueras y demás productos relacionados con la actividad agropecuaria. También se dedicará a la producción y comercialización de cereales, ganado vacuno y porcino. Podrá recibir y dar en consignación toda clase de elementos necesarios para la explotación agropecuaria, así como importar y exportar toda clase de bienes referidos a la industria agropecuaria. También, podrá comprar, vender, ceder y gravar inmuebles, semovientes, marcas y patentes, títulos valores y cualquier otro bien mueble o inmueble; realizar inversiones de toda clase, de tipo inmobiliario, de adquisición o venta de toda clase de valores, operaciones comerciales, con productos agropecuarios o no, tales como hacienda, y demás elementos para el campo, excluidas las operaciones de corretaje inmobiliario. De igual modo, podrá celebrar contratos con las autoridades estatales o personas físicas o jurídicas, ya sean éstas últimas sociedades civiles o comerciales, tenga o no participación en ellas; gestionar, obtener, explotar y transferir cualquier privilegio o concesión que los gobiernos naciones, provinciales o municipales le otorguen con el fin de facilitar o proteger los negocios sociales, dar y tomar bienes raíces en arrendamiento, constituir sobre bienes inmuebles toda clase de derechos reales; efectuar las operaciones que considere necesarias con los bancos públicos y compañías financieras; efectuar operaciones de comisiones, representaciones y mandatos en
general o efectuar cualquier acto jurídico tendiente a la realización del objeto social. A
tales fines, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir y ejercer derechos, contraer y cumplir obligaciones y realizar los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este contrato. 6 Plazo: noventa y nueve años desde su inscripción en el R.P.C.. 7 Capital Social: El capital social se establece en la suma de Pesos veinte mil $ 20.000 representado por dos mil acciones ordinarias, nominativas, no endosables, de pesos diez cada una, con derecho a un voto por acción. El capital se suscribe e integra de la forma siguiente: Juan José Monguillot, suscribe pesos diecinueve mil seiscientos $ 19.600 e integrará pesos cuatro mil novecientos $ 4.900; Guillermo Hernán Quinteros suscribe pesos cuatrocientos $ 400
e integra pesos cien $ 100. El saldo pendiente de pago, se integrará en el lapso máximo de dos años desde su inscripción en el R.P.C.. 8
Administración: La dirección y administración de la sociedad será ejercida por un directorio compuesto por uno a diez miembros: 1
presidente, 1 vicepresidente, e igual número de directores suplentes todos reelegibles indefinidamente. Las personas designadas para integrar el directorio, se distribuirán entre sí los cargos mencionados, en su primera sesión, si no lo hizo antes la asamblea de accionistas. El vicepresidente reemplazará al presidente en caso de ausencia, enfermedad o cualquier otro impedimento sin necesidad de acreditar esta circunstancia ante terceros. Los directores durarán tres ejercicios en sus funciones. La representación de la sociedad y el uso de las firmas social y bancaria corresponden al presidente de directorio en forma exclusiva. La firma del presidente obliga a la sociedad. El vicepresidente reemplazará al presidente en caso de ausencia, enfermedad o cualquier otro impedimento sin necesidad de acreditar esta circunstancia ante terceros. El directorio tiene plenas facultades para dirigir y administrar la sociedad en cumplimiento de su objeto, pudiendo celebrar contratos de todo tipo. Los directores ofrecerán en conjunto, una garantía en efectivo equivalente al cinco por ciento del capital social, garantía que oportunamente se depositará en el banco que fije la asamblea. 9
Directorio: Juan José Monguillot, D.N.I.
17.384.022, nacido el 12 de octubre de 1965, divorciado, comerciante, argentino, con domicilio real en calle pública s/nº, paraje Santa Elena, localidad de Rayo Cortado, Dpto. Río Seco, Pcia. de Cba., R.A.. Cargo: Presidente de Directorio: Guillermo Hernán Quinteros, D.N.I.
24.318.326, nacido el 1º de marzo de 1975, soltero, empleado, argentino, con igual domicilio real que el anterior. Cargo: Vicepresidente de Directorio. Sergio Daniel Contreras, D.N.I.
23.011.693, argentino, casado, nacido el 19 de setiembre de 1973, comerciante, con igual domicilio real que los anteriores; Cargo: Director Suplente; María Graciela Monguillot, D.N.I.
24.656.486, argentino, soltera, nacida el 15 de noviembre de 1975, con domicilio real en Bv.
La Loma s/nº, Villa del Totoral, Pcia. de Cba., soltera, comerciante; Cargo Directora Suplente.
10 Cierre de ejercicio: 31 de diciembre de cada año. 11 Fiscalización: De acuerdo a la opción establecida por el art. 284, Ley 19550, se decide estatutariamente prescindir de la sindicatura, aunque los socios poseen el derecho de contralor conferido por el art. 55 de la L.S.C., salvo aumento de capital en los términos del art. 299 inc. 2, L.S.C., en cuyo caso se designará un síndico titular y un síndico suplente por el término de un ejercicio. Se prescinde de la sindicatura.
Nº 13803 - $ 287

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GRAFICA COPIAS S.R.L.
CESION CUOTAS
Por Acta de fecha 22.06.2005 el socio Juan Andrés Faerman DNI:25.247.981 cede a la socia Ana Carina Faerman DNI:27.958.216 la totalidad de sus cuotas sociales ó sea treinta cuotas de $100 c/u que representan un total de $ 3.000 del capital social y la cesionaria las adquiere en dicha proporción.-La socia Elizabeth Faerman DNI:27.246.778, representada para este acto por el sr.Juan Andrés Faerman, con poder otorgado por Escritura Número treinta y seis de fecha 07 de julio de 2003 por ante la Escribana María Teresa Schenone, Reg.Nro.92 de El Bolsón, Pcia.de Río Negro, CEDE a la socia Ana Carina Faerman DNI:
27.958.216 la totalidad de sus cuotas sociales o sea treinta cuotas de $ 100 c/u que representan un total de $ 3.000 del capital social y la cesionaria las adquiere en dicha proporción.-El precio de la cesión se establece en $ 15.000 que la cesionaria abonó antes de este acto.-En virtud de esta Cesión el señor Juan Andrés Faerman y la srta.Elizabeth Faerman quedan desvinculados de la sociedad.-Se modifica la claúsula Tercero del Contrato constitutivo que queda como sigue:"El capital social se fija en la suma de Pesos veinte mil$20.000 dividido en 200
cuotas de Pesos cien$100c/u que corresponde a los socios en la siguiente proporción:Marta Inés ARNOLDT: 110 cuotas de $100 c/u por un total de Pesos once mil $11.000 y Ana Carina Faerman:90 cuotas de $100 c/u por un total de Pesos nueve mil$9.000 el que ha sido integrado en dinero efectivo en su totalidad dentro del plazo fijado en el contrato constitutivo.-"Ricardo Javier Belmaña.
Secretario. Luis Alfredo Ceballos.- Juez. Juz.
1ra. Inst. CC 52.Con. Soc.8Sec.N 14187 - $ 91
CENTRO CAROYA RENAL PRIVADO
S.R.L.
Constitución de Sociedad Fecha constitución: 29/3/06. Socios: Zucarías, José Antonio, D.N.I. 10.446.866, argentino, de profesión médico, nacido el 21/5/52, casado, domiciliado en Ruta 9, Km. 738, Estación Gral.
Paz, Cba.; Barrionuevo, Dardo Daniel, D.N.I.
Nº 16.363.643, argentino, casado, ingeniero, nacido el 24/5/63, domiciliado en calle Victoria Ocampo 4866, Bº Poeta Lugones, Cba.; Herrera, Enrique Gustavo Horacio, D.N.I. Nº 17.284.040, argentino, soltero, nacido el 15/6/
65, ingeniero, domiciliado en Deán Funes 1336, Dpto. 2, Cba.; y Liziardi, Silvana, D.N.I.
21.567.677, argentina, casada, médica, nacida el 26/5/70, domiciliada en Don Bosco Nº 3445, Colonia Caroya, Cba. Domicilio: Cba., sede social Av. Santa Fe 777, B Providencia, Cba..
Denominación: "Centro Caroya Renal Privado S.R.L Plazo: duración, 60 años contados a partir de la fecha de inscripción en el Registro Público de Comercio. Objeto: realizar por cuenta propia y/o de terceros y/o asociada a terceros operaciones de: a asistencia médica integral; b diagnóstico y tratamientos de enfermedades renales; c intervenciones quirúrgicas de pacientes en todo tipo de enfermedades; d internación de pacientes y suministros de medicamentos en general. Para la realización de los fines y objetivos que se expresan podrá la sociedad ejecutar todas aquellas operaciones que se vinculen directamente con los mismos, teniendo plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones y ejercer todos

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 25/07/2006 - 3º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 3º Sección (Sociedades - Personas Jurídicas)

PaísArgentina

Fecha25/07/2006

Nro. de páginas6

Nro. de ediciones3975

Primera edición01/02/2006

Ultima edición12/07/2024

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