Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 07/05/2024 - 2º Sección

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

2

a
AÑO CXI - TOMO DCCXIII - Nº 93
CORDOBA, R.A., MARTES 7 DE MAYO DE 2024
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

JUDICIALES

al lote designado como parte de la quinta 127
parcela 002 de la manzana 127, cuyo dominio se encuentra anotado en el Registro General de la Provincia en la matrícula N1.070.397. II
Publicar la presente sentencia en el Boletín Oficial y en el Diario El Puntal, en el modo, con las formalidades y alcances estipulados en los arts.
783 ter; y 790 del C.P.C. III Cancelar las inscripciones registrales de dominio y cautelares, en su totalidad, del inmueble referenciado en el punto I del presente resuelvo, y ordenar la inscripción, en el Registro General de la Provincia de Córdoba, a nombre del actor. IV Imponer las costas por el orden causado, y regular provisoriamente art. 28 Ley 9459, en conjunto y proporción de ley, los honorarios de los Dres. Mario Federico Citto M.P. 1-33042, Dr. Yamil Roque Wehbe M.P.
2-79 y María Claudia Viano MP 2-1042, en la suma de pesos trescientos ochenta y ocho mil ciento cuatro $388.104, suma que se distribuirá conforme lo expuesto en el considerando respectivo; y diferir la regulación definitiva para cuando haya base económica cierta y suficiente que permita su adecuada determinación art. 26
ley 9459. PROTOCOLÍCESE, HÁGASE SABER
Y DESE COPIA. Rubén Alberto Muñoz JUEZ.Otra resolución: AUTO NUMERO: 143. LA
CARLOTA, 16 de Abril de 2024.- Y VISTOS: Y
CONSIDERANDO: RESUELVO: I Aclarar, en los términos del art. 336 del C.P.C., la Sentencia número veintinueve 29 de fecha once de marzo de dos mil veinticuatro 11/03/2024, y suplir la omisión en que ha incurrido el Tribunal en lo que respecta al punto I del Resuelvo, de manera tal que se entienda que queda redactado de la siguiente manera: I Hacer lugar a la demanda de usucapión promovida por el Sr. Aníbal Torres DNI N11.932.932, CUIT n 23-11932932-9, soltero, nacido el 30/09/1958, con domicilio real en calle Santa Fe n 136 de la ciudad de Canals, provincia de Córdoba, por medio de sus letrados apoderados, los Dres. Mario Federico Citto M.P. 1-33042, Dr. Yamil Roque Wehbe M.P. 2-79
y María Claudia Viano MP 2-1042, en contra del titular registral, Sr. José Urquiza, y/o sus sucesores y/o quien o quienes se consideren con derecho sobre el siguiente inmueble que se pasa a detallar: Fracción de terreno que es parte de la Quinta N127 de la localidad de Canals, Departamento Unión, Provincia de Córdoba Parcela 002 que hoy, según plano de mensura visa-

vértice A con rumbo sud-este y ángulo interno de 90, tramo A-B de 46,80 metros, colindando al nor-este con parcela 5 MFR 199229, con parcela 6 MFR 274270 y con parcela 8 MFR
309349; desde el vértice B con ángulo interno de 8912, tramo B-C de 30 metros, colindando al sud-este con calle Chacabuco; desde el vértice C con ángulo interno de 9048, tramo C-D de 46,38 metros, colindando al sud-oeste con parcela 3 F5130 A1948, F7627 A1950 y F19430 A1950 posesión de Juan Torres Expte. N0033-001419/2007; y desde el vértice D
con ángulo interno de 90, cerrando la figura, tramo D-A de 30 metros, colindando al nor-oeste con calle Almirante Brown, encerrando una superficie total de un mil trescientos noventa y siete metros con setenta decímetros cuadrados 1.397,70 m2. Su nomenclatura catastral es:
Departamento 36, Pedanía 05, Pueblo 06, Circunscripción 02, Sec. 01, Manzana 011, Parcela 100, y afecta de manera total al lote designado como parte de la quinta 127 parcela 002 de la manzana 127, cuyo dominio se encuentra anotado en el Registro General de la Provincia en la matrícula N1.070.397. II Tómese razón en la resolución respectiva. III Sin costas atento el carácter de la presente resolución. Protocolícese, hágase saber y dese copia. Rubén Alberto Muñoz JUEZ.-

do por la Dirección General de Catastro de la Provincia mediante expediente N0033-1010132016, se designa como: Lote 100 de la Manzana 127, sito en calle Almirante Brown N138, de la localidad de Canals, Pedanía Loboy, Departamento Unión de la Provincia de Córdoba, siendo sus medidas y colindancias: partiendo desde el
Linda: al Oeste, con calle 22; al Norte, con calle 17; al Este, con parte del lote 40 y al Sud con lote 2, todos de la misma manzana y plano, que se encuentra ubicado en calle Alberdi Nº 2703
de esta ciudad, identificado a la Matrícula Nro.
1.759.331, Nro. de Cuenta Nº 2405-0713379/8.
Cítese al/los demandado/s para que en el térmi-

10 días - Nº 522989 - s/c - 21/5/2024 - BOE

EDICTO: LA Sra. Juez en lo Civ. y Com. de 1ra.
Instancia y 2da. Nominación de Río Cuarto, secretaria N 4, en autos caratulados: BAGATOLI, JORGE LUIS - USUCAPION - MEDIDAS PREPARATORIAS PARA USUCAPION 12494359, ha dictado el siguiente decreto: RIO CUARTO, 16/04/2024 Téngase por iniciada la presente demanda declarativa de usucapión, a la que se le imprimirá el trámite de juicio ordinario, en contra del Sr. Juan del Corazón de Jesús GOMEZ
y/o contra todo aquel que se considere con derecho sobre el inmueble que se describe como:
fracción de terreno ubicado en la ciudad, pedanía y departamento Rio Cuarto, provincia de Córdoba, en la Quinta Circunscripción, sección segunda que según plano inscripto en Planilla 12521 se designa como LOTE UNO y consta de 10 mts. 25 mm. en los lados Este y Oeste, por 30
mts. 25 mm. en los lados Norte y Sud, SUPERFICIE TOTAL DE 301 METROS CUADRADOS.

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

no de veinte días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía, a cuyo fin publíquense edictos en el Boletín Oficial y diario Puntal por diez días a intervalos regulares en un período de treinta días. De la misma manera, cítese y emplácese a los colindantes Marcelina Bien Venida OTTANI DE GREGORAT y Juan del Corazón de Jesús GOMEZ, en calidad de terceros, para que en igual término comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía.
Todo ello, sin perjuicio de la citación al domicilio de quienes el mismo sea reconocido o haya sido denunciado. Dése intervención al Sr. Procurador del Tesoro, como representante legal de la Provincia y a la Municipalidad de Rio Cuarto Notifíquese.- Fdo. Dra. LUQUE VIDELA, María Laura Jueza - Dr. BRAMUZZI, Guillermo Carlos Prosecretario Letrado.- Río Cuarto, 17 de Abril de 2024.10 días - Nº 523287 - s/c - 20/5/2024 - BOE

EDICTO: La Sra. Juez de 1º Inst. en lo Civil, Com., Concil. y Flia. 1º Nom. de la ciudad de Alta Gracia, Sec. Nº 2.Dra.Mariela Ferrucci, en autos: PROSPERI SILVIA ESTHER. ORDINARIO.
USUCAPIÓN. EXPTE. 12065520, 1 Cita y emplaza al co-titular registral del inmueble objeto de autos Sr. ANDRADA LUCAS MATIAS para que en el plazo de tres 03 días comparezca a estar a derecho, bajo apercibimiento de rebeldía y al co-titular registral del inmueble objeto de autos, Sr. CAFFERATA ANDRES LUIS para que en el plazo de veinte 20 días comparezca a estar a derecho, bajo apercibimiento de rebeldía. 2 Cita y emplaza a los que se consideren con derechos sobre el inmueble que se pretende usucapir y a los terceros interesados del art. 784 del C. de PC. a fin de que concurran a deducir oposición, lo que podrán hacer dentro del término de veinte días subsiguientes a la publicación de edictos, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el Art.
784 in fine del C. de P. C. y C. Fdo: Dra. Gabriela Gonzalez Prosecretaria. Dra. Vigilanti Graciela María Juez.Oficina:30/08/2023.10 días - Nº 523295 - s/c - 21/5/2024 - BOE

Se hace saber que en los autos caratulados 772404 QUINTEROS ADELQUI OMAR
USUCAPION, que se tramitan ante el Juzgado de Primera Instancia Civil Comercial Conciliacin y Familia de la Ciudad de Marcos Juarez, Segunda Nominacin,a cargo DR. Edgar Amigó Aliaga, Secretara Dra Maria de los Angeles Rabanal, se ha dictado la siguiente Sentencia:
SENTENCIA NÚMERO: 140.- Marcos Juárez, 20 de diciembre del 2021.- Y VISTOS: . . . Y
CONSIDERANDO: . . . RESUELVO: I.- Hacer lugar a la demanda y, en consecuencia, declarar
30

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 07/05/2024 - 2º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

PaísArgentina

Fecha07/05/2024

Nro. de páginas42

Nro. de ediciones3646

Primera edición01/02/2006

Ultima edición12/07/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones