Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 17/06/2023 - 2º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

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1983/2023 40 AÑOS DE DEMOCRACIA
AÑO CX - TOMO DCCII - Nº 112
CORDOBA, R.A., VIERNES 16 DE JUNIO DE 2023
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

JUDICIALES

los autos caratulados: DIRECCIÓN DE RENTAS
DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA c/ SUCESION INDIVISA DE PERALTA ADELA AQUILINA
- EJECUTIVO FISCAL - DGR N 10109797, domicilio del Tribunal Arturo M Bas N 244 Planta Baja, Córdoba, Cita y emplaza a SUCESION INDIVISA DE PERALTA ADELA AQUILINA, en virtud de lo dispuesto por la ley 9201 se ha dispuesto notificarle lo siguiente: Admítase la presente demanda. Líbrese sin más trámite mandamiento de ejecución y embargo por la suma reclamada con más el treinta por ciento 30 % en el que se estiman provisoriamente los intereses y cargas del juicio. Cítese y emplácese a la parte demandada, para que en el término de VEINTE 20
días comparezca a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley. Asimismo, cítesela de remate en esta misma diligencia para que en el término de tres 03 días subsiguientes al del vencimiento del comparendo, oponga excepciones legítimas admisibles y ofrezca las pruebas que hacen a su derecho, bajo apercibimiento. Hágase saber que el presente expediente tramita electrónicamente Acuerdo Reglamentario N 1363, Serie A, del 17/05/2016, Resolución N 2 del 28/05/2019 y Acuerdo Reglamentario N 1582, Serie A, del 21/8/2019.Fdo. Martín Granillo Procurador Fiscal. Liq. N: 500738662021.
5 días - Nº 459961 - $ 9436 - 16/06/2023 - BOE

RIO SEGUNDO, 07/06/2023. En los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE LAGUNA LARGA
C/ SUCESORES Y/O HEREDEROS DE OSCARES, RAMON - EJECUTIVO FISCAL EE
12001368 se cíta y empláza a los SUCESORES Y/O HEREDEROS DE OSCARES, RAMON, DNI 2.693.608, para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de rebeldía cfme. art. 4 de la ley 9024 modif. por ley 9118 y dentro de los tres días subsiguientes a los del plazo de comparendo, oponga excepciones legítimas si las tuviere, bajo apercibimiento del art. 7 de la citada ley.- Notifíquese. Fdo GONZALEZ, Héctor Celestino JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA - SCANDOGLIERO, Romina PROSECRETARIO/A LETRADO.
5 días - Nº 460278 - $ 2449,25 - 26/06/2023 - BOE

La secretaria de Gestión Común de los Tribunales de Ejecución Fiscal N 3, Secretaría Única, en los autos caratulados: DIRECCIÓN DE
RENTAS DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
c/ SUCESION INDIVISA DE MARTINEZ LEONARDO JULIO - EJECUTIVO FISCAL - DGR N
10116059, domicilio del Tribunal Arturo M Bas N
244 Planta Baja, Córdoba, Cita y emplaza a SUCESION INDIVISA DE MARTINEZ LEONAR-

DO JULIO, en virtud de lo dispuesto por la ley 9201 se ha dispuesto notificarle lo siguiente: Admítase la presente demanda. Líbrese sin más trámite mandamiento de ejecución y embargo por la suma reclamada con más el treinta por ciento 30 % en el que se estiman provisoriamente los intereses y cargas del juicio. Cítese y emplácese a la parte demandada, para que en el término de VEINTE 20 días comparezca a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley. Asimismo, cítesela de remate en esta misma diligencia para que en el término de tres 03 días subsiguientes al del vencimiento del comparendo, oponga excepciones legítimas admisibles y ofrezca las pruebas que hacen a su derecho, bajo apercibimiento.
Hágase saber que el presente expediente tramita electrónicamente Acuerdo Reglamentario N 1363, Serie A, del 17/05/2016, Resolución N
2 del 28/05/2019 y Acuerdo Reglamentario N
1582, Serie A, del 21/8/2019.Fdo. Martín Granillo Procurador Fiscal. Liq. N: 500837982021.
5 días - Nº 459962 - $ 9450 - 16/06/2023 - BOE

La secretaria de Gestión Común de los Tribunales de Ejecución Fiscal N 3, Secretaría Única, en los autos caratulados: DIRECCIÓN DE RENTAS
DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA c/ SUCESION INDIVISA DE MUÑOZ ROBERTO OMAREJECUTIVO FISCAL - DGR N 10116060, domicilio del Tribunal Arturo M Bas N 244 Planta Baja, Córdoba, Cita y emplaza a SUCESION INDIVISA DE MUÑOZ ROBERTO OMAR, en virtud de lo dispuesto por la ley 9201 se ha dispuesto notificarle lo siguiente: Admítase la presente demanda. Líbrese sin más trámite mandamiento de ejecución y embargo por la suma reclamada con más el treinta por ciento 30 % en el que se estiman provisoriamente los intereses y cargas del juicio. Cítese y emplácese a la parte demandada, para que en el término de VEINTE 20
días comparezca a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley. Asimismo, cítesela de remate en esta misma diligencia para que en el término de tres 03 días subsiguientes al del vencimiento del comparendo, oponga excepciones legítimas admisibles y ofrezca las pruebas que hacen a su derecho, bajo apercibimiento. Hágase saber que el presente expediente tramita electrónicamente Acuerdo Reglamentario N 1363, Serie A, del 17/05/2016, Resolución N 2 del 28/05/2019 y Acuerdo Reglamentario N 1582, Serie A, del 21/8/2019.Fdo. Martín Granillo Procurador Fiscal. Liq. N: 500813202021.
5 días - Nº 459963 - $ 9380 - 16/06/2023 - BOE

La secretaria de Gestión Común de los Tribunales de Ejecución Fiscal N 3, Secretaría Única, en los autos caratulados: DIRECCIÓN DE

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

RENTAS DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA c/
SUCESION INDIVISA DE TOBARES PEDRO EJECUTIVO FISCAL - DGR N 10116062, domicilio del Tribunal Arturo M Bas N 244 Planta Baja, Córdoba, Cita y emplaza a SUCESION
INDIVISA DE TOBARES PEDRO, en virtud de lo dispuesto por la ley 9201 se ha dispuesto notificarle lo siguiente: Admítase la presente demanda. Líbrese sin más trámite mandamiento de ejecución y embargo por la suma reclamada con más el treinta por ciento 30 % en el que se estiman provisoriamente los intereses y cargas del juicio. Cítese y emplácese a la parte demandada, para que en el término de VEINTE 20
días comparezca a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley. Asimismo, cítesela de remate en esta misma diligencia para que en el término de tres 03 días subsiguientes al del vencimiento del comparendo, oponga excepciones legítimas admisibles y ofrezca las pruebas que hacen a su derecho, bajo apercibimiento. Hágase saber que el presente expediente tramita electrónicamente Acuerdo Reglamentario N 1363, Serie A, del 17/05/2016, Resolución N 2 del 28/05/2019 y Acuerdo Reglamentario N 1582, Serie A, del 21/8/2019.Fdo. Martín Granillo Procurador Fiscal. Liq. N: 500813212021.
5 días - Nº 459964 - $ 9310 - 16/06/2023 - BOE

El Sr. Juez MACHADO Carlos Fernando a cargo del JUZ.CIV.COM.CONC.Y FLIA. 1NOM
S.2 de COSQUIN en los autos caratulados CAMINOS DE LAS SIERRAS SA C/ PLANA de BASTARI CarmenS/ EXPROPIACION EXPTE
10820241ha ordenado lo siguiente: Cosquin, 19/05/2023. Proveyendo a la presentación del apoderado Dr. Bono, con el patrocinio letrado de la Dra. Alterman, de fecha 26/04/2023: 1 Agréguese oficio al Juzgado Federal con competencia electoral diligenciado. Téngase presente lo informado por la entidad oficiada respecto a la imposibilidad de brindar información alguna de la demandada Sra. Carmen PLANA de BASTARI
por falta de datos. 2 Atento lo solicitado y constancias de autos, provéase la demanda inicial: I
Téngase al Dr. Matías Bono por presentado, por parte, en el carácter invocado a mérito del poder acompañado, con el patrocinio letrado de la Dra. Eliana Alterman, y con el domicilio procesal constituido sito en la calle San Martín N 1753
de esta ciudad. II Atento la declaración de utilidad pública efectuada por ley 10.734 y la resolución N 304/2021 del 06/09/2021 publicada en el Boletín oficial de la Provincia de Córdoba el 09/09/2021 emanada del Ministerio de Obras Públicas que individualiza los bienes a expropiar, admítase la presente demanda de expropiación que tramitará como juicio abreviado art. 15 y sg-

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 17/06/2023 - 2º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

PaísArgentina

Fecha17/06/2023

Nro. de páginas56

Nro. de ediciones3637

Primera edición01/02/2006

Ultima edición28/06/2024

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