Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 10/06/2023 - 2º Sección

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

2

a
1983/2023 40 AÑOS DE DEMOCRACIA
AÑO CX - TOMO DCCII - Nº 107
CORDOBA, R.A., VIERNES 9 DE JUNIO DE 2023
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

JUDICIALES

B del 2 /12/2001 debiendo dicho diario ser de tiraje local atento la situación real del inmueble objeto de usucapión y conforme lo dispone el art. 783 CPCC. IV.- Cítese a los fines de su intervención si se consideran afectados en sus derechos a la PROVINCIA DE CORDOBA y a la COMUNA DE CUESTA BLANCA. V.- Cítese a los fines de su intervención si se consideran afectados en sus derechos a las colindantes Sra.
Sevilla Leonor y Sevilla Isabel titulares del lote 10. Respecto de María Angélica Ratto tiltular lote 1 -hoy fallecida y Gonzaga Paez Luis titular lote 2, hoy fallecido: Cítese y emplácese a sus herederos si se consideren afectados en sus derechos art 784 in fine del CPCC, a cuyo fin publíquense edictos por diez veces durante 30 días en el Boletín Oficial, Diario a elección de la parte actora Acordada 29 Serie B del 2 /12/2001 debiendo dicho diario ser de tiraje local atento la situación real del inmueble objeto de usucapión y atento el lugar de fallecimiento, en un diario de tiraje de CABA. VI.- Líbrese edictos que deberán ser exhibidos en la Comuna de Cuesta Blanca, donde deberán permanecer por un plazo de 30
días, siendo obligación de la actora acreditar tal circunstancia con la certificación respectiva art.
785 CPCC. VII.- Colóquese en lugar visible del inmueble un cartel indicativo con las referencias necesarias respecto del presente, el que se deberá colocar y mantener durante toda la tramitación del proceso, siendo a cargo del actor, a cuyo fin ofíciese al Sr. Oficial de justicia. Notifíquese.
VIII.- A la Anotación de Litis prescripta en el art.
1905 del CCCN para esta clase de juicios, líbrese oficio a sus efectos. El inmueble objeto de la presente usucapión es el Lote 11 mz E de la comuna de Cuesta Blanca. Conforme el plano de mensura suscripto por Ing Agrimensor Ordano Eduardo y que se encuentra aprobado bajo el N de Expte 0576-007799/2018. se lo describe como Lote 11 de la Manzana E con sup de 649, 32 mtrs cuadrados, que mide y linda: NE:Linea quebrada de tres tramos que en direccion NO
a SE mide 15,34 mts;7,35 mts y 24,23 mts lindando con calles publicas. Al SO: C/PARCELA 5
LT. 1 mide 34,10 mts y parte PARCELA 6 LT. 2, cerrando la figura al NO: C/ PARCELA 3 LT. 10
mide 25,10 mts. Of 22/5/2023

VILLA DOLORES, 12/05/2023. Por acompa-

El Juzg. de 1ra. Nom. en lo Civil, Ccial y de Flia de la ciudad de Villa Dolores, a cargo de la Dra.
Sandra Elizabeth Cuneo, Secretaria N 1, en autos: SUCESION DE MATOS, MARIA MERCEDES Y OTROS USUCAPION - MEDIDAS
PREPARATORIAS PARA USUCAPION, Expte.
2610973 , se ha dictado la siguiente resolución:
SENTENCIA NÚMERO: 41. VILLA DOLORES, 20/04/2023. Y VISTOS: . Y DE LOS QUE RESULTA: Y CONSIDERANDO RESUELVO:

tal, provincia de Córdoba hoy su sucesión, Rafael Matos, D.N.I. N M 8.654.215, de estado civil casado con Blanca Fanny Montenegro, CUIL/
CUIT 20-08654215-4, nacido el 2 de Octubre de 1.948, con domicilio en calle Las Cuevas 2.252, B Cabildo, Córdoba Capital, provincia de Córdoba; José Ramón Matos, D.N.I. N M 6.679.251, de estado civil casado con Victoria Petrona Chaves, CUIL/CUIT 20-06679251-0, nacido el 10 de Marzo de 1.935, con domicilio en calle Arkanzas 1935, B Sta. Isabel 1 Secc., Córdoba Capital, provincia de Córdoba; Eucebio Matos, D.N.I. N
M 6.693.822, de estado civil casado con María Luisa Matos, CUIL/CUIT 20-06693822-1, nacido el 4 de Enero de 1.943, con domicilio en Ruta 14 Km. 111, El Pantanillo, localidad de Los Hornillos, pedanía Las Rosas, departamento San Javier, provincia de Córdoba; Juan Ignacio Mattos, D.N.I. N 11.567.688, de estado civil soltero, CUIL/CUIT 20-11567688-2, nacido el 3 de Julio de 1.955, con domicilio en Ruta 14 Km. 111, El Pantanillo, localidad de Los Hornillos, pedanía Las Rosas, departamento San Javier, provincia de Córdoba; José Agustín Matos, D.N.I. N M
6.696.545, de estado civil viudo, CUIL/CUIT 2006696545-8; nacido el 4 de Septiembre de 1.945, con domicilio en Ruta 14 Km. 111, El Pantanillo, localidad de Los Hornillos, pedanía Las Rosas, departamento San Javier, provincia de Córdoba;
Angélica Gregoria Matos, D.N.I. N F 3.883.885, de estado civil viuda de Nicomedes Luis Molina, CUIL/CUIT 27-03883885-2, nacida el 12 de Marzo de 1.940, con domicilio en Ruta 14 Km. 111, El Pantanillo, localidad de Los Hornillos, pedanía Las Rosas, departamento San Javier, provincia de Córdoba y Miriam Susana Matos, D.N.I.
Nº 20.856.115, de estado civil casada con Walter Marcelo Pereda, CUIL/CUIT 23-20856115-4, nacida el 20 de octubre de 1.969, con domicilio en Mzana. 61, Lote 31, Bº Santa Isabel Anexo, Córdoba Capital, provincia de Córdoba, todos argentinos conforme datos denunciados 05/10/2022 y 01/12/2022 en condominio y en la proporción del Doce con Cincuenta por ciento 12,50 %, para cada uno de ellos, el derecho real de dominio artículos 1887 -inc. by 1941
del C.C.C., sobre el inmueble que se describe como: Una fracción de terreno RURAL ubicada sobre Ruta Nacional N 20, pedanía Rosas, departamento San Javier, provincia de Córdoba, que se designa como Parcela 471.832 - 312.356,
ñado oficio diligenciado del Registro General de la Provincia Reg. Poseedores y matrícula, agréguese. A mérito de ello, y proveyendo a la demanda de fs. 124/126: admítase la presente demanda de usucapión en cuanto por derecho corresponda, la que tramitará como juicio ordinario.- Cítese y emplácese a los demandados
1 Hacer lugar a la demanda instaurada en todas su partes y, en consecuencia, declarar adquirido por prescripción veinteñal a los Sres. María Mercedes Matos, D.N.I. N F4.464.756, de estado civil casada con Pedro Fidel Chaves, nacida el 29
de Marzo de 1.931, con domicilio en calle Arkanzas 1.921, B Sta. Isabel 1 Secc., Córdoba Capi-

que conforme ANEXO que forma parte integrante de la mensura de marras, se describe de la manera siguiente: ANEXO. Descripción del lote:
Inmueble ubicado en Departamento San Javier, Pedanía Rosas, Provincia de Córdoba, designado como Parcela 471832-312356 que, según Expediente N 0033-090656/2014 de Mensura de
10 días - Nº 457182 - s/c - 29/06/2023 - BOE

P. Fraga y Compañía Sociedad de Responsabilidad Limitada o Pedro Fraga y CIA SRL y a quienes se consideren con derecho al inmueble que se trata de prescribir, para que dentro del plazo de treinta días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley, a cuyo fin publíquense edictos en el Boletín Oficial y otro de amplia circulación en la forma autorizada por el Ac. Regl. Nº 29 Serie B de fecha 11-12-01, durante dicho término y en intervalos regulares de tres días, sin perjuicio de la notificación a aquellos en el/los domicilio/s que surjan de autos.- Cítese como terceros interesados y en sus domicilios, si se conocieren y que surjan de autos, a Cristina Zabala y García titular EINAT, P.
Fraga y Cia SRL o Fraga y Cia SRLtitular de la cuenta afectada en Rentas y Municipalidad, a la Municipalidad de Villa Dolores, a la Provincia de Córdoba en la Persona del Sr. Procurador del Tesoro, y a los colindantes Juan Andino, Tomás Andino y/o sus sucesores y Julio César Andino para que dentro del término precitado comparezcan a estar a derecho y tomar participación en éstos autos dentro del mismo término, todo bajo apercibimiento de ley.- Colóquese y manténgase a costa del peticionante durante toda la tramitación del juicio en primera instancia y en lugar visible del camino principal de acceso del inmueble, un cartel indicador con todas las referencias de la existencia del presente juicio, y exhíbanse los edictos en el Juzgado de esta Sede y en la Municipalidad de Villa Dolores, durante el término de treinta días, lo que deberá certificarse en su oportunidad.- A mérito de lo dispuesto por el art. 1905 del C.C.y C, oportunamente, ofíciese a los fines de la anotación de Litis respecto de la matricula afectada 1626970. Notifíquese.- Fdo.
Sandra Elizabeth Cuneo, Jueza de 1 Instancia;
María Raquel Carram, Prosecretaria Letrada.12 días - Nº 457247 - s/c - 30/06/2023 - BOE

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

47

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 10/06/2023 - 2º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

PaísArgentina

Fecha10/06/2023

Nro. de páginas58

Nro. de ediciones3646

Primera edición01/02/2006

Ultima edición12/07/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Junio 2023>>>
DLMMJVS
123
45678910
11121314151617
18192021222324
252627282930