Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 31/10/2022 - 2º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

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Las Malvinas son argentinas AÑO CIX - TOMO DCXCIV - Nº 219
CORDOBA, R.A., LUNES 31 DE OCTUBRE DE 2022
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

JUDICIALES

ha dispuesto notificarle lo siguiente: Admítase la presente demanda. Líbrese sin más trámite mandamiento de ejecución y embargo por la suma reclamada con más el treinta por ciento 30 %
en el que se estiman provisoriamente los intereses y cargas del juicio. Cítese y emplácese a la parte demandada, para que en el término de VEINTE 20 días comparezca a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley. Asimismo, cítesela de remate en esta misma diligencia para que en el término de tres 03 días subsiguientes al del vencimiento del comparendo, oponga excepciones legítimas admisibles y ofrezca las pruebas que hacen a su derecho, bajo apercibimiento.
Hágase saber que el presente expediente tramita electrónicamente Acuerdo Reglamentario N 1363, Serie A, del 17/05/2016, Resolución N
2 del 28/05/2019 y Acuerdo Reglamentario N
1582, Serie A, del 21/8/2019.Fdo. Rodrigo Linares Procurador Fiscal. Liq. N: 502895972021.
5 días - Nº 414590 - $ 4321,25 - 31/10/2022 - BOE

El Tribunal de Ejecución Fiscal Juzg 2A NOM
- de la Ciudad de Jesús María, Secretaría Única, en los autos caratulados: DIRECCIÓN DE
RENTAS DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA c/
SUCESIÓN INDIVISA DE ESPINILLO MODESTO - EJECUTIVO FISCAL - EE N 10794934, domicilio del Tribunal en C.J Alberdi 320, Jesús María, Provincia de Córdoba, Cita y emplaza a SUCESIÓN INDIVISA DE ESPINILLO MODESTO, en virtud de lo dispuesto por la ley 9201 se ha dispuesto notificarle lo siguiente: Admítase la presente demanda. Líbrese sin más trámite mandamiento de ejecución y embargo por la suma reclamada con más el treinta por ciento 30 %
en el que se estiman provisoriamente los intereses y cargas del juicio. Cítese y emplácese a la parte demandada, para que en el término de VEINTE 20 días comparezca a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley. Asimismo, cítesela de remate en esta misma diligencia para que en el término de tres 03 días subsiguientes al del vencimiento del comparendo, oponga excepciones legítimas admisibles y ofrezca las pruebas que hacen a su derecho, bajo apercibimiento.
Hágase saber que el presente expediente tramita electrónicamente Acuerdo Reglamentario N 1363, Serie A, del 17/05/2016, Resolución N
2 del 28/05/2019 y Acuerdo Reglamentario N
1582, Serie A, del 21/8/2019.Fdo. Rodrigo Linares Procurador Fiscal. Liq. N: 502896932021.
5 días - Nº 414592 - $ 4313,75 - 31/10/2022 - BOE

El Tribunal de Ejecución Fiscal Juzg 2A NOM - de la Ciudad de Jesús María, Secretaría Única, en los autos caratulados: DIRECCIÓN DE RENTAS
DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA c/ SUCE-

SION INDIVISA DE CAMINO PABLO PACIENTE - EJECUTIVO FISCAL - EE N 10794935, domicilio del Tribunal en C.J Alberdi 320, Jesús María, Provincia de Córdoba, Cita y emplaza a SUCESION INDIVISA DE CAMINO PABLO PACIENTE, en virtud de lo dispuesto por la ley 9201
se ha dispuesto notificarle lo siguiente: Admítase la presente demanda. Líbrese sin más trámite mandamiento de ejecución y embargo por la suma reclamada con más el treinta por ciento 30 % en el que se estiman provisoriamente los intereses y cargas del juicio. Cítese y emplácese a la parte demandada, para que en el término de VEINTE 20 días comparezca a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley. Asimismo, cítesela de remate en esta misma diligencia para que en el término de tres 03 días subsiguientes al del vencimiento del comparendo, oponga excepciones legítimas admisibles y ofrezca las pruebas que hacen a su derecho, bajo apercibimiento.
Hágase saber que el presente expediente tramita electrónicamente Acuerdo Reglamentario N 1363, Serie A, del 17/05/2016, Resolución N
2 del 28/05/2019 y Acuerdo Reglamentario N
1582, Serie A, del 21/8/2019.Fdo. Rodrigo Linares Procurador Fiscal. Liq. N: 502898892021.
5 días - Nº 414593 - $ 4340 - 31/10/2022 - BOE

El Juzgado de Niñez, Adolescencia, Violencia Familiar y de Género de Séptima Nominación en los autos caratulados S.S. L.A. CONTROL DE
LEGALIDAD Expte. 11227896 emplaza al Sr.
Yaco Saire a fin de que en el término de veinte días comparezca a estar a derecho ante este Juzgado, bajo apercibimiento de ley arts. 113, 152 y 165 del C.P.C.C. Fdo. Susana Ottogalli de Aicardi, Jueza. María Lina Jure, Secretaria.
5 días - Nº 415221 - s/c - 31/10/2022 - BOE

El Tribunal de Ejecución Fiscal Juzg 2A NOM
- de la Ciudad de Jesús María, Secretaría Única, en los autos caratulados: DIRECCIÓN DE
RENTAS DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
c/ SUCESION INDIVISA DE VALLEJOS MARIA ESTHEREJECUTIVO FISCAL - EE N
10794937, domicilio del Tribunal en C.J Alberdi 320, Jesús María, Provincia de Córdoba, Cita y emplaza a SUCESION INDIVISA DE VALLEJOS
MARIA ESTHER, en virtud de lo dispuesto por la ley 9201 se ha dispuesto notificarle lo siguiente:
Admítase la presente demanda. Líbrese sin más trámite mandamiento de ejecución y embargo por la suma reclamada con más el treinta por ciento 30 % en el que se estiman provisoriamente los intereses y cargas del juicio. Cítese y emplácese a la parte demandada, para que en el término de VEINTE 20 días comparezca a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley. Asimismo, cítesela de
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

remate en esta misma diligencia para que en el término de tres 03 días subsiguientes al del vencimiento del comparendo, oponga excepciones legítimas admisibles y ofrezca las pruebas que hacen a su derecho, bajo apercibimiento.
Hágase saber que el presente expediente tramita electrónicamente Acuerdo Reglamentario N 1363, Serie A, del 17/05/2016, Resolución N
2 del 28/05/2019 y Acuerdo Reglamentario N
1582, Serie A, del 21/8/2019.Fdo. Rodrigo Linares Procurador Fiscal. Liq. N: 502899072021.
5 días - Nº 414595 - $ 4343,75 - 31/10/2022 - BOE

El Tribunal de Ejecución Fiscal Juzg 2A NOM de la Ciudad de Jesús María, Secretaría Única, en los autos caratulados: DIRECCIÓN DE RENTAS DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA c/ SUCESION INDIVISA DE MOLINA JUAN GEREMIA - EJECUTIVO FISCAL - EE N 10794944, domicilio del Tribunal en C.J Alberdi 320, Jesús María, Provincia de Córdoba, Cita y emplaza a SUCESION INDIVISA DE MOLINA JUAN GEREMIA , en virtud de lo dispuesto por la ley 9201
se ha dispuesto notificarle lo siguiente: Admítase la presente demanda. Líbrese sin más trámite mandamiento de ejecución y embargo por la suma reclamada con más el treinta por ciento 30 % en el que se estiman provisoriamente los intereses y cargas del juicio. Cítese y emplácese a la parte demandada, para que en el término de VEINTE 20 días comparezca a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley. Asimismo, cítesela de remate en esta misma diligencia para que en el término de tres 03 días subsiguientes al del vencimiento del comparendo, oponga excepciones legítimas admisibles y ofrezca las pruebas que hacen a su derecho, bajo apercibimiento.
Hágase saber que el presente expediente tramita electrónicamente Acuerdo Reglamentario N 1363, Serie A, del 17/05/2016, Resolución N
2 del 28/05/2019 y Acuerdo Reglamentario N
1582, Serie A, del 21/8/2019.Fdo. Rodrigo Linares Procurador Fiscal. Liq. N: 502903142021.
5 días - Nº 414596 - $ 4336,25 - 31/10/2022 - BOE

El Tribunal de Ejecución Fiscal Juzg 2A NOM - de la Ciudad de Jesús María, Secretaría Única, en los autos caratulados: DIRECCIÓN DE RENTAS
DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA c/ SUCESION INDIVISA DE LUBERCHI OSVALDO FABIAN - EJECUTIVO FISCAL - EE N 10794950, domicilio del Tribunal en C.J Alberdi 320, Jesús María, Provincia de Córdoba, Cita y emplaza a SUCESION INDIVISA DE LUBERCHI OSVALDO FABIAN , en virtud de lo dispuesto por la ley 9201 se ha dispuesto notificarle lo siguiente: Admítase la presente demanda. Líbrese sin más trámite mandamiento de ejecución y embargo por
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 31/10/2022 - 2º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

PaísArgentina

Fecha31/10/2022

Nro. de páginas95

Nro. de ediciones3659

Primera edición01/02/2006

Ultima edición31/07/2024

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