Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 23/02/2022 - 2º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

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AÑO CIX - TOMO DCLXXXVI - Nº 42
CORDOBA, R.A., MIÉRCOLES 23 DE FEBRERO DE 2022
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

JUDICIALES

y Anexo confeccionado por la Ingeniera María Mercedes Baggio matricula Profesional 5048 y Visado para Usucapión por la DGC en expediente Nº 0579-009284/2020 tramite N 00027091, se designa como inmueble ubicado en departamento punilla, Pedanía San Roque, Municipio de San Antonio de Arredondo, Calle Av. Héroes de Malvinas N146 de la Manzana 5, designado como lote 100 ex lote 7 que reconoce las siguientes descripción: parcela de 4 lados que partiendo del punto a rumbo sur-este LADO A-B de 29.84m; a partir de B con un ángulo interno de 90oo, LADO
B-C de 16.50m; a partir de C con un ángulo interno de 9000, LADO C-D de 29.84; a partir de D, LADO D-A, con un angula interno de 9000 y una longitud de 16.50m; encerrando una superficie de 492.36m2 y linda con : LADO A-B con parcela 008; LADO B-C con calle Av. Héroes de Malvinas; con LADO C-D con parcela 010; y LADO D-A
con parcelas 016 y 017. Todo ello hace una SUPERFICIE total del inmueble a usucapir de 492, 36m2 con una superficie edificada de 128.75
m2. El inmueble se encuentra empadronado catastralmente en el Municipio de San Antonio de Arredondo como 43-03-063-009-00, Designación Oficial Manzana 5 Lote 7 sito en calle Av. Héroes de Malvinas N146 de la Localidad de San Antonio de Arredondo, Provincia de Córdoba, Nomenclatura catastral Provincial 2304414303063009
cuenta N 23-04-31513507. Y reconoce como antecedentes dominiales: a Dominio 1 F 15130
del Año 1915 Titulares: Bautista Mayorino PICATTO y Catalina Florentina AIMAR; b Dominio 2- D 489.319 23-04 año 1998 Titular: Bruno CAPPA. Cítese y emplácese al demandado BRUNO CAPPA para que en el término de veinte días comparezca a estar a derecho, bajo apercibimiento de rebeldía. Notifíquese. Cítese en la calidad de terceros interesados a la Provincia, a la Municipalidad de San Antonio de Arredondo y a los colindantes HUGO FELIPE ANGEL MARIA
IN AEBNIT, IRMA DEL VALLE VERA, ELVIO RAMON DEBERNARDO, ROSA ELVIRA MARTINI
y LUCIA GRACIELA ARAOZ, para que comparezcan en un plazo de 10 días, haciendo saber que su incomparecencia hará presumir que la demanda no afecta sus derechos. Para aquellos que en forma indeterminada se consideren con derechos sobre el inmueble, y especialmente los
eventuales herederos de HUGO FELIPE ANGEL
MARIA IN AEBNIT e IRMA DEL VALLE VERA, publíquense edictos en el Boletín oficial y en un diario a elección de la parte actora debiendo dicho diario ser de tiraje local atento la situación real del inmueble objeto de usucapión y conforme lo dispone el art. 783 CPCC, por diez veces y a intervalos regulares dentro de un período de treinta días, bajo apercibimiento de rebeldía art.
783 ter. Exhíbanse los edictos en el avisador de este tribunal y en la Municipalidad correspondiente a cuyo fin ofíciese, siendo obligación de la parte actora acreditar tal circunstancia con la certificación respectiva art. 785 CPCC. Ofíciese al Sr. Oficial de Justicia a los fines de colocar el cartel indicativo con las referencias necesarias respecto del presente, el que se deberá colocar y mantener durante toda la tramitación del proceso, siendo a cargo de la actora art.786 del C.P.C.
Atento lo dispuesto por el art. 1905 de la CCCN, trábese la medida cautelar de anotación de litis a cuyo fin, ofíciese, debiendo tener presente al efecto la aplicación del Registro General de la Provincia Acuerdo Reglamentario N 1587 Serie A del TSJ de fecha 02/09/19.. Texto firmado digitalmente por: Dra. Viviana Rodríguez Jueza.
Dra. Perea Astrada, Ana Inés - Prosecretario 10 días - Nº 364395 - s/c - 10/03/2022 - BOE

El Sr. juez de 1era. Inst. y 46a Nom. en lo Civ. y Com. de la Cuidad de Córdoba, Dr. Mayda, Alberto Julio, Secretaría a cargo de la Dra. Laimes, Liliana Elizabeth, en los autos caratulados Barrera, María Mercedes-Usucapión-Medidas Preparatorias para Usucapión Expte.N 5091260, ha dictado la siguiente resolución: Auto Interlocutorio Número doscientos cuarenta y tres. Córdoba, 30
de mayo de dos mil diecinueve. Y Vistos: Estos autos caratulados: Barrera, Maria Mercedes Usucapión - Medidas Preparatorias Para Usucapión, Expte.N 5091260 traídos a despacho a los fines de resolver y de los que resulta que a f. 538 comparece la Dra. Adriana Ana Domínguez, patrocinante de la Sra. María Mercedes Barrera y solicita la ampliación de la Sentencia n.º 306 de fecha 27 de agosto de 2014 ff. 480/493 en relación a los datos personales de la adquirente por prescripción.Manifiesta que lo que requerido se funda en la observación formulada por el Registro de
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

la Propiedad f.537 en la que se consigna 1.
Por resolución judicial, acompañar datos completos de la adquirente por prescripción. A los fines de dar acabado cumplimiento a lo expuesto supra, denuncia los datos solicitado de la Sra.María Mercedes Barrera, a saber: CUIT 27-11188871-5, estado civil: separada, dirección José Aycardo n.º2546, Barrio Villa Bustos, Córdoba Capital, fecha de nacimiento: 26 de septiembre de 1952. A
f. 539 se dicta el decreto de autos el que firme permite resolver.Y Considerando: I A f. 538 comparece la Dra. Adriana Ana Domínguez, patrocinante de la Sra. María Mercedes Barrera y solicita auto ampliatorio de la Sentencia n.º 306 de fecha 27 de agosto de 2014 obrante a ff. 480/493, en virtud de las observaciones efectuadas por el Registro General de la Provincia, todo conforme se describe en los Vistos, a los cuales me remito por cuestiones de brevedad.II Ante lo peticionado por la compareciente debe tenerse presente que el art. 338 del C.P.C.C. autoriza al suscripto a interpretar la sentencia en cualquier tiempo. III
Ahora bien, respecto a los datos identificatorios de la adquirente por prescripción dni, cuil, estado civil y domicilio, los mismos resultan ser una declaración unilateral que realizan las partes.De ello se desprende que tal denuncia puede asentarse directamente en el oficio de inscripción, sin requerir que se encuentre plasmado en la resolución. Sin perjuicio de ello, a los fines de evitar dilaciones innecesarias, se procederá a la agregación de datos personales ahora denunciados en autos, ampliando la sentencia mencionada.
Por ello, Resuelvo : 1º Hacer lugar a lo solicitado y, en su mérito, ampliar el punto 1 y 3
del Resuelvo de la Sentencia nº 306 de fecha 27 de agosto de 2014 obrante a ff. 480/493, el que, en su parte pertinente, quedará redactado de la siguiente manera: Sra. María Mercedes Barrera, D.N.I. N. 11.188.871, CUIT 27-111888715, estado civil: separada, fecha de nacimiento: 26
de septiembre de 1952, domicilio: José Aycardo n.º 2546, Barrio Villa Bustos, Córdoba Capital.
2º Certificar por Secretaría en el protocolo correspondiente, en forma marginal, el dictado del presente decisorio. Protocolícese, hágase saber y dese copia. Fdo. Mayda, Alberto Julio-Juez de 1era Instancia.
10 días - Nº 365223 - s/c - 16/03/2022 - BOE

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 23/02/2022 - 2º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

PaísArgentina

Fecha23/02/2022

Nro. de páginas46

Nro. de ediciones3666

Primera edición01/02/2006

Ultima edición09/08/2024

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