Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 30/06/2020 - 2º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

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Año del Bicentenario del Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano AÑO CVII - TOMO DCLXVI - Nº 148
CORDOBA, R.A., MARTES 30 DE JUNIO DE 2020
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

JUDICIALES

lo solicitado y lo dispuesto por el art. 152 del CPCC cítese y emplácese al demandado Héctor Darío Maquirrian, para que en el término de veinte 20 días comparezca a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía, a cuyo fin publíquense edictos, durante cinco veces en el Boletín Oficial. Notifíquese. Fdo BRAVO, Graciana María - PROSECRETARIO/A LETRADO.
5 días - Nº 262269 - $ 991,05 - 07/07/2020 - BOE

En autos URMENYI, SANTIAGO BENJAMIN
C/ DEMARCHI, GUSTAVO LUIS Y OTROS - P.
V.E. - ALQUILERES NRO EXPTE. 8364921
tramitados en Juz. 1a Inst.Civ.yCom-30aN., sito en Caseros N551, de Córdoba, se ordena notificar en virtud del art. 152 del CPCC, al Sr.
SERGIO ARIEL JUAREZ, DNI. 29.651.071, las siguientes resoluciones judiciales: CORDOBA, 26/08/2019. Por presentado, por parte en el carácter invocado y con el domicilio constituido.- Admítase.- Por iniciadas las presentes diligencias preparatorias de la vía ejecutiva.
Atento el comparendo espontaneo de fs. 63/66:
Cítese y emplácese al compareciente Gustavo Luis Demarchi para que en el término de tres días realice las manifestaciones prescriptas por el artículo 519 inc. 1º y 2º del C. de P.C. bajo apercibimiento del art. 523 del C. de P.C. Cabe destacar que no resulta aplicable el art.519 inc.
1 del CPC en el supuesto de autos respecto de los garantes por cuanto las firmas del contrato de locación se encuentran certificadas y registradas en el libro de intervenciones del Escribano.Notifíquese. Fdo.BRITOS, Cristina.
PROSECRETARIO/A LETRADO.- Otro Decreto: CORDOBA, 16/09/2019.- Atento lo solicitado y a mérito de la notificación obrante a fs. 81, téngase al inquilino Gustavo Luis Demarchi por reconocida su condición de locatario conforme el documento base de la acción y por no exhibido el último recibo. En su mérito, téngase por preparada la vía ejecutiva en su contra. Notifíquese. Fdo. BRITOS, Cristina. PROSECRETARIO/A LETRADO.- Otro Decreto: CORDOBA, 02/03/2020. A los fines de la correcta integración de la Litis y conforme lo dispuesto por el art- 142 y 143 del C.P.C., conforme lo actuado hágase saber que deberá estarse a lo dispuesto por el art. 152 del C.P.C. Fdo. PRINI de MOLLECKER, Marcela Elizabeth Marysol - PROSECRETARIO/A LETRADO.- Otro Decreto:
CORDOBA, 13/03/2020. Notifíquese por edictos como se pide de conformidad al art. 152
del C.P.C. a cuyo fin cítese al Sr. Sergio Ariel Juarez para que en el plazo de veinte días comparezca a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía y cíteselo para que en el mismo término reconozca la firma inserta en el docu-

mento base de la acción bajo apercibimiento de tenerlo por reconocido conforme el art. 523 del C.P.C. Publíquense edictos en el Boletin Oficial por cinco veces. El plazo comenzará a correr a partir de la última publicación art. 165 del C.P.C..
5 días - Nº 262519 - $ 10170,75 - 03/07/2020 - BOE

SENTENCIAS
JUZ. CIV.COM. CONC.FAMILABOULAYEHace saber a ud. Que en los Autos caratulados BANCO
DE LA PROVINCIA DE CORDOBA S.A c/ BRINGAS, OMAR ALFREDOEJECUTIVO-EXPTE
Nº 8821395, se ha tomado la siguiente resolución:Sentencia Nº 92. LABOULAYE 10/06/2020
- Y VISTO Y CONSIDERANDO. RESUELVO:
1- Declarar rebelde al Sr. Omar Alfredo BRINGAS
DNI 29.954.032.- 2- Mandar llevar adelante la ejecución en su contra, hasta el completo pago de la suma de pesos trece mil doscientos siete con cincuenta centavos $ 13.207,50, con más intereses conforme el considerando respectivo.
3- Costas al demandado, a cuyo fin regulo los honorarios de la Dra. María Fernanda PASINO en la suma de pesos nueve mil ciento sesenta $
9.160,00. PROTOCOLÍCESE, HÁGASE SABER
Y DESE COPIA.-FDO. SABAINI ZAPATA, IGNACIO ANDRES-JUEZ5 días - Nº 261048 - $ 1592,60 - 03/07/2020 - BOE

JUZ. CIV.COM.CONC.FAMI-LABOULAYE-OCTAVA CIRCUNSCRIPCIÓNSe hace saber a UD que en los autos caratulados: BANCO
DE LA PROVINCIA DE CORDOBA S.A. C/ GARRO, ARMANDO ARIEL-EJECUTIVOEXPTE
Nº 8481679: Sentencia Nº 84. LABOULAYE
01/06/2020 - Y VISTO Y CONSIDERANDO.
RESUELVO:1- Declarar rebelde al demandado Sr. Armando Ariel GARRO DNI 29.965.561.2- Mandar llevar adelante la ejecución en su contra, hasta el completo pago de la suma de pesos treinta y siete mil ochocientos siete con tres centavos $37.807,03, con más intereses conforme el considerando respectivo. 3- Costas al demandado, a cuyo fin regulo los honorarios de la Dra. María Fernanda PASINO en la suma de pesos trece mil ochocientos treinta y cinco $ 13.835,00. PROTOCOLÍCESE, HÁGASE
SABER Y DESE COPIA.-FDO. SABAINI ZAPATA, IGNACIO ANDRES-JUEZ5 días - Nº 261415 - $ 1637,65 - 01/07/2020 - BOE

USUCAPIONES
SENTENCIA NUMERO 8. LA CARLOTA, 12/3/2020. Y VISTO: Estos autos caratulados:
MANTEGAZZA, HUGO MIGUEL USUCA-

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

PION Expte. Nº 745723, quedando la causa en condiciones de ser falladaY CONSIDERANDO:RESUELVO: I Hacer lugar a la demanda de usucapión promovida por el Dr. Adolfo Ricardo Casado, en nombre y representación del Sr. Hugo Alberto Mantegazza y de la Sra. Susana Beatriz Mantegazza, como cesionarios del Sr. Hugo Miguel Mantegazza, en contra del Sr. Rosario Venancio Quevedo y todos aquellos que se consideren con derecho sobre el inmueble objeto del juicio y, en consecuencia, declarar que, con fecha catorce de noviembre de dos mil trece 14/11/2013, han adquirido el dominio por prescripción adquisitiva veinteñal, el inmueble hoy inscripto en el Registro General de la Provincia de Córdoba en relación a la Matrícula n 1567588 a nombre del Sr. Rosario Venancio Quevedo en un cien por ciento 100
%, y que se lo describe en demanda como:
Una fracción de terreno, con todo lo edificado, clavado, plantado y adherido al suelo, que la constituye el extremo norte del solar letra O, de la manzana número cincuenta y seis del pueblo de Canals, Pedanía Loboy, departamento Unión, de esta Provincia de Córdoba; con superficie total de cuatrocientos metros cuadrados, que afecta la forma de un rectángulo que mide quince metros en sus lados norte y sud, por treinta metros en sus lados este y oeste, y que linda: al Norte, con calle pública; al Este, con de José González y la Sociedad La Catalina S.R.L.; al Sud, con propiedad de la Sociedad La Catalina S.R.L.; y al Oeste, con parte de la propiedad de Teodoro y Luis Quevedo, inscripta en el Registro General de la Provincia de Córdoba, derechos y acciones equivalentes a la mitad indivisa al dominio n 967, folio 787, año 1926, y los derechos y acciones equivalentes a la otra mitad indivisa, al dominio n 378, Folio 434, año 1928. Y que según plano de mensura confeccionado al efecto, la descripción del inmueble de marras, es el siguiente: Lote de terreno, ubicado en el pueblo de Canals, Pedanía Loboy, Departamento Unión, Provincia de Córdoba, designado como lote número treinta y nueve, de la manzana cincuenta y seis, con las siguientes medidas y linderas. Partiendo del esquinero nor-oeste vértice A con ángulo interno de 9000 con rumbo sud-este hasta el vértice B, mide 15.00 metros línea A-B colindando con calle Entre Ríos, desde el vértice B con ángulo interno de 9000 hasta el vértice C mide 30.00 metros línea B-C colinda con la parcela 6 de Néstor Antonio Maurino, desde el vértice C
con ángulo interno de 9000 hasta el vértice D
mide 15.00 metros línea C-D. Colinda con la parcela 37 de Lirio Belgrano Wingerter; desde el vértice D con ángulo interno de 9000 hasta
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 30/06/2020 - 2º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

PaísArgentina

Fecha30/06/2020

Nro. de páginas32

Nro. de ediciones3635

Primera edición01/02/2006

Ultima edición26/06/2024

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