Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 05/02/2020 - 2º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

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a
Año del Bicentenario del Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano AÑO CVII - TOMO DCLXII - Nº 27
CORDOBA, R.A., MIÉRCOLES 5 DE FEBRERO DE 2020
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

JUDICIALES

debiendo corresponder además adicionar el interés de la tasa activa del B.N.A. con sus oscilaciones en el tiempo en función de lo expuesto en el considerando respectivo, con más gastos y costas en contra del Sr. Sosa, Horacio Javier.
2 Imponer las costas a la demandada conf. art.
68 y conc. del C.P.C.C.N. Regular los honorarios profesionales de los apoderados del B.N.A., Dres. Sebastián Monjo, María Marcela Servent, y Miryam Cristina Schmidt, por el doble carácter actuado, en conjunto y en la proporción de ley en una alícuota retributiva del 5,39% del capital e intereses. 3 Fijar el sellado judicial de actuación en un 3% del capital e intereses, a cargo de la demandada, importe que deberá ser reintegrado a la actora, como asimismo los aportes previsionales, si fueron abonados por el BNA en su oportunidad. 4 Protocolícese y hágase saber personalmente o por cédula. Fdo.: Dr. Alejandro Sánchez Freytes Juez Federal. Otra resolución: Córdoba, 04 de abril de 2018.- AUTOS Y
VISTOS: Y CONSIDERANDO: RESUELVO:
1 Hacer lugar a la aclaratoria solicitada e incluir en el considerando Nº2 y en el punto 1 del Resuelvo de la resolución de fecha 11/12/2017
como co-demandada a la Sra. Silva Marcela Cristina. 2 Protocolícese y hágase saber. Fdo.:
Dr. Alejandro Sánchez Freytes Juez Federal.
Córdoba, 11 de DICIEMBRE de 2019.
2 días - Nº 248511 - $ 1820 - 05/02/2020 - BOE

USUCAPIONES
El Sr. Juez de 1 Ins y 3 nom en lo Civil, Comercial, Conciliación y Familia de la ciudad de Río Tercero, Dr Martina Secretaria Nº 5, en autos caratulados 8864767 - BENITEZ, ANDRES
- USUCAPION cita y emplaza a los sucesores de GERÓNIMO RIVAROLA, de HIPÓLITO GERÓNIMO RIVAROLA, a los herederos de los Sres. JUANA ó JUANA EULOGIA RIVAROLA y de VICTOR ARMANDO BARCOS en el carácter de sucesores de VICENTE JULIO BARCO ó JULIO VICENTE BARCO, a los Sres. HECTOR
HUGO BARCO, MARTA AGUSTINA BARCOS, CESAR OMAR BARCO, OFELIA MERCEDES
BARCO, VICTOR JULIO CESAR BARCO, SILVIA BEATRIZ BARCOS y ADRIANA NOEMÍ BARCOS en el carácter de herederos denunciados de la Sra. JUANA EULOGIA ó JUANA
RIVAROLA y al Sr. ROQUE CÉSAR MEDINA, , para que comparezca a estar a derecho en las presentes actuaciones en el término de 20
días bajo apercibimiento de rebeldía. Cítese a todos los colindantes actuales en su calidad de 3 quienes deben ser citados en los domicilios denunciados y en los informados por las reparticiones catas-trales, para que comparezcan a
estar a derecho en el plazo de veinte días y a los que se consideren con derecho sobre el inmueble que se trata de prescribir para que en plazo de veinte días subsiguientes al vencimiento de la publicación de edictos comparezcan a estar a derecho, tomar participación y deducir oposición bajo apercibimiento a cuyo fin publíquense edictos en el Boletín Oficial y otro de amplia circulación en la forma autorizada por el Acuerdo Reglamentario N 29, Serie B, de fecha 11/12/01. Cítese , a la Procuración del Tesoro y a la Municipalidad de VILLA DEL DIQUE, en su calidad de 3, para que en el plazo de veinte días comparezcan a estar a derecho en los términos del art. 784 del C. P. C. C., estos deben ser notificados en los domicilios denunciados y en los informados por las reparticiones catastrales. Colóquese cartel indicativo con las referencias del inmueble mencionado a cuyo fin ofíciese. Hágase saber que deben exhibirse los edictos respectivos en la Municipalidad del lugar del inmueble como así también en el Juzgado de Paz del mismo. Ordenase la anotación del bien como litigioso a cuyo fin líbrese oficio al Registro General de la Propiedad ART.
1905 última parte C.C.C.N.. Notifíquese.-Fdo:
Dr. Martina Juez - Dra. Moya Prosecretaria.
OTRO DECRETO: RIO TERCERO, 01/11/2019.
Advirtiéndose de las constancias de autos fs.
97 que el nombre correcto del demandado denunciado a fs. 112 como HIPÓLITO GERÓNIMO RIVAROLA, resulta ser HIPÓLITO JERÓNIMO RIVAROLA, rectifíquese el proveído de fecha 31/10/2019, en el sentido que, en donde dice HIPÓLITO GERÓNIMO RIVAROLA, debe decir HIPÓLITO JERÓNIMO RIVAROLA. Notifíquese el presente conjuntamente con el proveído de fecha 31/10/2019 fs. 144. Fdo: Dr.
Martina Juez - Dra. Moya Prosecretaria QUEDAN UDS. DEBIDAMENTE NOTIFICADOS Rio Tercero noviembre de 2019. El inmueble se describe según títulos de la siguiente manera:
FRACCION DE TERRENO ubicada en Ped.
Monsalvo, Dopto Calamuchtita , Prov. De cordoba que mide 555.10 mts en sus costados norte y Sur, por 521.79 mts en sus costados Este y Oeste, lo uqe hace un superficie de VEINTIOCHO HECTAREAS NUEVE MIL SEISCIENTOS
CUARENTA Y CINCO METROS CUADRADOS, la que se designa como lote número SEIS del plano de división de condominio de los Señores Acuña, Ferreyra y Domínguez en la Sierrita, Ped. Monsalvo, Depto. Calamuchita Provincia de Córdoba, confeccionado por el Ing Palacio Cabrera Molina, Dicho lote linda al S. Y O con lote Nº 5, de Cesarea Ferreyra de Barco y Compartes; al E. con lote 7 de los Esposos Antonio Domínguez y Rafaela Acuña de Domínguez y
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al N. con lote Nº 9 de Sucesores de Anselmo Acuña. La presente acción afecta en su totalidad al lote de origen inscripto en el Registro General de la Provincia a nombre de RIVAROLA GERONIMO., RIVAROLA HIPOLITO GERONIMO Y
MEDINA ROQUE CESAR, bajo Folio Nº 35847, Año 1958, Folio 44317 Año 1967 y Folio 1135 del Año 2000. El Inmueble se encuentra empadronado bajo la cuenta 120602856548.-. Fdo: Dr.
Martina Juez Dra MoyaProsecretario.
10 días - Nº 243865 - s/c - 06/02/2020 - BOE

La sra. Juez de 1ra. Inst.C.C.Conc y FliaCtrol ,Niñez y Juv.Pen.Juvenil y Faltas -Sec.C.C.C.yFlia Cura Brochero,a cargo del Sr.
Juez : Dr.ESTIGARRIBIA José María ; Secretaria:dra TRONCOSO de Gigena Fanny Mabel.
autos LOPEZ LUISA DEL VALLE Y OTROS
USUCAPION MEDIDAS PREPARATORIAS
PARA USUCAPION Expte. 2343200,Se ha dictado la siguiente resolución.CURA BROCHERO, 10/10/2019. Téngase por iniciada la presente demanda de declaración de dominio por usucapión a la que se le imprime el trámite de juicio ordinario conforme lo prescripto por el art 782 del C. de P.C. Cítese y emplácese a quienes se consideren con derecho al inmueble y/o sus sucesores, objeto del presente juicio para que dentro del término de treinta días comparezcan a estar a derecho y tomar participación bajo apercibimiento de rebeldía en los términos del art 113 del C. de P.C. a cuyo fin publíquense edictos en el Boletín Oficial y Diario La Voz del Interior y en intervalos regulares de tres días dentro del término de treinta días y/o por cédula de ley según corresponda. Asimismo cítese por igual plazo y en calidad de terceros interesados:
al Sr. Procurador del Tesoro en representación de la Provincia, a León Domingo Manuel y/o Domingo Villarreal ó sus sucesores, y a los colindantes: Pedernera de Pizarro J., José Emiliano Rojas, Tomás Molina, Marcelo Sperman, Daniel Sperman, Silvia Sperman, Carlos Ignacio Pederenera, Pedo Pederrnera, Rómulo Vidal Pedernera, a los fines y bajo los apercibimientos del art. 784 del C.P.C.C..- Con intervención del Sr.
Juez de Paz que corresponda colóquese y manténgase a costa del peticionante y durante toda la tramitación del juicio y en lugar visible en el inmueble objeto de las presentes actuaciones, un cartel indicativo con todas las referencias necesarias acerca de la existencia de esta causa.
Exhíbase el texto de los edictos ordenados en el local del Juzgado de Paz y en la Municipalidad más cercana al inmueble objeto de la presente acción, durante el término de treinta días lo que se certificará en su oportunidad. Notifíquese.ESTIGARRIBIA, José María JUEZ/A DE 1RA.

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 05/02/2020 - 2º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

PaísArgentina

Fecha05/02/2020

Nro. de páginas42

Nro. de ediciones3638

Primera edición01/02/2006

Ultima edición01/07/2024

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