Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 02/10/2018 - 2º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

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2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria AÑO CV - TOMO DCXLVI - Nº 188
CORDOBA, R.A., MARTES 2 DE OCTUBRE DE 2018
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

JUDICIALES

Of.: Cba., 21/09/2018. Fdo.: Máspero Castro de González, Laura. - Prosec. Letr.5 días - Nº 174036 - $ 350 - 02/10/2018 - BOE

El Sr. Juez de 1 Inst. y 29 Nom. C. y C. Concursos y Sociedades N 5 hace saber que en autos CENTRO POL SRL - QUIEBRA INDIRECTA, por Sentencia N 274 del 13/09/18 se resolvió:
I Declarar la quiebra de CENTRO POL S.R.L., inscripta en el Registro Público el 26.01.96, Mat.
3082-B Fº594, Aº96, con sede social en calle Diego de Torres Nº1642 de la ciudad de Córdoba, en los términos de los arts. 288 y 289 LCQ
V Ordenar a la fallida y a los terceros que posean bienes de ella, que dentro del plazo de veinticuatro horas los entreguen a la Sindicatura, bajo apercibimiento.VI Intímase a la fallida para que cumplimente acabadamente los requisitos a que refiere el art.86 2do. párrafo de la ley 24.522
VII Prohíbese a la fallida realizar pagos de cualquier naturaleza haciéndose saber a los terceros que los perciban, que los mismos serán ineficaces. Asimismo, prohíbese a los terceros efectuar pagos a la fallida, los que deberán realizarse por consignación judicial en los presentes autos.
Asimismo se fijaron las siguientes fechas: hasta el día 30/11/18 inclusive, para que los acreedores presenten las peticiones de verificación de sus créditos ante el síndico Cr. Julio Esteban Gavatorta, Av. Velez Sarsfield 56, piso 3E, torre Genaro Perez, complejo Santo Domingo, Cba.;
Informe Individual: 12/02/19; Resolución art. 36
L.C.Q: 21/03/19; Informe General: 24/04/19. Of.
24/9/18
5 días - Nº 174275 - $ 1960,40 - 03/10/2018 - BOE

El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Inst.
y 7ma. Nom. Civil y Com. Conc. y Soc. Nro. 4
de esta Ciudad de Córdoba, en autos TN SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
- QUIEBRA PROPIA SIMPLE Expediente N
7547711 ha resuelto: por Sentencia Nro. 73 de fecha 21/09/2018. Declarar el estado de quiebra de TN SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA C.U.I.T. 30-70959460-1 con sede social inscripta en calle Av. Figueroa Alcorta Nº185
Piso 8 de la ciudad de Córdoba, inscripta en el Registro Público en el Protocolo de Contratos y Disoluciones bajo Matrícula N8546-B, el 02/06/2006. Intimar a la fallida y a los terceros que posean bienes de su propiedad para que en el término de veinticuatro horas procedan a entregarlos al órgano sindical. Prohibir a la fallida hacer pagos de cualquier naturaleza, haciéndose saber a terceros que los perciban que los mismos serán ineficaces. Establecer como fecha límite para que los acreedores presenten sus pedidos de verificación y los títulos perti-

nentes ante la Sindicatura hasta el 19/12/2018, debiendo atenerse a cuanto prescribe el art. 200
L.C.Q., en lo pertinente. Fijar como fecha para que la sindicatura presente el Informe Individual de los créditos el 30/04/2019. Fijar como plazo tope para que el Síndico presente el Informe General el 09/09/2019, debiendo indicar en dicho informe si existen actos susceptibles de acciones de responsabilidad en los términos del art. 173 de la L.C.Q. Disponer que la Sentencia de Verificación de Créditos será dictada el día 06/08/2019. Intímese a la deudora para que en el término de 24 hs. entregue al Síndico los libros de comercio y toda documentación obrante en su poder relacionada con su actividad. Sindicatura: Estudio AleuFushimiEimer. Domicilio:
9 de Julio Nº721, Torre I, Piso 1º Dpto. A, Ciudad de Córdoba. Of. 27/09/2018.
5 días - Nº 174770 - $ 2683,10 - 09/10/2018 - BOE

El Sr. Juez de 1 Inst. y 29 Nom. C. y C. Concursos y Sociedades N 5 hace saber que en autos NAVARRO TORRE, JUAN JOSEQUIEBRA PEDIDA SIMPLE Expte. Nº7181105, por Sentencia N296 del 21.09.18 se resolvió: I
Declarar la quiebra del Sr. Juan José Navarro Torre, D.N.I. 11.527.628, CUIL 20-11527628-0, con domicilio en calle Deán Funes Nº52, Piso 3, Dpto. 307 de esta ciudad, en los términos de los arts. 288 y 289 L.C.Q. IV Ordenar al fallido y a los terceros que posean bienes del mismo, para que en el término de veinticuatro horas de su requerimiento, pongan a disposición del Sr.
Síndico los mismos, bajo apercibimiento V Intímase al fallido para que cumplimente acabadamente los requisitos a que refiere el art.86 2do.
párrafo de la ley 24.522 VI Prohíbese al fallido realizar pagos de cualquier naturaleza haciéndose saber a los terceros que los perciban, que los mismos serán ineficaces. Asimismo, prohíbese a los terceros efectuar pagos al fallido, los que deberán realizarse por consignación judicial en los presentes autos. Asimismo se fijaron las siguientes fechas: hasta el día 07.12.18 inclusive, para que los acreedores presenten las peticiones de verificación de sus créditos ante el síndico Cr. José Manuel Melero, Ayacucho449, 1er Piso, A, Cba.; Informe Individual: 09.04.19;
Resolución art. 36 L.C.Q: 12.06.19; Informe General: 16.07.19. Of. 28.09.18.

INDIRECTA EXPTE. Nº 6423914, SENTENCIA NÚMERO: sesenta y cuatro 64, San Francisco, diecisiete de septiembre de dos mil dieciocho.- Y VISTOS: Y CONSIDERANDO:
RESUELVO: 1º Declarar la quiebra del señor Julio Cesar Benitez, DNI: 24.344.502, argentino, casado, responsable inscripto, con domicilio real en calle Garibaldi Nº 85 de esta ciudad, provincia de Córdoba y con domicilio procesal en calle Bv. 9 de julio N 1379 de la ciudad de San Francisco. 3º Publicar edictos en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba conforme con el art. 89 de la LCQ. 4 Ordenar la inmediata realización de los bienes del fallido, a cuyo fin, hágase saber al Síndico que deberá proceder a la incautación de los bienes y papeles del mismo, con la intervención del Sr. Oficial de Justicia. Oportunamente la sindicatura aconsejará la forma de realizar los bienes y la designación de un liquidador si correspondiere. 5 Proceder al inmediato desapoderamiento e incautación de los bienes y papeles del fallido, a cuyo fin ofíciese, cumplimentándose con los arts. 107 y 108
LCQ. 6 Ordenar al fallido y a los terceros que tengan bienes del mismo, para que dentro de las 24 hs. entreguen al Síndico, los bienes de aquél, bajo apercibimientos de ley. 11 Ordenar a la Sindicatura actualizar los créditos oportunamente verificados, hasta la presente declaración de quiebra. Los acreedores posteriores a la presentación concursal pueden requerir la verificación por vía incidental, según lo dispuesto por el art. 202 LCQ. Protocolícese, hágase saber y dese copia. Fdo.: Dr. Carlos Ignacio Viramonte.Juez.- NOTA: Se hace saber que el síndico es el Cr. Héctor Eduardo Giordani, con domicilio en calle Bv. 25 de mayo Nº 2280 de la ciudad de San Francisco Cba.. OF: 28/09/2018.
5 días - Nº 175109 - $ 5335 - 05/10/2018 - BOE

5 días - Nº 174879 - $ 1948,85 - 08/10/2018 - BOE

El Juzgado de 1 Instancia y 33 Nominación Civil y Comercial, Concursos y Sociedades N6, de Córdoba, Secretaría Beltramone, hace saber que en autos: RODRIGUEZ, HECTOR
OSCAR QUIEBRA PEDIDA SIMPLE Expte.
N6994491, por Sentencia N 332, de fecha 20/09/2018, se dispuso: Declarar en estado de quiebra al Sr. HÉCTOR OSCAR RODRÍGUEZ DNI 12.951.030, con domicilio real en Sarmiento n214, localidad de La Calera, prov.
de Córdoba. Ordenar al fallido y a los terceros
Por disposición del Sr. Juez Dr. Carlos Ignacio Viramonte a cargo del Juzgado de 1º Instancia en lo Civil y Comercial de 3º Nominación de la Ciudad de San Francisco, Secretaría Nº 5; se da publicidad el siguiente edicto en los autos caratulados: BENITEZ, JULIO CESAR QUIEBRA

que posean bienes de aquél que, dentro del plazo de 24 horas, hagan entrega de los mismos a la Sindicatura, bajo apercibimiento. Prohibir al fallido hacer y percibir pagos de cualquier naturaleza, los que serán ineficaces de pleno derecho art. 88 inc. 5 L.C.Q.. Intimar al fallido para que, dentro del término de 48

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 02/10/2018 - 2º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

PaísArgentina

Fecha02/10/2018

Nro. de páginas42

Nro. de ediciones3637

Primera edición01/02/2006

Ultima edición28/06/2024

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