Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 14/03/2017 - 2º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

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2016 - 2017 Año Brocheriano AÑO CIV - TOMO DCXXVII - Nº 50
CORDOBA, R.A., MARTES 14 DE MARZO DE 2017
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

JUDICIALES

agréguese copia en autos.- Fdo. MERCADO de NIETO, Emma del Valle; JUEZ DE 1RA. INSTANCIA
15 días - Nº 89539 - s/c - 21/03/2017 - BOE

CÁMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA
DE PRIMERA NOMINACION DE CÓRDOBA
Córdoba, 06 de Diciembre de 2013 EXPEDIENTE : 1635152 - RIVERO PICCIONI, LAURA
ISABEL Y OTRO C/ PROVINCIA DE CÓRDOBA
- ILEGITIMIDAD SENTENCIA NUMERO: 188
SE RESUELVE: 1 Rechazar la demanda contencioso administrativa de ilegitimidad incoada por Laura Isabel Rivero Piccioni en contra de la Provincia de Córdoba. 2 Imponer las costas a la actora nombrada, por lo que a ella se refiere la acción en la que ha sido vencida y diferir la regulación de honorarios de los letrados intervinientes para cuando exista base económica suficiente al efecto. 3 Hacer lugar a la demanda contencioso administrativa de ilegitimidad incoada por Susana María Ríus en contra de la Provincia de Córdoba, y en consecuencia declarar la nulidad del Decreto N 2.255/10 y de la denegatoria tácita operada respecto del recurso de reconsideración incoado en contra de dicho acto. 4 Notificar la presente resolución al Sr.
Fiscal de Estado y ordenar la publicación de su parte dispositiva en el Boletín Oficial, por cinco días, corriendo por cuenta de la demandada las erogaciones que de ello se deriven. 5 Imponer las costas la demandada vencida por lo que se refiere a la actora Susana María Ríus y diferir la regulación de honorarios de los letrados intervinientes para cuando exista base económica suficiente al efecto. Protocolícese y dése copia.
5 días - Nº 90507 - s/c - 14/03/2017 - BOE

TARJETA NARANJA S.A. C/ CARRIZO, DARIO
DANIEL - Cobro de Pesos - Abreviado Expte.:
1952297/36, se ha dictado la siguiente resolución: SENTENCIA NÚMERO: OCHENTA Y
SIETE - Córdoba, TREINTA Y UNO de MARZO
de Dos Mil Dieciséis.- Y VISTOS: Y CONSIDERANDO: RESUELVO: I Hacer lugar a la demanda incoada por Tarjeta Naranja S.A. en contra de CARRIZO Darío Daniel D.N.I.
33.303.061, condenando a este último a abonar a la actora en el plazo de diez 10 días y bajo apercibimiento de ejecución, la suma de pesos dos mil quinientos treinta y tres con 57/100 $ 2.533,57, con más los intereses establecidos en el considerando pertinente y costas.- 2 Regular los honorarios de los Dres.
Paula Susana ALLADIO y Luis RODRIGUEZ DE
LA PUENTE en conjuntoen la suma de pesos seis mil ciento setenta y tres con 70/100 $
6.173,70 con más la suma de pesos un mil dos-

cientos treinta y cuatro con 74/100 $ 1.234,74, correspondientes al art. 104 inc. 5 de la ley 9459
en favor de la primera de las nombradas, debiendo adicionarse sobre estos importes el Impuesto al Valor Agregado I.V.A. según la condición tributaria que tengan los profesionales, a la fecha del efectivo pago.- 3 Firme la presente, restitúyase por Secretaría y a sus presentantes, los documentos acompañados a la instancia, debiendo dejar recibo en autos y en el bibliorato correspondiente.- PROTOCOLICESE, HAGASE
SABER Y DESE COPIA.- Fdo: Fassetta, Domingo Ignacio - Juez De 1ra. Instancia.5 días - Nº 90185 - $ 1757,45 - 15/03/2017 - BOE

USUCAPIONES
RIVERO NELIDA PILAR Y OTROS-USUCAPIÓN. EXPTE N 619533 JUZ.CIV.COM.CONC.
FAMI. SEC.2 - DEAN FUNE Y VISTOS..Y CONSIDERANDO..RESUELVO: I Hacer lugar a la aclaratoria deducida respecto la sentencia número setenta y cuatro de fecha veintisiete de junio del cte. año fs. 197/200 en el resuelvo: I
Donde dice hacer lugar a la demanda de usucapión entablada por Nélida Pilar Rivero, Carlos Alberto Rivero, María Beatriz Rivero, Margarita Esther Rivero y Leoncio Juvencio Rivero, en contra de todos aquellos que se consideren con derechos sobre el inmueble objeto de usucapión debe decir hacer lugar a la demanda de usucapión entablada por Nélida Pilar Rivero CUIL 27-05867294-2, Carlos Alberto Rivero CUIL 20-7960226-5, María Beatriz Rivero CUIL
27-10049320-4, Margarita Esther Rivero CUIL
23-10653090-4 y Leoncio Juvencio Rivero CUIL
20-11261279-4, en contra de todos aquellos que se consideren con derechos sobre el inmueble objeto de usucapión. II Certificar por secretaria mediante nota marginal el dictado del presente resolutorio.- Protocolícese, agréguese copia y hágase saber.- Firmado: Dra. Mercado de Nieto, Emma del Valle. Juez de 1ra Instancia;
26 días - Nº 91339 - s/c - 24/04/2017 - BOE

La Sra Jueza de 1 Instancia en lo Civil, Com, Concl., y Flia de 2 Nom. de la Ciudad de Jesús María, en autos PERALTA, ARSENIO BRÍGIDO USUCAPION - MEDIDAS PREPARATORIAS PARA USUCAPION -, Expte. N 307824, ha dictado la siguiente resolución: SENTENCIA
N 33.JESÚS MARIA, 01/03/2017 Y VISTOS:
Y CONSIDERANDO: RESUELVO: 1 Hacer lugar a la demanda y en consecuencia declarar que el Sr. Arsenio Brígido Peralta, ha adquirido el dominio por prescripción adquisitiva veinteañal las parcela y/o lote que se identifica en plano para usucapión, aprobado por la Dirección
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

General de Catastro de la Provincia, con fecha 12/09/2008, expediente 0033-36102/08, confeccionado por el Ing. Fedor Fernando Zaya, M.P.
1227/1, que se describe como inmueble que se ubica en la localidad de CAÑADA DE LUQUE, del Departamento Totoral, Pedanía Candelaria, con Nomenclatura Catastral: C. 01-S. 01 Mz.
02 P. 03, sobre calle 9 de Julio esquina Malvinas Argentinas. Sus medidas lineales son las siguientes: El lado Norte es la línea A-B con una longitud de 23,59 m, al lado Oeste, es la línea B-C, se ubica a partir del punto B con un ángulo interno de 94º 54y una longitud de 48,56 m. El lado Sur lo constituye la línea C-D a partir del punto C con un ángulo interno de 88º 41y una longitud de 24,67 m. Por último el lado Este lo constituye la línea D-A, que a partir del punto D, con un ángulo interno de 90º 00 y una longitud de 50,02 m. se arriba al punto de Partida A que originó el lado norte con un ángulo interno de 86º 25. Los colindantes son Al Norte con Pablo Abelardo Peralta, Parcela 10; al Oeste con Gustavo Manuel Moyano, Parcela s/d, al Sur con Calle Malvinas Argentinas y al Este con calle 9
de Julio. El inmueble consta de una superficie total de UN MIL CIENTO OCHENTA Y SIETE
METROS CUADRADOS CON NOVENTA Y
CINCO CENTIMETROS 1187,95 mts. cddos.
y consta de una superficie cubierta de 306,27
mts. cuadrados. El inmueble en cuestión afecta parcialmente el dominio inscripto en el Folio 14, Tº A, del año 1921, a nombre de Petrona Oliva de Caminos, cuya designación oficial es Lote 9.
2Ordenar la publicación de los edictos de ley y oportunamente librar oficio al Registro General de la Provincia a los fines de la matriculación y posterior inscripción del inmueble antes descripto a nombre del actor, Sr. Arsenio Brígido Peralta. 3 Imponer las costas al actor peticionante, a cuyo fin se regulan provisoriamente los honorarios del Dr. Hernán Crespo en la suma de Pesos Diez Mil Trescientos Dieciocho con Ochenta centavos $10.318,80 -20 jus-. No regular honorarios al abogado de la Provincia de Córdoba, Dr. Félix A. Frías art. 26 -contrario sensuley 9459. Protocolícese, hágase saber y dese copia.- -Fdo.: FERRERO, Cecilia María JUEZ DE
1RA. INSTANCIA.
10 días - Nº 91214 - s/c - 12/04/2017 - BOE

El Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Conciliación de 1ra. Nominación, de La ciudad de Villa Dolores, Cba. Dr. Juan Carlos Ligorria, Secretaria N 1 en autos: SUCESIÓN
DE ECHENIQUE SEGURA IGNACIO ÁNGEL
USUCAPIÓN, Expte. N 808787 mediante sentencia n 118 de fecha 03/10/2016, RESUELVE:
a a Admitir la demanda de que se trata y en
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 14/03/2017 - 2º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

PaísArgentina

Fecha14/03/2017

Nro. de páginas37

Nro. de ediciones3646

Primera edición01/02/2006

Ultima edición12/07/2024

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