Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 06/09/2016 - 2º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

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AÑO CIII - TOMO DCXXI - Nº 174
CORDOBA, R.A., MARTES 6 DE SETIEMBRE DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

JUDICIALES

tos LEDESMA VERONICA ANDREA Y OTRO
SUMARIA INSCRIPCION DE NACIMIENTO
EXPTE. 1293605/1 se ha dictado la siguiente Resolución: AUTO NUMERO: 144. VILLA CARLOS PAZ 01/04/2016. Y VISTOS: Y CONSIDERANDO: RESUELVO: I Hacer lugar a la presente sumaria información y en consecuencia ordenar al Registro de Estado civil y Capacidad de las Personas a fin de que proceda a anotar el nacimiento de la señoritas Andrea Verónica Sosa Ledesma, nacida el día 22 de abril de 1995 y Gabriela Soledad Sosa Ledesma nacida el día 24 de abril de 1991 en la ciudad de Villa Carlos Paz, Provincia de Córdoba, hijas de Elsa Elena Ledesma, DNI 16.069.793 y de Santos Ángel Sosa, DNI 13.647.077, a cuyo fin ofíciese.
II Publíquense edictos en el Boletín Oficial en la forma expuesta en el considerando respectivo a cuyo fin ofíciese. Protocolícese, hágase saber y dese copia. FDO: OLCESE, Andrés - JUEZ DE
1RA. INSTANCIA.- Villa Carlos Paz, 22 de agosto de 2016.

mil novecientos setenta y seis, a cuyo fin deberá librarse oficio. 3 Declarar extinguida en lo sucesivo la comunidad de ganancias, quedando a salvo los derechos de los terceros de buena fe que no sean adquirentes a título gratuito art.480, 1 y 4to párrafos del CCC. No procede en esta instancia pronunciarse sobre la fecha de la retroactividad en orden a tal circunstancia, atento no obrar acreditado en autos dicho extremo, sin perjuicio de ocurrir los interesados, en su caso, por la vía procesal que corresponda a fin de emitir decisión sobre los efectos del divorcio;
en tal sentido se ha sostenido: La circunstancia de dictarse el divorcio a la luz del Código Civil y Comercial recientemente sancionado no significa establecer en qué momento se extinguirá la comunidad, con lo cual a la hora de liquidarse los bienes ninguno de los litigantes estará impedido de invocar y acreditar que medió una separación de hecho y que, por ende, sea el día del cese de la convivencia el momento al cual corresponde retrotraer la extinción de la comunidad art. 480, 2do. párrafo, CCCN Confr. Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, sala B; B., C. R. c. V., R. B. s/ divorcio - 09/11/2015.
4 Disponer que las costas sean soportadas por el orden causado, atento lo manifestado en el considerando respectivo. No regular los honorarios de la abogada María Elvira Ispani arts. 1, 2 y 26, ley 9.459. Protocolícese, hágase saber y dése copia. Fdo: OSSOLA de AMBROGGIO, Pamela Virginia del Huerto JUEZ DE 1RA. INSTANCIA

conocimiento del Sr. Guillermo José Libardi la iniciación de la presente acción a los fines que hubiere lugar.
2 días - Nº 68188 - $ 404,90 - 06/10/2016 - BOE

USUCAPIONES

La Sra. Juez de 1. Inst. Juzg de Flia de 3a. Nom, en autos CABRERA, GRACIELA MARIA C/ AYLLON TELLERIA, FROILAN NEOCIT - DIVORCIO VINCULAR - CONTENCIOSO 2529077,.
SENTENCIA NÚMERO: Doscientos diecisiete - Córdoba, cuatro de julio de dos mil dieciséis.
Y VISTOS: Y CONSIDERANDO: RESUELVO: 1 Hacer lugar a la petición y declarar el divorcio de los señores Graciela María Cabrera, M.I. 10.249.890 y Froilan Neocit Ayllon Tellería
EDICTO: RIO CUARTO, 08/08/2016. El Sr. Juez en lo Civil y Com. de 7ma Nom. Secretaría Nº 14, en autos LIBARDI, MARIA PAZ SUMARIA
EXPTE Nº 2869977 ha ordenado la publicación de edictos una vez por mes en el lapso de dos meses, con motivo del pedido de suprimir el apellido paterno de la solicitante MARIA PAZ
LIBARDI DNI 35.473.049. Admítase. Imprímase trámite de juicio abreviado. A lo fines prescriptos en el art. 70 del C.C.CyN y art. 84 de la Ley 26.413 del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas, ofíciese al Registro General de la Propiedad, Registro Público de Comercio y Registro de Juicios Universales, a fin de que se
Juzgado Civil 44 de la ciudad de Cordoba, EXPEDIENTE: 1950415/36 - NIEVAS, Carlos y otro - USUCAPION - MEDIDAS PREPARATORIAS
PARA USUCAPION SENTENCIA NÚMERO: Ochenta y ocho 88.-Córdoba, dos 02
de Mayo de Dos Mil Dieciséis Y VISTOS: Estos autos caratulados NIEVAS, CARLOS Y OTRO
USUCAPION MEDIDAS PREPARATORIAS
PARA USUCAPION, EXPTE. N 1950415/36 de los que resulta que a fs. 1 comparecen los Sres.
Carlos Nieva, DNI 6.819.511 y Miriam Zorn, DNI
13.112.932 a preparar demanda de usucapión.
Expresan que han adquirido por prescripción el inmueble que consiste en: Un lote de terreno ubicado en Av. Amadeo Sabatini N 2431, Dpto.
Capital, Municipalidad de Córdoba, Provincia de Córdoba, datos catastrales: Dist. 02, Zona 24, Manzana 046, parcela 040, Manzana oficial 5 y lote oficial 40. El terreno es irregular y cuenta con una superficie de 387,07m2, con las siguientes medidas: partiendo del esquinero A
con ángulo interno de 9000 y con rumbo Oeste, línea A-B de 10.00m de frente a la Av. Amadeo Sabatini, del punto B con ángulo de 9000, línea B-C 39.31m, linda en parte al Oeste con la parcela 32 de Gianni Ángela Luciana matrícula N 1.172.338, con parcela 34 de Banega Flavio matrícula N 1.061.387, y con parcela 35 de Tavano Andrés Quinto, matrícula N 74.847, del punto C con un ángulo interno de 8306, línea C-D 10.07m, linda al noreste con parcela 20 de Brunotto Carlos Alberto y De Grave Ricardo Alberto, matrícula N 123.910, del punto D cerrando la figura con un ángulo de 9654, línea D-A
38.10m, linda al este con parcela 15 expediente 0033-95740/82, carpeta N 7310, conforme descripción que surge del Plano de Mensura de Posesión; que se encuentra anotado al Dominio 17.747 de fecha 20-4-1983 en relación a la Matrícula 124.053 del departamento Capital. Que todo ello surge del Plano de Mensura firmado por el Ing. Civil Carlos Pettinari y Visado por la Dirección General de Catastro. En virtud de ello es que solicitan ser declarados titulares del do-

Pasap. N 117/70 con los alcances y efectos establecidos por el art. 2437 del CCC. 2 Ordenar la anotación respectiva en el Acta de Matrimonio Nro. 3, Folio 3, labrada en el Registro del Estado Civil y Capacidad de las personas de la Ciudad de Las Varillas, departamento San Justo, provincia de Córdoba, con fecha dieciséis de enero de
informe sobre medidas precautorias existentes respecto de la interesada. Dese intervención al Sr. Fiscal de Instrucción y al Registro Civil y Capacidad de las Personas y oportunamente córraseles traslado. Publíquese edictos de ley en el Boletín Oficial una vez por mes, en el lapso de dos meses. Sin perjuicio de ello póngase en
minio del inmueble referido.--- y CONSIDERANDO: I. ..-RESUELVO: I Hacer lugar en todas sus partes a la acción promovida, declarando a los Sres. Carlos Nievas, DNI 6.819.511 y Miriam Zorn, DNI 13.112.932 titulares del derecho de dominio sobre el inmueble descripto como: Un lote de terreno ubicado en Pueblo Sarmiento, Dpto.

2 días - Nº 68365 - s/c - 06/10/2016 - BOE

El Sr. Juez de 1º Inst. y 44 Nom. en lo Civil y Com. de Córdoba, en autos CHESSEL Juan Jose c/ CAMPOS Daniel Gustavo y otro Exp. Nº 2626082/36, Autos N 486, Y VistosY considerando..Resuelvo: Regular en forma definitiva los honorarios profesionales del Ab. CHESSEL
JUAN JOSE por los trabajos realizados en la etapa de ejecución de sentencia, en la suma de pesos dos mil treinta y siete con veintiocho centavos $2.037,28, con más la suma de pesos cuatrocientos veintisiete con ochenta y dos centavos $427,82 en concepto de I.V.A atento la calidad de inscripto ante la AFIP. Protocolícese, hágase saber y dése copia. Cba 08/08/2016.
Juez: Alicia Mira.
1 día - Nº 67878 - $ 103,55 - 06/09/2016 - BOE

1 día - Nº 68237 - $ 480,29 - 06/09/2016 - BOE

SUMARIAS

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 06/09/2016 - 2º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

PaísArgentina

Fecha06/09/2016

Nro. de páginas33

Nro. de ediciones3646

Primera edición01/02/2006

Ultima edición12/07/2024

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