Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 22/11/2011 - 2º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

BOLETÍN OFICIAL

Córdoba, 22 de Noviembre de 2011
fecha de dictado de la resolución judicial verificatoria a que alude el art. 36 de la ley 24.522, el día 10 de abril de 2011. Fdo. Dra.
Delia I. R. Carta de Cara, Juez. Of. 15/11/11.
Nasif, Prosec..
5 días - 32083 - 29/11/2011 - $ 92
Por orden del Sr. Juez 26 Nom. Civil y Com. Concursos y Sociedades N 2- en autos:
OTRERAS, GRACIANA DE LA CONSOLACION
- QUIEBRA PROPIA SIMPLE EXPTE. N
2194640/36 SENTENCIA NUMERO: 554
Córdoba, 04 de noviembre de dos mil once y VISTOS: Y CONSIDERANDO:
RESUELVO:1 Declarar la quiebra de Graciana de la Consolación Otreras D.N.I. 6.242.956, domiciliado en calle Rondeau N 551, piso 3, Departamento D, Provincia de Córdoba.
7 Intimar a la fallida para que dentro del término de cuarenta y ocho horas dé acabado cumplimiento a las disposiciones del arto 86 de la Ley N 24.522 y para que dentro del término de veinticuatro horas ponga a disposición del Síndico los bienes y documentación relacionada con su actividad en forma apta para que dicho funcionario pueda tomar inmediata y segura posesión de los mismos, bajo apercibimiento.
8 Prohibir a la fallida hacer pagos de cualquier naturaleza, y hacer saber a los terceros que los perciban, que los mismos serán ineficaces y prohibir a los terceros efectuar pagos a la fallida, los que deberán realizarse por consignación judicial en los presentes obrados.
13 Fijar como plazo para que los acreedores presenten las peticiones de verificación de sus créditos ante el síndico hasta el día dieciséis de marzo de dos mil doce inclusive. 14 Fijar como fecha para que el sindico presente el Informe Individual el día catorce de junio de dos mil doce. Hacer saber que la resolución prevista por el arto 36 de la L.C.Q. se dictará el día veintiocho de septiembre de dos mil doce. 15 Fijar como fecha para que el síndico presente el Informe General el día treinta de octubre de dos mil doce .
Fdo: Ernesto Abril -JUEZOficina, 07 de noviembre de 2011.
5 días - 31602 - 29/11/2011 -$ 175
SAN FRANCISCO. Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Segunda Nominación, Secretaría N 3 de la ciudad de San Francisco, se hace conocer la siguiente resolución dictada en los autos caratulados: ZANELLO CARLOS ALEJANDRO
- Concurso Preventivo - Hoy QUIEBRA.
SENTENCIA NUMERO: cuatrocientos cincuenta y nueve.- San Francisco, siete de noviembre de dos mil once.- Y VISTOS: Los autos caratulados ZANELLO CARLOS ALEJANDRO
- Concurso Preventivo , Expte. Nro. 373367
Letra Z, N 02, del 14 de abril de 2010, Secretaría N 3 Y CONSIDERANDO:
RESUELVO: 1 Declarar la quiebra del Señor CARLOS ALEJANDRO ZANELLO, D.N.I.
29.079.367, argentino, casado con Yanina Carla VELEZ , nacido el 18 de setiembre de 1979, de profesión comerciante-industrial, CUIT
20-29079367-0 con domicilio real en calle Roque Sáenz Peña 786 y domicilio comercial en calle Liniers Nro. 775, ambos de la ciudad de La Varillas y con domicilio procesal constituido en calle Bv. Roca Nro. 1119 Legajo Estudio Baldrich ambos de esta ciudad de San Francisco, Departamento San Justo, Provincia de Córdoba, hijo de Graciela del Carmen Boetto DNI 11.049.181 y de Carlos Zanello.-9 Disponer se haga publicar por Secretaría por el término de cinco días en el BOLETÍN OFICIAL
de la Provincia la presente resolución, dentro de las veinticuatro horas de dictada, sin previo
pago art. 89 L.C.. Protocolícese, hágase saber y dése copia para el legajo.- Firmado: Dr.
Horacio Enrique VANZETTI - JUEZ.- NOTA: Se hace saber que el Síndico designado en los presentes autos, es el Contador Daniel PEL
TZER quien fija domicilio en calle 25 de mayo Nro. 1519, 1er piso Of. 7 de esta ciudad.- San Francisco, 09 de noviembre de 2011.- Tognon de Aschieri, Prosec..
5 días - 31921 - 29/11/2011 - $ 168
SAN FRANCISCO. Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Segunda Nominación, Secretaría N 3 de la ciudad de San Francisco, se hace conocer la siguiente resolución dictada en los autos caratulados: RAINAUDO DAVID JORGEQUIEBRA PEDIDA HOY CONCURSO
PREVENTIVO hoy QUIEBRA - SENTENCIA
NUMERO: cuatrocientos cincuenta y uno.- San Francisco, diecisiete de octubre de dos mil once.- Y VISTOS: Los autos caratulados RAINAUDO DAVID JORGE - QUIEBRA PEDIDA
Hoy Concurso Preventivo HOY QUIEBRA , Expte. Nro. 370513 Letra R, N 56, 2009, Secretaría N 3 Y CONSIDERANDO:
RESUELVO: 1 Declarar la quiebra del Señor DAVID JORGE RAINAUDO, D.N.I. 27.540.784, argentino, divorciado, nacido el 18 de setiembre de 1979, de profesión comerciante, domiciliado en calle In Aebnit Nro. 56 de la ciudad de Morteros, Departamento San Justo, Provincia de Córdoba.- 9 Disponer se haga publicar por Secretaría por el término de cinco días en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia la presente resolución, dentro de las veinticuatro horas de dictada, sin previo pago art. 89 L.C..Protocolícese, hágase saber y dése copia para el legajo.- Firmado: Dr. Horacio Enrique VANZETTI - JUEZ.- NOTA: Se hace saber que el Síndico designado en los presentes autos, es el Contador DANIEL MORERO quien fija domicilio en Pasaje Newton 1868 de esta ciudad.- San Francisco, 09 de noviembre de 2011.- Tognon de Aschieri, Prosec..
5 días - 31920 - 29/11/2011 - $ 140

SENTENCIAS
El Juzg. de 1o Inst. y 46 Nom. Civil y Comercial, Secretaria a cargo del Dr. Arévalo, en autos WASSAN, PEDRO OSMAR C/ MEDINA, VICTOR HUGO Y OTRODESALOJOFALTA DE
PAGOExp. Nro. 1691343/36, se ha dictado la siguiente resolución: SENTENCIA NÚMERO:
Trescientos Cincuenta y Nueve. Córdoba, nueve de setiembre de dos mil nueve.- Y
VISTOS Y CONSIDERANDO RESUELVO:
1o Hacer lugar a la demanda de DESALOJO
POR FALTA DE PAGO instaurada por el accionante Sr. PEDRO OSMAR WASSAN en contra de los demandados Sr. Víctor Hugo Medina y Cristina Del Valle Vidal, y en consecuencia condenar a los mismos a desalojar el inmueble sito en calle Figueroa Alcorta Nro. 285 Piso 8vo. Dpto. C de barrio Centro juntamente con las personas y/o cosas puestas o que de él dependan, dentro del término de diez días, bajo apercibimiento de lanzamiento, con costas. 2 Regular los honorarios del Dr. José Norberto Nacif en la suma de pesos cinco mil cuatrocientos $ 5400, con más la suma de Pesos ciento ochenta y seis con treinta $ 186,30 en concepto de tres 3 lus previsto por el art. 104 inc. 5 de la ley 9459. PROTOCOLÍCESE, HÁGASE SABER Y
DÉSE COPIA.5 días - 31678 - 29/11/2011 - $ 64
El Señor Juez de 1era. Instancia y 24
Nominación en lo Civil y Comercial de la Ciudad
de Córdoba, Secretaría a cargo de la Dra.
Morresi en autos caratulados HSBC BANK
ARGENTINA SA. C/ ARCE MARIANO DAMIAN.
EJECUTIVO. CUENTA CORRIENTE BANCARIA.
EXPTE N 1862511/36 se ha dictado la siguiente resolución: SENTENCIA NUMERO:
Cuatrocientos treinta y ocho. Córdoba, dieciséis de septiembre de dos mil once. Y
VISTOS Y CONSIDERANDO RESUELVO:
1 Declarar rebelde al demandado Arce Mariano Damian D.N.I. 26.180.033 hasta el completo pago del capital reclamado de Pesos Tres mil ochocientos sesenta y cuatro con ochenta centavos $3.864,80 con más los intereses los que deberán ser calculados conformes surge de los considerandos precedentes. 3. Imponer las costas al demandado a cuyo fin regulo los honorarios profesionales del Dr. Miguel Angel Escalera en la suma de Pesos Ochocientos cincuenta con cincuenta y tres centavos $850,53 con más el adicional que le corresponde en su carácter de responsable inscripto frente al IVA que asciende a la suma de Pesos Ciento setenta y ocho con sesenta y un centavos $178,61 y la suma de Pesos Trescientos cuarenta y ocho con noventa y nueve centavos $348,99 por el concepto previsto por el art. 104 inc. 5to.
Ley 9.459 con más el adicional que le corresponde en su carácter de responsable inscripto frente al IVA que asciende a la suma de Pesos Setenta y tres con veintiocho centavos $78,28. Protocolícese, hágase saber y dése copia. Fdo: Dra. Gabriela FaraudoJuez-.
5 días - 31677 - 29/11/2011 - $ 80
ALTA GRACIA. La Sra. Juez de 1 Inst. en lo Civ., Com., Conc. y Fam. de la Ciudad de Alta Gracia, Córdoba, Oficina de Ejecución Fiscal, hace saber a Los Sucesores de Costoyas y Herrera Norberto RaúlHerrera y DellAcqua Jorge AlbertoCostoyas y Herrera Susana BeatrizHerrera y DellAcqua Horacio Raúl, que en autos Municipalidad de Santa Rosa de Calamuchita C/ Costoyas y Herrera Norberto Raúl y Otros - Ejecutivo, Expte. N 242 se ha dictado la siguiente resolución:Sentencia N
520. Alta Gracia, 19/12/2008. Y vistos: y considerando: Resuelvo: I Ordenar llevar adelante la ejecución promovida por el Dr.
Gustavo Asis en contra de Costoyas y Herrera Norberto RaúlHerrera y DellAcqua Jorge AlbertoCostoyas y Herrera Susana Beatriz Herrera y DellAcqua Horacio Raúl, hasta el completo pago de la suma de $1109,55, con más sus intereses conforme a lo relacionado bajo el apartado IV del considerando de la presente resolución, todo a determinarse en la etapa de ejecución de sentencia. II Imponer costas a la demandada art.130 del CPCC, a cuyo fin regúlese los honorarios profesionales del Dr. Gustavo Asis en la suma de $372,60 y los que corresponden en concepto de apertura de carpetas art. 99 inc 5 de la Ley 8226, en la suma de $186,30. III Protocolícese, Hágase saber y Dése copia. Fdo: Dra. Graciela Maria Vigilanti -Juez. Otra resolución:Auto N 94. Alta Gracia, 27 de Febrero de 2009. Y vistos: Y
considerando: Resuelvo: 1 Aclarar la resolución N 520 de fecha 19/12/2008 en el sentido que donde .dice: Resuelvo: I
Ordenar llevar adelante la ejecución promovida por el Dr. Gustavo Asis en representación de la Municipalidad de Santa Rosa de Calamuchita, en contra de Costoyas y Herrera Norberto RaúlHerrera y DellAcqua Jorge AlbertoCostoyas y Herrera Susana BeatrizHerrera y DellAcqua Horacio Raúl, debe decir: Resuelvo: I
Ordenar llevar adelante la ejecución promovida por el Dr. Gustavo Asis en representación de
3 la Municipalidad de Santa Rosa de Calamuchita, en contra de Los Sucesores de Costoyas y Herrera Norberto RaúlHerrera y DellAcqua Jorge AlbertoCostoyas y Herrera Susana BeatrizHerrera y DellAcqua Horacio Raúl. II
Protocolícese, Hágase saber y Dése copia. Fdo:
Dra. Graciela María Vigilanti -Juez.
3 días 32070 - 29/11/2011 - $ 124
El juzgado de 1a Instancia y 50 a Nominación Civil y Comercial de esta ciudad de Córdoba, Secretaría única, en los autos caratulados BANCO SUPERVIELLE S.A. c/ QUINTANAANGEL ARIEL - PVE EXPTE. 1693367/36 ha dictado la siguiente resolución: Sentencia Número quinientos doce. Córdoba dos de noviembre de dos mil once. Y VISTOS Y
CONSIDERANDO RESUELVO: I Mandar llevar adelante la ejecución promovida por el apoderado de Banco Supervielle S.A., en contra del señor Angel Ariel Quintana, hasta el completo pago de la suma reclamada de pesos cuatro mil sesenta y dos con setenta y seis centavos, más los intereses establecidos en el considerando pertinente. II Imponer las costas al accionado, a cuyo fin se regulan los honorarios profesionales del Dr. Emilio José Crespo en la suma de pesos cuatrocientos sesenta y cinco con treinta y dos centavos por la preparación de la vía ejecutiva, más la suma de pesos novecientos cuarenta y cinco por sus trabajos hasta la sentencia y pesos trescientos cuarenta y nueve por el art. 104
inc. 5o de la ley 9459. Protocolícese, hágase saber y dése copia..- FDO: DRA. BENITEZ DE
BAIGORRI - JUEZ.
5 días - 31659 - 29/11/2011 - $ 64
La Señora Juez de 1a Inst. y 51a Nom. Civ. y Com. de Cba. sec. Dr. Founier Horacio Armando, con fecha nueve de Febrero de 2011 en autos Banco Macro S.A c/ Rojas Gabriela Susana Ejecutivo Expte. 1961600/36 dictó sentencia número once: Y VISTOS Y CONSIDERANDO
RESUELVO 1 Declarar rebelde a la Sra. ROJAS
GABRIELA SUSANA DNI 24.119.760. 2 Ordenar se lleve adelante la ejecución seguida por el Banco Macro SA en contra de ROJAS
GABRIELA SUSANA hasta hacerse al actor íntegro pago del capital reclamado de pesos QUINCE MIL QUINIENTOS TRES CON 57/100
$15.503,57 con más los intereses en la forma señalada en considerado 3; más IVA sobre intereses. Y las costas del juicio, a cuyo fin se regulan los honorarios del Dr. Julio Escarguel y Dr. Germán José Centeno, en la suma de pesos dos mil ochocientos noventa y siete con 85/100 $2.897,85 en conjunto y proporción de ley. Con más la suma de pesos doscientos sesenta y nueve con veintidós centavos $269,22 en virtud de lo prescripto por el Art.
104 inc. 5 de la Ley de Aranceles.
Protocolícese, hágase saber y dése copia. Fdo:
Claudia E. Zalazar Juez.5 días - 31657 - 29/11/2011 - $ 56
Córdoba. El Juzgado de Primera Instancia y 19 Nominación Civil y Comercial de esta ciudad, en los autos caratulados Banco Comafi Sa C/
García, Gustavo Ricardo - PVE Expte. N
1747270/36 ha dictado la siguiente resolución: Sentencia Número: 520. Córdoba, 23 de septiembre de dos mil once. Y VISTOS:
Y. CONSIDERANDO: RESUELVO: I Mandar llevar adelante la ejecución iniciada por Banco Comafi Sa condenando al Sr. Gustavo Ricardo García DNI 30.968.155 al pago de la suma de $
1.520,98, con más los intereses fijados en el considerando correspondiente desde que la suma es debida y hasta su efectivo pago. II
Imponer las costas al accionado, a cuyo fin

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 22/11/2011 - 2º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

PaísArgentina

Fecha22/11/2011

Nro. de páginas11

Nro. de ediciones3646

Primera edición01/02/2006

Ultima edición12/07/2024

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