Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 30/11/2010 - 2º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

Córdoba, 30 de Noviembre de 2010
del juzgado. A tales efectos, líbrese oficio Ley 22172, facultando su diligenciamiento al letrado José Tito Garnier, matrícula profesional 2344
y/o la persona que el mismo designe. Fdo.: Dr.
Carlos Torino, Juez.
3 días - 30564 - 2/12/2010 - s/c.En los autos: "Córdoba Bursátil S.A. c/Mare, Oscar Guillermo y otro - P.V.E. - Expte. N
339968/36", que se tramitan por ante el Juzgado de 1 Instancia y 35 Nom. Civil y Comercial de la ciudad de Córdoba, sito en Edificio de Tribunales I, Caseros 551, 2 piso sobre pasillo Caseros I, se ha dictado la siguiente resolución: "Sentencia Número:
quinientos cincuenta y siete 577, Córdoba, veintinueve de Diciembre de dos mil nueve. Y
Vistos Y Considerando Resuelvo: I
Mandar llevar adelante la ejecución promovida por Córdoba Bursátil S.A., en contra de Oscar Guillermo Mari. DNI. N 13.984.665 y Julio Jorge Yacuzzi, DNI. N 7.692.896, hasta el completo pago del capital reclamado, o sea la suma de pesos Quinientos cincuenta con 86/100 $
550,86.-, más intereses según el considerando respectivo. II Costas a cargo de los demandados, a cuyo fin se regulan en conjunto y proporción de ley los honorarios de los Dres.
Jorge Hugo Benavídez, Silvia Mabel García y Andrés Biga en la suma de pesos seiscientos veintiuno $ 621.- y en la suma de Pesos ciento ochenta y seis con 30/100 $ 186,30.-, atento lo prescripto por el art. 104 inc. 5to. de la Ley 9459. Protocolícese, hágase saber y dése copia. Fdo.: Dra. Ma. Cristina Sanmartino de Mercado Juez.
3 días - 30636 - 2/12/2010 - $ 84.En los autos: "Córdoba Bursátil S.A. c/Bazán Héctor Helio y otro - Ejecutivo - Expte. N
368672/36", que se tramitan en el Juzgado de 1 Instancia y 35 Nom. Civil y Comercial de la ciudad de Córdoba, sito en Edificio de Tribunales I, Caseros 551, segundo piso sobre Caseros, se dictó la siguiente resolución:
"Sentencia Número: ciento noventa y uno 191.
Córdoba, once de mayo de dos mil diez. Y
Vistos Y Considerando Resuelvo: I Hacer lugar a la demanda y en consecuencia mandar llevar adelante la ejecución promovida por Córdoba Bursátil S.A., en contra de los demandados Héctor Helio Bazán, DNI. N
10.047.807 y Eduardo Daniel Velázquez DNI.
N 14.155.586, hasta el completo pago de la suma de Pesos un mil cuatrocientos ochenta y cuatro con 58/100 $ 1.484,58.-, con más intereses calculados de conformidad a lo establecido en el considerando pertinente. II
Costas a cargo de los accionados, a cuyo fin regulo los honorarios profesionales de los Dres.
María Erika Nanzer y Andrés Biga, en conjunto y proporción de ley, en la suma de Pesos Setecientos treinta y siete con 20/100 $
737,20.-, con más la suma de Pesos Doscientos veintiuno con 16/100 $ 221,16.-, en virtud del art. 104 inc. 5to. de la Ley 9459.
Protocolícese, hágase saber y dése copia.
Fdo.: Dra. Ma. Cristina Sanmartino Juez.
3 días - 30637 - 2/12/2010 - $ 84.La Sra. Juez de Primera Instancia y 4ta.
Nominación en lo Civil y Comercial de Córdoba, en autos caratulados: Andrada Ferreyra Mirta del Tránsito y otro c/Superior Gobierno de la Provincia de Córdoba y otros Daños y Perjuicios Expte. N 595519/36, Secretaría Leticia Corradini, notifica al Sr. Rufino Raúl Carnero, DNI. 11.094.116 lo siguiente: Sentencia Número trescientos noventa y cinco. Córdoba, 25 de agosto de dos mil diez. Y Vistos: Y
Considerando: Resuelvo: 1 Hacer lugar a la
BOLETÍN OFICIAL
demanda deducida por Mirta del Tránsito Andrada de Ferreyra, DNI. 5.801.227 y Carlos Laudino Ferreyra, DNI. 7.996.793, en contra de Rufino Raúl Carnero, DNI. 11.094.116, María Estela Pérez, DNI. 11.750.355 y la Provincia de Córdoba, condenando a los demandados a abonar la suma de pesos doscientos veintiséis mil cuatrocientos cuarenta y tres con sesenta centavos $ 226.443,60.- con más los intereses calculados de conformidad a lo establecido en el considerando respectivo y costas, en una proporción del cincuenta por ciento para cada uno de los actores. 2 Regular los honorarios profesionales correspondientes a la labor desplegada en autos por los Dres. Américo M. Vaschetto y Graciela del Lourdes Díaz en conjunto y proporción de ley, en la suma de pesos ciento ochentas y ocho mil trescientos cuarenta y seis con noventa y cuatro centavos $ 188.346,94.. Protocolícese, hágase saber y dése copia.
Fdo.: María de las Mercedes Fontana de Marrone, Juez. Otra resolución: Auto número:
quinientos ochenta y tres. Córdoba, siete de septiembre de dos mil diez. Y Vistos: Y
Considerando: Resuelvo: Establecer que en todas las partes de la sentencia número trescientos noventa y cinco, dictada por este tribunal con fecha veinticinco de agosto del corriente año, a donde se consigna Carlos Laudino Pereyra, debe decir Carlos Laudino Ferreyra y donde se consigna Marta Estela Pérez debe decir María Estela Pérez. Tómese razón del dictado de la presente en la resolución rectificada. Protocolícese, hágase saber y dése copia. Fdo.: María de las Mercedes Fontana de Marrone, Juez.
N 30868 s/c.BELL VILLE Sentencia Número: ciento setenta y uno. Bell Ville, 22 de mayo de 2009.
Y Vistos: Estos autos caratulados: Ingrassia de Permegiani María Ángela c/Sucesión de Ernestina Tisera y Agustina Tisera Demanda de Escrituración Expte. I-04-1995. Y
Considerando: Resuelvo: I Hacer lugar parcialmente a la demanda de escrituración deducida por María Ángela Ingrassia de Permegiani, condenando a los demandados, herederos de Ernestina Tisera y Agustina Tisera a otorgar escritura traslativa de dominio respecto de los derechos y acciones que sobre el inmueble descripto en los vistos de la presente resolución le correspondían por derecho propio a Ernestina Tisera y Agustina Tisera a favor de la actora, en el plazo de treinta días hábiles, por ante el Escribano de Registro de la Sede que designe la actora, siendo esta quien correrá con los gastos derivados de dicho otorgamiento, bajo apercibimiento de que ante la renuncia de los demandados a escriturar, la misma será otorgada por el Judicante -de hallarse el título conformado a derecho-, corriendo el actor con los gastos derivados de dicho otorgamiento. II Imponer las costas del presente juicio a la parte demandada, difiriendo la regulación de honorarios del letrado interviniente para cuando exista base económica del juicio y se acredite condición tributaria ante AFIP. Protocolícese, hágase saber y dése copia. Fdo.: Dr. Galo E. Copello, Juez 1 Inst. 1 Nom. C.C.C. Bell Ville, Sec. N 3.
3 días 30963 - 2/12/2010 - $ 70.LABOULAYE El Sr. Juez de 1 Instancia y Única Nominación en lo Civil, Comercial, Conciliación y Familia de la ciudad de Laboulaye, Secretaría Única, cita y emplaza a Villarreal Hipólito Ramón, para que comparezca en autos: Municipalidad de Laboulaye c/Villarreal Hipólito Ramón s/Ejecutivo, bajo apercibimiento
de ley. Conforme los términos del decreto que se transcribe: Sentencia Número: setenta y ocho. Laboulaye, a los 7 días del mes de del año dos mil nueve. Y Vistos: Y
Considerando: Resuelvo: I Mandar llevar adelante la ejecución iniciada por Municipalidad de Laboulaye, en contra de Villarreal Hipólito Ramón hasta el completo pago de la suma reclamada de Pesos Un mil novecientos sesenta y cuatro con setenta y nueve centavos $
1.964,79.-, con más intereses conforme al considerando respectivo. II Costas a la demandada, a cuyo fin regulo los honorarios del Dr. Gabriel Adolfo Silva en la suma de Pesos trescientos diez $ 310.-, sin perjuicio de lo dispuesto por el art. 36 última parte de la Ley 9459, con más la suma de Pesos ciento ochenta y seis $ 186.- por las tareas previstas en el art. 104 inc. 5 de la Ley 9459. Protocolícese, hágase saber y dése copia. Fdo.: Dr. Pablo Actis, Juez. Fdo.: Dr. Jorge David Torres, Secretario. Of. Abril de 2010.
3 días 31297 - 2/12/2010 - $ 64.LABOULAYE - El Sr. Juez de 1 Instancia y Única Nominación en lo Civil, Comercial, Conciliación y Familia de la ciudad de Laboulaye, Secretaría Única, cita y emplaza a Niño Genaro, para que comparezca en autos: "Municipalidad de Laboulaye c/Niño Genaro s/Ejecutivo", bajo apercibimiento de ley. Conforme los términos del decreto que se transcribe: "Sentencia Número: ciento cuatro. Laboulaye, a los 30 días del mes de Abril del año dos mil nueve. Y
Vistos Y Considerando Resuelvo: I
Mandar llevar adelante la ejecución iniciada por Municipalidad de Laboulaye, en contra de Genaro Niño hasta el completo pago de la suma reclamada de Pesos siete mil setecientos veintiséis con sesenta y cuatro centavos $
7.726,64.-, con más intereses conforme al considerando respectivo. II Costas a la demandada, a cuyo fin regulo los honorarios del Dr. Gabriel Adolfo Silva en la suma de Pesos cuatrocientos sesenta $ 460.-, sin perjuicio de lo dispuesto por el art. 36 última parte de la Ley 9459, con más la suma de Pesos ciento ochenta y seis $ 186.- por las tareas previstas en el art. 104 inc. 5 de la Ley 9459. Protocolícese, hágase saber y dése copia. Fdo.: Dr. Pablo Actis, Juez. Fdo.: Dr. Jorge David Torres, Secretario. Of. 9 de Junio de 2010.
3 días - 31298- 2/12/2010 - $ 64.LABOULAYE - El Sr. Juez de 1 Instancia y Única Nominación en lo Civil, Comercial, Conciliación y Familia de la ciudad de Laboulaye, Secretaría Única, cita y emplaza a Tello Oscar Ismael, para que comparezca en autos:
"Municipalidad de Laboulaye c/Tello Oscar Ismael s/Ejecutivo", bajo apercibimiento de ley.
Conforme los términos del decreto que se transcribe: "Sentencia Número: sesenta y cuatro.
Laboulaye, a los 17 días del mes de Marzo del año dos mil nueve. Y Vistos Y
Considerando Resuelvo: I Mandar llevar adelante la ejecución iniciada por Municipalidad de Laboulaye, en contra de Tello Oscar Ismael hasta el completo pago de la suma reclamada de Pesos dos mil ocho con sesenta y siete centavos $ 2.008,67.-, con más intereses conforme al considerando respectivo. II Costas a la demandada, a cuyo fin regulo los honorarios del Dr. Gabriel Adolfo Silva en la suma de Pesos trescientos diez $ 310.-, sin perjuicio de lo dispuesto por el art. 36 última parte de la Ley 9459, con más la suma de Pesos ciento ochenta y seis $ 186.- por las tareas previstas en el art. 104 inc. 5 de la Ley 9459. Protocolícese, hágase saber y dése copia. Fdo.: Dr. Pablo
5 Actis, Juez. Fdo.: Dr. Jorge David Torres, Secretario. Of. 9 de Junio de 2010.
3 días - 31301 - 2/12/2010 - $ 64.COSQUÍN - El Juzgado en lo Civil, Comercial de Conciliación y Familia de Cosquín, Secretaria Nº1 en autos Díaz Joel c/ Rafaela Elisa Zapata de Bustos Abreviado cobro de pesos Expte.Letra D Nº30/07 ha dictado la siguiente resolución: Sentencia Número: Doscientos dos.
Cosquín, tres de Junio de Dos Mil diez. Y
Vistos Y Considerando Se Resuelve: 1
Hacer lugar a la demanda de repetición promovida por el Sr. Joel Díaz D.N.I.Nº32.809.133, en contra de la Sra.
Rafaela Zapata de Bustos y/o sus posibles herederos y en consecuencia, condenar a la demandada a abonar a la parte actora, la suma de Pesos Ocho mil Setenta y Cinco con treinta $ 8.075,30, con mas los intereses fijados en el considerando respectivo, desde la fecha de pago, hasta su efectivo pago. 2 Imponer las costas a la demandada, a cuyo fin se retribuye la labor profesional de la Dra. Cristina Haydee Arconstanzo en la suma de Pesos seis mil cuatrocientos cincuenta y nueve $ 6.459.
Protocolícese, hágase saber y dése copia.
Fdo.Dra.Cristina C. Coste de Herrero Juez.
Of. 29/10/10. Nora C. Palladino, Secretaria.
3 días 31485 - 2/12/2010 - $ 60.-

REBELDÍAS
BELL VILLE Sentencia Número: Doscientos cincuenta y dos. Autos: Aghemo Gabriel c/
Sucesores de Elena Scolter de Latorre
Ejecutivo Expte. A-55-2009, Y Vistos:Y
Considerando: Resuelvo: I Declarar rebelde a los accionados sucesores de Elena Scoltore de Latorre. II Mandar llevar adelante la ejecución en su contra, hasta el completo pago de la suma reclamada, de Pesos veinticinco mil novecientos treinta y ocho con noventa y ocho centavos $ 25.938,98.-, con más intereses, desde la fecha de promoción de la demanda 311-09, hasta la de su efectivo pago todo conforme a lo expresado en el considerando de esta resolución. III Las costas se imponen a la demandada vencida, regulándose los honorarios de los Dres. Oder Actis y Ernesto R. Gavier, en conjunto y en proporción de ley, en la suma de Pesos Tres mil cuatrocientos veintiocho con 86/100 conf. Arts. 28, 81 y conc.
Ley 9459. Protocolícese, hágase saber y dése copia. Dr. Galo Copello, Juez 1 Inst. 2 Nom.
C.C.C. Bell Ville. Sec. N 3.
3 días - 30964 - 2/12/2010 - $ 48.En los autos: "Banco de la Provincia de Córdoba c/Avalo Juan Armando - Ejecutivo Expte. N 1078694/36", que se tramitan por ante el Juzgado de 1 Instancia y 35 Nom. Civil y Comercial de la ciudad de Córdoba, sito en Edificio de Tribunales I, Caseros 551, Segundo piso s/calle Caseros, se dictó la siguiente resolución: "Sentencia Número: quinientos cuarenta y ocho. Córdoba, 23 de Diciembre de 2009. Y Vistos Y Considerando Resuelvo:
1 Declarar rebelde al demandado Juan Armando Avalo DNI. N 7.973.394.. 2 Mandar llevar adelante la ejecución promovida por el Banco de la Provincia de Córdoba, en contra del accionado Juan Armando Avalo DNI. N
7.973.394, hasta el completo pago de la suma reclamada de Pesos Trescientos ochenta con veinticinco centavos $ 380,25.- en concepto de capital adeudado al 1/7/2002, con más intereses, que se liquidarán en la forma indicada en el considerando pertinente, e IVA sobre los mismos. 3 Imponer las costas al demandado, a cuyo fin regulo los honorarios profesionales

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 30/11/2010 - 2º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

PaísArgentina

Fecha30/11/2010

Nro. de páginas11

Nro. de ediciones3638

Primera edición01/02/2006

Ultima edición01/07/2024

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