Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 16/03/2010 - 2º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

Córdoba, 16 de Marzo de 2010
Admítase en cuanto por derecho corresponda. Désele el trámite previsto por los arts. 783, 784 sig. y conc. del CPC. Cítese y emplácese a la demandada María Emilia Bazán para que en el plazo de 20 días comparezca a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley. Cítese y emplácese a los que se consideren con derecho sobre los inmuebles para que en el plazo de 20
días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento a cuyo fin publíquense edictos en el Boletín Oficial y Diario autorizado de la localidad más próxima a la ubicación del inmueble, por el término de diez veces a intervalos regulares dentro de un período de 30 días. Cítese en los términos del art. 784
del CPC. a fin de que tomen conocimiento del juicio en calidad de terceros interesados, a la Provincia de Córdoba y a la Municipalidad que corresponda según la ubicación de los inmuebles que se pretenda usucapir; y a los colindantes de los mismos en los domicilios que han sido denunciados en la demanda.
Cumpliméntese con lo dispuesto por el art.
785 del C.P.C. A los fines de dar cumplimiento a lo previsto en el art. 786 de dicho ordenamiento, ofíciese al Sr. Oficial de Justicia a fin de que proceda a colocar el cartel indicativo con referencias acerca de la existencia del presente proceso en el inmueble en cuestión el que deberá ser mantenido a cargo del actor, durante la tramitación del juicio. Oportunamente traslado en los término del art. 788 del CPC.
Notifíquese. Fdo. Dra. María Mónica Puga de Juncos. Juez. Fdo. Dra. Maria Cristina Alonso de Márquez. Secretaria. NOTA: El inmueble a usucapir se describe como: Lote de terreno ubicado en Bº Firpo Hoy Bº General Bustos Municipio de esta Ciudad, Dpto. Capital, situado sobre calle Julián de Cortázar Nº 241
que según plano de Mensura aprobado en expte. Provincial Nº 15036/06 con fecha 1º de Noviembre de 2006, confeccionado por el ingeniero civil Horacio Adrián Carrión M.P.
Nº 2919 con visación técnica para juicios de usucapión aprobado por el Ministerio de Finanzas, Dirección de Catastro Departamento Control de Mensuras, se designa como LOTE TREINTA de la MANZANA
CINCUENTA Y CINCO, que mide: Al sur, línea C-D, ocho metros sesenta y cinco centímetros; al Oeste, línea D-A, mide veinte metros cuarenta y cinco centímetros; al Norte, línea A-B, mide ocho metros sesenta y cinco centímetros; al Este línea B-C, mide veinte metros cuarenta y cinco centímetros, lindando: al Sur con calle Julián de Cortázar, al Oeste con Parcela Veinte de José María Pozzo; al Norte con resto de la Parcela Diecinueve, poseída por Sucesión de Francisca Leonor Juárez; al Este, resto de la Parcela Diecinueve, poseída por Sucesión de Francisca Leonor Juárez, haciendo una superficie total de CIENTO SETENTA Y SEIS
METROS OCHENTA Y NUEVE DECÍMETROS
CUADRADOS. Nomenclatura Catastral Provincial: Dpto. 11- Ped. 01- Pblo: 01- C: 01- S:
13- M: 36- P: 30.- Nomenclatura Catastral Municipal: Dpto. 11- Ped: 01- Pblo: 01- D. 01- Z.
13- M. 36- P. 30.- Empadronado en la D.G.R. en 110100255936.- Según plano actualizado de fecha 2 de noviembre de 2009, la fracción a usucapir se designa como LOTE TREINTA que mide y linda: en sus costados Noreste y Sudeste, linda con resto de la Parcela diecinueve, lados A-B y B-C, los que miden ocho metros sesenta y cinco centímetros 8,65m y veinte metros cuarenta y cinco centímetros 20,45m , respectivamente; al Sudoeste lado D-C, mide ocho metros sesenta
BOLETÍN OFICIAL
y cinco centímetros 8,65m y linda con calle Julián de Cortázar, en su costado Noroeste lado D-A, mide veinte metros con cuarenta y cinco centímetros 20,45m y linda con Parcela 20 de José María Pozzo. Los ángulos internos del polígono: A,B,C y D son todos de 90º00.
La superficie poseída es de ciento setenta y seis metros cuadrados, ochenta y nueve decímetros cuadrados. El mismo se encuentra edificado.
10 días 3651 s/c.La Sra. Juez de 1ra. Inst. y 15º Nom. En lo civil y Comercial de la Ciudad de Córdoba a cargo de la Dra. Laura Mariela GONZALEZ y Secretaria Dra. María Virginia CONTI, en autos "NAUM ALEJANDRO C/ MALBRAN DE LA
LASTRA DE FUNES LASTRA MARIA ANGELICA - USUCAPION Expte. Nº 722628/
36, se ha dictado la siguiente resolución:
SENTENCIA NUMERO: CUARENTA Y TRES.
Córdoba, 17 de FEBRERO de 2010. Y
VISTOSY CONSIDERANDORESUELVO: I
Hacer lugar a la demanda de usucapión entablada por el Sr. Naum Alejandro con contra de María Angélica Malbrán de la Lastra de Funes Lastra y/o sus sucesores. En consecuencia declararlo titular del derecho real de dominio del inmueble que se describe como lote de terreno que es parte de los lotes N y Ñ de la Manzana veinte ubicado en el Cerro de las Rosas, Ciudad de Córdoba, Departamento Capital, Provincia de Córdoba, designado como lote 37 de la manzana 20 en el plano de mensura de posesión confeccionado por el Ingeniero Civil Daniel Jaraba y aprobado por la Dirección de Catastro el 20 de octubre de 2004 por expediente 003385366, que mide y linda seis metros diez centímetros 6,10 m de frente al Noreste sobre calle Luís de Tejeda; cinco metros setenta centímetros 5,70 m, en su contrafrente al Sudoeste, lindando con parte de los lotes P y N; y cuarenta y siete metros nueve centímetros 47,09m en cada uno de sus costados noroeste y sudeste, lindando al Noroeste con parte del lote Ñ y al Sudeste con parte del lote N, encerrando una superficie total de doscientos setenta y siete metros setenta y dos decímetros cuadrados 277,72 m2, con afectación parcial del dominio inscripto al Fº 4207 Año 1949 a nombre de María Angélica Malbrán de la Lastra de Funes Lastra, Nro. De Cta. 11010510520/7, Mza 20 parte de los lotes N y Ñ.
2 Líbrese oficio al Registro de la Propiedad Inmueble a los fines prescriptos por el art.
789 del C.P.C.C. 3 Oportunamente publíquense edictos en el boletín Oficial y diario local con los recaudos del art. 790 del CPCC, 4 Costas por el orden causado, debiendo diferirse la regulación de honorarios del letrado interviniente para cuando exista base suficiente para ello. PROTOCOLICESE, HAGASE SABER Y DESE COPIA. Fdo: Dra.
Laura Mariela GONZALEZ JUEZ. Oficina, de Marzo de 2010.10 días 3778 s/c.El Sr. Juez Civil y Comercial de La Carlota, Secretaría Nº 2, hace saber que en los autos caratulados: BRUNE, FRANCISCO MIGUELUSUCAPION, se ha hecho lugar mediante Sentencia Nº535 de fecha 14-12-2009 cuya parte resolutiva se describe infra demanda de usucapión incoada con relación al inmueble que se describe seguidamente:
Inmueble ubicado en la ciudad de La Carlota, Pedanía La Carlota Dto. Juárez Celman, de la Pcia. de Cba., conforme plano de mensura y ubicación confeccionado por el Ingeniero Civil
Jorge I. Borgna, visado por la Dirección Gral.
de Catastro en Expte. Nº 0033-90283/4, constatado además que el inmueble se encuentra empadronado bajo Nº 18010080650/
7 al nombre de Ramona Alicia Campos de Brune, de Vicente Campos y Miguel Angel Campos en el Dpto. Juarez Celman, Pdnía. La Carlota, ciudad de La Carlota.- inscripto en el Reg. Gral.
de la Pcia. Dominio Nº 17.432., Folio 20676, Tomo 83 año 1.964, y se encuentra emplazado sobre calle Dr. Enrique Gauna, de La Carlota y mide de fte. 100,86 mts. al noroeste designado como lado D-A, su contrafrente Sud B-C mide 101,86 mts. su lado Oeste mide 258,70 mst., designado como lado C-D y su lado Este designado lado A-B es de 257,69 mts., con una sup. total de 2 has 6195 mts2.- hacia el N. con calle Dr. Enrique Gauna, al Este con parcela 1
del Sr. Juan Carlos García, al Sud con parcela 391-1833 de Enrique José Crosa y al Oeste con parcela 0391-1836 de Wenceslao Rodríguez y parcela 391-1837 de Gualberto Frua, todo según plano citado.- SENTENCIA
NUMERO: 535.- La Carlota, 14 de diciembre de 2.009.- Y VISTOS Y CONSIDERANDO: SE
RESUELVE: 1 Hacer lugar a la demanda, declarando que, por prescripción veinteñal, Francisco Miguel Brune, ha adquirido la propiedad del inmueble descripto en los vistos de la presente resolución. 2 Ordenar que, previos los tramites de ley, se practiquen las inscripciones correspondientes en el Registro General de la Provincia, y demás reparticiones pertinentes, previa cancelación de la inscripción de dominio del inmueble afectado. 3 Costas por el orden causado art. 789 Cód. Proc..
Diferir la regulación de honorarios de la letrada interviniente, María Fernanda Yrazola para la oportunidad en que se determine la base económica, se acredite la condición impositiva y se peticione por los interesados.- 4
Publíquense edictos, de la presente resolución por el término de ley. Protocolícese, agréguese copia a los autos y hágase saber.- La Carlota, de febrero de 2.010.
10 días 3819 s/c.-

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 16/03/2010 - 2º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

PaísArgentina

Fecha16/03/2010

Nro. de páginas9

Nro. de ediciones3660

Primera edición01/02/2006

Ultima edición01/08/2024

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