Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 30/04/2009 - 2º Sección

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

BOLETÍN OFICIAL

Córdoba, 30 de Abril de 2009
a lo dispuesto por el art. 322 del C.P.C. Fdo.:
Todjababian de Manoukian, Sandra Ruth, Secretario. Cítese y emplácese a la parte demandada WOOSHEYIN, CARMELO HECTOR, para que en el término de veinte 20
días comparezca a estar a derecho, bajo apercibimiento de rebeldía. Cítesela de remate en la misma diligencia para que en el término de tres 3 días subsiguientes al del vencimiento del comparendo, oponga excepciones y ofrezca las pruebas que hacen a su derecho, bajo apercibimiento.
5 días - 8294 - 7/5/2009 - $ 34.50.La señora jueza de Primera Instancia y 21º Civil y Comercial en lo Civil y Comercial, hace saber a Usted que en los autos caratulados:
"Fisco de la Provincia de Córdoba c/
OLIVAREZ, SIXTO ALBERTO s/ Ejecutivo Fiscal 712210/36 se ha dictado la siguiente resolución: Córdoba, dieciséis 16 de diciembre de 2008. A lo solicitado y constancias de autos, publíquense edictos por el término de ley art. 152 del C.P.C. modif. Por Ley 9135- de conformidad a lo dispuesto por el art. 322 del C.P.C. Fdo.:
Todjababian de Manoukian, Sandra Ruth, Secretario. Cítese y emplácese a la parte demandada OLIVAREZ, SIXTO ALBERTO, para que en el término de veinte 20 días comparezca a estar a derecho, bajo apercibimiento de rebeldía. Cítesela de remate en la misma diligencia para que en el término de tres 3 días subsiguientes al del vencimiento del comparendo, oponga excepciones y ofrezca las pruebas que hacen a su derecho, bajo apercibimiento.
5 días - 8295 - 7/5/2009 - $ 34.50.-

SENTENCIAS
Señor Juez de 1 Inst. y 23º Nom. Civ. y Com.
Ciudad de Cba. Sec. Dra. Molina de Mur Mariana Ester, con fecha 10 de Diciembre de 2008
en autos "Nuevo Banco Suquía S.A. c /
Allende Graciela del Valle P.V.E." Expte.
951042/36 dictó sentencia número quinientos once. Y Vistos Y
Considerando Resuelvo: 1 Ordenar se lleve adelante la ejecución seguida por el Nuevo Banco Suquia S.A. en contra de la demandada Sra. Allende Graciela del Valle DNI 10.544.100 hasta hacerse al actor íntegro pago del capital reclamado de pesos Quinientos Ochenta y siete con 53/100
$ 587,53 con más los intereses en la forma señalada en considerando. 3 I.V.A.
sobre intereses y las costas del juicio, a cuyo fin se regulan los honorarios de los Dres. Julio Manuel y Jorge Raúl Casas, en conjunto y proporción de ley, en la suma de pesos seiscientos veintiuno $ 621. Con más la suma de pesos ciento ochenta y seis con 30/100 ctvos. $ 186,30 en virtud del Art. 104 inc. 5 de la ley Arancelaria.
Con más la suma de pesos ciento sesenta y nueve con 53/100 $ 169,53 en concepto d e I . V. A . a t e n t o l a c o n d i c i ó n d e responsables inscriptos que ambos letrados invisten. Todo en conjunto y proporción de ley. Protocolícese, hágase saber y dése copia. Firmado: Dr. Manuel Esteban Rodríguez Juárez Juez.
3 días - 7359 - 5/5/2009 - $ 63.-

DECLARATORIAS DE
HEREDEROS
El Sr. Juez de 1 Inst. y 2 Nom. en lo Civil y Comercial, cita y emplaza a los herederos y acreedores de MUSSO JORGE MARIO y
GODINO VELIA LUCILA en autos caratulados: "Godino Velia Lucila - Musso Jorge Mario - Declaratoria de Herederos"
Expte. N 1589160/36 y a los que se consideren con derecho a la sucesión por el término de veinte días, comparezcan a juicio, bajo apercibimiento de ley. Córdoba, 6 de Marzo de 2009. Almeida German.
Wermuth de Montserrat Silvia Inés, Sec.
5 días - 4275 - 30/4/2009 - $34,50.RIO CUARTOLa Sra. Juez en lo Civil y Comercial de 1 Inst. y 6 Nom. de la ciudad de Río Cuarto. Dra. Mariana Martínez de Alonso, en los autos caratulados:
"Ascacibar Julia - Declaratoria de Herederos", cita y emplaza a herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes quedados al fallecimiento de JULIA ASCACIBAR, DNI
7.786.922, para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley. Fdo.: Dra. Mariana Martínez de Alonso, Jueza. María Gabriela Aramburu, Sec. Río Cuarto, 25 de marzo de 2009.5 días - 6829 - 30/4/2009 - $34,50.RIO CUARTO. El Sr. Juez de 1 Inst. y 6
Nom. de la ciudad de Río Cuarto, Dra. Mariana Martínez de Alonso, secretaría de la Dra.
María Gabriela Aramburu, en los autos "Bembenutto Luis Alejandro - Declaratoria de Herederos" cita y emplaza a los herederos, acreedores y todo el que se considere con derecho a los bienes dejados por el causante, don LUIS ALEJANDRO BEMBENUTTO, LE
6.619.960, para que dentro del término de veinte días, comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley. Río Cuarto, 4 de marzo de 2009.
5 días - 3690 - 30/4/2009 - $ 34,50.-

REBELDIAS
Señora Juez de 1º Inst. y 36º Nom. Civ. y Com., Ciudad de Cba. sec. Dr. Perona Claudio, con fecha 03 de Marzo de 2009 en autos "Banco Macro S.A. c/ Gramática Luis Antonio.
Ejecutivo". Expte. 1509746/36 dictó sentencia número cincuenta y nueve. Y Vistos Y
Considerando Resuelvo: 1 Declarar rebelde al Sr. Gramática Luis Antonio DNI: 28.583.087.
2 Mandar llevar adelante la ejecución seguida por el Banco Macro S.A. en contra del mismo hasta hacerse al actor integro pago del capital reclamado de peso Cinco mil ochocientos nueve con 24/100 $ 5.809,24 con mas los intereses en la forma señalada en considerando. 3 I.V.A.
sobre intereses y las costas del juicio, a cuyo fin se regulan los honorarios de los Dres. Julio Manuel y Jorge Raúl Casas, en la suma de peso Setecientos sesenta y seis con 80/100 $
776,80 en conjunto y proporción de ley, con mas la suma de pesos ciento ochenta y seis con treinta centavos $ 186,30 en virtud de lo prescripto por el Art. 99 inc. 5 de la Ley 8226.
Con más la suma de pesos Doscientos con 15/
100 $ 415,59 en concepto de I.V.A.
Protocolícese, hágase saber dese copia.
Firmado: Dra. Silvia Elena Lines Juez.
3 día s- 7361 - 5/5/2009 - $ 51.
Señora Juez de 1º Inst. y 36º Nom. Civ. y Com., Ciudad de Cba. sec. Dr. Perona Claudio, con fecha 03 de Marzo de 2009
en autos "Banco Macro S.A. c/ González Juan Marcelo Ejecutivo". Expte. 1509736/
36 dictó sentencia número cincuenta y nueve. Y Vistos Y Considerando
Resuelvo: 1 Declarar rebelde al Sr.

González Juan Marcelo DNI: 26.087.431.
2 Mandar llevar adelante la ejecución seguida por el Banco Macro S.A. en contra del mismo hasta hacerse al actor integro pago del capital reclamado de pesos Trece mil quinientos ochenta y uno con 23/100 $
13.581,23 con mas los intereses en la forma señalada en considerando. 3 I.V.A.
sobre intereses y las costas del juicio, a cuyo fin se regulan los honorarios de los Dres. Julio Manuel y Jorge Raúl Casas, en la suma de pesos Un mil setecientos noventa y dos con 70/100 $ 1.792,70 en conjunto y proporción de ley, con mas la suma de pesos ciento ochenta y seis con treinta centavos $ 186,30 en virtud de lo prescripto por el Art. 99 inc. 5 de la Ley 8226. Con más la suma de pesos cuatrocientos quince con 59/100 $ 415,59
en concepto de I.V.A. Protocolícese, hágase saber dese copia. Firmado: Dra.
Silvia Elena Lines Juez.
3 día s- 7362 - 5/5/2009 - $ 55.
Señora Juez de 1º Inst. y 47º Nom. Civ. y Com., Ciudad de Cba. sec. Dra. Sara Aragón de Pérez, con fecha 17 de Febrero de dos mil nueve en autos "Banco Suquia S.A. c/
Barbonaglia Fabián Alberto. Ejecución Prendaría". Expte. 109490/36 dictó sentencia número treinta y tres Y Vistos Y
Considerando Resuelvo: 1 Declarar rebelde en autos al Sr. Barbonaglia Fabián Alberto DNI 17.626.115. 2 Mandar llevar adelante la ejecución promovida por el Banco Suquia S.A. en su contra hasta el completo pago de la suma reclamada de pesos seis mil trescientos ochenta y ocho $ 6.388 a favor del Banco Suquia S.A., con mas los intereses de acuerdo al punto pertinente de los considerandos e IVA sobre intereses. 3
Imponer las costas a los demandados, a cuyo fin regulo los honorarios de los Dres. Julio Manuel y Jorge Raúl Casas, en la suma de peso cinco mil cuatrocientos cincuenta y tres con sesenta y cuatro centavos $ 5.453,64, en conjunto y proporción de ley, y la suma de pesos un mil ciento cuarenta y cinco con veintiséis centavos $ 1.145,26 en concepto de I.V.A. de ambos profesionales, en conjunto y proporción de ley. Con más la suma de pesos setenta y tres con cincuenta y tres centavos $ 73,53 en virtud del art. Art. 99
inc. 5 de la Ley 8226, con mas la suma de pesos quince con cuarenta y cuatro centavos $ 15,44 en concepto de I.V.A.
Protocolícese y hágase saber. Firmado: Dr.
Manuel José Maciel Juez.
3 días - 7365 - 5/5/2009 - $ 63.

5

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 30/04/2009 - 2º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

PaísArgentina

Fecha30/04/2009

Nro. de páginas5

Nro. de ediciones3646

Primera edición01/02/2006

Ultima edición12/07/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Abril 2009>>>
DLMMJVS
1234
567891011
12131415161718
19202122232425
2627282930