Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 29/04/2009 - 2º Sección

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

Córdoba, 29 de Abril de 2009
Instancia en lo Civil, Comercial y Conciliación de la Nominación de la Ciudad de Be11 Vi11e, Dr. Víctor Miguel Cemborain, Secretaría N 2 a cargo de la Liliana Miret de Saule, en los autos caratulados: "Villalón Clelia Plasida y Raúl Oscar Peralta c/ José Gallo-Usucapión-" Expte.
Letra "P" N 23/07; cita y emplaza a los herederos del señor José Gallo y les hace saber que se ha dictado la siguiente resolución:
"Bell Ville, 11 de diciembre de 2007.- Por presentados, por parte, en el carácter invocado y acreditado y domiciliados.- Por promovida la presente demanda de usucapión, que se tramitará como juicio ordinario, arts.
417, 423, 783/4, conc. C.P.C.C.- A los fines de la citación al demandado, cumpliméntese con lo dispuesto por el Art. 152 del C.P.C.C., modificado por ley 9135 17/12/2003 deberá la actora realizar gestiones tendientes a conocer el domicilio de la persona a quien se debe notificar; a tales fines se dispone: Líbrese oficio al Encargado del Registro de Estado Civil y Capacidad de las Personas, de la ciudad de Bell Ville, a fin que informe, conforme a libros y registro actas de matrimonio, nacimiento de hijos o conocimiento que posean, el domicilio real del demandado.- Requiérase la concurrencia a juicio, al Superior Gobierno de la Pcia. y Municipalidad de Bell Ville, por el término de cinco 5 días, bajo apercibimientos de ley.- Cítese y emplácese a los colindantes actuales en calidad de terceros por cédulas en los domicilios reales denunciados en autos, para que en el término de cinco 5 días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimientos de rebeldía; cítese y emplácese a todos los que se consideren con derecho sobre el inmueble que se trata de usucapir, por medio de Edictos que se publicarán por 10
veces a intervalos regulares dentro de un período de 30 días en el BOLETIN OFICIAL y diario a elección del compareciente, para que en el término de 20 días de vencida la última publicación, comparezcan a estar a derecho bajo apercibimientos de ley, conforme a lo dispuesto por el Art. 783 ter del C.P.C.C .. Líbrese oficio a la señora Oficial de Justicia, a los fines de cumplimentar con el Art., 786 del Código de rito. Cumpliméntese con el Art. 785 y 786 del Código de rito. Cumpliméntese con el Art. 785 y 786 del cuerpo legal antes mencionado.- Notifíquese".- Fdo: Dr. Víctor Miguel Cemborain.- Juez Dra. Patricia Eusebio de Guzmán.- Prosec.10 días - 1434 - s/c.VILLA MARIA - El Sr. Juez en 10 Civil y Comercial de Villa María, Dr. Alberto Ramiro Domenech, Secretaría n 7 a cargo del Dr. Pablo Merma, en autos caratulados: "Scienza Emis Pascualina Dominga o Cienza de Andrada Emis Pascualina Dominga c/ Personas Indeterminadas que se consideren con derechos sobre el inmueble objeto de usucapión - Demanda de Usucapión", Expte. Letra "S" n 35 iniciado el día 16 de diciembre de 2008, ha dictado la siguiente resolución: "Villa María, 16 de DICIEMBRE de 2008: Tiénese presente lo manifestado. Asimismo, proveyendo a la demanda de fs. 57/58: Acumúlense las presentes actuaciones "Scienza Emis Pascualina Dominga o Cienza de Andrada Emis Pascualina Dominga c/ personas indeterminadas que se consideren con derechos sobre el inmueble objeto de Usucapión", a las actuaciones "Scienza o Cienza de Andrada Emis Pascualina Dominga - Medidas Preparatorias", procediéndose a la caratulación de la causa en la forma pertinente - en cuanto a la demanda de usucapión-, dejándose constancia además de tal circunstancia en Libro
BOLETÍN OFICIAL
de Entradas. Admítase la Presente demanda de usucapión. Cítese y emplácese a la parte demandada, esto es, personas indeterminadas que se consideren con derechos sobre el inmueble objeto de usucapión art. 783 segundo supuesto Cód. Proc., inmueble que se describe como: Una fracción de terreno de 12 has., 8.692 m. cuadrados, con todo 10 edificado, clavado y plantado que contiene, ubicado en la Localidad de Los Zorros, Pedanía Los Zorros, Departamento Tercero Arriba, Provincia de Córdoba, de forma casi triangular, que mide:
508,13 m. en su costado noroeste; 530,40mts.
en su costado sudeste y en su costado sudoeste mide 504,25 m.. El inmueble linda: En su costado noroeste, con la posesión de Doña carlina Rosa Peralta de Zabala Parcela 2733859, Cta. n 3305-1827684-1; en su costado sudeste linda con al parcela n 273-3660, a nombre de Rafael Isaac Roldán, conforme constancias de dominio Fº 2155 - Aº 1995, de Lucio Marcelino Andrada, conforme constancias de dominio Fº 42845 - Aº 1973 y de Hugo Rubén Osa; conforme constancias de dominio Fº 45156 - Aº 1977; y al sudoeste linda con el camino público que une las localidades de Los Zorros y Arroyo Algodón.
Todo según el plano de mensura confeccionado especialmente para este juicio, por el Ingeniero Civil Fernando A. Olcese, Mat. 2797/3, para que en el plazo de veinte días - plazo que se contará a partir de la última publicación edictal art. 165
Cód. Proc.- comparezcan a estar a derecho y tomar participación, bajo apercibimiento de rebeldía, debiendo ser citados a tal efecto mediante publicación edictal en el BOLETÍN
OFICIAL y otro diario de amplia difusión de la Localidad de Los Zorros. A tal efecto la publicación deberá efectuarse en una cantidad de diez publicaciones, en intervalos regulares dentro de treinta días, es decir, un edicto cada tres días. Cítese y emplácese por edictos, a los terceros que se consideren con al derecho al inmueble en cuestión, los que se publicarán del modo establecido anteriormente en el presente decreto, también en los diarios mencionados precedentemente, a fin de que concurran a deducir su oposición dentro de los veinte días subsiguientes al vencimiento de la publicación de edictos. Líbrese mandamiento al señor Intendente de la Localidad de Los Zorros, a fin de que coloque copia del edicto en las puertas de la Intendencia a su cargo, durante treinta días art. 785 Cód. Proc.. Cítese al Procurador del Tesoro de la Provincia de Córdoba y Municipalidad de Los Zorros, para que en el plazo de cinco días, comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley art.
784 inc. 1 cod. proc.. Líbrese oficio al señor Juez de Paz de la localidad de Los Zorros, a efectos de que intervenga en la colocación de un cartel indicativo con referencias acerca de la existencia del presente juicio, en el inmueble de que se trata, el que deberá ser mantenido a cargo de la actora, durante toda la tramitación del juicio art. 786 Cód. Cit.. Cítese a los colindantes del inmueble de que se trata de usucapir art. 784 inc. 4 Cód. Cit. para que en el plazo de veinte días comparezcan a tomar participación en autos, en calidad de terceros, a cuyo fin, notifíqueselos a los domicilios denunciados en autos respecto de estos últimos, y además, y a tal efecto, cíteselos mediante publicación de edictos del modo y plazo y en los diarios mencionados precedentemente. Acompáñese base imponible actualizada a los fines de la determinación de la Tasa de justicia correspondiente art.76 inc.
3 Ley Impositiva Provincial. Notifíquese".- Fdo:
Dr. Alberto Ramiro Domenech - Juez; Dr. Pablo Enrique Menna - Secretario.-

3
10 días - 1980 -s/c.-

VILLA DOLORES - El Juzgado de Ira. Nom.
Civ.Com. y Conc de Villa Dolores, a cargo de la Dra. Graciela Celli de Traversaro, Secretaría N 1, a cargo de la Dra. Cecilia María H. de Olmedo, en autos: "Rodríguez, Francisco Aldo s/ Usucapión", cita y emplaza a quienes se consideren con derecho al inmueble que se trata prescribir, para que en el plazo de treinta días comparezcan a estar a derecho; como terceros interesados: a la Provincia de Córdoba en la Persona de del Sr. Procurador del Tesoro y Municipalidad de La Paz y; a los colindantes:
Erasmo Crespín Lencina, Suco Santos Cuello y Virginia Ángel Rodríguez para que dentro del término precitado comparezcan a estar a derecho y tomen participación en los mencionados actuados, todo bajo apercibimiento de ley. El inmueble que se pretende usucapir resulta: Una fracción de terreno emplazado en zona rural, localidad de Las Chacras, pedanía Talas, departamento San Javier, provincia de Córdoba, constituido por un polígono de forma irregular, designado como Lote 2534-0093 ubicado sobre Camino de Sierra s/n, Nomenclatura Catastral: Depto. 29, Pedanía 05, Hoja 2534 y Parcela 0093, que conforme Plano para Juicio de Usucapión aprobado por la Dirección General de Catastro en fecha 06/10/05, Expte. Prov. N 0033-99.169/
05, se describe de la manera siguiente: A partir del vértice N.O desde el punto G con un ángulo interno de 9000 donde comienza el lado Norte, mide hasta el punto H, tramo GH: 83,20 mts; en vértice H, con ángulo interno de 19400 mide hasta el punto A, donde finaliza el Lado Norte, tramo H-A: 197,17 mts, en vértice A, donde comienza el lado Este, con ángulo interno de 9548 mide hasta el punto B, tramo A-B: 312,96
mts; en vértice B, con ángulo interno de 13738
mide hasta el punto C, tramo B-C: 117,84 mts;
en vértice C, con ángulo interno de 19809
mide hasta el punto D donde culmina el lado Este, tramo C-D: 76,27 mts; en vértice D, donde se inicia el lado Sur, con ángulo interno de 13012 mide hasta el punto E, tramo D-E: 86,52
mts; en vértice E, con ángulo interno de 10820
mide hasta el punto F, donde finaliza el lado Sur, tramo E-F: 319,93 mts; en vértice F, con ángulo interno de 12553 mide hasta el punto G, en lo que constituye el lado Oeste, tramo FG:294,70 mts; en vértice G, con ángulo interno de 20650 mide hasta el punto H, tramo G-H:
22,91 mts vértice H; vértice en el cual se cierra la figura, de la que resulta una superficie total de 14 ha. 2.714,90 m2. Resultan sus colindantes: En su lado Norte, con posesión de Erasmo Crespin Lensina DDJJ Expte N 56.126/
02; en los costados Este y Sur, con ocupación de Sucesión de Santos Cuellos y en su costado Oeste, con posesión de Virginia Ángel Rodríguez. Fdo: Cecilia María H. de Olmedo, Secretaria. Villa Dolores 3 de febrero de 2009.
10 días - 2217 - s/c.VILLA MARIA - La Señora Juez de Primera Instancia, Primera Nominación en lo Civil, Comercial y Familia de esta ciudad de Villa María, Dra. Ana María Bonadero de Barberis, Secretaría N 1 a cargo del Dr. Sergio Omar Pellegrini, de la ciudad de Villa María, en autos:
"Chiappero Oscar Rogelio", cita y emplaza por el término de cinco 5 días a partir de la última publicación, para que comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía a los sucesores de Egidio Tomás Avalle, a los señores Emilia Ita Wagner y Angela Gatti de Alberto, y a todos aquellos quienes se crean con derechos sobre los siguientes inmuebles, a saber: 1 Una fracción de terreno, formada,
por el Lote Seis, parte Sud del lote Siete y Parte Norte del lote Cinco, de la Manzana Treinta y Siete, Pedanía del mismo nombre, Departamento General San Martín, Ubicado en "La Rural", con una superficie de Dos mil Cien metros cuadrados que linda al Norte, parte del lote 7, al Sud, parte del lote 5, al Este, parte de los lotes 3 y 8 y al Oeste calle Pública sin nombre, Dominio N 7.619, Fº 11.803, del año 1977, 2
Una fracción de terreno, que es parte del Lote Cinco, de la Manzana Treinta y Siete del plano oficial de la ciudad de Villa María Pedanía del mismo nombre, Departamento General San Martín, ubicado en "La Rural", en las inmediaciones de la ciudad, que mide: 10,00 m de frente al Oeste, por 40,00 m. de fondo, con superficie total de 400,00 m2, y linda: al Norte, con más terreno del mismo lote 5 de Emiliano Lasso, al Sud, con lote 4, al Este, parte del lote 3 y lote 8, todos de la misma manzana y al Oeste, calle Pública, Dominio N 52.450, Fº 60558, del año 1949 y 3 Una fracción de terreno, que es parte del Lote Cuatro, de la Manzana Treinta y Siete, del plano oficial de la ciudad de Villa María, Pedanía del mismo nombre, Departamento General San Martín, ubicado en "La Rural", en las inmediaciones de la ciudad, que se ubica en el extremo Este, de la totalidad del Lote cuatro, que mide: 12,00 m en los costados Norte y Sur, por 25,00 m en los lados Este y Oeste, con superficie total de 300,00 m2 y linda: al Norte con el solar 5, al Este, Lote 3, al Oeste parte restante del lote 4
y al Sud, calle Pública, Dominio N 7.375, Fº 8.541, del año 1952.- Todos los inmuebles quedan bajo la siguiente nomenclatura catastral Dep.: 16; Ped.: 04; Pueblo: 22; C 02; S 02; M 11, P:, 13.- Of: 6/2/2009. Fdo: Dra. Nora Lis Gómez - Prosecretaria.10 días - 1265 - s/c.El Sr. Juez de 1ra. Instancia y 40ma.
Nominación en lo Civil y Comercial de la ciudad de Córdoba, en los autos caratulados: "Moreno Carmen Elena - Usucapión - Medidas Preparatorias para Usucapión Expte. Nº 1414103/36", que se tramitan por ante ese tribunal a su cargo, secretaría a cargo de la autorizante; ha resuelto citar y emplazar al demandado, Sr. Armando José Luis Inverso, y a todo aquel que se considere con derecho a los siguientes inmuebles: A lote de terreno designado con el Nº 1 "E" pte. e de la manzana letra S s, inscripto en la matrícula 960436 13
y empadronado en la Dirección General de Rentas de la Provincia en la cuenta Nº 130404283813; y B lote de terreno designado con el Nº 1 "E" pte. e de la manzana letra S
s inscripto en la matrícula 955145 13 y empadronado en la Dirección General de Rentas de la Provincia en la cuenta nº 130404283821;
Y que hoy, según plano de mensura confeccionado por el ingeniero agrimensor Carlos Tatian, aprobado por la Dirección de Catastro de esta Provincia mediante expediente Nº 003327770-07, conforman parcela 103 de la manzana "S" del plano del pueblo de Unquillo, Pedanía. Río Ceballos, Departamento Colón de esta provincia, que tiene una superficie total de un mil ochenta y cuatro metros con un decímetro cuadrados 1084,01 m2, para que dentro del término de treinta días comparezcan a estar a derecho y tomen participación, bajo apercibimiento de rebeldía. Cita y emplaza también a los colindantes del inmueble antes descripto, Sres. Osvaldo R. Dagnino, Luis Oscar Risso, Josefina Valli de Risso y Ricardo Sánchez para que, en calidad de terceros, comparezcan a estar a derecho dentro del mismo término, bajo apercibimiento. Córdoba, 11 de febrero de 2009.- Fdo: Dra. Alejandra

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 29/04/2009 - 2º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

PaísArgentina

Fecha29/04/2009

Nro. de páginas11

Nro. de ediciones3646

Primera edición01/02/2006

Ultima edición12/07/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Abril 2009>>>
DLMMJVS
1234
567891011
12131415161718
19202122232425
2627282930