Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 03/02/2009 - 2º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

BOLETÍN OFICIAL

Córdoba, 03 de Febrero de 2009

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SECCIÓN:

AÑO XCVII - TOMO DXXIX - Nº CORDOBA, R.A. MARTES 03

JUDICIALES

REMATES
PASCO - O. Juzg. 1ra. Isnt. 2da. Nom. de V.
María, en autos "Municipalidad de Pasco c/
Irigoyen Rivero - Ejecutivo", Martillero José Suppo, M.P. 01-1371, rematará el día 6/2/2009
a las 10,00 hs. en el Juzg.de Paz de Pasco el siguiente inmueble a saber: 1 Una fracción de terreno con todo lo edificado, clavado y plantado que contenga, formada por los lotes 7
y 8, de la Mza. 22 del Pueblo de Pasco, situado en Ped. Chazón, Depto. 3ro. Abajo, hoy Gral.
San Martín, de esta Prov. de Cba., compuestos en conjunto y unidos como están de 40 mts. de fte a calle pública por 40 mts. de fdo. y fte a la vez a calle pública, formando esq.. o sea una sup. de 1.600 mts. cdos., lindando en la misma forma unidos, al N., con calle pública, al E., también con calle Pública; al S. con el lote N 6
y al O., con el lote N 9, de la Mza. 22. Inscripto en el Reg. Gral. de la Provincia en el F 34.526
- T 139 - A 1972. Base $ 2.120,00, dinero de contado, al mejor postor. Incremento mínimos de las posturas: $ 50.- El o los compradores deberán abonar en el acto de la subasta el 20% de la compra, más comisión de ley al martillero y el aporte 2% sobre el precio de la subasta previsto por el Art. 24 de la Ley 9505
Fondo para la prevención de la violencia familiar y el resto al aprobarse la subasta.
Mejoras: cocina comedor, dos dormitorios, aberturas de chapa, pisos de cemento, techo de zinc, baño tipo excusado, patio, tinglado semidestruido. Servicios: sin conectar.
Ocupado, por Claudio Altamirano sin contrato, en calidad de tenedor precario. Más datos al Martillero, L. de la Torre N 475 - Tel. 0353154083636 de 17 a 20 hs. Dra. Hochsprung Secretaria. Oficina, 2/2/2009.
4 días - 388 - 6/2/2009 - $ 216.-

AUDIENCIAS
VILLA MARIA - En los autos caratulados "Rocha Lidia Rosa c/Jerónimo Julián Vidal y otra - Diferencia de haberes - indemnización"
que se tramitan por ante la Cámara del Trabajo de la ciudad de Villa María, Provincia de Córdoba, Secretaría a cargo de la Dra. Nilda Esther Prudencio, se ha dictado la presente resolución: "Villa María, 15 de diciembre de 2008. Atento las constancias de autos, desígnase nuevo día y hora de audiencia a los fines de vista de la causa prevista por el art.
57 del C.P.T. para el día 26 de febrero próximo a las 11 hs. a cuyo fin cítese a las partes y absolventes bajo apercibimiento de los arts.
219, 222 y 225, CPC. Cítese a los supuestos herederos de la Sra. María Faustina Vidal de
www.boletinoficialcba.gov.ar E-mail: boletinoficialweb@cba.gov.ar Atienza, presidente. Dra. Nilda Esther Prudencio, prosecretaria.
3 días - 371 - 5/2/2009 - s/c.-

PRIMERA PUBLICACIÓN
Alonso a los fines de que comparezcan en autos en el término de diez días a estar a derecho y constituir domicilio legal, como asimismo para que comparezcan a la audiencia de referencia debiendo citarse al Sr. Asesor Letrado del Trabajo en su representación en el caso de corresponder, citándolos por edictos, a cuyo fin líbrense oficios al BOLETÍN OFICIAL
y al diario El Diario" Cítese a los testigos propuestos bajo apercibimiento de que, en caso de incomparecencia injustificada serán conducidos por la fuerza pública art. 22 in fine LPT Emplácese a las partes para que en el término de cinco días ratifiquen, el domicilio de los testigos ofrecidos, bajo apercibimiento de que, en caso de no practicarse la notificación por inexistencia, error o discrepancia con el denunciado, se tendrán los mismos por renunciados. Atento lo preceptuado por el art. 15, última parte, de la LPT emplácese a las partes para que, por intermedio de sus letrados, confeccionen, firmen y diligencien las cédulas por renunciados. Hágase saber a las partes que deberán limitar el número de testigos ofrecidos, bajo apercibimiento de que, en caso de no practicarse la notificación por inexistencia, error o discrepancia con el denunciado, se tendrán los mismos por renunciados. Atento lo preceptuado por el art. 15, última parte, de la LPT emplácese a las partes para que, por intermedio de sus letrados, confeccionen, firmen y diligencien las cédulas de citación a sus testigos, debiendo acreditar la notificación, bajo apercibimiento de tenerlos por renunciados.
Hágase saber a las partes que deberán limitar el número de testigos ofrecidos conforme al art. 41 de la LPT Emplácese a las partes y/o a sus representantes legales para que en el supuesto de haberse producido situaciones excepcionales respecto a sus representadas y/o citadas en garantía, denuncien tales circunstancias, bajo apercibimiento de decepcionar la audiencia fijada en la fecha prevista. Los letrados de las partes, en caso de superposición de esta audiencia con otras notificadas con anterioridad por otros tribunales que pudiera dar motivo a un pedido de suspensión, deberán manifestarlo dentro del término de dos días de recibida la notificación del presente decreto, bajo apercibimiento de rechazarse la solicitud de suspensión. Emplácese a los letrados intervinientes para que en el término de tres días notificados manifiesten y acrediten su condición ante la AFIP, bajo apercibimiento del art. 27 del Código Arancelario.
Notifíquese. Fdo. Dra. Liliana Cuevas de
22
DE FEBRERO DE 2009

VILLA MARIA - En autos: "Moreno Pastor Oscar c/Jorge Daniel Tulián - Demanda Laboral" que se tramitan por ante esta Cámara del Trabajo de esta ciudad de Villa María, Provincia de Córdoba, Secretaría a cargo del Dr. Carlos Eduardo Oyola, se ha dictado la presente resolución: "Villa María, 18 de diciembre de 2008. Atento las constancias de autos, desígnase nueva audiencia a los fines de vista de la causa art. 57 del CPT
para el día 4 de marzo de 2008 a las 11 hs. A
cuyo fin cítese a las partes y absolventes bajo apercibimiento de los arts. 219, 222 y 225 del CPC. Cítese a los supuestos herederos del Sr. Pastor Oscar Moreno a los fines de que comparezcan en autos en el término de veinte días a estar a derecho y constituir domicilio legal, como asimismo para que comparezcan a la audiencia de referencia, debiendo citarse al señor Asesor Letrado del Trabajo en su representación en el caso de corresponder, citándolos por edictos, a cuyo fin líbrense oficios al BOLETÍN
OFICIAL y al diario "El Diario" Cítese a los testigos propuestos, bajo apercibimiento que en caso de incomparecencia injustificada serán conducidos por la fuerza pública art.
22 in fine LPT emplácese a las partes para que en caso de no practicarse la notificación por inexistencia, error o discrepancia con el denunciado, se tendrán los mismos por enunciados. Atento lo preceptuado por el art.
15, última parte, de la LPT emplácese a las partes para que por intermedio de sus letrados confeccionen, firmen y diligencien las cédulas de citación a sus testigos, debiendo acreditar la notificación, bajo apercibimiento de tenerlos por renunciados. Hágase saber a las partes que deberán limitar el número de testigos ofrecidos conforme al art. 41 de la LPT. Emplácese a las partes y/o a sus representantes legales para que en el supuesto de haber producido situaciones excepcionales respecto a sus representadas y/o citadas en garantía, denuncien tales circunstancias, bajo apercibimiento de decepcionar la audiencia fijada en la fecha prevista. Los letrados de las partes, en caso de superposición de esta audiencia con otras notificadas con anterioridad por otros tribunales, que pudieran dar motivo a un pedido de suspensión, deberán manifestarlo dentro del término de dos días de recibida la presente notificación, bajo apercibimiento de rechazarse la solicitud de suspensión.
Emplácese a los letrados intervinientes para que en el término de tres días de notificados manifiesten y acrediten su condición ante la
Administración Federal de Ingresos Públicos, bajo apercibimiento del art. 27 del Código Arancelario Notifíquese. Fdo. Dr. Osvaldo Mario Samuel Vocal Dr. Carlos Eduardo Oyola secretario.
3 días - 370 - 5/2/2009 - s/c.-

INSCRIPCIONES
Por orden del Sr. Juez de 1ra. Instancia en lo Civil y Comercial de 52 Nominación Conc.
y Soc. 8 de esta ciudad de Córdoba, Secretaría a cargo del Dr. Musso, Carolina en los autos caratulados "Stampfli Gustavo Daniel" - Insc. Reg. Púb. Comer. Matr.
Martillero y Matr. Corredor - Expte. N
1535448/36, se hace saber en cumplimiento del Art. N 4 de la Ley 7191 y su modif.. Que el señor Gustavo Daniel Stampfli DNI. N
11977042 con domicilio real en la calle Río Negro 150 B Centro de la ciudad de Unquillo, Pcia. Córdoba, solicitando su inscripción en el Registro Público de Comercio a los efectos de obtener la matrícula de Martillero y Corredor Público. Oficina, 20 de Enero de 2009.
3 días - 373 - 5/2/2009 - $ 30.-

USUCAPIONES
VILLA DOLORES. En los autos caratulados "Palma Alcira del Carmen - Usucapión" que se tramitan por ante el Juzgado Civil, Comercial, Conc. de 1 Inst. y 1 Nom. de la ciudad de Villa Dolores, secretaría a cargo de la Dra. Cecilia MH de Olmedo cita y emplaza a Eliseo Brito e Ignacia Brito y a quienes se consideren con derecho al inmueble que se trata de prescribir, para que dentro del plazo de treinta días, comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley a cuyo fin publíquense edictos en el BOLETÍN
OFICIAL y en diario local "La Voz del Interior"
durante dicho término y en intervalos regulares de tres días. Cítese como terceros interesados y en sus domicilios, si se conocieren, a la Provincia de Córdoba en la Persona del señor Procurador del Tesoro a la Comuna de La Población y a los colindantes: Mario Héctor Carrara, Carlos Silvia, Comuna de la Población y Pedro Romero para que dentro del término precitado, comparezcan a estar a derecho y tomar participación en estos autos dentro del mismo término, todo bajo apercibimiento de ley.
Descripción del inmueble: 1 Conforme plano de mensura para posesión que obra a fs. 3
de autos, el predio objeto de la presente se describe de la siguiente forma: Plano confeccionado por el Ing. Mario Alberto Hederia, visado por la Dirección General de Catastro, con fecha 29/10/2004, Expte. Nº

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 03/02/2009 - 2º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

PaísArgentina

Fecha03/02/2009

Nro. de páginas5

Nro. de ediciones3656

Primera edición01/02/2006

Ultima edición26/07/2024

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