Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 02/07/2024 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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AÑO CXI - TOMO DCCXV - Nº 132
CORDOBA, R.A. MARTES 2 DE JULIO DE 2024
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Resolución N 534 - Letra:D
Córdoba, 27 de junio de 2024
VISTO: El Expediente Nº 0723-169893/23 del registro del Ministerio de Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que las referidas actuaciones se relacionan con la terna elevada para la imposición de nombre del Centro Educativo de Nivel Inicial, SIN NOMBRE de la localidad de Rio Ceballos Departamento Colon, dependiente de la Dirección General de Educación Inicial.
Que de la misma surge el nombre de ROSARIO VERA PEÑALOZA, como justo homenaje a la primera maestra jardinera que, con su larga y destacada trayectoria en la docencia, recorrió el país impulsando la enseñanza popular y las nuevas técnicas y didácticas en los jardines de infantes, promoviendo la profesionalización de los mismos.

Que los organismos técnicos competentes han tomado la debida intervención, cumplimentándose los requisitos establecidos en el Decreto Nº7694/E/68.
Por ello, los informes producidos, lo dictaminado por el Área Jurídica del Ministerio de Educación con el N 2024/00000715 y en uso de las atribuciones conferidas por Decreto N 2449/2023;
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN
RESUELVE:
Art. 1º.- IMPONER el nombre de ROSARIO VERA PEÑALOZA al Centro Educativo de Nivel Inicial, SIN NOMBRE de la localidad de Rio Ceballos Departamento Colon, dependiente de la Dirección General de Educación Inicial.
Art. 2º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO.: HORACIO A. FERREYRA. MINISTRO DE EDUCACIÓN.

Resolución N 538 - Letra:D
Córdoba, 21 de Junio de 2024

Área Jurídica de este Ministerio, lo aconsejado por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales en el orden 27 y en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto N 2449/23.

VISTO: El Expediente N 0622-003324/2023 del registro del Ministerio de Educación, Y CONSIDERANDO:
Que las presentes actuaciones se relacionan con la titularización de los cargos de Coordinadores de Curso Enseñanza Media, Preceptor y Horas Cátedra Enseñanza Media dependientes de la Dirección General de Educación Técnica y Formación Profesional de este Ministerio.
Que a tal fin, la Dirección General de Educación Técnica y Formación Profesional adjunta la documentación presentada por cada agente cuya titularización se propicia y que responde a lo solicitado en Memorándum N 03/2021 para la titularización de los cargos de Coordinadores de Curso, Preceptor y Horas Cátedra Enseñanza Media cuya nómina se acompaña.
Que asimismo la documentación citada precedentemente comprende:
copia legalizada de título docente, apto psicofísico, constancia de servicios, régimen de incompatibilidades, certificado del registro de Deudores Alimentarios Morosos Ley 8892, certificado Registro Provincial de Personas Condenadas por delitos contra la Integridad Sexual art.28 Ley 9680, copia de Documento Nacional de Identidad, certificado de Antecedentes Penales, situación de revista con detalle de la situación disciplinaria, se adjuntan las planillas de docentes aspirantes a la titularización.
Que lo actuado se encuadra en las disposiciones del artículo 3 de la Ley N 10729, modificatoria del Decreto-Ley Nº 214/E/63, por lo que no hay objeción jurídica que formular al respecto.
Por ello, actuaciones cumplidas,el Dictamen N2024/00000604 del
EL MINISTRO DE EDUCACION
RESUELVE:
Art. 1.- DISPONER la titularización de los docentes nominados en el Anexo I, que con tres 3 fojas forma parte del presente instrumento legal, en los cargos de Coordinadores de Curso Enseñanza Media, Preceptor y Horas Cátedra Enseñanza Media dependientes de la Dirección General de Educación Técnica y Formación Profesional de este Ministerio.
Art. 2.- El egreso que demande el cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución se imputará al P.V.; Jurisdicción 1.35; Programas 355, 365, 379; Partidas: Principal 01 y Parcial 01 Personal Permanente; Grupo 13; Cargo 215 Coordinador de Curso Enseñanza Media, Grupo 13; Cargo 520 Preceptor, Grupo 13; Cargo 910 Horas Cátedra Enseñanza Media Art. 3.- La condición de titular del personal abarcado por la presente resolución, se adquiere de pleno derecho a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial, debiendo el docente titularizado poseer su situación de revista acorde al régimen de incompatibilidad vigente.
Art. 4.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO.: HORACIO A. FERREYRA. MINISTRO DE EDUCACIÓN.
ANEXO

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 02/07/2024 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha02/07/2024

Nro. de páginas8

Nro. de ediciones4173

Primera edición01/02/2006

Ultima edición05/07/2024

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