Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 10/05/2024 - 1º Sección

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

VIERNES 10 DE MAYO DE 2024
AÑO CXI - TOMO DCCXIII - Nº 96
CÓRDOBA, R.A.
http boletinoficial.cba.gov.ar Email: boe@cba.gov.ar
MINISTERIO DE SEGURIDAD

1

a SECCION

Resolución N 214

LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS

SUMARIO
MINISTERIO DE SEGURIDAD
Resolución N 214 Pag. 4
Resolución N 215 Pag. 5
DIRECCIÓN SEGURIDAD NÁUTICA
Resolución N 866 Pag. 6

Córdoba, 08 de mayo de 2024
VISTO: el Expediente Digital N 0002-039179/2024.
Y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones se gestiona la autorización para efectuar el llamado a Licitación Pública Presencial para la ADQUISICION
DE DOCE MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y OCHO 12.488 CHALECOS BALÍSTICOS -NIVEL DE PROTECCION RB3 Y RB2- Y SUS CORRESPONDIENTES FUNDAS DE RECAMBIO, CON DESTINO A UNIDADES OPERATIVAS DE LA POLICIA DE LA PROVINCIA DE CORDOBA Y
DE LA FUERZA POLICIAL ANTINARCOTRÁFICO.
Que insta el trámite el Departamento Armas y Explosivos de la Policía de la Provincia de Córdoba, solicitando la adquisición de dichos elementos;
ambos conforme normas RENAR MA.01-A1 y con sus correspondientes fundas para recambio. Sostiene que serán administrados por la División Armamento y Equipos; como así, en cuanto a los chalecos balísticos RB3, serán destinados al recambio de los chalecos balísticos que se encuentran próximos a vencer, vencidos, como así también para atender el egreso de la promoción de Agentes de la Escuela de Suboficiales y Agentes, Gral.
Manuel Belgrano, requiriéndose además contar con un stock suficiente en la dependencia para atender reclamos de recambio ante cualquier eventualidad que requiera la provisión urgente de este elemento de seguridad.
Que con relación a los chalecos balísticos RB2, la solicitud obedece a la necesidad del personal de llevar una protección balística concebida para tal fin, que sea más ligera, más fina y menos voluminosa que los chalecos provistos RB3, en virtud de que puedan ser utilizados debajo de las prendas de vestir, siendo imperceptible a la vista por su diseño compacto, permitiendo desarrollar de manera más eficiente el servicio de custodia y protección, teniendo en cuenta que dicha función requiere discreción, versatilidad y adaptación a los distintos requerimientos del protegido. Los mismos serán destinados al personal policial de la Dirección General de Investigaciones Criminales, Dirección E.T.E.R, Dirección de Custodias y Protección y División Brigada Explosivos, que desarrollan diferentes tipos de custodias de alto riesgo profesional, como a Magistrados del Fuero Federal y Provincial, Embajadores, Gobernadores y Funcionarios de otros países que visitan a nuestra Provincia, como así también diferentes testigos/víctimas relacionadas a Causas Federales de Lesa humanidad, Narcotráfico y Trata de Personas, permitiendo su provisión que se facilite la tarea en las distintas dependencias que realizan tareas de investigación.
Que se detallan los talles, las cantidades a solicitar, el plazo de fabricación y entrega; como también, se resalta que las provisiones de chaleco y funda se efectúen por un mismo proveedor y/o fabricante, pudiéndose aceptar diferentes conjuntos según el tipo de confección masculino / feBOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

ADMINISTRACIÓN PROVINCIAL DE RECURSOS HÍDRICOS - APRHI
Resolución General N 6 Pag. 8
ENTE REGULADOR DE SERVICIOS PÚBLICOS - ERSEP
Resolución General N 61 Pag. 10

menino y/o nivel de protección RB3 / RB2. Esto obedece principalmente a dos motivos: UNIFORMIDAD: igualdad en el color de sus equipos policiales chalecos balísticos y fundas de recambio, tipo de tela empleada, confección y calidad de los mismos; siempre respetando los requerimientos contemplados dentro del pliego licitatorio. PLAZOS DE FABRICACIÓN Y
ENTREGA: todas las comunicaciones, peticiones y/o reclamos se canalizarán a una misma entidad para así obtener una respuesta única, lo que otorga una mayor celeridad y mayor flexibilidad para el control y gestión de pedidos, atento el volumen de elementos que se adquieren.
Que atento a que se trata de productos que contienen un alto porcentaje de componentes de producción extranjera que se requieren para su confección, y a los fines de garantizar la provisión que se necesita, se sugiere considerar el pago de diferencias de cambio por variación del dólar estadounidense, tomando como su equivalente una cotización de dicha moneda para el tipo vendedor, Banco de Córdoba, del día 12/03/2024 de $
877,50 conforme cotización que se acompaña.
Que ante la escasez derivada de las restricciones que inciden en la importación de esta clase de componentes necesarios para la fabricación de estos productos, se sugiere tener en cuenta un anticipo financiero del CIEN POR CIENTO 100% para fijar el precio y garantizar el acopio de los elementos o los componentes de origen importado.

Que toma intervención el señor Subsecretario de Recursos para la Seguridad de este Ministerio instruyendo para la confección del instrumento contable correspondiente y la realización del procedimiento de selección, bajo la modalidad de Licitación Pública Presencial.
Que por su parte, el señor Jefe de la Fuerza Policial Antinarcotráfico requiere contar con la provisión de los elementos de seguridad que resultan sumamente necesarios atento a la naturaleza y envergadura de los procedimientos que se realizan en la lucha contra el narcotráfico. Señala que la protección que se brindará al personal actuante en operativos, allanamientos y demás intervenciones en territorio, redundará en forma directa nada menos que en el resguardo de la vida de cada agente de esta Fuerza Policial Antinarcotráfico. Estima razonable que el plazo para la entrega total de los chalecos no supere los SESENTA 60 días corridos, pudiendo aceptarse entregas parciales siempre dentro del término referido. Asimismo, por igual motivo se solicita que las provisiones de chaleco y funda se efectúen por un mismo proveedor y/o fabricante. Esto obedece principalmente a dos motivos:
UNIFORMIDAD. La Fuerza Policial Antinarcotráfico tiene como lineamiento el
1

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 10/05/2024 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha10/05/2024

Nro. de páginas12

Nro. de ediciones4143

Primera edición01/02/2006

Ultima edición18/05/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Mayo 2024   
DLMMJVS
1234
567891011
12131415161718
19202122232425
262728293031