Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 18/10/2022 - 1º Sección

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

Las Malvinas son argentinas
MARTES 18 DE OCTUBRE DE 2022
AÑO CIX - TOMO DCXCIV - Nº 210
CÓRDOBA, R.A.
http boletinoficial.cba.gov.ar Email: boe@cba.gov.ar
PODER EJECUTIVO

1

a SECCION

Decreto N 1224
Córdoba, 29 de septiembre de 2022
VISTO: el Expediente Nº 0111-062942/2016 3 cuerpos del registro de la Dirección General de Institutos Privados de Enseñanza del Ministerio de Educación.
Y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones se tramita la ratificación de la Resolución Nº 626/2019 de la Dirección General de Institutos Privados de Enseñanza, dependiente del Ministerio de Educación, mediante la cual se dispuso otorgar autorización de funcionamiento para la carrera Profesorado de Educación Secundaria en Matemática, según Plan de Estudios Resolución Ministerial N 978/2014 de cuatro 4 años de duración, opción pedagógica presencial, que otorga el título de Profesor/a de Educación Secundaria en Matemática, para el Instituto SANTA TERESITA, Nivel Superior, sito en la localidad de Balnearia, Córdoba, propiedad de las Hermanas de la Inmaculada de Génova; así como tomar conocimiento de la Planta Funcional para la mencionada carrera y de la Representación Legal del referido Instituto; todo, a partir del ciclo lectivo 2017.
Que de las constancias documentales incorporadas en autos surge que han tomado debida participación los organismos técnicos y legales correspondientes y que la decisión adoptada, mediante el instrumento legal cuya ratificación se gestiona, se ajusta a las prescripciones de rigor, encuadrando jurídicamente dentro de las disposiciones de la Ley N 5326
y su Decreto Reglamentario N 12/1987.
Que conforme lo expuesto, corresponde en la instancia ratificar la Resolución N 626/2019 de la Dirección General actuante, estableciéndose que tal concesión no importará derecho adquirido alguno de la propietaria al aporte estatal, ni obligación de la Provincia a otorgarlo, según lo establecido por el artículo 2 del Decreto N 3875/1989, modificatorio y ampliatorio del Decreto N 12/1987, reglamentario del artículo 7 de la Ley N 5326.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dictaminado por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales del Ministerio de Educación con el N 1210/2021, por Fiscalía de Estado bajo N 205/2022 y en uso de atribuciones constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:

LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS

SUMARIO
PODER EJECUTIVO
Decreto N 1224 Pag. 1
Decreto N 1234 Pag. 2
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Resolución N 302 Pag. 2
Resolución N 303 Pag. 4
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN
Resolución N 557 Pag. 5
MINISTERIO DE FINANZAS
SUBSECRETARÍA COMPRAS, PRESUPUESTO
E INVERSIONES PÚBLICAS
Resolución N 12 - Letra:D Pag. 5
AGENCIA CÓRDOBA CULTURA S.E.
Resolución N 338 Pag. 6
Resolución N 339 Pag. 7
ENTE REGULADOR DE SERVICIOS PÚBLICOS - ERSEP
Resolución General N 77 Pag. 8

Ministerio de Educación, la que como Anexo I, compuesto de una 1
foja útil, se acompaña y forma parte de este instrumento legal, mediante la cual se dispuso otorgar autorización de funcionamiento para la carrera Profesorado de Educación Secundaria en Matemática, según Plan de Estudios Resolución Ministerial N 978/2014, de cuatro4
años de duración, opción pedagógica presencial, que otorga el título de Profesor/a de Educación Secundaria en Matemática, para el Instituto SANTA TERESITA, Nivel Superior, sito en la localidad de Balnearia de esta Provincia, propiedad de las Hermanas de la Inmaculada de Génova; así como tomar conocimiento de la Planta Funcional para la mencionada carrera y de la Representación Legal del referido Instituto;
todo, con efecto a partir del ciclo lectivo 2017; estableciéndose que tal concesión no importará derecho adquirido alguno de la propietaria al aporte estatal, ni obligación de la Provincia a concederlo.
Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministro de Educación y Fiscal de Estado.
Artículo 3º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO.: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR WALTER GRAHOVAC, MINISTRO DE
EDUCACIÓN - JORGE EDUARDO CÓRDOBA, FISCAL DE ESTADO

Artículo 1º.- RATIFÍCASE la Resolución Nº 626/2019 de la Dirección General de Institutos Privados de Enseñanza, dependiente del
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

ANEXO

1

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 18/10/2022 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha18/10/2022

Nro. de páginas10

Nro. de ediciones4171

Primera edición01/02/2006

Ultima edición03/07/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Octubre 2022>>>
DLMMJVS
1
2345678
9101112131415
16171819202122
23242526272829
3031