Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 23/05/2018 - 1º Sección

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

1

a
2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria AÑO CV - TOMO DCXLI - Nº 96
CORDOBA, R.A. MIERCOLES 23 DE MAYO DE 2018
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

los fines de atender a la gestión de marras, la que ha sido elaborada por la Subdirección de Jurisdicción Recursos Humanos de la Secretaría de Gestión Administrativa de la unidad ministerial actuante.
Que en su mérito, habiéndose sustanciado el Concurso de conformidad a lo establecido por la Ley N 10.237 y su Decreto Reglamentario N
930/2015, y reuniendo la aspirante los requisitos legales y reglamentarios exigidos para el cargo propuesto, corresponde disponer su designación como Inspectora Técnica Seccional de la Zona 2019 Educación Inicial dentro de la órbita de la D.G.E.I., dependiente del Ministerio de Educación.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dispuesto por el artículo 18 de la Ley N 8575 y por el artículo 11 de la Ley N 10.237,lo dictaminado por el Área Jurídica del Ministerio de Educación al N518/2018, por Fiscalía de Estado bajo el N 368/2018 y en ejercicio de atribuciones conferidas por el artículo 144, incisos 1 y 10 de la Constitución Provincial;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R ETA
Artículo 1.-DESÍGNASE, a partir de la fecha del presente instrumento legal, y con carácter titular, a la señora Marisa Andrea GARCÍA D.N.I. N

Decreto N 677

17.699.013 como Inspectora Técnica Seccional de la Zona 2019 Educación Inicial, dentro de la órbita de la Dirección General de Educación Inicial D.G.E.I., del Ministerio de Educación, en virtud del Concurso de Títulos, Antecedentes y Oposición dispuesto por Resolución N 135/2017
de la Dirección General mencionada, convalidada por Resolución Ministerial N 1288/2017.
Artículo 2º.-IMPÚTASE el egreso que implique el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo precedente a Jurisdicción 1.35, Programa 383, Partida Principal 01, Partida Parcial 01 Personal Permanente, Grupo 13, Cargo 065 Inspector de Escuelas Primarias, del P.V..
Artículo 3º.-El presente Decreto será refrendado por los señores Ministro de Educación y Fiscal de Estado, y firmado por la señora Secretaria General de la Gobernación.
Artículo 4º.-PROTOCOLÍCESE, comuníquese, dese a la Secretaría de Capital Humano de la Secretaría General de la Gobernación,notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO.: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR WALTER GRAHOVAC, MINISTRO DE
EDUCACIÓN - JORGE EDUARDO CÓRDOBA, FISCAL DE ESTADO

el Plano de Mesura, Mensura y Futura Unión debidamente visado por la Dirección General de Catastro artículo 41, inciso a de la Ley N 5057.
Córdoba, 11 de mayo de 2018

VISTO: El expediente Nº 0045-016623/2013 del registro de la Dirección Provincial de Vialidad, dependiente del Ministerio de Obras Públicas y Financiamiento.
Y CONSIDERANDO: Que por la presentes actuaciones se gestiona la rectificación del artículo 1 del Decreto N 174 de fecha 26 de febrero de 2044, mediante el cual se dispuso individualizar los bienes declarados de utilidad pública y sujetos a expropiación en forma genérica conforme artículo 45
de la Ley N 10.116 para ser destinados a la ejecución de la obra: DISTRICUIDOR AVENIDA COSTANERA CON AVENIDA DE CIRCUNVALACIÓN
Y COLECTORAS, en relación a la superficie a ocupar de los inmuebles objeto de dicha individualización.
Que insta la presente el Directorio de la Dirección Provincial de Vialidad mediante Resolución Nº 121/2018, en virtud de lo expresado por el Departamento II Tierras y Valuaciones de dicha Dirección Provincial, en Informe N 259/2017 dando cuenta de la variación en la superficie a expropiar relativa a los inmuebles de que se tratan, inscriptos en el Registro General de la Provincia en relación a las Matrículas Nros. 142.210 y 289.543 a nombre de los señores Federico Bertinatti, Daniel Eduardo Bertinatti y Héctor Mario Bertinatti, determinándose según Plano de Mensura, Mensura y Futura Unión, en trámite de visación, que la nueva superficie a ocupar es de 4 has.
5.439 m2 y de 5.948,50 m2, en cada inmueble respectivamente, lo que hace una superficie total de 5 has. 1.387,50 m2.
Que procede en a instancia y atento constancias de autos, modificar el Decreto Nº 174/2014 conforme se gestiona y en consonancia con las disposiciones del artículo 144, inciso 1 de la Constitución Provincial y artículo 2 de la Ley N 6394, debiendo tomar intervención de su competencia el Consejo General de Tasaciones, así como incorporarse oportunamente BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dictaminado por el Departamento Asesoría Jurídica de la Dirección Provincial de Vialidad al N 1011/2017, por la Dirección General de Asuntos Legales del Ministerio de Obras Públicas y Financiamiento con el N 59/2018, por Fiscalía de Estado bajo el Nº 372/2018 y en uso de atribuciones constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R ETA :
Artículo 1º.- MODIFÍCASE el artículo 1 del Decreto N 174 de fecha 26 de febrero de 2014, el que quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 1º.- INDIVIDUALÍZANSE los bienes declarados de utilidad pública y sujetos a expropiación, conforme las prescripciones del artículo 45
de la Ley N 10.116, Presupuesto General para la Administración Pública Provincial Año 2013, ubicados en el suburbio Sudeste, Municipalidad de Córdoba, Departamento Capital, para la ejecución de la obra: DISTRIBUIDOR AVENIDA COSTANERA CON AVENIDA DE CIRCUNVALACIÓN Y
COLECTORAS, identificados catastralmente con los números de cuenta 1101-1837980/2 y 1101-1621390/7, inscriptos en el Registro General de la Provincia en relación a las Matrículas Nros. 142.210 y 289.543, respectivamente, a nombre de de Federico Bertinatti, Daniel Eduardo Bertinatti y Héctor Mario Bertinatti, con una superficie total a ocupar de 5 has 1.387,50
m2, según Informe y Plano de Mensura, Mensura y Futura Unión, en trámite de visación, que como Anexos I y II compuestos de dos 2 y una 1
fojas útiles, respectivamente, se acompañan y forma parte integrante del presente instrumento legal.
Artículo 2º.- SUSTITÚYESE el Anexo I del Decreto N 174 de fecha 26 de febrero de 2014, por los Anexos I y II que, compuestos de dos 2 y una 1
fojas útiles, respectivamente, forman parte de este instrumento legal.

5

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 23/05/2018 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha23/05/2018

Nro. de páginas16

Nro. de ediciones4167

Primera edición01/02/2006

Ultima edición27/06/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Mayo 2018>>>
DLMMJVS
12345
6789101112
13141516171819
20212223242526
2728293031