Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 20/10/2014 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CÓRDOBA, 20 de octubre de 2014
estado de las Órdenes de Pago 823, 868, 929 y 986, todas Ej. 2009, emitidas por el ex Ministerio de Industria, Comercio y Trabajo.
Y CONSIDERANDO:
Que las citadas órdenes de pago se emitieron por $ 134.750, $ 117.600, $ 142.100 y $ 110.250, respectivamente, con el objeto de atender los beneficios que la Ley 9432 otorgaba a la empresa Gameloft Argentina S.A.
Que a fs. 2 del F.U. 2 el Ministerio de Industria, Comercio, Minería y Desarrollo Científico Tecnológico informa que dichas órdenes de pago no se abonaron porque la empresa citada cerró su cede en la ciudad de Córdoba, perdiendo en consecuencia el derecho a cobrar los beneficios otorgados por la Ley 9432.
Que, en consecuencia, el saldo de esas órdenes de pago no debe ser abonado.
Que a fs. 7 se certifica que los saldos de $ 134.750, $ 117.600, $ 142.100 y $ 110.250 no han sido abonados ni se abonarán.
Que, en consecuencia, dichos saldos no representan una obligación exigible.
Que el Departamento Jurídico del Ministerio de Finanzas ha dictaminado que puede esta Dirección de Tesorería General y Créditos Públicos dictar una Resolución, disponiendo la baja contable de una orden de pago en casos como el presente.
Por ello, atento al Informe del Departamento
Primera Sección
BOLETÍN OFICIAL - AÑO CI - T OMO DXCVII - Nº 180
Técnico de la Contaduría General de la Provincia obrante en copia auténtica a fs. 8 y al Dictamen 346/2004 del Departamento Jurídico, EL TESORERO GENERAL DE LA
DIRECCIÓN GENERAL DE TESORERIA Y
CREDITOS PUBLICOS
RESUELVE:
I ORDENAR la baja contable de las Órdenes de Pago 823, 868, 929 y 986, todas Ej. 2009, emitidas por el ex Ministerio de Industria, Comercio y Trabajo, por sus saldos actuales de PESOS CIENTO TREINTA Y CUATRO MIL
SETECIENTOS CINCUENTA $ 134.750, PESOS CIENTO DIECISIETE MIL SEISCIENTOS
$ 117.600, PESOS CIENTO CUARENTA Y
DOS MIL CIEN $ 142.100 y PESOS CIENTO
DIEZ MIL DOSCIENTOS CINCUENTA $
110.250.
II PROTOCOLICESE, comuníquese a Contaduría General de la Provincia, al Tribunal de Cuentas de la Provincia y al Servicio Administrativo del Ministerio de Industria, Comercio, Minería y Desarrollo Científico Tecnológico, publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.
CR. ARMANDO GUILLERMO GARCÍA
TESORERO GENERAL DE LA DIRECCIÓN
GENERAL DE TESORERÍA Y CRÉDITO PÚBLICOS

Resolución N 33
Córdoba, 9 de Octubre de 2014
VISTO: el expediente 0040-054979/2014 en el que obra a fs. 3 informe sobre el estado de la Orden de Pago 177 Ej. 2008, emitida por el ex Ministerio de Industria, Comercio y Trabajo.

3

Finanzas ha dictaminado que puede esta Dirección de Tesorería General y Créditos Públicos dictar una Resolución, disponiendo la baja contable de una orden de pago en casos como el presente.
Por ello, atento al Informe del Departamento Técnico de la Contaduría General de la Provincia obrante en copia auténtica a fs. 5 y al Dictamen 346/2004 del Departamento Jurídico,
Y CONSIDERANDO:
Que la citada orden de pago se emitió por $
4.635.000 con el objeto de realizar transferencias en concepto de anticipo de subsidios a la empresa Intel Software de Argentina S.A. por incorporación de mano de obra, en cumplimiento del Decreto 447/06.
Que a fs. 1 y 2 del F.U. 2 el Ministerio de Industria, Comercio, Minería y Desarrollo Científico Tecnológico informa que con el fin indicado se realizaron transferencias por $3.590.000, de los que la empresa debió reintegrar al Superior Gobierno de la Provincia la suma de $
653.155,62.
Que, en consecuencia, el saldo de la orden de pago no debe ser abonado.
Que a fs. 4 se certifica que el saldo de $
1.045.000 no ha sido abonado ni se abonará.
Que, en consecuencia, dicho saldo no representa una obligación exigible.
Que el Departamento Jurídico del Ministerio de
EL TESORERO GENERAL DE LA
DIRECCIÓN GENERAL DE TESORERIA Y
CREDITOS PUBLICOS
RESUELVE:
I ORDENAR la baja contable de la Orden de Pago 177 Ej. 2008, emitida por el ex Ministerio de Industria, Comercio y Trabajo, por su saldo actual de PESOS UN MILLON CUARENTA Y
CINCO MIL $ 1.045.000.
II PROTOCOLICESE, comuníquese a Contaduría General de la Provincia, al Tribunal de Cuentas de la Provincia y al Servicio Administrativo del Ministerio de Industria, Comercio, Minería y Desarrollo Científico Tecnológico, publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.
CR. ARMANDO GUILLERMO GARCÍA
TESORERO GENERAL DE LA DIRECCIÓN
GENERAL DE TESORERÍA Y CRÉDITO PÚBLICOS

SECRETARÍA DE

TRANSPORTE
Resolución N 312

Córdoba, 14 de Agosto de 2014

VISTO: El expediente Nº 0048-183213/2013 mediante el cual la señora María Silvia VILLALBA solicita se le otorgue la pertinente autorización para explotar un Servicio Especial, Obrero y Escolar de transporte de pasajeros, con centro en la Ciudad de JUSTINIANO POSSE y bajo la denominación de AVILYS
TOURS.
Y CONSIDERANDO:
Que la Dirección de Jurisdicción de Planificación y Control y la Dirección de Jurisdicción de Organización y Gestión de la Secretaría de Transporte, informan que el requirente ha cumplimentado con las exigencias a verificar por las áreas bajo su jurisdicción para prestar el citado servicio, correspondiendo autorizar el permiso de que se trata, condicionando el mismo a la incorporación de la unidad propuesta.
Que por su parte la Dirección General de Transporte expresa que se encuentran reunidos todos los presupuestos para la viabilidad del pedido y se ha observado todo el procedimiento pertinente con la documentación respaldatoria del caso, opinando que puede hacerse lugar al pedido formulado, condicionando el permiso a la incorporación de la unidad dentro de los treinta días de notificada la Resolución.
Que el servicio de transporte Especial, Obrero y Escolar se encuentra normado en el Artículo 9, inciso D de la Ley N
8669.
Que se trata de un permiso nominativo e intransferible por un plazo fijo pudiendo ser revocado mediante resolución fundada en cualquier momento.
Que el Artículo 40 inciso E del Decreto N 254/03, faculta a esta Secretaría, a otorgar el presente permiso por el término de DOS 2 años a partir del dictado de la Resolución.
Por ello, la normativa citada y lo dictaminado por la Dirección General de Operaciones bajo el N 624/2014, EL SECRETARIO DE TRANSPORTE
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º.- AUTORÍCESE a la señora María Silvia VILLALBA, D.N.I. N 17.863.837, C.U.I.T. Nº 27-17863837-3,
Ingresos Brutos N 280078182, con domicilio en Bv. Guzmán 169, Córdoba, para que preste por el término de DOS 2 años, un Servicio Especial, Obrero y Escolar, con centro en la Ciudad de JUSTINIANO POSSE y bajo la denominación de AVILYS
TOURS.
ARTÍCULO 2º.- La vigencia de la autorización conferida queda sujeta a la acreditación, por parte de la señora María Silvia VILLALBA, dentro de los TREINTA 30 días contados a partir de la notificación de la presente, de la incorporación del parque móvil propuesto.
ARTÍCULO 3º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, notifíquese, dese copia al Ente Regulador de los Servicios Públicos, pase al Registro de Prestatarios y archívese.
LIC. GABRIEL BERMUDEZ
SECRETARIO DE TRANSPORTE

Resolución N 311

Córdoba, 14 de Agosto de 2014

VISTO: El expediente Nº 0048-184637/2014 mediante el cual la señora Olga Alicia LUDUEÑA solicita se le otorgue la pertinente autorización para explotar un Servicio Especial, Obrero y Escolar de transporte de pasajeros, con centro en la Ciudad de CORDOBA y bajo la denominación de ALCE VIAJES.
Y CONSIDERANDO:
Que la Dirección de Jurisdicción de Planificación y Control y la Dirección de Jurisdicción de Organización y Gestión de la Secretaría de Transporte, informan que el requirente ha cumplimentado con las exigencias a verificar por las áreas bajo su jurisdicción para prestar el citado servicio, correspondiendo autorizar el permiso de que se trata y la incorporación del parque móvil propuesto.
Que por su parte la Dirección General de Transporte expresa que se encuentran reunidos todos los presupuestos para la viabilidad del pedido y se ha observado todo el procedimiento
pertinente con la documentación respaldatoria del caso, por lo que considera que puede hacerse lugar a lo solicitado.
Que el servicio de transporte Especial, Obrero y Escolar se encuentra normado en el Artículo 9, incisos D, E y F de la Ley N 8669 y correlativos del Decreto Reglamentario N 254/03 y Artículo 37 del Anexo A del decreto precitado.
Que el Artículo 40 inciso E del Decreto N 254/03, faculta a esta Secretaría, a otorgar el presente permiso por el término de CINCO 5 años a partir del dictado de la Resolución y atento que la unidad Dominio N NSX 367 que la peticionante solicita incorporar, se encuentra inscripta en el Registro Nacional de la Propiedad del Automotor el 14-03-2014.
Que se trata de un permiso nominativo e intransferible por un plazo fijo pudiendo ser revocado mediante resolución fundada en cualquier momento.
Que por imperio de la normativa citada, el servicio a prestar por esta modalidad debe transponer las zonas urbanizadas de jurisdicción municipal o comunal de la localidad donde tiene su centro. A su vez debe resaltarse que la ley de transporte provincial define al servicio especial como aquel que se realiza mediante contratación previa en cada caso pactándose las condiciones del viaje, sin recorrido permanente, es decir teniendo como objeto contractual la realización de viajes ocasionales que no sean efectuados con recorridos fijos, predeterminados como línea regular.
Por ello, la normativa citada y lo dictaminado por la Dirección General de Operaciones bajo el N 768/2014, EL SECRETARIO DE TRANSPORTE
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º.- AUTORÍCESE a la señora Olga Alicia LUDUEÑA, D.N.I. N 16.947.665, C.U.I.T. Nº 27-16947665-4, Ingresos Brutos -Exento-, con domicilio en Luna y Cárdenas N
2772, B Alto Alberdi, Córdoba, para que preste por el término de CINCO 5 años, un Servicio Especial, Obrero y Escolar, con centro en la Ciudad de CORDOBA y bajo la denominación de ALCE VIAJES.
ARTÍCULO 2º.- AUTORÍCESE la incorporación al servicio otorgado a la señora Olga Alicia LUDUEÑA, del siguiente parque móvil:- Marca Renault, modelo del año 2014, chasis N

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 20/10/2014 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha20/10/2014

Nro. de páginas6

Nro. de ediciones4197

Primera edición01/02/2006

Ultima edición09/08/2024

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