Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 13/09/2013 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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Primera Sección
BOLETÍN OFICIAL - A ÑO C - T OMO DLXXXIV - Nº 158

En consecuencia y en uso de las facultades conferidas por los Arts. 2 y 10 y concordantes de la Ley Nº 8652, LA DIRECCIÓN DE
INSPECCION DE PERSONAS JURIDICAS
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º: DESIGNAR como Comisión Normalizadora de la Entidad Civil denominada CENTRO CULTURAL Y
DEPORTIVO JOSE HERNANDEZ, con asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba, a los Señores: Agustin Francisco VAGLIERA, D.N.I. N 25.917.549, Jorge Antonio GUAJARDO, D.N.I. N 17.879.840 y Adolfo Daniel Enrique MAIMONE, D.N.I. N 21.369.734, como integrantes de la misma, quienes deberán tomar posesión del cargo, suscribiendo un acta ante el Area de Asociaciones Civiles y Fundaciones de esta Dirección.ARTÍCULO 2º: AUTORIZAR su funcionamiento por el término de sesenta 60 días hábiles, plazo en el cual deberá convocar a Asamblea General Ordinaria que trate los ejercicios vencidos y elija las autoridades de la entidad, garantizando la amplia participación de la masa societaria y respetando las normas estatutarias en vigencia.ARTÍCULO 3º.- PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, vuelva al Area de Asociaciones Civiles y Fundaciones para la anotación de la medida en el registro pertinente y archívese.DRA. ANA MARÍA BECERRA
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES
A/C DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Resolución Nº 232 A/13

Resolución Nº 233 A/13

Y CONSIDERANDO: Que el sistema propuesto cumple con los requisitos establecidos por el Art. 61 de la Ley Nº 19.550 y concordantes del Código de Comercio, según Informe del Area Técnica de Asociaciones Civiles y Fundaciones.
Atento a las facultades conferidas a la autoridad de contralor por el Art. 61 de la Ley de Sociedades y conforme a las atribuciones otorgadas por Ley 8652,
Córdoba, 7 de Junio de 2013

VISTO: El Expediente Nº 0007-105869/2013 mediante el cual la Entidad Civil denominada ASOCIACIÓN CIVIL IGLESIA
EVANGELICA MISION APOSTOLICA CRISTIANA, con asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba, solicita autorización para funcionar como Persona Jurídica.-

VISTO: El Expediente Nº 0007-103075/2012 mediante el cual la Entidad Civil denominada FUNDACION CENTRO RECREATIVO EDUCACIONAL DE ACTIVIDADES RITMICAS Y
ARTISTICA C.R.E.A.R., con asiento en la Ciudad de Mina Clavero, Provincia de Córdoba, solicita autorización para funcionar como Persona Jurídica.-

Y CONSIDERANDO: Que conforme lo informado por el Area de Asociaciones Civiles, se ha verificado el cumplimiento de los requisitos legales, formales y fiscales exigidos.En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 33
segunda parte, inc. 1º-, 35, 45 primer párrafoy concordantes del Código Civil, y en uso de las facultades conferidas por los arts.
2, 10 y correlativos de la Ley 8652, LA DIRECCIÓN DE
INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º: APROBAR el Estatuto Social de la Entidad Civil denominada ASOCIACIÓN CIVIL IGLESIA EVANGELICA MISION
APOSTOLICA CRISTIANA, con asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba.ARTÍCULO 2º: AUTORIZAR expresamente a la misma para actuar como Persona Jurídica.ARTÍCULO 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial, vuelva al Area de Asociaciones Civiles y Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y archívese.DRA. MARÍA ELENA PRESTI DANISI
SUBDIRECTORA DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Resolución Nº 234 A/13

Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo informado por el Area de Asociaciones Civiles, se ha verificado el cumplimiento de los requisitos legales, formales y fiscales exigidos.En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 33
segunda parte, inc. 1º-, 35, 45 primer párrafoy concordantes del Código Civil, y en uso de las facultades conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652, LA DIRECCIÓN DE
INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º: APROBAR el Estatuto Social de la Entidad Civil denominada FUNDACION CENTRO RECREATIVO EDUCACIONAL DE ACTIVIDADES RITMICAS Y ARTISTICA
C.R.E.A.R., con asiento en la Ciudad de Mina Clavero, Provincia de Córdoba.ARTÍCULO 2º: AUTORIZAR expresamente a la misma para actuar como Persona Jurídica.ARTÍCULO 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial, vuelva al Area de Asociaciones Civiles y Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y archívese.DRA. MARÍA ELENA PRESTI DANISI
SUBDIRECTORA DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Córdoba, 7 de Junio de 2013
VISTO: El Expediente Nº 0007-105955/2013 mediante el cual la Entidad Civil denominada FUNDACION VALENTIN GRANJA SUSTENTABLE, con asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba, solicita autorización para funcionar como Persona Jurídica.-

EL DIRECTOR DE
INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:

Y CONSIDERANDO: Que conforme lo informado por el Area de Asociaciones Civiles, se ha verificado el cumplimiento de los requisitos legales, formales y fiscales exigidos.En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 33
segunda parte, inc. 1º-, 35, 45 primer párrafoy concordantes del Código Civil, y en uso de las facultades conferidas por los arts.
2, 10 y correlativos de la Ley 8652,
ARTICULO 1º.- AUTORIZAR la sustitución del LIBRO DIARIO
de laEntidad denominada CLUB ATLETICO Y BIBLIOTECA
PASCANAS, por otro emitido en hojas móviles.

LA DIRECCIÓN DE
INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
RESUELVE:

ARTICULO 2º.- El Libro de Inventarios y Balances se mantendrá con las formalidades del Art. 53º del Código de Comercio.-

ARTÍCULO 1º: APROBAR el Estatuto Social de la Entidad Civil denominada FUNDACION VALENTIN GRANJA SUSTENTABLE, con asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba.-

ARTICULO 3º.- Hacer saber a los solicitantes que en el plazo de 5 cinco días deberá acreditar la transcripción de los siguientes elementos en el Libro Inventario y Balance: a la descripción del sistema, b Dictamen Técnico, c Plan de Cuentas con su codificación y d Parte Resolutiva de la presente.-

Resolución Nº 235 A/13

Córdoba, 7 de Junio de 2013

Córdoba, 7 de Junio de 2013
VISTO: El Expediente Nº 0007-104242/2013, por el que la Entidad denominada CLUB ATLETICO Y BIBLIOTECA
PASCANAS, con asiento en la Localidad de Pascanas, Provincia de Córdoba, solicita autorización para la utilización de Sistema Contable Mecanizado.-

CÓRDOBA, 13 de setiembre de 2013

ARTÍCULO 2º: AUTORIZAR expresamente a la misma para actuar como Persona Jurídica.-

ARTICULO 4º.- PROTOCOLICESE, vuelva al Área Asociaciones Civiles y Fundaciones y archívese.-

ARTÍCULO 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial, vuelva al Area de Asociaciones Civiles y Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y archívese.-

DRA. MARÍA ELENA PRESTI DANISI
SUBDIRECTORA DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

DRA. MARÍA ELENA PRESTI DANISI
SUBDIRECTORA DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Resolución Nº 236 A/13
Córdoba, 7 de Junio de 2013
VISTO: El Expediente Nº 0007-106095/2013 mediante el cual la Entidad Civil denominada FUNDACION AFIANZAR, con asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba, solicita autorización para funcionar como Persona Jurídica.Y CONSIDERANDO: Que conforme lo informado por el Area de Asociaciones Civiles, se ha verificado el cumplimiento de los requisitos legales, formales y fiscales exigidos.En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 33
segunda parte, inc. 1º-, 35, 45 primer párrafoy concordantes del Código Civil, y en uso de las facultades conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652, LA DIRECCIÓN DE
INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º: APROBAR el Estatuto Social de la Entidad Civil denominada FUNDACION AFIANZAR, con asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba.ARTÍCULO 2º: AUTORIZAR expresamente a la misma para actuar como Persona Jurídica.ARTÍCULO 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial, vuelva al Area de Asociaciones Civiles y Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y archívese.DRA. MARÍA ELENA PRESTI DANISI
SUBDIRECTORA DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 13/09/2013 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha13/09/2013

Nro. de páginas6

Nro. de ediciones4195

Primera edición01/02/2006

Ultima edición07/08/2024

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