Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 03/05/2013 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CÓRDOBA, 3 de mayo de 2013

B OLETÍN OFICIAL - AÑO C - T OMO DLXXX - Nº 67

DEPARTAMENTO: SANTA MARÍA con la Comuna de la Serranita, por la suma de $ 251.500,00.

Y CONSIDERANDO:

Y CONSIDERANDO:
Que la Dirección Provincial de Vialidad ha procedido a aprobar el proyecto, pliegos y demás documentación técnica de la obra de que se trata, así como su presupuesto oficial.
Que surge de la Memoria Descriptiva obrante en autos que el tramo de la Ruta Provincial Nº 5 que alcanza una longitud total de 8,00 km., contemplados en el proyecto de que se trata, es un camino de montaña que atraviesa y comunica importantes centros turísticos del Departamento Santa María. El tránsito vehicular de carga como el de pasajeros es abundante y fluido durante todo el año en especial durante la época primavero-estival.
Que las Banquinas y Perfiles Transversales necesitan en forma periódica de la realización de trabajos de conservación, debido a que los mismos presentan banquinas que se descalzan con frecuencia, como así también el crecimiento de la vegetación es muy abundante, lo que hace peligroso el tránsito vehicular.
Que consta en autos la conformidad de la Comuna de la Serranita para realizar los trabajos referenciados por la suma de $ 251.500,00
fs. 14.
Que el caso encuadra en las previsiones del Artículo 7 inciso e de la Ley de Obras Públicas Nº 8614.
Que se ha incorporado en autos el correspondiente Documento Contable Nota de Pedido, conforme lo establecido por el artículo 13 de la Ley 8614.
Por ello, las disposiciones de la Ley 5901 T.O. Ley 6300 y sus modificatorias y lo dictaminado por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales del Ministerio de Infraestructura con el Nº 90/13, EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º.- CONTRATAR en forma directa la ejecución de los trabajos de la obra: CONSERVACIÓN DE RUTINA EN RUTA PROVINCIAL Nº 5 TRAMO: LOS AROMOS LA SERRANITA HASTA
PUENTE Aº LOS QUEBRACHOS DEPARTAMENTO: SANTA
MARÍA con la Comuna de la Serranita por la suma de PESOS
DOSCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL QUINIENTOS $ 251.500,00.
ARTÍCULO 2º.- IMPUTAR el egreso que asciende a la suma de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL QUINIENTOS $
251.500,00 conforme lo indica el Departamento Administración y Personal de la Dirección Provincial de Vialidad en su Documento de Contabilidad Nota de Pedido Nº 2013/000073, de acuerdo al siguiente detalle:
Jurisdicción 1.50, Programa 504-002, Partida: 12.06.00.00, Centro de Costo 5470 del P.V. $ 102.000,00
Importe Futuro Año 2014 $ 149.500,00
ARTÍCULO 3º.- FACULTAR al señor Presidente de la Dirección Provincial de Vialidad dependiente del Ministerio de Infraestructura a suscribir el contrato pertinente.
ARTÍCULO 4º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, pase al Departamento Administración y Personal de la Dirección Provincial de Vialidad a sus efectos y archívese.
ING. ISAAC RAHMANE
SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

Resolución Nº 25

Córdoba, 10 de abril de 2013

Expediente Nº 0045-016223/12.VISTO: este expediente en el que la Dirección Provincial de Vialidad dependiente del Ministerio de Infraestructura, propicia por Resolución Nº 00100/13 se contrate en forma directa la ejecución de los trabajos de la obra: CONSERVACIÓN DE RUTINA EN
RUTA PROVINCIAL Nº 11 TRAMO: LABORDE - PROG. 4,0 A
W. ESCALANTE Y TRAMO: LABORDE PROG. 10.0 A
PASCANAS DEPARTAMENTO UNIÓN con la Municipalidad de Laborde, por la suma de $ 125.590,00.

Que la Dirección Provincial de Vialidad ha procedido a aprobar el proyecto, pliegos y demás documentación técnica de la obra de que se trata, así como su presupuesto oficial.
Que surge de la Memoria Descriptiva obrante en autos que el tramo de la Ruta Provincial Nº 11 que alcanza una longitud total de 14,00 km., contemplados en el proyecto de que se trata, es un camino de llanura que atraviesa y comunica importantes centros agricolo-ganaderos del Departamento Unión. El tránsito vehicular de carga como el de pasajeros es abundante y fluido durante todo el año, en especial durante la época primavero-estival.
Que las Banquinas y Perfiles Transversales necesitan en forma periódica de la realización de trabajos de conservación, debido a que los mismos presentan banquinas que se descalzan con frecuencia, como así también el crecimiento de la vegetación es muy abundante, lo que hace peligroso el tránsito vehicular.
Que consta en autos la conformidad de la Municipalidad de Laborde para realizar los trabajos referenciados por la suma de $ 125.590,00
fs. 17.
Que el caso encuadra en las previsiones del Artículo 7 inciso e de la Ley de Obras Públicas Nº 8614.
Que se ha incorporado en autos el correspondiente Documento Contable Nota de Pedido, conforme lo establecido por el artículo 13 de la Ley 8614.
Por ello, las disposiciones de la Ley 5901 T.O. Ley 6300 y sus modificatorias y lo dictaminado por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales del Ministerio de Infraestructura con el Nº 83/13, EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º.- CONTRATAR en forma directa la ejecución de
VIENE DE TAPA
DECRETO Nº 672

Aprueban Reglamentación
Desarrollo Social y de Salud, a efectos de poder contar con un registro mediante un sistema informático de las mujeres que cumplan con las condiciones establecidas en la mencionada Ley.
Que obra en autos, modelo de Formulario de Inscripción con los datos que deberán llenar quienes soliciten acceder al presente beneficio, el que tendrá carácter de Declaración Jurada.
Por ello, normativa citada, las facultades otorgadas por el Artículo 144 Inciso 2 de la Constitución Provincial, lo dictaminado por la Dirección General de Asuntos Legales del Ministerio de Desarrollo Social y por Fiscalía de Estado bajo Nros. 140/2012 y 00376/2012, respectivamente;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- APRUÉBASE la reglamentación de la Ley N 10.047, de creación del PROGRAMA PROVINCIAL DERECHO COMPLEMENTARIO POR NACIMIENTO, de conformidad al Anexo Único, que compuesto de dos 2 fojas forma parte integrante del presente Decreto.
ARTÍCULO 2.- El Ministerio de Desarrollo Social, actuará en forma coordinada con el Ministerio de Salud y celebrará los Convenios que resulten necesarios para la correcta implementación, desarrollo y ejecución del Programa Provincial DERECHO COMPLEMENTARIO POR NACIMIENTO.
ARTÍCULO 3.- DELÉGASE en el Ministerio de Desarrollo Social, en los términos del artículo 4 de la Ley N 10.047, y cuando las circunstancias así lo requieran, la facultad de establecer requisitos diferenciales para acceder al Programa Provincial DERECHO COMPLEMENTARIO
POR NACIMIENTO.
ARTÍCULO 4.- El presente Decreto será refrendado
Primera Sección
3

los trabajos de la obra: CONSERVACIÓN DE RUTINA EN
RUTA PROVINCIAL Nº 11 TRAMO: LABORDE - PROG. 4,0
A W. ESCALANTE Y TRAMO: LABORDE PROG. 10.0 A
PASCANAS DEPARTAMENTO UNIÓN con la Municipalidad de Laborde por la suma de PESOS CIENTO VEINTICINCO
MIL QUINIENTOS NOVENTA $ 125.590,00.
ARTÍCULO 2º.- IMPUTAR el egreso que asciende a la suma de PESOS CIENTO VEINTICINCO MIL QUINIENTOS
NOVENTA $ 125.590,00 conforme lo indica el Departamento Administración y Personal de la Dirección Provincial de Vialidad en su Documento de Contabilidad Nota de Pedido Nº 2013/
000067, de acuerdo al siguiente detalle:
Jurisdicción 1.50, Programa 504-002, Partida: 12.06.00.00, Centro de Costo 5470 del P.V. $ 45.354,00
Importe Futuro Año 2014 $ 80.236,00
ARTÍCULO 3º.- FACULTAR al señor Presidente de la Dirección Provincial de Vialidad dependiente del Ministerio de Infraestructura a suscribir el contrato pertinente.
ARTÍCULO 4º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, pase al Departamento Administración y Personal de la Dirección Provincial de Vialidad a sus efectos y archívese.
ING. ISAAC RAHMANE
SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

por los señores Ministro de Desarrollo Social, Ministro de Salud y Fiscal de Estado.
ARTÍCULO 5.- PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese el Boletín Oficial y archívese.
DR. JOSE MANUEL DE LA SOTA
G OBERNADOR
DR. DANIEL A. PASSERINI
M INISTRO DE D ESARROLLO SOCIAL
DR. CARLOS EUGENIO SIMON
MINISTERIO DE SALUD
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO
ANEXO ÚNICO AL DECRETO N 672
PROGRAMA PROVINCIAL
"DERECHO COMPLEMENTARIO POR NACIMIENTO"
Artículo 1.- Sin reglamentar.
Artículo 2.- Sin reglamentar.
Artículo 3.- Sin reglamentar.
Artículo 4.- A los fines de acceder al PROGRAMA PROVINCIAL "DERECHO COMPLEMENTARIO POR
NACIMIENTO", se deberá presentar dentro de los treinta 30 días de ocurrido el nacimiento, una solicitud, en forma personal. en el Sistema Único de Atención al Ciudadano S.U.A.C. del Gobierno de la Provincia de Córdoba, o por vía postal al Ministerio de Desarrollo Social, sito en Av.
Vélez Sarsfield N 2311 de la ciudad de Córdoba, cuyo modelo compuesto de una 1 foja forma parte integrante de la presente reglamentación, como Anexo I. Dicha solicitud tiene carácter de declaración jurada y la firma de la peticionante deberá estar certificada por Escribano Público, Autoridad Policial, Juez de Paz o por el funcionario público interviniente. Las solicitudes se encontrarán a disposición en la página oficial del Gobierno de la Provincia de Cordoba www.cba.gov.ar. en el link del Ministerio de Desarrollo Social

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 03/05/2013 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha03/05/2013

Nro. de páginas6

Nro. de ediciones4178

Primera edición01/02/2006

Ultima edición15/07/2024

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