Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 13/08/2009 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

BOLETÍN OFICIAL

CÓRDOBA, 13 de agosto de 2009

1

SECCIÓN

AÑO XCVII - TOMO DXXXV - Nº 149
CORDOBA, R.A. JUEVES 13 DE AGOSTO DE 2009

PUBLICACIONES

DE

GOBIERNO

www.boletinoficialcba.gov.ar E-mail: boletinoficialcba@cba.gov.ar
Poder Ejecutivo Decreto Nº 621
Córdoba,15 de Mayo 2009
VISTO: El expediente Nº 0424039067/2009 en que se propicia la Declaración de Interés Provincial de la celebración de los 50 Años de Enseñanza del Maestro Shoei Miyazato en Argentina como asimismo el otorgamiento de una ayuda económica a favor de la Asociación Civil Argentina de Karate Do Okinawa Shorin Ryu Shidokan.
Y CONSIDERANDO:
Que dicho evento consistirá en la realización de seminarios, conferencias, visitas culturales y turísticas y reunión de instructores a nivel nacional e internacional.
Que asimismo el Maestro Miyazato 10º Dan Máxima Autoridad Mundial en Karate Do será agasajado por los alumnos de la Escuela que lleva su nombre, atento los 50 años de entrega desinteresada a la enseñanza del mismo, cultivando los preceptos de dicha disciplina y la formación de hombres de bien para la sociedad.
Que el subsidio, sujeto a rendición de cuentas será destinado a afrontar los costos de organización del evento.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo prescripto por el Decreto Nº 592/04, la Afectación Preventiva Nº 1962/
09 efectuada por la Dirección General de Administración del Ministerio de Finanzas y de acuerdo con lo dictaminado por el Departamento Jurídico del mismo Ministerio al Nº 200/09 y por Fiscalía de Estado en casos análogos, EL GOBERNADOR DE
LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- DECLÁRASE de Interés Provincial la celebración de CONTINÚA EN PÁGINA 2

Asignan la suma de $ 18.000.000
a los Consorcios Camineros Decreto Nº 967

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A:

Córdoba, 24 de Julio de 2009
VISTO: El expediente Nº 0045-014028/07 en el que la Dirección Provincial de Vialidad dependiente del Ministerio de Obras y Servicios Públicos propicia por Resolución Nº 00342/09, se asigne la suma de $ 18.000.000,00 con la finalidad de dar continuidad al plan de reequipamiento de Consorcios Camineros, tal como lo establece la Ley de Presupuesto 2009, incrementando así los recursos oportunamente acordados mediante Decretos Nros. 815/07, 1011/
08 y 1330/08.
Y CONSIDERANDO:
Que la citada Dirección manifiesta que resulta necesario que se otorgue un nuevo aporte por la suma de $ 18.000.000,00 con destino al reequipamiento de los Consorcios Camineros, los cuales tienen como obligación mantener en buen estado de conservación la Red Secundaria, dentro del ámbito de sus respectivas jurisdicciones.
Que de las constancias de autos surge que el monto a asignar será depositado en la Cuenta Bancaria que designe la Asociación de Consorcios Camineros, entidad que tendrá a su cargo la administración de dichos fondos, sin perjuicio de la fiscalización que por ley le corresponde a la Dirección Provincial de Vialidad artículo 31 de la Ley 6233.
Que en cumplimiento de lo exigido por el artículo 80
de la Ley Nº 9086, a fs. 81 se agrega Documento de Contabilidad Nº 5901/09.
Que atento a las constancias de autos y lo dispuesto por los artículos 28 Incisos c y d y 31 de la Ley Nº 6233, puede accederse favorablemente a la medida propiciada.
Por ello, lo dictaminado por el Departamento Jurídico del Ministerio de Obras y Servicios Públicos con el Nº 307/09 y por Fiscalía de Estado bajo el Nº 600/09.

ARTÍCULO 1º.- ASÍGNASE la suma de PESOS
DIECIOCHO MILLONES $ 18.000.000,00 a los Consorcios Camineros, a fin de cumplir acabadamente con sus funciones de Conservación y Mejoramiento de la Red Secundaria. Dicho importe deberá ser depositado en la cuenta bancaria que designe la Asociación de Consorcios Camineros, Entidad que tendrá a su cargo la administración de dichos fondos, todo bajo la fiscalización de la Dirección Provincial de Vialidad.
ARTÍCULO 2º.- IMPÚTASE el egreso que asciende a la suma de PESOS DIECIOCHO MILLONES $
18.000.000,00 conforme lo indica la Dirección de Jurisdicción de Recursos Económicos y Financieros de la Dirección Provincial de Vialidad dependiente del Ministerio de Obras y Servicios Públicos en su Documento de Contabilidad Afectación Preventiva Nº 5901/09, con cargo a Jurisdicción 1.50, Programa 504/
6, Partidas: Principal 10, Parcial 04 del P.V.
ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Obras y Servicios Públicos y señor Fiscal de Estado.
ARTÍCULO 4º.- PROTOCOLICESE, pase a la Dirección de Jurisdicción de Recursos Económicos y Financieros de la Dirección Provincial de Vialidad, al Tribunal de Cuentas de la Provincia, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, pase a la citada Dirección a sus efectos y archívese.
CR. JUAN SCHIARETTI
GOBERNADOR
ING. HUGO ATILIO TESTA
MINISTRO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO

Decreto Nº 731
Córdoba, 29 de Mayo de 2009
VISTO: el Expediente Nº 0451-055122/
08 en el que obra el Convenio celebrado el 9 de diciembre de 2008 entre el Gobierno de la Provincia de Córdoba y la Municipalidad de James Craik, del cual surge el compromiso asumido por ambas partes de llevar adelante la obra:
PRIMERA ETAPA: PAVIMENTACIÓN
DEL BV. JOSÉ DE SAN MARTIN.
Y CONSIDERANDO:
Que la Municipalidad de James Craik tendrá a su cargo la elaboración del Proyecto, Cómputo y Presupuesto, y demás documentos necesarios para la concreción de la obra, asumiendo responsabilidad exclusiva y excluyente en todos los aspectos técnicos, económicos y civiles de misma.
Que a fs. 2/5 de autos obra el referido convenio, constando a fs. 9/14 la debida aprobación por parte del Honorable Concejo Deliberante y Decreto Nº 410/08 promulgatorio de la Ordenanza Nº 1107/08.
Que la mencionada Municipalidad se obliga a realizar las contrataciones necesarias para ejecutar la obra objeto del convenio, teniendo a su cargo la recepción provisoria y definitiva de la misma, como así también la Dirección Técnica de la obra e inspección de los trabajos, ejerciendo la Dirección Provincial de Vialidad la supervisión de los controles de calidad sobre los mismos que considere pertinente.
Que surge del mencionado Convenio que la Provincia de Córdoba a través de la Dirección Provincial de Vialidad dependiente del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, aportará la suma de $
250.000,00 conforme el avance y aprobación de los trabajos.
Que se ha efectuado la correspondiente Afectación Presupuestaria que implicará la contratación, en cumplimiento a lo CONTINÚA EN PÁGINA 2

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 13/08/2009 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha13/08/2009

Nro. de páginas5

Nro. de ediciones4191

Primera edición01/02/2006

Ultima edición01/08/2024

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