Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 23/07/2007 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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AÑO XCV - TOMO DX - Nº 137
CORDOBA, R.A. LUNES 23 DE JULIO DE 2007

SECCIÓN
PUBLICACIONES

DE

GOBIERNO

www.boletinoficialcba.gov.ar E-mail: boletinoficialcba@cba.gov.ar
Resoluciones
Primer Congreso Académico Nacional e Internacional de Escuelas Hospitalarias y Domiciliarias
MINISTERIO DE OBRAS Y
SERVICIOS PÚBLICOS
RESOLUCION Nº 187
Córdoba, 19 de julio de 2007

MINISTERIO DE SALUD
RESOLUCION Nº 374
Córdoba, 12 de julio de 2007

sus distintos aspectos instrumentales la intervención de este Ministerio.
Que sin perjuicio de la colaboración en la organización que se solicita, se requiere en particular el pago de un pasaje internacional para un académico de alto nivel que disertará en el Congreso.

VISTO: El expediente N 0425-165939/07, en el que el señor Ministro de Educación de esta Provincia invita a esta Cartera a colaborar en la organización del Primer Congreso Académico Nacional e Internacional de Escuelas Hospitalarias y Domiciliarias, organizado en forma conjunta por el Ministerio a su cargo, la Legislatura de la Provincia de Córdoba y la Asociación Civil Semillas del corazón por los derechos educativos del niño enfermo, que tendrá lugar los días 8, 9 y 10 de agosto en la Casa Serrana, Huerta Grande, Provincia de Córdoba.

Que atento el compromiso institucional que compete a esta Cartera con las Escuelas Hospitalarias y los Servicios Educativos Domiciliarios en general y con este Congreso en particular, se autoriza que, con arreglo al trámite administrativo que corresponda, oportunamente, se abone o reintegre el pasaje pertinente, conforme lo solicitado.

Y CONSIDERANDO:
Que dicho Congreso está destinado a directivos y docentes de escuelas hospitalarias y domiciliarias, agentes de salud y docentes en general
EL MINISTRO DE SALUD
RESUELVE:

Que entre los objetivos del curso se prevé fortalecer el compromiso de los distintos sectores involucrados frente al niño enfermo y con necesidad de continuar su formación escolar y su integración con el medio al que pertenece, a través de distintas estrategias, tomando como eje a la institución denominada Escuela Hospitalaria.
Que las Escuelas Hospitalarias y los Servicios Educativos Domiciliarios han sido promovidos por esta Provincia conforme ley 9336, la cual prevé en
Por ello, y lo informado por la Gerencia General de Asuntos Legales de este Ministerio,
1º.- COLABORAR con el Ministerio de Educación en la organización del Primer Congreso Académico Nacional e Internacional de Escuelas Hospitalarias y Domiciliarias, organizado en forma conjunta por el Ministerio a su cargo, la Legislatura de la Provincia de Córdoba y la Asociación Civil Semillas del corazón por los derechos educativos del niño enfermo, que tendrá lugar los días 8, 9 y 10 de agosto en la Casa Serrana, Huerta Grande, Provincia de Córdoba, ofreciendo la cooperación institucional que resulte necesaria a fin de coadyuvar en el logro de las metas y objetivos de la actividad propuesta.
2º.- ENCARGAR al Gerente General de Asuntos Legales, Ab. José Emilio Ortega, M.I. 20.542.803, las gestiones que sean necesarias para instrumentar la colaboración comprometida en el artículo 1º del presente Instrumento Legal.

Decretos
3º.- AUTORIZAR oportunamente, con arreglo al trámite que por reglamento corresponda, el pago o reintegro de un pasaje aéreo internacional para uno de los disertantes extranjeros de alto nivel invitados a participar del Primer Congreso Académico Nacional e Internacional de Escuelas Hospitalarias y Domiciliarias.

PODER EJECUTIVO
DECRETO Nº 924
Córdoba, 21 de Junio de 2007
VISTO: El expediente Nº 0416-034621/03/A7/04 en el cual la Dirección Provincial de Agua y Saneamiento dependiente del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, propicia por Resolución Nº 605/06 se amplíe la individualización del bien sujeto a expropiación para la ejecución de la obra: PRESA EL CHAÑAR y se apruebe el Convenio de adquisición de inmueble por avenimiento, celebrado con fecha 6 de junio de 2006
ad referéndum de este Poder Ejecutivo, entre la Provincia de Córdoba, CONTINÚA EN PÁGINA 2

4º.- LAS autoridades responsables del referido Congreso, deberán elevar a este Ministerio, en un plazo de TREINTA 30 días de finalizado el mismo, un informe evaluativo sobre el tipo de actividad o tarea realizada.
5º.- PROTOCOLICESE, comuníquese, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
DR .

OSCAR
FÉLIX
GONZALEZ
M INISTRO D E SALUD

Expediente Nº 0135-021646/07. VISTO: este expediente por el cual la Dirección Provincial de Vivienda propicia se ratifique lo dispuesto por su Resolución Nº 0457/07, relacionado con la comunicación de declaración de quiebra efectuada por la Empresa INTERCOM S.R.L., contratista de la obra: CONSTRUCCIÓN DE 50
VIVIENDAS E INFRAESTRUCTURA EN Bº PARQUE LICEO 2º SECCIÓN - CÓRDOBA
- CAPITAL, adjudicada oportunamente por Resolución Nº 0079/05 del Secretario de Servicios Públicos y Vivienda a cargo de la citada Dirección.
Y CONSIDERANDO:
Que se plantea en las presentes actuaciones la situación contractual, su resolución y viabilidad de tramitar el completamiento de la obra mencionada, respecto a la cual el señor Santiago Belisario Villegas, en su carácter de Socio Gerente de la citada firma, comunica que con fecha 15-06-07 fue notificado de la declaración de quiebra de la Empresa y que se ha resuelto la presentación de un concurso preventivo en los términos del artículo 90 de la Ley Nº 24.522, solicitando a la Dirección Provincial de Vivienda se abstenga de tomar medida alguna en relación al contrato de ejecución de la obra citada.
Que a fs. 1 del folio único 2 obra la petición de la Empresa INTERCOM S.R.L.; a fs. 3/6
del mismo folio corre agregada documentación e Informe Nº 108/07 de la Gerencia Jurídico Notarial y a fs. 8 y 9 del Fº Uº 2 los informes y documentación remitida por las Áreas Técnicas y Económico Financiera y de Administración; a fs. 3/5 se incorpora Acta Notarial de Constatación, Escritura Nº 13
labrada con fecha 11-07-07 por la Escribana Constanza Bustamante Zambón, titular del CONTINÚA EN PÁGINAS 2 Y 3

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 23/07/2007 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha23/07/2007

Nro. de páginas5

Nro. de ediciones4183

Primera edición01/02/2006

Ultima edición22/07/2024

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